Categoría: Prevision Social

  • La pensión media de jubilación se situó en agosto en 724,43 euros, un 4,9% más que en 2005

    La pensión media de jubilación se situó en agosto en 724,43 euros mensuales, lo que supone un incremento del 4,9% respecto al mismo mes del año pasado, según las datos difundidos hoy por el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales.

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  • Acuerdo sobre medidas en Materia de Seguridad Social. Valoración de CCOO y cuadro comparativo

    La legitimación política y social del sistema de pensiones ha sido, sin duda, un factor de enorme importancia para el cambio en la percepción por parte de la ciudadanía de las garantías de futuro de la Seguridad Social y en la valoración muy positiva del papel y gestión de la misma.

    Descargar Valoración de CCOO sobre Acuerdo sobre medidas en Materia de Seguridad Social. PDF 172 Kb

    Ver también Acuerdo sobre pensiones y Seguridad Social

  • INFOPLAN Nº 24

    Explicacion sobre la situación actual del Plan de Pensiones de los trabajadores de Unicaja.

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  • Prejubilaciones en el Urquijo

    03 08 06 Hemos manifestado a la dirección de Banco Sabadell que estamos dispuestos a firmar el acuerdo si es para todos los trabajadores y se garantizan las condiciones de prejubilación en caso de cambio normativo. (PDF:Cast.)

    Por seguridad jurídica, podemos firmar si están todos

    Tal y como indicábamos en nuestra circular con UGT y CGT, hemos analizado el contenido del acuerdo firmado por CSI-CSIF, CC y ELA y, efectivamente, tal y como ya anticipábamos se mantienen las diferencias en los puntos que detallábamos en dicha circular. No obstante y haciendo un esfuerzo de responsabilidad, que esperamos sea correspondido por la dirección de Banco Sabadell, queremos manifestar nuestra disposición a firmar el acuerdo si se incorpora a los trabajadores de los colectivos 1 y 3 del Plan de Pensiones y se incluye el punto SEXTO del acuerdo de prejubilaciones de Banco Sabadell, que garantiza las condiciones de prejubilación, en caso de cambio normativo. Los motivos de esta decisión y propuesta son claros y sencillos, pero importantes para nosotros y creemos que para todos los trabajadores de Banco Urquijo: 1. No queremos dejar el despido como la única posibilidad legal de jubilación anticipada para los trabajadores que no estén recogidos en el acuerdo de prejubilaciones, porque las únicas posibilidades legales de jubilarse anticipadamente en la Seguridad Social son alguna de estas tres situaciones:  Tener cotizaciones antes del 1 de enero de 1967.  Estar amparado por un acuerdo colectivo, aunque no se tengan cotizaciones anteriores al 01/01/1967. Por ello la importancia de incluir a todos en el acuerdo.  Estar despedido, al menos seis meses antes de pedir la jubilación anticipada. 2. Un acuerdo de eficacia general que también incluya, como en el Sabadell, un punto de garantía de mantenimiento de las condiciones, en caso de cambio normativo, garantiza mayor seguridad jurídica a todos los trabajadores afectados y también a la empresa. La voluntad de CC.OO. es defender los intereses de todos los trabajadores, sin exclusión, y colaborar para que el proceso de fusión se desarrolle de la mejor forma posible. Los trabajadores, y los sindicatos como sus representantes, somos los máximos interesados en garantizar que el proceso de integración se hace de la forma mejor y más exitosa posible, porque está en juego tanto nuestros puestos de trabajo, como las condiciones de los mismos. Desde ese ejercicio de responsabilidad y a pesar de que el resto de condiciones sean inferiores al anterior acuerdo de prejubilaciones, manifestamos nuestra disposición de firma del acuerdo, si al mismo se incorporan los dos colectivos que faltan. No sólo no es una petición descabellada, es una necesidad por seguridad jurídica y para dar el mismo tratamiento en Banco Urquijo que se ha dado en el acuerdo de prejubilaciones de Banco Sabadell, que sí ha firmado CC.OO. y que “afecta a la totalidad de la plantilla”. Creemos que la profesionalidad de los trabajadores, demostrada durante muchos años, y la seguridad necesaria para seguir ejerciéndola en Banco Sabadell, exigen este esfuerzo que esperamos sea compartido por la dirección de Banco Sabadell.

    Agosto de 2006

  • PLAN DE PENSIONES PARA TODOS

    En Comfia-CCOO estamos trabajando, manteniendo contactos, recabando apoyos, con el objetivo de plasmar en un Acuerdo una de nuestras principales reivindicaciones de los últimos años, conseguir un Complemento de Pensiones para todas las personas ingresadas en nuestra Entidad después de marzo del 80, un acto de justicia para la mayoría de la plantilla. Por ello exigimos, que la empresa cumpla con sus compromisos previos y se inicien las negociaciones en Banesto, para establecer un Plan de Pensiones para toda la plantilla.

    Como decimos, los compromisos están para cumplirlos y la dirección del banco se comprometió a abrir las negociaciones en el momento que estás se dieran en nuestro banco matriz, donde llevan semanas negociando este tema. Por ello, sin más dilaciones, sin más excusas, sin más pretextos que argumentar, debemos iniciar negociaciones encaminadas a encontrar una solución para toda la plantilla, pero básicamente para aquellos que entraron a trabajar después del 8 de Marzo del 80.


    Nuestras peticiones son claras y se centran en los siguientes parámetros:



    • Constitución de un Plan de Pensiones de Empleo para toda la plantilla del Banco en activo, tanto para los ingresados antes del 80, como para los ingresados con posterioridad.


    • Los empleados y empleadas con antigüedad de antes del 80, mantienen sus derechos derivados del Convenio Colectivo que siguen en fondo interno. La materialización del fondo interno en derecho efectivo sólo se produce en caso de darse la jubilación en activo en la plantilla de la Empresa. Entonces, estos trabajadores cobrarían íntegramente su complemento de jubilación, su PE, percibiendo una parte del Banco y otra del Plan de Pensiones. También se beneficiarían del Plan de Pensiones en caso de causar baja en el Banco antes de la jubilación, dado que tendrían derecho sobre las cantidades aportadas al plan, más su rentabilidad.


    • Quienes ingresaron después del año 80 tendrían un complemento de pensiones, actualmente inexistente, que se añadiría en su momento a la pensión pública por jubilación. Consolidándose como un derecho objetivo en lugar de una expectativa de derecho. ya que aunque el trabajador cause baja en la Empresa, no pierde las aportaciones a su Plan de Pensiones.


    • Que el trabajador no esté obligado a hacer ninguna aportación, pudiendo hacerlas de forma voluntaria.


    • Que la cantidad anual aportada por la Empresa sea revalorizable.


    • Que se establezca una compensación por antigüedad, que podría ser una única aportación por año trabajado.


    • Que se mantenga la aportación al Plan de Pensiones por parte de la Empresa durante el período de prejubilación.

    Si como parece en el SCH se están cumpliendo las previsiones. Si en el SCH las negociaciones están muy bien encaminadas. Si en el SCH es posible encontrar una solución válida a este problema. Si en el SCH empresa y sindicatos están sentados negociando alrededor de una Mesa. En definitiva, si eso es posible en el SCH, debe serlo también en Banesto. Nadie entendería lo contrario. Es preciso iniciar el proceso ya y no dilatarle en el tiempo como estamos acostumbrados, los trabajadores y trabajadoras no nos merecemos este trato.


    6 de Julio de 2006