Categoría: Restauración Colectiva

  • Las trabajadoras Fijas Discontinuas de los comedores escolares abandonadas a su suerte

    A partir del día 1 de octubre las trabajadoras fijas discontinuas de los comedores escolares tendrían que haber sido llamadas por todas las empresas del sector de Colectividades para comenzar el curso escolar.

    Desde CC.OO.SERVICIOS hemos podido comprobar que, en la mayor parte de las empresas no se ha hecho, por lo que estamos analizando con los servicios jurídicos las posibles demandas a plantear. Bajo nuestro punto de vista estos no llamamientos son despidos encubiertos, que a todas luces carecen de legalidad y tienen que ser considerados nulos, por lo que las empresas cuando los tribunales lo digan tendrán que readmitir a las personas trabajadoras desde la fecha del no inicio del curso.

    Desde CC.OO. SERVICIOS nos pusimos en contacto con las empresas del sector explicándoles este hecho y advirtiendo de las consecuencias de los posibles no llamamientos.

    Estas demandas podrán ser individuales y donde proceda también colectivas, para ello nuestras delegadas están recopilando toda la información en las distintas empresas donde estamos representados, para empezar los distintos procedimientos, por ello os pedimos también que nos informéis de los incumplimientos para poder tener una visión lo más amplia posible de lo que está sucediendo realmente.

    Para CC.OO. SERVICIOS está claro, según la legalidad vigente, que las empresas tienen que hacer los llamamientos a todas las personas con contratos Fijos Discontinuos y si no tienen trabajo para ellas tendrán que utilizar los mecanismos que tienen para la paralización temporal de su actividad

    Estaremos muy pendientes de que esto se produzca y allí donde las empresas intenten hurtar los derechos de las personas trabajadoras actuaremos.

  • Comedores escolares: cocinar, cuidar a los niños y cumplir los protocolos, imposible si no se amplían las plantillas

    CCOO advierte que con las mismas plantillas que el año pasado, e incluso menores en algunos casos, es imposible asumir la carga de trabajo que conlleva el cumplimiento de protocolos COVID-19 y se pregunta ¿cocinar o desinfectar? ¿cuidar a los niños o desinfectar?, ¿quién decide qué hay que dejar de hacer para cumplir los protocolos?, porque todo no se puede hacer a la vez, si no hay más manos para trabajar

    El cumplimiento de los protocolos del COVID-19, con el fin de que estos sean seguros para nuestros hijos, implica una carga de trabajo adicional para las plantillas, ya que estas no se han incrementado con respecto al año pasado, y en algunos casos han disminuido porque las empresas no están haciendo el llamamiento de las trabajadoras fijas discontinuas, pero sí que hay muchas más cosas que hacer que al inicio del curso pasado.

    La pandemia del COVID-19 implica trabajo adicional en estos centros, que no se contemplaba en los pliegos de condiciones de adjudicación de los comedores a las empresas, y que por tanto estas no tuvieron en cuenta en sus ofertas económicas, por ello, desde CCOO creemos que la administración regional, titular de estos comedores, debería implicarse y obligar a las empresas  a que tomen medidas, como la ampliación de plantillas, con el fin de poder cumplir los protocolos de seguridad sin tener que dejar de hacer otras cosas, incluso liberando recursos desde la propia administración, ya que en un comedor escolar no hay nada que pueda dejarse de hacer, todo lo que se hace es importante.

    El papel lo aguanta todo y los protocolos escritos están muy bien, pero para llevarlos a cabo se necesitan recursos que deben salir de algún lado. Estamos hablando de la salud de nuestros hijos e hijas.

  • El Grupo Newrest plantea despidos masivos en su filial española

    La multinacional del catering aéreo y ferroviario ha comunicado a plantillas y RLT su intención de iniciar un Procedimiento Mixto de Despido Colectivo y de Regulación Temporal. Según los datos facilitados por la propia empresa, se pretende despedir al 42,79% de la plantilla. CCOO considera que este procedimiento planteado por el Grupo Newrest es desproporcionado y oportunista.

    El pasado14 de agosto, las Empresas que componen el Grupo en España  comunicaban a las plantillas y a sus Representantes Legales la intención de iniciar un Procedimiento Mixto de Despido Colectivo y de Regulación Temporal (ERE-ERTE). Según los datos facilitados por la empresa, de una plantilla total de 1.124 personas trabajadoras se pretende despedir a 481, el 42,79% del total.

    La documentación aportada por el Grupo Newrest evidencia que este se enfrenta a problemas económicos derivados de la crisis generada por la pandemia mundial, pero la solución propuesta por la empresa no resulta la más adecuada desde el punto de vista de CCOO. Además, hay que tener en cuenta que las plantillas de las Empresas del Grupo están afectadas desde finales de marzo de 2020 por ERTES de Fuerza Mayor, sin ninguna medida de acompañamiento ni social ni económico por la Empresa, beneficiándose esta durante más de 6 meses de las exenciones de cuotas a la seguridad social previstas por las normas surgidas a raíz de la pandemia covid.

    Tal y como cita literalmente el RD 24/2020,  se deben atender como  eje fundamental  de solución a las consecuencias derivadas del COVID-19, medidas de flexibilidad interna, de carácter coyuntural, teniendo por objetivo estabilizar el empleo, evitar la destrucción de puestos de trabajo y sostener el tejido productivo. Este es el objetivo de las normas desde el inicio de la pandemia, ya desde el RD 8/2020 de 18 de marzo y ratificado en el RD 9/2020 en su Artículo 2: Medidas extraordinarias para la protección del empleo.

    La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.”

    Desde CCOO consideramos estas propuestas como una destrucción masiva de empleo desproporcionada y oportunista,  encubierta en un procedimiento mixto ERE-ERTE.  El objetivo parece ser desprenderse a corto plazo de  gran parte de una plantilla, cualificada y con experiencia de años de trabajo,  con condiciones de trabajo  dignas, para sustituirla a medio y largo plazo por una plantilla con menores costes salariales y peores condiciones de trabajo, en definitiva abaratar costes y aumentar ganancias a costa única y exclusivamente de los trabajadores y trabajadoras del GRUPO NEWREST.

    Los despidos propuestos por la Empresa inciden de la siguiente manera:

    • AIR CPU, con sede y centro de trabajo en Palma de Mallorca.

    PLANTILLA

    DESPIDOS

    %

    82

    71

    86,59

    •  

     

    • Newrest Travel Retail, con personal en Madrid, Barcelona y Palma de Mallorca.

    PLANTILLA

    DESPIDOS

    %

    15

    8

    53,33

    •  
    • Newrest Group Holding, con personal en Las Palmas, Tenerife, Fuerteventura, Lanzarote, Palma de Mallorca, Ibiza, Alicante, Valencia, Sevilla, Málaga, y Madrid.

    PLANTILLA

    DESPIDOS

    %

    458

    217

    47,38

    •  
    • Newrest España, con personal en Madrid y Barcelona.

    PLANTILLA

    DESPIDOS

    %

    569

    185

    32,51

  • Declarado nulo el despido colectivo de la plantilla de restauración de la Moncloa

    La sentencia de TSJ de Madrid condena al Ministerio de la Presidencia a la inmediata reincorporación de los trabajadores y trabajadoras en sus puestos de trabajo.

    El fallo de la sentencia declara nulo el despido colectivo y condena al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad al abono de los salarios dejados de percibir por los trabajadores y trabajadoras afectados por el despido colectivo,

    El Tribunal de Justicia de Madrid (sentencia 776/20 procedimiento número Despidos colectivos 144/2019) ha declarado nulo el despidos colectivo de los trabajadores y trabajadoras del servicio de restauración de Moncloa, tras la demanda formulada por la Federación de Servicios de CCOO frente a Dulcinea Nutrición S. L., Administración concursal de dicha entidad Dulcinea Nutrición S.L., "Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad", Grupo Nazábal Restauración S. L., y Fondo de Garantía Salarial.

    Esta demanda de impugnación de despido colectivo, interpuesta por el sindicato de Servicios de CCOO, fue realizada tras el cese en fecha 11 de diciembre de 2019 de los trabajadores y trabajadoras que venían realizando su actividad laboral en el "Servicio de restaurante y bar-cafetería en comedor-autoservicio y cafeterías del Ministerio de la Presidencia y atención y limpieza de dichas dependencias y offices en el Complejo de la Moncloa", así como ante la negativa a subrogarse en sus contratos de trabajo por parte del "Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad".

    El fallo de la sentencia declara nulo el despido colectivo y condena al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad al abono de los salarios dejados de percibir por los trabajadores y trabajadoras afectados por el despido colectivo, reconociéndose el derecho de dichos trabajadores y trabajadoras a la inmediata reincorporación en sus puestos de trabajo.

    Además, absuelve de responsabilidad, en relación con la concreta pretensión deducida en las presentes actuaciones por despido colectivo, a Dulcinea Nutrición S. L., Administración concursal de dicha entidad, y Grupo Nazábal Restauración S. L. Respecto del Fondo de Garantía Salarial no ha lugar a emitir pronunciamiento alguno.

    Contra esta sentencia se puede interponer recurso de casación.

    Sentencia Restaruación Moncloa

  • De la alimentación de los menores con beca comedor se deben ocupar las empresas especializadas

    Los menores con beca comedor en Madrid han estado dos meses alimentándose con una dieta que ningún nutricionista recomendaría, mientras que cientos de profesionales especializadas en alimentación infantil están el paro después de que la Comunidad de Madrid rescindiese los contratos a sus empresas.

    11 de mayo de 2020.  El 18 de mayo finaliza el acuerdo de la Comunidad de Madrid con algunas empresas de comida rápida para alimentar a los menores con derecho a beca de comedor escolar. La finalización de este acuerdo se produce tras numerosas denuncias y presiones desde ámbitos sociales, mediáticos, sindicales, etc..

     Para CCOO Servicios esta es una noticia positiva, la cuestión es ¿ahora qué?. Desde el punto de vista del sindicato la mejor opción era y es que se ocupen de dar este servicio las empresas restauración colectiva especializadas, puesto que son estas empresas las que llevan años ocupándose de alimentar a los menores en los comedores de los centros escolares.

    CCOO Servicios entiende que rescindir los contratos de estas empresa, lo que provocó más de 80 ERTES, fue un gran error que ahora puede revertirse. Estas empresas, además de garantizar un dieta sana y equilibrada, puede realizar una distribución correcta de la misma.

     En caso de que no fuera posible realizarlo a través de algunas de estas empresas, desde el sindicato apelan a la puesta en marcha del llamado ‘cheque monedero’, para que sean las propias familias con derecho a beca comedor las que adquieran los productos más sanos en los establecimientos comerciales de sus localidades. Este último modelo es el que ha sido puesto en funcionamiento por varios municipios de la región madrileña y algunas otras comunidades autónomas como una manera de garantizar una adecuada alimentación.CCOO ha solicitado al Gobierno Regional que el diálogo con los agentes sociales sea el marco en el que se establezcan los criterios para resolver esta situación y la del próximo curso y que, ante una emergencia como la actual, la Comunidad de Madrid se responsabilice de garantizar el suministro de dichos menús hasta la reapertura del próximo curso, es decir, a lo largo de todo el verano, ya que la situación de emergencia en la que se encuentran estas familias no termina en junio con el fin del curso escolar.