Categoría: Prevision Social

  • Plan de Pensiones de los empleados del Banco Popular

    Aclaración de la noticia aparecida en el diario Expansión del día cinco de noviembre de 2009.

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    Acerca de la noticia
    aparecida hoy en el citado periódico, referida a una reciente sentencia de la
    Sala de lo Social del tribunal Supremo, dictada en Unificación de Doctrina, por
    la que se declara la imposibilidad de rescatar o movilizar la dotación hecha en
    fondo interno en caso de que el trabajador cese en la empresa por causas
    distintas a las contingencias previstas de jubilación, incapacidad permanente o
    fallecimiento, desde CC.OO. queremos hacer la siguiente puntualización:

     

    Que la empresa objeto
    de la sentencia, BANCO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, S.A., no ha
    exteriorizado sus compromisos por pensiones, siendo el fallo referido a sus Fondos Internos. Por tanto dicha sentencia nada tiene que ver con aquellas
    otras empresas que sí exteriorizaron dichos compromisos a través de un Plan de
    Pensiones del Sistema de Empleo, como es el caso del Banco Popular (a pesar de
    la información errónea del citado diario).

     

    Así, pues, esta
    información no afecta en absoluto a los empleados de nuestra empresa.

     

     

    5 de
    noviembre de 2009

  • El PP recurre el control de los sueldos de las mutuas

    El Gobierno se ha encontrado con un obstáculo imprevisto para llevar a cabo sus planes de acabar con los sueldos «disparatados» de los directivos de las mutuas de accidentes de trabajo.

    El Gobierno se ha encontrado con un obstáculo imprevisto para llevar a cabo sus planes de acabar con los sueldos «disparatados» de los directivos de las mutuas de accidentes de trabajo. Sueldos que proceden de los presupuestos del Estado. El PP pide, en dos enmiendas presentadas a los presupuestos del Estado del 2010, la supresión de la disposición que acota las retribuciones de las entidades colaboradoras de la Seguridad Social, que en algunos casos superan cinco veces el salario del presidente del Gobierno.

    La nueva vuelta de tuerca del Ministerio de Trabajo ha levantado ampollas en las mutuas. Los nuevos directivos no podrán cobrar más que el director general del INSS, mientras que a los actuales ejecutivos que superen ese nivel se les exigirá exclusividad y se les congelará la cantidad que perciban de más.

    Diario Córdoba

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  • Trabajo ultima el sistema de incentivos para prevención de riesgos laborales.

    Una resolución  del ministerio de Trabajo ha reducido a la mitad la cifra dedicada a prevención de accidentes de trabajo, lo que ha causado una intensa preocupación en el sector, según reconocen en el Departamento que dirige Celestino Corbacho. Hasta el pasado mes de julio, se dedicaba a esta prevención el 1% de la recaudación de las mutuas de accidentes de trabajo, pero, desde este mes, una resolución ministerial redujo este porcentaje al 0,5%.

    Fuentes de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social señalan que la medida es  transitoria mientras  se establece un sistema de “bonus-malus” consistente en incentivar a las empresas que inviertan más allá de lo estipulado en las reglamentaciones legales. En total,  según fuentes próximas a las Mutuas, las empresas cobrarían unos 500 euros de media .

    En la actualidad, se está estudiando el funcionamiento de este sistema. Fuentes de Seguridad Social adelantan que dicho estudio “se encuentra muy avanzado” aunque todavía faltan algunos “flecos” por concretar como es la financiación.

    120 millones anuales se destinan a incentivar a las empresas que cumplen las regulaciones en materia de prevención de accidentes. El 85% de los accidentes laborales que se producen anualmente en España corresponden a apenas un 15% de las empresas  de sectores de  riesgo.

    En la actualidad, las mutuas de accidentes de trabajo gestionan los pagos por accidentes por un total de 8.700 millones de euros anuales. Los excedentes van a parar al Fondo de Previsión y Rehabilitación que, en la actualidad, asciende a  casi 4.000 millones. Las Mutuas se quejan de que tal cantidad se encuentra congelada a la espera de que la Administración  se decida por la forma en que se va a incentivar a aquellas empresas que mejoren la prevención de riesgos laborales más allá de lo reglamentado.

    Los cálculos efectuados por las Mutuas señalan que por cada euro que invierten estas entidades en prevención de riesgos, se ahorran dos euros y medio en gasto a la Seguridad Social, y a las empresas unos quince euros de media.

    Blog de PRL – http://blogprl.asimag.net/

     

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  • Plan de Pensiones de los Empleados de Banco Sabadell

    12-11-09 Ésta sentencia no afecta en absoluto al rescate o movilización que pueden realizar los empleados de Banco Sabadell si causan baja en la empresa.

    Plan de Pensiones de los Empleados de Banco Sabadell

    Aclaración de la noticia aparecida en el diario Expansión del día cinco de noviembre de 2009.

    Dicha noticia se referiere a una reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dictada en Unificación de Doctrina, por la que se declara la imposibilidad de rescatar o movilizar la dotación hecha en fondo interno en caso de que el trabajador cese en la empresa por causas distintas a las contingencias previstas de jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento, desde COMFIA-CC.OO. queremos hacer la siguiente puntualización:

    Que la empresa objeto de la sentencia, BANCO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, S.A., no ha exteriorizado sus compromisos por pensiones, siendo el fallo referido a sus Fondos Internos. Por tanto dicha sentencia nada tiene que ver con aquellas otras empresas que sí exteriorizaron dichos compromisos a través de un Plan de Pensiones del Sistema de Empleo, como es el caso del Banco Sabadell (a pesar de la información errónea del citado diario que cita a fuentes del banco para sostener su error).
    Así, pues, esta sentencia no afecta en absoluto al rescate o movilización que pueden realizar los empleados de nuestra empresa si causan baja en ella.

    Noviembre de 2009

     

  • LAS VARIACIONES EN LA LEY INFLUIRAN EN EL ACUERDO

    A partir del 1 de enero de 2010 resulta de aplicación la nueva normativa, LMSS 40/2007 de 4 de diciembre, que recoge importantes novedades:

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