Categoría: plan de igualdad

  • 17ª Reunión del Plan de Igualdad y Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo de Indra Factoría Tecnológica

    El pasado día 13 de diciembre de 2022, tuvo lugar la decimoséptima reunión de la mesa negociadora del Plan de Igualdad de Indra Factoría Tecnológica (IFT).

    Tras revisar la última propuesta facilitada por la empresa y comprobar que incorporaba la gran mayoría de las medidas que hemos ido planteando, desde CCOO estuvimos en disposición de alcanzar un acuerdo y finalmente se ha procedido a la firma del nuevo Plan de Igualdad y del Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo de IFT.

    FIRMADO NUEVO PLAN DE IGUALDAD 2022/23 EN IFT

    El pasado día 13 de diciembre de 2022, tuvo lugar la decimoséptima reunión de la mesa negociadora del Plan de Igualdad de Indra Factoría Tecnológica (IFT).

    Tras revisar la última propuesta facilitada por la empresa y comprobar que incorporaba la gran mayoría de las medidas que hemos ido planteando, desde CCOO estuvimos en disposición de alcanzar un acuerdo y finalmente se ha procedido a la firma del nuevo Plan de Igualdad y del Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo de IFT.

    Cabe destacar, que el texto recoge las mismas medidas de conciliación que el resto de planes recientemente firmados en otras empresas del grupo (Indra Soluciones Tecnologías de la Información, Indra Producción del Software, Minsait Payment Systems, Indra Holding TI, Sistemas Informáticos Abiertos e Indra Corporate Services), tal y como CCOO había solicitado, por lo que continuamos cumpliendo nuestro objetivo de que, cualquier persona que trabaje en Indra, disponga de las mismas condiciones en cuanto a Igualdad se refiere.

    Estas son algunas de las nuevas medidas y/o mejoras de las existentes que se incluyen en este nuevo Plan de Igualdad:

    1. PERMISO SIN SUELDO:

    Las personas con más de un año de antigüedad en la empresa y siempre que sea compatible con el proyecto en el que trabajan, podrán solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se podrá fraccionar hasta en cuatro periodos.

    Además, a partir de ahora, se posibilita que el disfrute del permiso finalice, si la persona trabajadora lo solicita, en aquellos casos en los que se produzca una baja por enfermedad superior a los cinco días laborables consecutivos.

    1. PERMISO DE NACIMIENTO O ADOPCIÓN FLEXIBLE (antiguo permiso de Maternidad/Paternidad flexible, pasa a denominarse así):

    Los progenitores biológicos o por adopción (solo uno de los dos, en caso de que ambos progenitores trabajen en Indra), podrán disfrutar de este permiso de la siguiente forma:

    • Acumulada: prolongando 15 días naturales el permiso por maternidad /paternidad.
    • Extendida: reduciendo la jornada el 50%, cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a la incorporación.
    1. ENFERMEDAD GRAVE U HOSPITALIZACIÓN:

    En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. El disfrute de los días de permiso podrá determinarse por la persona trabajadora.

    1. INTERVENCIÓN CON REPOSO DOMICILIARIO:

    En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento.

    1. AYUDA POR CARGO DE PERSONA CON DIVERSIDAD FUNCIONAL:

    En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de un 33% o más a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 100 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

    1. TIEMPO EXÁMENES:

    Se dispondrá del tiempo necesario para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales (con justificante).

    Además, se incluyen las siguientes medidas:

    • Las personas trabajadoras podrán disponer de las horas del exceso de jornada que se establezcan en su calendario anual (actuales días y horas de libre disposición), distribuidas según sus necesidades durante el año natural.

    La disposición concreta de estas horas a lo largo del año deberá acordarse con el responsable del proyecto, debiendo mediar la suficiente antelación en su solicitud y podrá ser rechazado por aquel en función de las necesidades del proyecto.

    • Las estancias en urgencias que se prolonguen durante al menos 12 horas se asimilarán a ingreso hospitalario a los efectos del disfrute de los correspondientes permisos.

    El uso de esta medida, deberá acompañarse de justificante (fecha, nombre de la persona trabajadora completo con apellidos y nombre, hora de entrada, hora de salida, médico o especialista y firma y/o sello de centro médico expedidor de dicho justificante).

    • Como mejora sobre el régimen previsto en el Convenio Colectivo de aplicación, la empresa complementará las correspondientes prestaciones por incapacidad temporal hasta alcanzar la cuantía correspondiente al 100% del salario desde el primer día de la correspondiente baja y hasta los 12 meses de duración de la baja (aunque ya se hacía no estaba plasmado dentro de un acuerdo en firme).
    • La empresa concederá un permiso retribuido por el tiempo indispensable, en los casos de adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre que estos deban tener lugar durante la jornada laboral de la persona trabajadora.
    • Las personas trabajadoras que tengan a su cuidado directo alguna persona con diversidad funcional que no desempeñe una actividad retribuida tendrán derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella.
    • La empresa estudiará la posibilidad de mejorar o aplicar con mayor flexibilidad las medidas de conciliación previstas cuando se trate de personas trabajadoras que constituyan familias monoparentales o estén en situación de separación de derecho o divorciadas, con menores de 14 años.

    Así, la empresa estudiará las circunstancias concretas del caso (por ejemplo, en situaciones relacionadas con el régimen de guarda y custodia, régimen de visitas y estancia) y la posibilidad de ofrecer, en su caso, medidas relativas a la jornada, el horario de trabajo o el centro de trabajo de la persona trabajadora.

    En caso de acordarse alguna medida, ésta se revisará con carácter anual y la persona trabajadora deberá facilitar a la empresa la documentación que esta le requiera para poder valorar su circunstancia personal y la evolución de la misma.

    Medidas de protección para embarazadas:

    • La empresa se compromete a asegurar el cambio de puesto de la madre biológica, en caso de que las funciones que desarrolla habitualmente comporten peligro, tanto para su salud como para la salud del futuro hijo o hija, y mientras éste persista.
    • La empresa se compromete a tomar las medidas necesarias para evitar que las madres biológicas se vean expuestas a situaciones que puedan conllevar peligro para ella y el bebé.
    • No se adoptarán medidas de traslados durante la situación de embarazo y lactancia, salvo traslados de centro de trabajo, siempre que no requieran un cambio de domicilio durante las situaciones requeridas y que beneficien a la madre biológica.

    Además de lo anterior, se ha solicitado a la empresa lo siguiente:

    • Que en todas las empresas del grupo se apliquen estas mismas medidas en sus respectivos Planes de Igualdad.
    • Que la Representación Legal de las Personas Trabajadoras participe desde el primer momento en la Comisión Instructora de los casos de Acoso Sexual que pudiesen darse en la Empresa.
    • Que se constituya la mesa de negociación del próximo Plan de Igualdad desde el momento en que se firme el acuerdo.

    Por último, se ha acordado que el periodo de vigencia concluya el 31 de diciembre de 2023.

    Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

    Cuida de tu trabajo ¡Afíliate!

    Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra

  • CCOO Firma el I Plan de Igualdad en ACCEPTA SERVICIOS INTEGRALES S.L.

    Tras más de año y medio de negociación, CCOO junto a la totalidad de la representación de la Mesa de Negociación, hemos firmado en la mañana del día 22 de diciembre de 2022, el primer Plan de Igualdad en ACCEPTA SL, con una vigencia de 4 años.

    Este Plan recoge medidas eficaces para lograr una igualdad real de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, garantizando la ausencia de discriminación por razón de sexo, así como un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo. Para ello entre otros, hemos fijado como objetivos:

    • Integrar en ACCEPTA el principio de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicándolo en todos sus ámbitos e incorporándolo en su modelo de gestión.
    • Garantizar en la empresa la ausencia de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y, especialmente, las derivadas de la maternidad, paternidad, la asunción de obligaciones familiares, el estado civil y las condiciones laborales.
    • Eliminar toda manifestación de discriminación en la promoción interna y selección, con objeto de alcanzar en la empresa una representación equilibrada de mujeres y hombres.
    • Garantizar un entorno laboral seguro y libre de situaciones de acoso sexual y por razón de sexo.

    El Plan recoge un total de 41 medidas como:

    • Fomentar el uso de imágenes y un lenguaje inclusivo y respetuoso con la igualdad.
    • Fomentar una política progresiva de incorporación de mujeres a las categorías profesionales de mayor nivel.
    • Entrevista de salida con perspectiva de género.
    • Realizar un estudio anual de las promociones realizadas por sexo, categoría, departamento, puesto y circunstancias personales informando a la Comisión de Seguimiento de Igualdad.
    • Analizar las solicitudes realizadas de ampliación de jornada y realizar un informe con el objetivo de fomentar la consolidación de los incre¬mentos de jornada.
    • A través de la utilización de la modalidad de Teletrabajo de manera excepcional, se ha acordado lo siguiente:
      • Teletrabajo los días en los que tengas que acudir a citas médicas propias o de acompañamiento.
      • Teletrabajo a partir de la semana 24 de gestación para las embarazadas.

    La comisión de seguimiento del Plan se reunirá semestralmente para evaluar el grado de cumplimiento del mismo, y tomar las acciones necesarias en su caso.

    Desde CCOO estamos satisfechas y satisfechos con el resultado del I Plan de Igualdad. Consideramos que es un gran avance.

    Hemos hecho grandes esfuerzos por llegar a este acuerdo, fruto de un diagnóstico previo de la situación de la empresa, en la se acordó analizar los datos retributivos del 2021, ya que los datos del 2020 no reflejaban la situación real de la empresa; Anualmente revisaremos el registro retributivo. Además, revisaremos la clasificación profesional y nivelación de puestos de trabajo, conforme a la herramienta elaborada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y negociaremos un protocolo de protección para las víctimas de violencia de genero, en el que se incluirán medidas que las protejan por encima de las recogidas por ley en materia laboral.

    Estos 4 años de vigencia, trabajaremos para ir implantando todas las acciones correctoras para que el siguiente diagnóstico de situación, nos evalúe nuestro grado de consecución de las mismas.

    Desde CCOO estamos a tu disposición para atender cualquier cuestión que necesites a este respecto.

    Los planes de igualdad son un eficaz instrumento, para lograr avanzar en los derechos de las mujeres en las empresas.

  • Firma del II Plan de Igualdad en el Grupo Nh

    Alcanzado acuerdo en el II Plan de Igualdad en el Grupo NH, suscrito por CCOO sindicato mayoritario en el Grupo con el 58% de representación y UGT 41%, siendo las organizaciones sindicales con legitimidad de representación de las personas trabajadoras en todas las empresas que componen el grupo de empresas de NH.

    23 de diciembre de 2022. Este acuerdo recoge tanto intervenciones en todas las áreas de contratación, formación, promoción etc como un procedimiento de prevención y actuación contra el acoso sexual y por razón de sexo.

    En relación a este protocolo, CCOO dejamos clara la necesidad de que este tipo de procedimientos, además de cumplir todas las garantías y rigor en la investigación de las denuncias, plasmara medidas de prevención dirigidas especialmente a las trabajadoras del departamento de pisos, siendo extensivas al resto de personas trabajadoras;

    • Que todas las dependencias comunes del hotel, como pasillos y escaleras de emergencia se encuentren iluminadas.
    • Ropa de trabajo adecuada para la tarea. Libre elección de uniforme (falda/pantalón)
    • En caso de daños físicos y/o psíquicos, por agresión verbal o física, incluso cuando se trate de un cliente, las empresas deben poner a disposición de la afectada todos los medios sanitarios y asesoramiento posible.
    • Mantener la puerta de la habitación abierta mientras se realizan las labores de limpieza de las habitaciones.
    • Al realizar una entrega extra de toallas, artículos de toilette o de room service, el personal puede efectuar la entrega en la puerta sin necesidad de acceder a la habitación o puede hacer la entrega en el interior en parejas.

    El procedimiento de actuación tiene por objetivo la prevención y actuación del acoso en el ámbito laboral, poniendo en el centro a la víctima y contemplando que este acoso puede ser ejercido por personas con diferentes vínculos.

    El plan de igualdad además de medidas orientadas a la mayor participación de mujeres y de la igualdad a través de la formación y la promoción, incorpora medidas de flexibilidad en el uso de los derechos de conciliación, la perspectiva de género en la salud laboral etc.

    Se trata de un paso más en la mejora de las condiciones de trabajo, avanzar en la igualdad, pero tenemos que continuar y queremos contar contigo.

  • Primeros Planes de Igualdad en Amazon Web Services SLU -AWS-, Amazon EU S.a.r.l., -AEU- y Amazon Online Spain S.L.U. -AOS-

    Después de meses de intenso trabajo liderado por CCOO en las Mesas de Negociación de los planes de Igualdad de tres empresas del sector de las TIC en AMAZON, se ha llegado a un acuerdo entre las empresas y la representación de las personas trabajadoras, ostentada por los Sindicatos más representativos en el sector, acuerdo materializado en los primeros planes de igualdad en estas empresas.

    Tras un primer acuerdo sobre el diagnóstico de situación que analizaba materias como, entre otras, el acceso al empleo, la formación y promoción, las condiciones laborales, la retribución , incluida la auditoría salarial, se ha llegado a sendos acuerdos por unanimidad de la parte social que han dado como resultado la firma del I Plan de Igualdad en Amazon Web Services -AWS-, del I Plan de Igualdad en Amazon EU -AEU- y del I Plan de Igualdad en Amazon Online Spain -AOS-, planes en los que se recogen medidas para favorecer el acceso de las mujeres a la empresa, avanzar en la promoción profesional de las mujeres, atender a las victimas de violencia de género, facilitar la conciliación y la corresponsabilidad a través de medidas de flexibilidad en el trabajo y velar por que la retribución no sea discriminatoria entre mujeres y hombres.

    Junto al Plan de Igualdad se ha firmado también un Protocolo para la prevención del acoso sexual y/o por razón de sexo que ayudará a hacer de AWS, AEU y AOS lugares libres de acoso para las personas que trabajan en ellas.

    CCOO forma parte de la Comisión de Seguimiento para velar que el plan se cumple según lo acordado y que se avanza hacia la igualdad real entre las mujeres y los hombres en AWS. AEU Y AOS.

    Desde CCOO estamos a disposición de las personas trabajadoras en estas empresas para atender cualquier duda en la implantación de los Planes de igualdad y los Protocolos para la prevención del Acoso Sexual recién firmados y con cualquier otra duda o inquietud en materia laboral.

  • Primer Plan de Igualdad en Amazon Spain Services S.L.U – ASS-

    Tras meses de intenso trabajo liderado por CCOO en la Comisión Negociadora del I Plan de Igualdad en Amazon Spain Services S.L.U – ASS-, la representación de la empresa y la representación de las personas trabajadoras, ostentada por los sindicatos mayoritarios en los sectores de las TIC y Contact Center, hemos llegado a un acuerdo sobre el Plan de igualdad a aplicar en ASS en los próximos años, para avanzar hacia la igualdad real entre hombres y mujeres en la compañía.

    Tras un primer acuerdo sobre el diagnóstico de situación que analizaba materias como, entre otras, el acceso al empleo, la formación y promoción, las condiciones laborales, la retribución , incluida la auditoría salarial, se ha llegado a un acuerdo por unanimidad de la parte social para la firma del I Plan de Igualdad en Amazon Spain Services – ASS-, plan en el que se establecen objetivos y se incluyen medidas para favorecer el acceso de las mujeres a la empresa, avanzar en la promoción profesional de las mujeres, atender a las víctimas de violencia de género, facilitar la conciliación y la corresponsabilidad y velar porque la retribución no sea discriminatoria entre las mujeres y los hombres que trabajan en ASS.

    Junto al Plan de Igualdad se ha firmado también un Protocolo para la prevención del acoso sexual y/o por razón de sexo que ayudará a hacer de ASS un lugar libre de acoso y violencia para las personas que trabajan en la compañía.

    CCOO formará parte de la Comisión de Seguimiento para velar que el plan se cumple según lo acordado y que se avanza hacia la igualdad real entre las mujeres y los hombres en Amazon Spain Services.

    Desde CCOO estamos a disposición de las personas trabajadoras en ASS para resolver cualquier duda o inquietud sobre la aplicación del Plan de Igualdad o del Protocolo de Acoso sexual y/o por razón de sexo recién firmados, o relativa a cualquier otro ámbito laboral.