Categoría: Prevision Social

  • INFOPLAN Nº 16

    Recopilación de los derechos de información que tienen los partícipes y beneficiarios del Plan.
    ¿Cómo financiar el Seguro de Dependencia?.

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  • Noticias del Plan de Pensiones

    La rentabilidad del Plan sigue mejorando. Aprobadas por unanimidad las cuentas de 2004, también los Principios Generales de Inversión y el Plan de Reequilibrio anual que supone un incremento de derechos por subsanación de errores…

    Aprobadas las cuentas de 2004
    Se aprobaron por unanimidad. Nos hemos basado en el informe positivo
    del auditor externo KPMG., y en nuestra propia revisión, con
    profundidad y rigor. No obstante, CC.OO. hemos añadido al
    acta algunos reparos, sobre todo al informe de la Actuaria. Esta vez
    hasta el sindicato del «no» dijo sí.
    Celebramos que asuman cuota de responsabilidad…

    Acordados unos principios generales sobre inversiones
    Cumpliendo, con algún retraso, la legalidad del nuevo
    Reglamento sobre Planes y Fondos de Pensiones, y tras mantener algunas
    discrepancias con el Promotor (el BBVA) sobre el contenido del Acuerdo,
    finalmente aprobamos -toda la Comisión de Control- unos
    principios genéricos a seguir por la Gestora, con el
    objetivo de alcanzar la rentabilidad recogida en los acuerdos firmados
    en nuestro Plan.

    No hemos fijado la posibilidad de primar mayores beneficios o
    penalizar el no alcanzar los objetivos genéricos, pero ha
    quedado claro y así se lo hemos dicho a la Gestora que tiene
    la responsabilidad de gestionar activamente, aprovechando las
    coyunturas favorables y buscar el mayor beneficio posible con el menor
    riesgo razonable. Y más desde que prácticamente
    todos los Colectivos estamos en el sistema de aportación.

    De igual manera hemos criticado el uso excesivo
    -crítica compartida por la mayoría de la
    Comisión de Control- de los repos o inversión a
    corto y poco rentable.

    Más adelante afrontaremos la redacción,
    más concreta y detallada, de un contrato de
    Gestión, en el que se recogerán las relaciones,
    obligaciones y derechos entre la Gestora y el Plan de Pensiones, su
    Comisión de Control, que representa a partícipes,
    beneficiarios, y promotor.

    Rentabilidad de nuestro Plan
    Ha mejorado sustancialmente y en 2004 fue del 4,71%. Han quedado
    atrás, afortunadamente, las convulsiones de los mercados de
    los últimos años (atentados 11-S,
    escándalo ENRON, World-com, etc.) y las rentabilidades
    negativas. Seguimos con los % de inversión del 80-20
    (renta fija y renta variable) y un margen de oscilación del
    10%. Una política relativamente conservadora pero que nos ha
    permitido atravesar las turbulencias con una muy buena nota.

    Plan de Reequilibrio
    Como cada año, desde el Acuerdo de 14-11-2000 se
    presenta este Plan que recoge las modificaciones presentadas y
    aceptadas sobre reclamaciones individuales de los partícipes
    incorporados en aquella fecha. En general, los casos provocan mayores
    aportaciones y cuentan con el contraste, que ha de ser favorable para
    aceptarlo, del actuario independiente que propusimos CC.OO. y el resto
    de sindicatos. Se aprobó por unanimidad, y los
    compañeros afectados sabrán
    rápidamente las cifras que se les aportan fruto de su
    reclamación.

    Aplicación Acuerdo de
    29-12-2003, transformación de colectivos de
    prestación en aportación

    Creemos que ha transcurrido el suficiente tiempo para que la gran
    mayoría de los compañeros de estos colectivos
    sean conscientes de la bondad y las ventajas del mismo, a pesar de las
    dudas sembradas por los oportunistas de siempre. CC.OO. no ha
    escatimado esfuerzos para explicarlo a lo largo y ancho del Estado, con
    la seriedad y el rigor que son las señas de identidad que
    nuestro sindicato aporta al Plan.

    Es cierto que asumimos el riesgo de la inversión, pero
    hemos separado los derechos de la pensión de la Seguridad
    Social evitando que sigan bajando, hemos solucionado el tema de la
    jubilación a los 60 años, en lugar de a los 63,
    hemos hecho disponibles los derechos, etc.

    También hemos conseguido aumentar los derechos de
    compañeros que no tenían bien los datos,
    posibilidad que sigue abierta. Estas aportaciones extras a los
    interesados, se efectuarán cuando se aporten las del Plan de
    Reequilibrio.

    Elección de Actuario y Auditor
    Desde hace varios años, CC.OO. venimos criticando a la
    Actuaria externa del Plan por la poca calidad de su trabajo y por lo
    muy elevado de sus honorarios. Hace unos meses CC.OO. propusimos un
    concurso para aumentar las posibilidades de elección y
    abaratar costes, de Actuario y Auditor. El Concurso está en
    marcha, tenemos 7 actuarios y 6 auditores para elegir, los precios de
    entrada ya son significativamente más económicos,
    y estamos intentando que la elección que ha de ser por
    mayoría cualificada de 2/3 lo sea por unanimidad.

    Seguimos trabajando, seguiremos
    informando.

    Julio 2005

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  • INFOPLAN Nº 15 – EXTRA

    Por fin, hoy se ha firmado el acuerdo que contempla la posibilidad de rescate del plan de pensiones para los trabajadores de Unicaja que opten por las jubilaciones parciales.

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  • DOTACIÓN DE 3.500 MILLONES DE EUROS AL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

    El Fondo alcanza ya los 26,650,89 millones de euros y con esta dotación adicional, su cuantía total supone ya casi seis mensualidades de la nómina de pensiones


    VISITANOS SI QUIERES ESTAR INFORMADO


    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD
    MUPRESPA

    El Consejo de Ministros ha
    aprobado un Acuerdo por el que se amplía la cuantía del Fondo de Reserva de la
    Seguridad Social con una dotación adicional de 3.500 millones de euros.

    Esta ampliación eleva la
    cuantía del Fondo de Reserva hasta 26.650,89 millones de euros (cerca de cuatro
    billones y medio de las antiguas pesetas), que equivalen a casi seis
    mensualidades de la nómina de pensiones.

    Esta aportación es la
    segunda que se hace en este ejercicio, pues la anterior por 3.500 millones de
    euros se aprobó el 11 de febrero. El excedente presupuestario de la Seguridad
    Social del año 2004, calculado a efectos del Fondo, alcanzó 7.337,99 millones de
    euros. Desde 1999 hasta el 31 de diciembre de 2004, los excedentes, calculados a
    efectos del Fondo ascienden, a 26.211,28 millones de euros. Esto quiere decir
    que el 96,04 por 100 de los excedentes presupuestarios de la Seguridad Sociales
    se han invertido en el Fondo de Reserva.

    El Fondo de Reserva de la
    Seguridad Social representa ya, con la dotación de 3.500 millones aprobada hoy,
    un 3,18 por 100 del Producto Interior Bruto (PIB), que en 2004 fue de 837.557
    millones de euros.

    De los 26.650,89 millones
    de euros que alcanza hoy el Fondo de Reserva, sin contar los rendimientos que
    pueda producir este año, 25.172,92 millones de euros corresponden a las
    distintas dotaciones presupuestarias realizadas desde 2000 hasta el día de hoy;
    20,13 millones de euros pertenecen al exceso de excedentes de las Mutuas de
    Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, y
    1.457,85 millones de euros a los rendimientos netos obtenidos hasta la fecha de
    hoy por la inversión del Fondo en activos financieros públicos.


    Situación del Fondo de Reserva a 8 de julio de
    2005


    (previa al Acuerdo del Consejo de Ministros)

     

    IMPORTE EN EUROS


    Dotaciones efectuadas por Acuerdo de Consejo de Ministros

    …………………..

    21.672.915.657,54

    Exceso
    de excedentes derivado de la gestión por las Mutuas de la Incapacidad
    Temporal por contingencias comunes

    ………………….

    20.131.550,86


    Rendimientos producidos

    …………………..

    1.513.628.739,00

    – Por
    intereses c/c

    110.828.158,76

     

    – Por
    cupones

    1.375.188.011,93

     

    – Por
    rendimientos implícitos netos

    27.612.568,31

     

    Ajustes
    por amortización de activos

    …………………..

    <55.781.830,49>

    – Por
    cupón corrido

    55.781.830,49

     

     

     

     


    TOTAL

    …………………..


    23.150.894.116,91


    Dotaciones materializadas:

     

     

    +
    Activos financieros en cartera

    ………………….

    22.892.244.201,12

    En la
    cta/cte en Bº de España

    …………………..

    258.649.915,79


    TOTAL

    …………………..


    23.150.894.116,91

    Inversión del Fondo

    En la actualidad, la
    práctica totalidad del Fondo de Reserva está invertido en activos financieros
    públicos por un importe de 22.892,24 millones de euros. La cartera de activos,
    además de los emitidos por el Reino de España (95,85 por 100 sobre el total)
    incluye también deuda no española de los siguientes Estados: Alemania, Francia y
    Países Bajos (8,15 por 100 sobre el total).

    El importe depositado en
    la cuenta del Fondo de Reserva en el Banco de España, junto con la dotación
    aprobada y los rendimientos que vaya generando, será invertido próximamente por
    la Tesorería General de la Seguridad Social en activos financieros públicos.

    El Fondo de Reserva de la
    Seguridad Social fue creado con el objetivo de constituir reservas que permitan
    atenuar los efectos de los ciclos económicos bajos y garantizar el equilibrio
    financiero del sistema de pensiones. Con la creación del Fondo de Reserva en el
    año 2000 se dio cumplimiento a la Recomendación número dos del Pacto de Toledo y
    a los compromisos adquiridos en el Acuerdo alcanzado con los sindicatos más
    representativos en octubre de 1996, recogidos en la Ley de Consolidación y
    Racionalización del Sistema de la Seguridad Social de 1997. La Ley reguladora
    del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se publicó en el BOE el 30 de
    septiembre de 2003.

  • Ley sobre edad de jubilación en los Convenios

    LEY 14/2005, de 1 de julio, sobre las cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

    Esta Ley tiene por objeto incorporar al texto refundido
    de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, una disposición para que en los convenios colectivos se puedan establecer cláusulas que posibiliten, en determinados supuestos y bajo ciertos requisitos, la extinción del contrato de trabajo al cumplir el trabajador la edad ordinaria de jubilación.

    Ver Ley sobre cumplimiento edad jubilación en Convenios PDF 96 Kb