Categoría: Revision Salarial

  • Acuerdo en Comisión Mixta Paritaria del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado la subida del SMI en las tablas salariales 2024

    En el seno de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública se han acordado las tablas salariales de 2024, adaptadas al SMI aprobado por el gobierno.

    En la comisión se ha decidido cómo se repartirá la subida del SMI (entre el salario base y el plus de convenio) y aprobado las nuevas tablas salariales. Recordemos que la subida pactada en el Diálogo Social fue del 5% (1.134€/mes en 14 pagas), con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024.

     ¿Cómo se va a realizar la adecuación? 

    Lo primero que hay que tener en cuenta es que, hasta que no se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no comenzará a aplicarse tal y como se ha pactado (como se muestra en la tabla anexada al final del comunicado).

    Sin embargo, mientras se publica, los salarios deben adecuarse igualmente al nuevo SMI por ley, por lo que, hasta entonces, los salarios por debajo se completarán mediante un complemento hasta alcanzar los 1.134€ brutos mensuales (x 14 pagas). Por otro lado, al ser de aplicación desde el 1 de enero, en la nómina de febrero, además del complemento SMI de febrero, deberá incluirse como atrasos el correspondiente a enero, pendiente de cobro por no estar publicado en el BOE el nuevo SMI hasta el 7 de febrero.

     ¿Qué ocurrirá una vez se publique lo pactado y comience a aplicarse? 

    Una vez sean publicadas en el BOE las tablas acordadas, las empresas tendrán un mes para aplicarlas en la nómina y deberán abonar los atrasos desde enero, para aquellos casos en los que las tablas mejoren su salario a dicha fecha.

    Estas parten del salario mínimo para la categoría más baja de cada área (excepto en el área 4) e incluyen, también, el diferencial de al menos 80€ entre cada categoría profesional actualizada y la inmediatamente superior.

    Además, se generarán y devengarán atrasos derivados de aplicar las nuevas tablas y el diferencial de 80€ desde enero de 2024, cuando así corresponda.

    Por último, debéis tener en cuenta que las nuevas tablas, y los atrasos que generen, no se cobrarán hasta la nómina del mes siguiente a su publicación en el BOE, salvo que las empresas decidan anticiparlo.

    Las nuevas Tablas Salariales acordadas en la mesa para 2024, ya adecuadas al SMI, son:

    ESTE CONVENIO TIENE MUCHO DE TI

    COMUNICADO CASTELLANO

    COMUNICADO CATALÁN

    COMUNICADO GALLEGO

  • Acuerdo en Comisión Mixta Paritaria del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado la subida del SMI en las tablas salariales 2024

    En el seno de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública se han acordado las tablas salariales de 2024, adaptadas al SMI aprobado por el gobierno.

    En la comisión se ha decidido cómo se repartirá la subida del SMI (entre el salario base y el plus de convenio) y aprobado las nuevas tablas salariales. Recordemos que la subida pactada en el Diálogo Social fue del 5% (1.134€/mes en 14 pagas), con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024.

     ¿Cómo se va a realizar la adecuación? 

    Lo primero que hay que tener en cuenta es que, hasta que no se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no comenzará a aplicarse tal y como se ha pactado (como se muestra en la tabla anexada al final del comunicado).

    Sin embargo, mientras se publica, los salarios deben adecuarse igualmente al nuevo SMI por ley, por lo que, hasta entonces, los salarios por debajo se completarán mediante un complemento hasta alcanzar los 1.134€ brutos mensuales (x 14 pagas). Por otro lado, al ser de aplicación desde el 1 de enero, en la nómina de febrero, además del complemento SMI de febrero, deberá incluirse como atrasos el correspondiente a enero, pendiente de cobro por no estar publicado en el BOE el nuevo SMI hasta el 7 de febrero.

     ¿Qué ocurrirá una vez se publique lo pactado y comience a aplicarse? 

    Una vez sean publicadas en el BOE las tablas acordadas, las empresas tendrán un mes para aplicarlas en la nómina y deberán abonar los atrasos desde enero, para aquellos casos en los que las tablas mejoren su salario a dicha fecha.

    Estas parten del salario mínimo para la categoría más baja de cada área (excepto en el área 4) e incluyen, también, el diferencial de al menos 80€ entre cada categoría profesional actualizada y la inmediatamente superior.

    Además, se generarán y devengarán atrasos derivados de aplicar las nuevas tablas y el diferencial de 80€ desde enero de 2024, cuando así corresponda.

    Por último, debéis tener en cuenta que las nuevas tablas, y los atrasos que generen, no se cobrarán hasta la nómina del mes siguiente a su publicación en el BOE, salvo que las empresas decidan anticiparlo.

    Las nuevas Tablas Salariales acordadas en la mesa para 2024, ya adecuadas al SMI, son:

    ESTE CONVENIO TIENE MUCHO DE TI

    COMUNICADO 

     

  • Signades les taules salarials 2024 del conveni de comerç de materials de la construcció de Barcelona

    El 22 de gener CCOO, UGT i la patronal ANDIMAC hem signat les taules salarials 2024, que seran d'aplicació en el moment de la seva publicació.Aquestes son les taules definitives vigents a partir del 01/01/2024, incrementades amb el 3% sobre les taules salarials vigents per l'any 2023, de conformitat amb l'article 13 del Conveni Col·lectiu de Treball del Comerç de Materials de Construcció de la província de Barcelona per els anys 2023 – 2024,


     

    El 22 de gener CCOO, UGT i la patronal ANDIMAC hem signat les taules salarials 2024, que seran d'aplicació en el moment de la seva publicació.Aquestes son les taules definitives vigents a partir del 01/01/2024, incrementades amb el 3% sobre les taules salarials vigents per l'any 2023, de conformitat amb l'article 13 del Conveni Col·lectiu de Treball del Comerç de Materials de Construcció de la província de Barcelona per els anys 2023 – 2024,


    El 22 de enero CCOO, UGT y la patronal ANDIMAC hemos firmado las mesas salariales 2024, que serán de aplicación en el momento de su publicación.Estas son las tablas definitivas vigentes a partir del 01/01/2024, incrementadas con el 3% sobre las mesas salariales vigentes por el año 2023, en conformidad con el artículo 13 del Convenio Colectivo de Trabajo del Comercio de Materiales de Construcción de la provincia de Barcelona por los años 2023 – 2024,

  • Por la recuperación salarial y la mejora de las condiciones laborales #SectorFinancieroEnLucha

    El 8 de febrero de 2024 nos hemos movilizado ante el inmovilismo de las patronales de Banca, Ahorro y Cooperativas de Crédito. Y hoy es sólo el principio de una escalada de movilizaciones: ¡El Sector Financiero está en Lucha! 

     

    •  Estamos en lucha para exigir a Caixabank, Banco Santander, BBVA, Sabadell, Unicaja, Bankinter, Abanca, Cajamar, Deutsche Bank, Ibercaja,Cecabank y resto de empresas del sector, que rectifiquen, si no quieren un conflicto abierto cuando celebren sus juntas de accionistas.
    • Estamos en lucha para exigir incrementos salariales acordes a los beneficios del séctor, que nos hagan recuperar poder adquisitivo y que se apliquen a toda la plantilla, sin compensar ni absorber.

     

    • Estamos en lucha para exigir topes del interés de los préstamos a la plantilla, ante la subida del Euribor. Estamos en lucha para exigir medidas de calado que mejoren un clima laboral cada vez más insostenible, marcado por la presión comercial, la falta de plantilla, las cargas de trabajo y el impacto sobre la salud.

     

    • Estamos en lucha para decir, alto y claro, que un sector que ha batido todos sus récord de beneficios, que aumenta dividendos y remuneraciones de su alta dirección, no puede seguir negando incrementos salariales justos y un clima laboral sano a sus plantillas.

     

    • Estamos en lucha por esas plantillas, que son el principal activo del sector financiero y la principal fuerza movilizadora: Hacemos un llamamiento a las trabajadores y trabajadores de Banca, Ahorro y Cooperativas de Crédito a secundar de forma masiva el paro parcial de 2 horas del lunes 26 de febrero y, si no hay avances, la huelga de 24 horas del viernes 22 de marzo.

    Hoy es solo el principio: El Sector Financiero está en Lucha. Es una Lucha Justa. ¡Y la vamos a ganar!

     

    Prensa: 

    Público: Miles de trabajadores del sector bancario se manifiestan en Madrid para exigir mejoras laborales

    Infobae: Manifestación de la banca: “Salimos a la calle para pedir salarios dignos acorde con los resultados millonarios de los bancos”

    The Objective: Miles de empleados de banca se manifiestan en Madrid para pedir subidas salariales

    El Periódico: Los empleados de la banca se manifiestan para reclamar subidas de salarios

     

    MANIFIESTO 8F SECTOR FINANCIERO

  • El incremento salarial adicional del 0,5%, de 2023, vinculado a la evolución del PIB, ya es una realidad para el personal laboral del sector público

    El BOE de hoy publica dos Resoluciones de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda, contiendo el Acuerdo del Consejo de Ministros que habilita el pago del 0,5% adicional correspondiente a 2023 vinculado al PIB, así como instrucciones sobre el procedimiento para su abono.

    El Consejo de Ministros del pasado 6 de febrero aprobó el incremento retributivo del 0,5% para el conjunto del Sector Público recogido en la LPGE para 2023, que tendrá efectos retroactivos desde el pasado 1º de enero del pasado año. Con su publicación en el BOE se cumple el requisito establecido en el artículo 19 Dos, para que los cerca de 50.000 empleados y empleadas públicas de las Mutuas y las Empresas Públicas que se encuentran bajo el paraguas de la Federación de Servicios de CCOO puedan ver aplicada esta nueva subida salarial en sus nóminas.

    Del mismo modo, la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos ha dictado unas instrucciones para proceder a su pago, que se resumen del siguiente modo:

    • Al personal cuyo convenio colectivo establezca la forma en la que debe aplicarse el incremento previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, así como al personal no acogido a convenio, se le abonará en la nómina del mes de febrero de 2024.
    • Para el personal laboral distinto del contemplado en el punto anterior, la liquidación de atrasos se realizará en la primera nómina del mes posterior a la finalización de los trámites de informes y autorizaciones previstos en el artículo 34 LPGE 2023.
       

      • Los acuerdos de distribución que se limiten a aplicar el incremento del 0,5 por ciento homogéneamente para todos los trabajadores y en todos los conceptos retributivos, salvo los no incrementables conforme a la ley o al convenio colectivo aplicable, no requerirán dichos informes y autorizaciones.
      • Tampoco requerirán dichos informes y autorizaciones los acuerdos que determinen una distribución en los mismos términos que la acordada previamente para el incremento general del 2,5% o del 0,5% adicional vinculado al IPCA, siempre que estos últimos hubieran obtenido los preceptivos informes y autorizaciones en su momento.

    Bastará para su aplicación la comunicación a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y a la Secretaría de Estado de Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

    COMUNICADO