Categoría: Noticias

  • S.Social rebajará hasta 10% cotización de empresas reduzcan siniestralidad.

    La Seguridad Social rebajará hasta un máximo del 10 por ciento la cotización a las empresas que reduzcan la siniestralidad laboral, medida que, según contemplan los Presupuestos de 2008, contará con 90,2 millones de euros para este fin.

    Así lo avanzó en rueda de prensa el director general de Ordenación de la Seguridad Social, Miguel Angel Díaz Peña, quien señaló que esta misma tarde se presentará la propuesta a los interlocutores sociales para conseguir ‘el máximo acuerdo’ con ellos.

    La cantidad destinada a poner en marcha este sistema de ‘bonus-malus’ supone el 15 por ciento del 80 por ciento de los excedentes de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, por lo que variará cada ejercicio.

    En concreto, la cantidad para 2008 proviene del exceso de excedentes de las mutuas en el ejercicio de 2006, que es el último liquidado, ya que el ejercicio de 2007 se cerrará en junio.

    Así, el 80 por ciento del exceso de dicho excedente ascendió en 2006 a 601.733.394,29 euros, por lo que el correspondiente 15 por ciento asciende a los citados 90.260.008 euros, que es el límite máximo para aplicar este año.

    Díaz Peña, destacó que, aunque ‘en este momento, se prima la parte de bonificación’, el sistema también penaliza a las empresas que incumplan la norma en materia de prevención con un posible aumento de la cotización de hasta el 20 por ciento.

    Con el sistema de indicadores se pretenden retribuir la disminución real de los accidentes de trabajo (acciones positivas) comparando los resultados de cada empresa con los de otras del mismo sector.

    Para determinar las acciones positivas de las empresas se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de la normativa, la constitución de servicios de prevención propios o ajenos, si existen planes de movilidad o la inversión en prevención de riesgos más allá de lo exigible, entre otros.

    Para cada empresa se determinará un coeficiente denominado ‘bonus malus’ que se obtendrá en función de un periodo de observación, del indicador de siniestralidad general y del indicador de siniestralidad extrema.

    El periodo de observación, a efectos de cálculo de los indicadores será de dos años y se aplicará en los casos en que las contingencias profesionales sean superiores a 10.000 euros.

    Para determinar los indicadores, se tendrá en cuenta, entre otras cosas, si las empresas tienen menos de diez trabajadores, que tendrán un tratamiento diferenciado, se excluirán los accidentes de tráfico y los cardiovasculares y tendrán consideración específica los accidentes ‘en misión’.

    El indicador de siniestralidad extrema mide el número de siniestros con repercusiones extremas, ponderado entre el número total de trabajadores de una empresa, su permanencia en el trabajo y la actividad de la empresa.

    Estos indicadores se elaborarán con la información de las bases de datos de la Seguridad Social donde se dispone del coste asociado a cada una de las contingencias.

    Según Díaz Peña, la medida -que no tendrá repercusión en las nóminas de los trabajadores- ha supuesto un ‘esfuerzo importante’ también desde el punto de vista social, por el coste que suponen los riesgos profesionales en asistencias sanitarias, invalidez o viudedad y supone una mejora individual, para los afectados, y global ‘para todo el sistema’.

    El director general dijo que, a falta de lo que se decida junto a los interlocutores sociales, la Administración tiene capacidad para ponerla en marcha ‘en un mes o poco más’, para lo cual habría que elaborar una norma, posiblemente un decreto, para aplicarlo, afirmó.



     EFE

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  • EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A COMFIA-CCOO

    Hay que computar todos los contratos a efectos de promoción.

    En el mes de febrero de 2007 dábamos a  conocer la importante sentencia de la Audiencia Nacional que Comfia-CCOO ganó contra Caixa Laietana. Ahora, con fecha 19 de Diciembre de 2007, ha sido confirmada por otra sentencia del Tribunal Supremo.

     

    La importancia de la misma radica en el reconocimiento del tiempo de permanencia a efectos de ascensos (o antigüedad), computando todos los periodos en los que la persona ha estado contratada por la empresa, con independencia del tiempo transcurrido entre contrato y contrato.

    Es decir, que, con independencia de la modalidad de contrato, todo el tiempo trabajado para la empresa es computable como tiempo de permanencia. Por lo tanto, deben de añadirse todos los periodos no computados de contratos temporales al reconocimiento de la antigüedad. Esto significa que se acorta el periodo necesario para alcanzar un nuevo nivel por permanencia o bien para devengar un nuevo trienio, si es el caso.

     Como nos afecta la misma normativa jurídica en función de la cual se ha dictado dicha sentencia, es decir, el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros, nos hemos dirigido a la Dirección de nuestra Caja para que la aplique de manera inmediata a todos los compañeros y compañeras que se encuentren en esta situación, con el total reconocimiento de los atrasos que les correspondan.

     

     

     

    Sentencia Audiencia Nacional de 5 de febrero de 2007 (confirmada por el Tribunal Supremo el 19 de diciembre de 2007):

    “En la demanda formulada por la FEDERACIÓN DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE COMISIONES OBRERAS (COMFIA) frente a CAJA DE AHORROS LAYETANA sobre Conflicto Colectivo, debemos declarar y declaramos el derecho de los trabajadores de la Caja de Ahorros Layetana encuadrados en los niveles retributivos  en los que el convenio colectivo de Cajas de Ahorro ha previsto la promoción por experiencia, a que les sean computados a efectos de dicha promoción todos los períodos en los que han estado contratados mediante contrato de trabajo temporal, con independencia del lapso de tiempo que haya existido entre contrato y contrato, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración”.

  • UNI obtiene un premio en el Senado Francés por la protesta en Second Life

    El pasado 14 de Febrero, durante el desarrollo del primer Foro “NetXplorateur”, se concedieron diez premios a las iniciativas más innovadoras relacionadas con la web.

    El evento, que duró dos días, tuvo lugar en el Senado Francés en París, acogió a 300 políticos y personas del mundo de los negocios que acudieron a debatir sobre la cultura de la generación de la red y de cómo está transformando los principios del gobierno y la gestión de instituciones y empresas.

    Jean-Pierre Raffarin, ex-primer ministro francés y actualmente Senador, abrió la ceremonia de entrega de premios conjuntamente con  Bertrand Moingeon de HEC y  Eric Boustouller, Presidente de Microsoft Francia y Vice-presidente Mundial de Microsoft.  

    A la protesta virtual de UNI y la RSU (Representación Sindical Unitaria) le fue adjudicado un premio junto a otros ocho candidatos. 

    El primer premio recayó en la Universidad de Toronto por el desarrollo de un software anti censura llamado Psiphon, que permite iguales derechos a la información en la web para todos, incluidos los ciudadanos de los 29 países que en la actualidad sufren la censura en la red.

    Los principales debates del Foro se dieron en torno a la ciberdemocracia, a los derechos humanos e Internet, a la importancia que las personas de la generación web que buscan empleo dan a la Responsabilidad Social de las Empresas en las que van a trabajar, a la inteligencia cooperativa y al enunciado “¿es internet el futuro del movimiento sindical?”.

    Más información sobre NetXplorateur (Inglés y Francés)

    http://www.netxplorateur.org/?lang=EN

    http://www.netxplorateur.org/?lang=FR

    Los cien pioneros más prometedores del mundo digital dieron lugar al primer “NetXplorateur 100”. Las cien iniciativas fueron recopiladas en colaboración con la red  global de agencias del grupo publicitario TBWA, asesorados por diez expertos internacionales de la red Ci’Num. 

    Entre Julio y Diciembre de 2007, se identificó a cientos de pioneros de todo el mundo. TBWA centralizó y ordenó las propuestas para presentar las cien definitivas para “NetXplorateur 100” en 2008: Cien pioneros de la Red creando nuevas prácticas digitales con un alto potencial de impacto económico y social. Los cien habían desarrollado proyectos innovadores, tangibles y significativos en 2007, que personificaban el futuro de la Web y de la era digital de manera global.

     A partir de esa primera selección de cien, los organizadores del Foro, con la ayuda de TBWA y de los expertos de Ci’Num, eligieron a los diez “NextXploradores” del año. Además de los criterios ya citados, se tuvieron en cuenta, su originalidad, ejemplaridad e impacto. 

    Finalmente la Comisión del Foro eligió el ganador del primer premio de entre los diez proyectos previamente seleccionados.

    La protesta en Second Life. 

    Fue el primer evento de estas características que se ha dado en un mundo virtual. Implicó a casi 2000 participantes, que se manifestaron en las islas de IBM en Second Life durante 12 horas. 

    La protesta virtual tuvo como resultado un éxito real: el Consejero Delegado de IBM Italia dimitió poco después de la protesta y se reabrieron las negociaciones con la Representación Sindical Unitaria, que desembocaron en un acuerdo favorable para los 9.000 trabajadores de IBM Italia.

    http://www.uniglobalunion.org/secondlife

    El video de la protesta en:

    YOUTUBE

    http://www.youtube.com/watch?v=PGQfmxK6mls#GU5U2spHI_4

    GOOGLE VIDEO

    http://video.google.it/videoplay?docid=4520381732737603299&hl=it

    SECONDLIFE VIDEO

    http://secondlifevideo.com/item/J8BRKW1S7XY1QBNC

  • CCOO da la bienvenida a una fusión de las cajas andaluzas si cumplen las garantías laborales.

    El sindicato CCOO-A consideró que todo aquel proceso de integración entre cajas andaluzas ‘serán bien recibidos si cumplen las condiciones establecidas en nuestro decálogo en cuanto a garantías laborales, sociales y económicas’.

    El sindicato reaccionó de esta forma a las declaraciones del presidente de la Junta, Manuel Chaves, quien desveló hoy en Sevilla que ya se han iniciado ‘conversaciones incipientes y multilaterales’ entre todas las cajas de ahorros domiciliadas en la comunidad autónoma para abordar la creación de una ‘gran caja’ andaluza.

    Fuentes de Comfia CCOO-A indicaron a Europa Press que ante cualquier conversación que se pudiera estar produciendo por parte de responsables de cajas de ahorros se remiten al documento que aprobado por el Consejo de CCOO-A en mayo de 2004 referente al decálogo del sindicato en los órganos de gobierno de las cajas.

    Explicaron que en dicho decálogo ‘marcábamos y determinábamos la posición de CCOO ante cualquier proceso de fusión, fuera del tipo que fuera, basada en la exigencia siempre de garantía económica, social y sobre todo en el plano laboral’.

    De esta forma, la central sindical exigirá ‘garantías laborales, sociales y económicas’ ante cualquier proceso de fusión entre cajas.

    Además tras apuntar a que, según las diferentes declaraciones ‘no sería antes del proceso de fusión de Cajasol y sería a largo plazo’, agregaron que, en cualquiera de los escenarios posibles ‘queremos un acuerdo laboral que garantice empleo y la homologación de las condiciones de trabajadores’.

    De esta forma, destacaron que en todas las cajas con sede social en Andalucía existen garantías de que ‘en caso de fusión se llegará a un acuerdo laboral’.

    ‘En cualquier caso y en cualquier proceso de fusión, para poder encararla en el momento en que corresponda, exigiremos el mayor consenso posible por parte de todas las organizaciones, tanto a nivel social como territorial’, añadieron.

    Recordaron que hace bastantes años el sindicato apostó por la integración de recursos financieros mediante la fórmula federada, de manera que ‘este tipo de integraciones serán convenientes para Andalucía y serán bien recibidos, siempre que se cumplan las condiciones claramente establecidas en el decálogo del sindicato’.

    Terra Actualidad – Europa Press

    Fecha artículo: lun 04 feb 2008 06:00:28

     

  • Acoso sexual en el trabajo

    La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el acoso sexual como «un comportamiento de carácter sexual, no deseado por la persona afectada, que incide negativamente en su situación laboral, provocándole un perjuicio».

    En esta noticia nos hacemos eco de un interesante artículo de Héctor Valdebenito Larenas (Prevention World 04/01/2008), el cual nos permite acercarnos un poco más al conocimiento de este riesgo laboral que, si bien no se puede descartar la existencia de casos en hombres, es sufrido principalmente por las mujeres. Un problema que puede (y debe) reducirse con un adecuado plan de prevención y actuación en las empresas.

     

     

     

    En el mismo podemos leer que Sonia Salas, académica de la Universidad de La Serena, viene a decir en una definición consensuada del acoso sexual que «se trata de una amenaza repetida e indeseada que puede incluir gestos, comentarios o contactos físicos de naturaleza sexual”.

     

    Como ejemplos de conductas de hostigamiento sexual podemos señalar:

     

    v   Apretones de hombros o roces aparentemente casuales en diversas partes del cuerpo.

     

    v   Juegos propuestos de carácter sexual.

     

    v   Proposiciones de carácter sexual y/o amenazas que se relacionan con mejoras y/o ascensos.

     

    v   Lenguaje sexual de tipo obsceno o chistes subidos de tono.

     

     

     

    Otra definición, más tradicional, de este comportamiento se refiere a “una exigencia por parte de un jefe (habitualmente, no siempre, hombre) dirigida a un subordinado (normalmente mujer) para que le conceda favores sexuales con el fin de conseguir o conservar un trabajo o ciertos beneficios como aumentos de sueldo, ascensos o traslados«.

     

    Todo ello implica un abuso de autoridad, un atentado al respeto y a la dignidad que toda persona merece y que puede afectar a la salud mental y física de la persona acosada (tensión, vergüenza, miedo, inseguridad, estrés, desconcentración), además de perjudicar la productividad y el rendimiento y ser causa de accidente. También puede provocar absentismo, pérdida del buen clima laboral y del ambiente de trabajo, etc.

     

    Este riesgo, que puede presentarse en cualquier tipo de empresa o servicio se puede prevenir. Para ello es esencial que el tema deje de ser tabú: que sea denunciado por la persona afectada (lo que no es fácil, existe miedo de perder el empleo o ser tildada de provocar la situación) y que las empresas no oculten los casos o los reduzcan al ámbito privado, sino que cuenten con un reglamento interno en el que se repudie claramente el acoso sexual, se dé confianza y seguridad a las victimas (en el sentido de que los casos se investigarán discretamente), estableciendo el procedimiento y sanciones que se adoptarán contra los acosadores.

     

    El acoso sexual afecta principalmente a mujeres jóvenes, de ingresos reducidos, educación no profesional, que han sido asediadas por largo tiempo y solo se deciden a denunciar el hecho como último recurso. Existe una percepción generalizada que la sexualidad masculina, es “irracional e irrefrenable”, y por tanto, cualquier manifestación de una mujer se puede entender como una invitación a un acercamiento sexual. Esto se refiere tanto a aspectos intelectuales (personalidad, asertividad, iniciativa), como también a aspectos más externos (vestimenta y maquillaje). Frente a esto, la persona que es víctima de hostigamiento sexual debe asumir internamente que la actitud indebida y abusiva no es generada por su modo de hablar o su vestimenta, sino propia de personas insanas, incapaces de controlar sus impulsos, que abusan de su poder o status.

     

    La mayoría de los acosadores masculinos no entiende que su conducta sea reprochable e ilícita, y el eventual rechazo de la víctima no los hace desistir. Incluso consideran que las manifestaciones de acoso constituyen un halago para la mujer.

     

    La persona víctima de acoso sexual debe formular su reclamación por escrito, en la empresa o directamente en la Inspección del Trabajo, pudiendo también exigir el pago de indemnizaciones legales que procedan. Sin perjuicio de ello, puede acudir a los sindicatos o delegados de personal en su empresa, para que la orienten y asesoren.