Categoría: Prevision Social

  • Novedades en materia de Seguridad Social 2019

    La secretaría confederal de Políticas públicas y Protección social ha preparado unos cuadros con el resumen de las cuantías más relevantes para la Seguridad Social, la determinación de cotizaciones y el acceso a prestaciones, una vez publicado en el BOE el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, de medidas urgentes en el orden social.

    Mejoras saalrio y pensiones
     
    Mejoreas desempleo y familiares
     
  • NOVEDADES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL 2019

    La secretaría confederal de Políticas públicas y Protección social ha preparado unos cuadros con el resumen de las cuantías más relevantes para la Seguridad Social, la determinación de cotizaciones y el acceso a prestaciones, una vez publicado en el BOE el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, de medidas urgentes en el orden social.

    Mejoras saalrio y pensiones
     
    Mejoreas desempleo y familiares
     
  • El acuerdo incluye PREJUBILACIONES y Bajas Indemnizadas

    CCOO
    consigue que se garantice la voluntariedad de las salidas y que, ante una
    posible futura integración con otra entidad, se respetarán las condiciones establecidas en este acuerdo.

    [

    Comunicado en PDF


    Alcanzar este acuerdo era imprescindible para
    evitar medidas unilaterales y traumáticas, más si cabe tras conocer las
    conversaciones para una integración con Liberbank. 

    Las prejubilaciones se van a realizar en las
    mismas condiciones que venían firmándose en Unicaja en los últimos años, debes
    saber:

    • Preservamos
      la figura de las prejubilaciones como vía preferente para la salida de
      personal.
    • Se habilitan
      vías para quienes deseen abandonar voluntariamente la entidad.
    • Garantizamos
      la VOLUNTARIEDAD de todas estas medidas.

    A las prejubilaciones se pueden acoger las personas
    nacidas antes del 1 de enero de 1964 y que tengan cotizaciones suficientes para
    jubilarse anticipadamente a los 64 años. Las compensaciones que se recibirán
    son:

    Edad (años)

    % Salario Neto

    58

    73

    59

    74

    60

    75

    61

    76

    62

    77

    63

    78

    Unicaja abonará al trabajador o trabajadora el
    importe del Convenio Especial a la Seguridad Social para seguir cotizando por las
    mismas bases que en el momento de acceder a la prejubilación,
    revalorizándose si suben las Bases Máximas. La compensación económica y el
    Convenio se abonarán hasta los 64 años, sin perjuicio de que quien pueda
    acceder a la jubilación con 63 años pueda pedir que se le prorratee la última
    anualidad
    durante la prejubilación.

    Las personas que quieran abandonar la empresa y no cumplan los
    requisitos para acogerse al plan de Prejubilaciones podrán solicitar de manera
    voluntaria una baja indemnizada de mutuo acuerdo al amparo del artículo 49.1a
    del ET y, en caso de ser aceptada, recibirán 30 días de salario bruto con un
    máximo de 24 anualidades y una prima adicional de 20.000 euros sobre la que se
    practicarán las retenciones fiscales que correspondan.



    Los delegados y delegadas de CCOO estamos a tu lado para defender tus derechos.

    Comunicado en PDF

  • Instrucciones publicadas por la AEAT para la regularización IRPF en las prestaciones de Maternidad y Paternidad

    El Ministerio de Hacienda ha hecho público el
    procedimiento que la Agencia Tributaria ha puesto en marcha para dar
    cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018, que
    fija como doctrina legal que «Las prestaciones públicas por maternidad
    percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de
    las Personas Físicas». 

    Plazos
    de reclamación de las prestaciones de maternidad y paternidad:

    *      Las prestaciones
    percibidas o que se perciban durante el año 2018:
    se regularizarán en la próxima campaña de renta, de manera que los y las
    contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones
    utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.

    *      Las prestaciones
    percibidas durante los años 2016 y 2017:
    podrán solicitar
    su regularización a partir de enero de 2019 desde la web de la Agencia
    Tributaria www.agenciatributaria.es. En los casos en que las prestaciones se percibieran en más de un año,
    deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.

    *      Las prestaciones
    percibidas durante los años 2014 y 2015:
    pueden solicitar
    su regularización a través de la página web de la Agencia Tributaria, www.agenciatributaria.es, donde se ha habilitado un espacio web específico, en el que la persona
    perceptora de la prestación deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido
    la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se
    abonará la devolución que proceda.

    No es necesario adjuntar a la
    solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las
    prestaciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la
    AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa
    para la resolución del procedimiento.

    El formulario puede presentarse a través de la sede electrónica de la
    Agencia Tributaria utilizando Cl@vePIN, Certificado electrónico o el sistema
    REN0 (número de referencia para servicios de renta), solicitándolo en el portal
    de la AEAT en Internet indicando los siguientes datos:

    ·        
    Número de DNI y su fecha de validez.

    ·        
    Casilla 450 de la declaración de la
    renta de 2016 o los últimos cinco dígitos de alguna cuenta bancaria en la que
    el interesado figure como titular, si no presentó declaración de la renta de
    2016.

    Alternativamente, podrá utilizarse el
    formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de
    registro de la AEAT, si bien no es válido el uso de este formulario para hacer
    constar datos no contemplados en el mismo, ya que no resulta posible el
    tratamiento informatizado de esos datos adicionales. En ese supuesto deberá
    sustituirse el uso de este formulario por un escrito en el que se describan
    detalladamente las circunstancias concurrentes, acompañado, en su caso, de la
    correspondiente documentación.

    La Agencia Tributaria ha informado también que, en relación a las
    solicitudes previamente presentadas que se encuentren pendientes de resolución
    de un recurso o reclamación,
    no será necesario la presentación de ninguna
    solicitud adicional de modo que la aplicación de la exención fiscal
    corresponderá al órgano que esté conociendo del recurso o reclamación.

    Esperamos
    que esta información sea de utilidad.

    >> Comunicat regularització IRPF en les prestacions de Maternitat i Paternitat (cat-cast)