Categoría: Prevision Social

  • Informe Ibex 35 Se mantiene elevada la distribución de dividendos mientras caen los beneficios y el empleo

    CCOO ha presentado un informe sobre las juntas de accionistas 2012 y la evolución de sus principales variables socioeconómicas en el periodo 2007-2011 de las empresas del IBEX 35, que se enmarca dentro de la actividad del sindicato para la promoción del ejercicio de la propiedad activa y la responsabilidad social en las inversiones de los diferentes instrumentos que componen la previsión social complementaria del sistema de empleo (planes y fondos de pensiones de empleo, mutualidades de previsión social y entidades de previsión social voluntaria) y en los que los trabajadores, participes y beneficiarios tienen una participación significativa

    Esta actividad que CCOO viene realizando desde 2006, mediante el asesoramiento y la orientación de la participación de los órganos de control en las juntas de accionistas de las compañías en las que participan, ha evolucionado a lo largo de estos años, ampliando las materias objeto de atención así como el número de entidades participantes y ha extendido su influencia más allá de nuestras fronteras, fruto de la colaboración con el Comité sobre el Capital de los Trabajadores (CWC) y la red de inversores socialmente responsable EURESACTIV¿, formada por miembros del CWC y el Instituto Euresa. Parte de la información contenida en este informe y referida a las juntas de accionistas ha sido incluida en el proyecto Global Proxy Review del CWC, publicado en noviembre de 2012. Este trabajo, es además una herramienta de acción clara para la sociedad en su conjunto, que permite contrastar con datos, cómo la crisis no esta afectando por igual a todas las partes y a través del cual se puede observar, que la desigualdad y los privilegios, lejos de reducirse, están aumentando, lo que hace necesario una actuación coordinada que permita contrarrestar este desequilibrio creciente. 

    Las conclusiones del estudio son claras y evidentes:

    – Las retribuciones a los accionistas vía distribución de beneficios, devolución de aportaciones y/o dividendos extraordinarios, en numerosas ocasiones han sido elevadas, en algunos casos superando incluso el 100% del beneficio y no se han adaptado a la coyuntura económica, en la que descienden los beneficios y cae el empleo. En 2011, se han destinado a dividendos 92.567 millones de euros, el 70,8% de los beneficios, mientras que a reservas, se destinan 38.174 millones, el 29,2%. Vemos que, pese a la mala evolución de la economía, en tres de los cinco ejercicios analizados, las empresas han destinado más del 75% de sus beneficios a dividendos, en lugar de fortalecer su posición y su capacidad de nuevas inversiones. Solamente en 2009, se obtiene un mejor equilibrio en el reparto de los beneficios, entre dividendos y reservas. 

    El II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (2012-2014), firmado el 25 de enero de 2012 por las confederaciones sindicales CCOO, UGT y las patronales CEOE y CEPYME, trata de corregir este desajuste e incide en la moderación de todas las rentas, junto con la necesaria reinversión empresarial del excedente, de forma que se permita mejorar el endeudamiento y la competitividad de las empresas. En el estudio del año que viene, valoraremos su implementación de manera específica.

    – Los planes retributivos o de incentivos propuestos por el consejo a la junta general suelen ser poco transparentes -no se conoce el número exacto de beneficiarios, ni las retribuciones individualizadas a que darían derecho, en caso de cumplirse las condiciones-; no están vinculados al largo plazo -como mucho tres años- y en un número más que significativo de casos se detecta una profunda opacidad y arbitrariedad en la determinación de los objetivos de rendimiento. Esto provoca que sea especialmente difícil valorar la equidad del plan y su adecuación a los objetivos de sostenibilidad en el largo plazo de la empresa.

    – En relación con la votación consultiva se puede observar la existencia de múltiples planes (plan variable anual, plan plurianual, premios por cerrar operaciones concretas, planes de pensiones, planes de acciones y opciones, etc.) que resultan en retribuciones globales muy elevadas en la mayoría de las grandes empresas del selectivo. Por otra parte, si bien la información ha ido mejorando en los últimos años, es necesario establecer un modelo homogéneo de información en el que se incluya también, en una sola cifra, la retribución global finalmente percibida por todo tipo de remuneraciones de cada uno de los consejeros y su relación con el salario medio y mediano del trabajador en la empresa. Por otra parte, en el ámbito de regulación, se debería seguir avanzando hasta alcanzar el voto vinculante, no únicamente consultivo.

    – Como resultado de todo ello, encontramos que en el periodo 2007-2011, los beneficios se reducen en 17.374 millones, lo que representa una disminución de un 36,3%; sin embargo, las remuneraciones de los consejeros en 2011 han sido de 286 millones de euros, mientras que en 2007 fueron de 268,5 millones lo que supone un incremento del 6,5%. La reducción de los beneficios, junto con el incremento de las remuneraciones de los consejos ha supuesto que sus remuneraciones hayan pasado del 0,6% del beneficio en 2007 al 0,9% en 2011. En el caso de los consejeros ejecutivos, la ratio salario medio consejero ejecutivo/salario medio trabajador en 2007 era de 76,4 y en tan solo 4 años pasa a 83,6  (2011). Ello supone un incremento de 7,2 puntos (9,4%). Por otra parte, la ratio medio directivo/salario medio trabajador se ha incrementado de 22,1 a 23,8, mientras que el promedio se sitúa en 23,6. Ello supone un crecimiento del 7,7% con relación a 2007 y del 6,9% sobre el promedio. De estos datos podemos extraer la conclusión de que las empresas del IBEX 35 también han sufrido la crisis, pero que no ha incidido en las remuneraciones de sus gestores y directivos, que lejos de adaptarse al comportamiento de los resultados de sus empresas, en muchos casos, han incrementado sus remuneraciones, han ido desligando las mismas de los resultados obtenidos y han abierto su abanico salarial con los asalariados. Esto, en gran parte, se debe, como hemos visto anteriormente, a la fijación de criterios opacos y arbitrarios en el proceso de determinar las retribuciones  de consejeros y directivos. 

    Este estudio se ha editado en dos versiones: en papel, con una versión más breve y en la que se destacan los aspectos esenciales del trabajo; y otra digital, que tienes a tu disposición en nuestrapágina Web, que incorpora los análisis más detallados empresa a empresa, de forma que los lectores que estén interesados, puedan aproximarse al contenido tanto desde una perspectiva general, como abordando empresa a empresa, desde la visión más particular de la misma. 

  • La reforma podría retrasar la jubilación anticipada involuntaria a los 63 años

    La reforma de las pensiones en la que está trabajando el Gobierno podría suponer un retraso de la edad a la que es posible jubilarse de forma anticipada involuntaria hasta los 63 años en 2027, lo que conllevaría acompasar esta fórmula con el retraso que sufrirá la edad de jubilación ordinaria, que en ese año se situará en los 67 años.

    01-03-2013

    Europa Press. – Según han explicado fuentes parlamentarias a Europa Press, aunque el Gobierno no ha presentado ningún borrador sobre el futuro decreto a los grupos de la oposición, desde hace meses sí se vienen negociando «aspectos generales» de la posible reforma, que deberá entrar en vigor el 1 de abril.

       Entre los asuntos sobre los que el Gobierno ya ha sugerido por dónde podrían ir los cambios, destaca el retraso en la edad de jubilación anticipada. La idea es que exista una diferencia de aproximadamente cuatro años con la edad regular, por lo que cuando el retraso de la jubilación se complete en 2027 el retiro anticipado involuntario quedará en 63 años y la voluntaria en 65 años, eso sí, con la exigencia de haber cotizado al menos 35 ejercicios, dos más que actualmente.

       También se da por hecho que se tocarán los coeficientes reductores, un porcentaje de rebaja de la pensión por cada año que se adelanta la edad de jubilación. Tal y como informa el ‘ABC’ y han confirmado a Europa Press fuentes parlamentarias, se podrían modificar tanto los coeficientes como las horquillas.

       Así, se podría llegar al 7,5% con 38,5 años de cotización; 7% con entre 38,5 y 41,5 años cotizados; 6,5% si se ha cotizado entre 41,5 y 44,5 años; y 6% para el resto de trabajadores. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria estos porcentajes serían incluso mayores.

       Con respecto a la jubilación parcial, los cambios que se han ido apuntando hasta la fecha pasan por dar la posibilidad a quienes opten por esta fórmula de seguir cotizando de forma proporcional a las horas que trabajen para mejorar la pensión de la que dispondrán cuando se retiren de forma definitiva.

    COMPATIBILIZAR TRABAJO Y PENSIÓN

       La otra gran reforma que plantea el Gobierno, y sobre la que hay menos disensiones, persigue ampliar la vida laboral de los ciudadanos, flexibilizando para ello las normas que regulan el acceso a la pensión mientras se sigue trabajando.

       En el único documento que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha entregado hasta la fecha a los grupos –titulado ‘Informe sobre la compatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación y la realización de una actividad’, fechado en octubre y remitido a los partidos en febrero– se precisa que los cambios afectarían a quienes sigan percibiendo un sueldo en el sector privado por trabajos por cuenta propia o ajena, y siempre que se haya cumplido la edad de jubilación legal y se haya cotizado el número de años obligatorios para tener derecho a la percepción del 100% de la base reguladora.

       Además, se indica que en los casos de jubilación anticipada se mantendría la incompatibilidad actual al menos hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, mientras que sí se podría optar a esta posibilidad en los casos de jubilación demorada –incentiva el retraso de acceso a la pensión con una mejora de la cuantía– o con la exoneración de cotizaciones.

       En las compatibilizaciones pensión-trabajo no habrá, en principio, obligación de cotizar salvo por los conceptos de incapacidad temporal, enfermedades comunes y accidentes de trabajo. No obstante, tampoco se descarta incluir alguna cotización de solidaridad de un máximo del 6%, aunque aún se está estudiando si lo pagaría el trabajador o la empresa.

       En las negociaciones se ha avanzado asimismo que el trabajador que opte por esta opción podría llegar a disfrutar hasta del 50% de su pensión con un horario de ocho horas.

    POCO TIEMPO PARA LA NEGOCIACIÓN

       Sean cuales sean los planes del Gobierno, lo cierto es que tiene apenas un mes para aprobar su normativa, dado que el 1 de abril vence la prórroga de tres meses decretada a finales de 2012 para la entrada en vigor de los artículos de la ley 27/2011 relativos a jubilación parcial y jubilación anticipada.

       Por eso, los grupos políticos creen que el Consejo de Ministros aprobará un decreto sobre estos temas –y sobre incentivos para prolongar la vida laboral de los ciudadanos– en su reunión del 8 o el 15 de marzo.

       Esto deja poco margen para la negociación y, ante el temor de que el Ejecutivo pueda legislar por decreto sin informar antes a la oposición, tanto el PSOE como la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) han  registrado una solicitud de comparecencia del secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, en la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo.

       Su intención es que informe «lo antes posible» sobre los detalles de la reforma, y que precise algunos aspectos que plantean interrogantes, como por ejemplo si se aplicarán coeficientes penalizadores más allá de los ordinarios en los casos en que la pensión siga siendo más alta de las cuantías máximas establecidas, o si se permitirá que las empresas tengan flexibilidad para decidir qué parte de la jornada laboral realizan relevista y relevado en los casos de jubilación parcial, entre otros asuntos.

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  • Adaptación Reglamento Plan de Pensiones a Ley 27/2011 – FIRMADO ACUERDO LABORAL

    En el día de hoy la práctica totalidad de la representación sindical en el Banco
    Popular Español, S.A. ha suscrito un acuerdo con la empresa para la adaptación
    de nuestro Plan de Pensiones a las Previsiones de la Ley 27/2011,
    fundamentalmente, en lo relativo a la nueva modalidad de Jubilación anticipada a
    los 63 años, cuya entrada en vigor estaba prevista para el 1 de enero de este
    año y, como sabemos, se ha suspendido su aplicación durante tres meses.

    Ha sido la culminación de un proceso que CCOO, UGT
    y CGT en Banco Popular iniciamos a principios de 2012 con el objetivo de que
    nuestro Plan de Pensiones estuviese adaptado para la entrada en vigor de la
    jubilación anticipada.

     

    Elementos a destacar de este acuerdo son:

     

    • En la jubilación anticipada y por mutuo acuerdo
      a los 63 años se aplicará el mismo PE que a los 65 años.

    • Para el Colectivo A sin cotizaciones anteriores
      a 1967, se considerará a efectos de poder movilizar los derechos consolidados,
      la primera edad ordinaria de jubilación entre los 65 y 67 años de edad que
      corresponda según legislación vigente, siendo posible la movilización de
      derechos consolidados desde el momento de la jubilación anticipada hasta un
      año antes de la edad ordinaria de jubilación.

    • En las prejubilaciones con jubilación a los 63
      años las horquillas, que aseguran mínimos en los complementos por pensión y
      que acotan la arbitrariedad existente hasta la fecha, quedan como sigue:

     

    • Prejubilaciones de 59 a 62 años: no será
      inferior al 90% del PE a los 65 años.

    • Prejubilaciones a los 58 años: no será inferior
      al 85% del PE a los 65 años.

    • Prejubilaciones a los 57 años: no será inferior
      al 75% del PE a los 65 años.

    • Prejubilaciones a los 56 años: no será inferior
      al 65% del PE a los 65 años.

     

    En la línea de los trabajos llevados a cabo a
    iniciativa de los Representantes de los partícipes en las Comisiones de Control,
    donde se han presentado diferentes propuestas en materia de mejoras al Plan de
    Pensiones, se ha obtenido el compromiso por parte del Banco de estudiar y
    analizar en profundidad la incorporación del supuesto excepcional de liquidez
    por enfermedad grave del partícipe, cara a la negociación de la integración de
    los Planes de Pensiones de Pastor y Popular que iniciaremos en breve.

     

     

    26 de
    Febrero de 2013

  • Plan de pensiones de empleados de Banco CAM

    20-02-2013 Las aportaciones adicionales de algunos partícipes que se han realizado mal, como las periódicas de los prejubilados del ERE que se han omitido en la nómina de enero se regularizarán todas en la nómina de febrero.

    Aportaciones al Plan

    Dentro de las reuniones que estamos manteniendo con la empresa para modificar el Reglamento del Plan de Pensiones de Empleados de Banco de Sabadell con la intención de incorporar todos los derechos de los empleados procedentes de Banco CAM, ésta nos ha informado de que tanto las aportaciones adicionales de algunos partícipes que se han realizado mal, como las periódicas de los prejubilados del ERE que se han omitido en la nómina de enero se regularizarán todas en la nómina de febrero.

    En cuanto a la aportación pactada en la homologación de condiciones para el Colectivo 4, fijada en el 2,75% del salario pensionable:

    –        Esta aportación nunca será inferior al 2,75% sobre el salario real anual del año 2012 incluida la paga de beneficios de marzo.

    –        Y nunca será inferior a 762,08 euros anuales, revalorizándose con el convenio de banca

    A muchos de vosotros no os coincidirá el importe aportado si habéis intentado comprobarlo. La empresa ha optado por aportar exclusivamente el 2,75% sobre los conceptos pensionables de la nómina y en caso de que la aportación a final de año sea inferior, aportará la diferencia.

    Si queréis comprobar la aportación mensual, podéis utilizar la tabla del documento adjunto.

     

    Inmuebles del Plan de Pensiones

    Corren informaciones sobre la grave pérdida que supone para la rentabilidad del Plan, la nueva valoración de los inmuebles propiedad del Plan de Pensiones de Banco CAM en Alicante (Oscar Esplá), Valencia (Pascual y Genís) y Barcelona (Pje.Mercader). El martes día 19, la empresa nos ha facilitado las últimas valoraciones que se han realizado por agencia independiente en el mes de diciembre, estas valoraciones se hacen habitualmente cada año para el cierre de los ejercicios. La nueva valoración ha supuesto una disminución de su precio del 11,82% que ha repercutido en la rentabilidad anual del Plan con dos puntos, pero aún así se ha cerrado el año 2012 con una rentabilidad positiva del 1,5%, teniendo en cuenta que las Cuotas Participativas CAM del Plan también han descontado un 0,13%.

    Os informamos también que es bastante probable que la empresa acabe por realizar una oferta de recompra al Plan de dichos inmuebles. Esta transacción conllevaría una compensación que se tendrá que pactar con la Comisión de Control del Plan.

    Os seguiremos informando

    Febrero de 2013

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  • Control + Profesionalidad: RENTABILIDAD A 31-12-2012: + 8,70% + Reivindicación: hay que subir aportación 540,91 euros

    Aunque parezca obvio, lo repetimos: administrar un Plan de más de 2.000 MM de € es cosa de profesionales.  En esta circular os contamos cómo ha ido el Plan durante el año 2012, y brevemente lo que hemos hecho, en este intenso año de trabajo.

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