Categoría: Publicaciones Vítaly

  • En casa del herrero cuchillo de palo

    ¿En qué condiciones realizan los TPRL su trabajo? Los testimonios de los técnicos de prevención de riesgos y de los médicos que trabajan en los Servicios de Prevención dibujan un panorama bastante desolador: sobrecarga laboral, sin equipos de protección individual (EPI) en sus visitas, con sueldos bajos y muchas horas en la carretera. Los testimonios que se incluyen a continuación utilizan nombres ficticios porque estos trabajadores necesitan permanecer en el anonimato.
     

    Antonio lleva ocho trabajando en una empresa de Servicios de Prevención y conoce perfectamente las carencias que padece: "de entrada, nosotros no disponemos de Equipos de Protección Individual adecuados cuando estamos realizando nuestras visitas. Yo, por ejemplo, esta mañana he visitado una cerrajería metálica con la única protección del casco y las botas, precisamente para comprobar que los trabajadores disponían de todos los EPI necesarios". Además, continua Antonio, La programación del trabajo por parte de las empresas no es la adecuada. En general, prima la rentabilidad por encima de la calidad y Antonio explica que "si se quiere realizar evaluaciones de riesgo en condiciones sería necesario el doble de tiempo del asignado".

    Las empresas están primando la rentabilidad y hacen unas programaciones que no permiten realizar un servicio de calidadFelipe, con mucha experiencia como delegado sindical y tres años trabajando como técnico de prevención de riesgos en una empresa, coincide con Antonio en cuanto a los problemas que acarrea una mala organización del trabajo: "las empresas están primando la rentabilidad y hacen unas programaciones que no permiten realizar un servicio de calidad". Este técnico denuncia que en este momento, con el tiempo que se asigna por centro de trabajo, muchas veces se practica una "prevención de documentación", donde el papel del técnico de prevención queda reducido al de un asesor que ayuda a cumplir los aspectos burocráticos que se desprenden de la actual legislación.

    Las condiciones de trabajo de los profesionales de la prevención, sumadas a su escaso reconocimiento social y laboral, favorecen una baja autoestima y la pérdida de sentido del objeto de su actividad profesional. "Teniendo en cuenta que estamos hablando de un derecho fundamental, la salud de los trabajadores, las empresas siguen tomándose estos temas muy a cachondeo" se queja Antonio. Todo ello está provocando problemas de salud en el colectivo de trabajadores y trabajadoras de la prevención.

    Mucha carretera 

    En un sector como la prevención de riesgos, la conciliación de la vida laboral y familiar es una utopía. Laura es médico en un Servicio de Prevención . Madre de dos niños y separada, trabaja 35 horas semanales por 1.500 euros al mes desplazándose al menos tres días a la semana a más de 80 kilómetros de su domicilio con una unidad móvil asistencial. Laura tiene que salir muchas veces de su domicilio a las cinco de la mañana pues, si el desplazamiento es largo, es la única manera de conseguir empezar a hacer reconocimientos médicos en la unidad móvil a las 8 de la mañana. Ella no conduce, lo hace el enfermero o enfermera que la ayudará después en los exámenes de salud, pero conoce muchos casos en los que son los propios médicos los que conducen las unidades móviles. "Ni para el médico ni para el enfermero es apropiado ponerse a trabajar en una larga jornada de reconocimientos médicos tras un atracón de kilómetros" afirma Laura. se les paga exclusivamente un plus de conduccion,  Ella coincide con Antonio y Felipe en que las condiciones laborales de los trabajadores de los servicios de prevención están muy condicionadas por una organización del tiempo donde se prima la rentabilidad. "A partir de 20 reconocimientos, si hay un soplo en el corazón yo ya no lo detecto" afirma con rotundidad.

    Las cargas de trabajo, la intensidad, los horarios, la tensión de estar en medio del conflicto entre empresarios y trabajadores por las condiciones de trabajo y de salud laboral, son problemas a los que se enfrentan de manera cotidiana y para los que sus empresas (Servicios de Prevención ) no plantean medidas preventivas.

    Sin formación continua

    No es excepcional que a un TPRL se le asignen entre 200 y 300 empresas para atender. Con estas cargas de trabajo, el tiempo disponible para seguir formándose, para poder estar al día desde el punto de vista técnico, es prácticamente inexistente: "hemos sido muy autodidactas "explica Antonio, tras ocho años en el sector- "porque las empresas no se han ocupado de nuestra formación como profesionales. No hay una política de formación y tienes que ir llorando para que te compren un nuevo manual". La pobreza de la formación continua redunda y retroalimenta la baja autoestima profesional. Esto es bastante contradictorio con la exigencia habitual que considera que los profesionales de la prevención han de ser especialistas en todo, es decir, que contar con la titulación en las tres especialidades: seguridad, higiene y ergonomía y psicosociología. Es lo que se llama el tres en uno, pero a precio de mileurista. Con esta perspectiva, muchos profesionales abandonan el oficio en cuanto les aparece una oportunidad laboral mejor.

     

  • Excedencias y otros permisos útiles

    El permiso por enfermedad grave hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (2 días laborables) podrá disfrutarse durante el proceso de hospitalización y no necesariamente al comienzo del hecho causante.

    Excedencias

    Excedencias por cuidado de familiar: Se extenderá hasta tres años la posibilidad de excedencia para el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. Este período de excedencia computará a efectos de antigüedad, durante el mismo tienes derecho a asistir a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá convocarte la empresa, especialmente con ocasión de su reincorporación.

     

    Tanto en excedencias por cuidado de hijos como por cuidado de familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad, o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retributiva, durante el primer año, se tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente. Sin embargo si formas parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de tu puesto de trabajo, se extenderá hasta un máximo de quince meses, si es una familia de categoría general, y hasta un máximo de dieciocho si se trata de categoría especial.

     

     

    Otros permisos útiles
     

     

     

    Permiso retribuido por el tiempo indispensable para acompañar a consulta médica pública a menores de 18 años o personas con impedimentos psicofísicos a tu cargo, dentro de la provincia en la que radique el centro de trabajo y localidades limítrofes en las que tuvieras fijada tu residencia habitual. 
     

    El permiso por enfermedad grave hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (2 días laborables) podrá disfrutarse durante el proceso de hospitalización y no necesariamente al comienzo del hecho causante.

    Para cualquier duda o asesoramiento, contacta con nuestra sección sindical.

  • Por qué es necesaria una regulación del teletrabajo

     
     
    Existe muy poca reglamentación vigente, y la que tenemos está obsoleta. El Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo es de 2005 y el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, donde se define el concepto de Teletrabajo y en apenas cinco párrafos se definen derechos y obligaciones. 
     

    El desarrollo del teletrabajo es una fórmula que muchas empresas adoptan para facilitar a los empleados la conciliación de vida personal y laboral. El trabajador desarrolla sus obligaciones de forma habitual o esporádica desde su casa, sin tener que acudir a la oficina. Normalmente se llega a un acuerdo entre empresa y empleado o se atienen a lo regulado en el convenio. Por eso es necesaria una regulación del teletrabajo.

    Existe muy poca reglamentación vigente, y la que tenemos está obsoleta. El Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo es de 2005 y el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, donde se define el concepto de Teletrabajo y en apenas cinco párrafos se definen derechos y obligaciones.

    Una regulación muy escueta y obsoleta

    Entre ellas destacan la obligación de que el acuerdo por el que se establezca el trabajo a distancia se formalizará por escrito o asegurar que los trabajadores a distancia tendrán acceso a la formación profesional para el empleo, a fin de favorecer su promoción profesional. También se menciona que tienen que cumplir con la ley de prevención de riesgos laborales y poco más.

    Lo primero que debería ser urgente es una regulación de horarios. Parece que cuando se trabaja en casa la jornada dura hasta que se acaban las tareas asignadas para ese día, pero que cuando se está en la oficina tenemos un horario regulado. En casa se miden los resultados por productividad, pero en la oficina no.

    También es necesario una regulación del acceso al smartphone o tablet para responder correos, mensajes, etc. Hoy en día trabajar a distancia no significa necesariamente hacerlo desde casa. Podemos estar en cualquier lugar y responder un correo desde el teléfono. Esto no significa que tengamos que estar todo el día enganchados a dichos medios para dar respuesta a los mensajes recibidos.

    El trabajador a distancia se encuentra muchas veces en situación muy vulnerable. A esto se le suma la soledad y falta de interacción con compañeros

    También es muy interesante regular todo aquello que afecta a la protección de datos. ¿Dónde se guardan los datos de los teletrabajadores? ¿En un portátil que se utiliza solo para trabajar, en la nube, en el servidor de la empresa? Es interesante ver cómo se accede a la información y como la utilizan estos trabajadores a distancia. ¿De quién es la responsabilidad en caso de una fuga de datos?

    Por último más allá de que se dice en el Acuerdo Marco del Teletrabajo, el empresario debe proporcionar los medios necesarios para que el trabajador desarrolle sus tareas es imprescindible regular las compensaciones necesarias. Si el trabajador prefiere ir a un coworking cercano, ¿lo pagará el empresario? ¿Quién se hace cargo de la línea de comunicaciones hoy imprescindible, tanto móvil como de fibra? ¿Qué ocurre con los gastos de impresión, mensajería? ¿Y climatización, electricidad, etc. ? Esos gastos afectos a la actividad que muchas veces corren por cuenta del trabajador a distancia.

    La desconexión con la empresa y los compañeros

    Además no es lo mismo un teletrabajador ocasional, que una parte de su jornada, un par de días por semana se queda en casa, que aquel que lo hace de forma habitual. En este segundo caso se suele dar una desconexión entre la empresa y trabajador, que ha hecho que grandes defensores del teletrabajo como IBM o Yahoo den marcha atrás. En ambos casos los teletrabajadores se incorporan a la oficina. IBM apuesta por equipos de trabajo pequeños más cohesiondados y manteniendo el trabajo flexible, pero no de forma diaria el trabajo en casa.

    Lo mismo que cuando nos cambian de centro de trabajo tenemos una serie de derechos, al obligar a alguien que tiene como lugar de trabajo su casa a incorporarse a la oficina, se tiene que justificar dicho traslado y en su caso compensar al empleado. Esta situación debería quedar regulada más allá del pacto al que llegan entre las partes.

  • Publicada la Guía de Ayudas Sociales del Ministerio de Sanidad

    El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha publicado una Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias, actualizada a julio de 2017

    El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha publicado una Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias, actualizada a julio de 2017,  cuyo objetivo es informar , a las personas que tienen responsabilidades familiares, sobre los beneficios que tienen a su disposición de la Administración General del Estado.

    La guía se puede descargar en este link.