Categoría: Plantilla Indra

  • PROPUESTA DE CCOO – PLAN DE PREJUBILACIONES

    Buenos días,
     
    Tras la reunión del viernes pasado, desde CCOO hemos elaborado nuestra propuesta de Plan de Prejubilaciones que trasladaremos hoy a la compañía.
    Propuesta de CCOO:
     Ámbito de aplicación:
     Vamos a proponer que el Plan de Prejubilaciones se aplique en Indra Sistemas, Indra Soluciones TI, Indra Producción de Software, Indra BPO Servicios, Indra BPO y Prointec. Queremos que dicho Plan pueda aplicarse también en el resto de las empresas del Grupo Indra.
     Debemos tender a la igualdad real y no podemos aceptar que no se aplique en todas las empresas del grupo.
     Presupuesto:
     Solicitamos que se amplíe el presupuesto de 6 millones de euros y que se paren los despidos en el Grupo. Si eliminamos los despidos, mejorando la asignación a proyecto y la cobertura interna de vacantes, podremos dedicar más presupuesto al Plan.
     Renovación Anual
     Consideramos que el Plan debe tener una vigencia de un año y que debería renovarse anualmente.
     Condiciones de adscripción al plan:
     Edad: entre 58 años y 61 años cumplidos hasta el 31/12/2019, con 10 o más años de antigüedad.
     Doble voluntariedad (persona/empresa).
     Aplicación de los contratos relevos para aquellas personas que cumplieron 61 años en el 2018, ya que esa práctica se vino realizando durante el 2018 y fue parada sin motivo económico o laboral que lo justificase.
     Prestaciones:
         90% del salario bruto para retribuciones iguales o inferiores a 25.000 euros;
    ?              80% del salario bruto para retribuciones a partir de 25.001, 
    Adem      Además, se respetará el variable hasta los 50.000 euros.
    ?              En todos los casos, pago del 100% de la cotización actual a la Seguridad Social hasta los 64 años.
     En caso de trabajar en otra empresa:
    Si la empresa a la que fuese a trabajar la persona no fuese de la competencia, Indra completaría la cotización a la Seguridad Social hasta el 100% (en caso de ser inferior).
     Comisión de seguimiento:
    Creación de una comisión de seguimiento de la aplicación del Plan para asegurar su correcta aplicación.
     Para CCOO el objetivo fundamental del Plan de Prejubilaciones es proteger el empleo de las personas mayores de 50 años, acabando con los despidos que se están produciendo, y dando una alternativa con otro tipo de salidas, que sean voluntarias y con cobertura digna hasta alcanzar la edad de jubilación.
     
    Te seguiremos informando.
  • REUNION PLAN DE PREJUBILACIONES-PROPUESTA DE LA EMPRESA

    Buenas tardes:

     Se ha celebrado hoy a las 13h00 la segunda reunión convocada por la empresa para exponernos su propuesta del Plan de Prejubilaciones. A esta reunión hemos asistido todas las Secciones Sindicales con representación en la Compañía.

    Propuesta de la Empresa

    Ámbito de aplicación propuesto:

    La empresa propone aplicar el Acuerdo en Indra Soluciones TI e Indra Sistemas. Excepcionalmente podría aplicarse a otras empresas del grupo.

    Personal potencialmente afectado por el Plan:

    Personas que tengan 60 o más años cumplidos con fecha 30 de junio de 2019, y no alcancen los 64 años el día de la fecha de extinción del contrato de trabajo de mutuo acuerdo.

    Prestación por desempleo

    Al tratarse de extinciones del contrato de trabajo de mutuo acuerdo, la persona afectada no disfrutaría de la prestación de desempleo.

    Adhesión al Plan de Prejubilaciones ? Doble voluntariedad

    Se abriría una ventana de adhesión voluntaria al Plan de un mes, en la que la persona que quisiera adherirse al Plan podría solicitarlo durante este Plazo. En este periodo, la empresa también podría proponer la adhesión a las personas que cumplieran con los criterios de adhesión y a las que quisieran proponérselo.

    Una vez expirado este periodo, tanto la empresa (en el caso de que la petición provenga de la persona voluntaria), como las personas a las que se lo hubiese propuesto la empresa, dispondrían de otro mes para aceptar o rechazar la propuesta.

    Fecha de extinción del contrato de trabajo

    La fecha de extinción del contrato, sería la que determinase la empresa, siempre en 2019.

    Presupuesto asignado para el Plan de Prejubilaciones

    La empresa tiene un presupuesto de seis (6) millones de euros, salvo que la empresa pueda ampliar esta cantidad.

    Cobertura para las personas afectadas

    Recibirían una renta mensual, desde la fecha de extinción de mutuo acuerdo del contrato de trabajo, y hasta que cumpliesen 64 años, equivalente a una doceava parte (1/12) del sesenta por ciento (60%) de la retribución bruta fija anual (incluyendo todos los conceptos computables como retribución fija).

    Adicionalmente, durante el mismo periodo, la empresa abonaría el coste de la contribución al régimen especial de la seguridad social. Este coste no se actualizaría ningún año.

    Condiciones adicionales

    La persona que se beneficiase del Plan, tendría una obligación de no concurrencia durante los dos años siguientes a la extinción del contrato. El incumplimiento de dicha condición supondría la rescisión del Acuerdo y que la empresa no abonase nada más. Esto quiere decir que durante los dos años posteriores a la extinción del contrato de trabajo, la persona no podría trabajar para empresas competidoras de Indra.

    Si la persona que se beneficiase del Plan, trabajase para otra empresa que no fuese competidora de Indra, seguiría percibiendo las cantidades acordadas, salvo el coste de la contribución al régimen especial de la seguridad social.

    Si la persona perdiese el empleo, podría volver a beneficiarse de lo firmado.

    Los contratos de relevo no estarían contemplados en el Plan.

    CCOO:

    Vista la propuesta presentada por la empresa, y con el objetivo de mejorar las condiciones del Plan, desde CCOO vamos a preparar una respuesta para la próxima reunión prevista para el 18 de enero. No compartimos que se deje fuera a las personas de Indra BPO, Indra BPO Servicios, Indra Producción de Software e Indra Holding TI. Opinamos que respetando el presupuesto asignado, podemos mejorar el contenido del Plan.

    Te seguiremos informando.

  • PLAN DE PREJUBILACIONES-REUNION CON LA EMPRESA

    Buenos días,
    La empresa nos ha convocado a una reunión el martes 18 a las 13h00 para hablar del Plan de Prejubilaciones.
    Queremos daros las gracias a las más de 5.000 personas que apoyasteis la campaña de recogida de firmas de CCOO. Sin vuestro apoyo, este primer paso no hubiese sido posible.
    Atendiendo a la petición por escrito de CCOO, la empresa ha convocado también al resto de secciones sindicales.
    Seguimos solicitando la paralización de los despidos en el grupo Indra. Pensamos que debemos trabajar para mejorar el proceso de asignación. Sigue habiendo cientos de puestos vacantes y no debería producirse ni un despido más en el Grupo.
    Esperamos que, en esta reunión, la empresa nos confirme la apertura de un proceso de negociación.
    Seguiremos informando. Estamos a tu disposición para cualquier consulta o sugerencia en el correo ccooindra@servicios.ccoo.es
     
  • PRESTACIONES DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD EXENTAS DE TRIBUTAR IRPF

    El Ministerio de Hacienda ya ha publicado el
    procedimiento que la Agencia Tributaria ha puesto en marcha para cumplir la
    Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 que fija como doctrina
    legal que «Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad
    Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas». Tal y como ya interpretamos desde CCOO la
    Agencia Tributaria asume que la doctrina de la sentencia es también aplicable a
    las PRESTACIONES de PATERNIDAD.

    Estimado/a
    compañero/a:

     

    El Ministerio de Hacienda ya ha publicado el
    procedimiento que la Agencia Tributaria ha puesto en marcha para cumplir la
    Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 que fija como doctrina
    legal que ?Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad
    Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?.

    Con el procedimiento creado para realizar las
    reclamaciones, no será necesario realizar demandas por la vía contenciosa.

    Tal y como ya interpretamos desde CCOO la
    Agencia Tributaria asume que la doctrina de la sentencia es también aplicable a
    las PRESTACIONES de PATERNIDAD.

    La medida afectará a 1.086.000 mujeres y
    hombres y el importe de la devolución alcanzará los 1.200 millones de euros.

    Las
    reclamaciones podrán presentarse en los siguientes plazos
    :


    • Desde ya mismo se
      puede solicitar la regulación de las prestaciones de maternidad/paternidad
      percibidas en 2014 y 2015. Tramitación web aquí.
    • A partir de enero de
      2019 se puede solicitar la regulación de las prestaciones de
      maternidad/paternidad percibidas en 2016 y 2017
    • En la próxima
      campaña de la renta se regularizarán las prestaciones de maternidad/paternidad
      percibidas en 2018.


    La AEAT recabará directamente de la Seguridad
    Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento. 

    Encontraréis información más detallada del
    procedimiento, aquí,
    en la página web de la agencia tributaria.

     

    Saludos cordiales,

    Cuida tu trabajo ¡Afíliate!

    Sección Sindical Estatal de
    CCOO-Servicios grupo Indra

     

  • CONVENIO DE APLICACIÓN ACTUAL

    El convenio de aplicación es el convenio de Consultoría y Estudios de mercado que actualmente está vigente hasta el 31 de diciembre de 2019 y tiene una cláusula de ultra actividad que prolongará su eficacia hasta que se firme uno nuevo. 

    Buenos días,

    Muchas personas estáis recibiendo información sobre las movilizaciones por el convenio de Oficinas y Despachos de Bizkaia. Este convenio no es el que nos aplica en Indra Soluciones TI, ni en Indra BPO Servicios.

    El convenio de aplicación es el convenio de Consultoría y Estudios de mercado que actualmente está vigente hasta el 31 de diciembre de 2019 y tiene una cláusula de ultra actividad que prolongará su eficacia hasta que se firme uno nuevo.

    Puesto que el de Oficinas y Despachos no es de aplicación directa en Indra Soluciones TI ni a Indra BPO Servicios, no estamos convocando a la plantilla a las movilizaciones de ese convenio, si bien individualmente nuestra afiliación y nuestras delegadas y delegados pueden participar en las mismas.

    ¿Qué está proponiendo CCOO en el convenio de oficinas y despachos? Actualmente CCOO propone una consulta a las plantillas del sector para que decidan los pasos a dar en este convenio.

    Desde CCOO Indra, no vamos a realizar la consulta, porque el convenio no nos aplica en Indra Sistemas Soluciones TI ni en Indra BPO Servicios.

    Saludos cordiales,

    Cuida tu trabajo ¡Afíliate!

    Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra