derechos laborales y la precariedad, temporalidad e inestabilidad laboral
desde una perspectiva de género, pues la agresión al trabajo femenino es un ataque a los derechos colectivos, democráticos y constitucionales.
Ha terminado el segundo plazo para la realización de la "evaluación del desempeño" en el cual los responsables parece que han sido animados a hacer las entrevistas y han realizado, por fin, esta labor de su propio "desempeño" [según la RAE: acción de ejercer las obligaciones inherentes a su cargo u oficio]… pero parece que no todos.
A falta de saber para qué va a servir, os vamos a proponer un ejercicio interesante relacionado con los roles de trabajo.
Finalizado el proceso de entrevistas de la "evaluación del desempeño", quedan numerosas incógnitas que muchos nos hacemos:
– ¿Va a repercutir de alguna manera en la carrera profesional de cada uno de nosotros? ¿o va a seguir siendo papel mojado y tiempo perdido como hasta ahora?
– Muchos hemos pedido formación de algún tipo? ¿harán algo por mejorar la situación? ¿tendremos plan de formación este año? ¿invertirán en cursos y formarán a los empleados?
– ¿Por qué falta tanta gente por hacer la evaluación?
– ¿Quién evalúa al evaluador? ¿Y al evaluador del evaluador? Como bien sabéis la jerarquía en Atmira recuerda a una pirámide invertida donde la jerarquía y los roles de muchos responsables no está clara, perdiéndose en el camino información valiosa, ideas, inquietudes…

Es paradigmático que en la intranet tengamos un apartado de "Crecimiento profesional en atmira" cuando tenemos en plantilla un buen número de compañeros que, habiendo demostrado su compromiso y valía, no han sido promocionados en los 5, 6, 7… 10 años que llevan en esta casa. Esto arroja una clara idea de cuan importante es para Atmira la promoción.
En ese link hay dos documentos. El primero de ellos describe las categorías profesionales tal y como Atmira las concibe y lo que se exige en cada una de ellas. Pincha aquí para conocer el detalle de tu categoría. Ábrelo y comprueba cuáles son tus roles. De verdad que es muy revelador para saber qué se espera de nosotros y qué tareas hacemos de más, gratis, y totalmente transparentes para Atmira.
Interesante también el segundo documento (Tu crecimiento profesional en atmira.pdf) que viene a confirmar lo que todos sabemos. Que da igual lo que hagas porque Atmira, si quiere, y es lo habitual, no te va a reconocer tu esfuerzo, experiencia, compromiso, conocimiento, dedicación, talento…
Reza así:

Hasta aquí lo que dice Atmira, sus propias normas y que no cumple (salvo lo remarcado en rojo).
Una máxima para esta sección sindical es que la carga de trabajo se organice correctamente. Que cada trabajador, con su categoría y responsabilidad (y su salario asociado) asuma sus roles y no, como sucede continuamente en Atmira, que ciertos perfiles se inhiban de su trabajo y responsabilidad descargándolo sobre las espaldas de quien sabe que lo puede hacer… sin reconocimiento de ningún tipo. Y si sacas el trabajo, ¿acaso no deberías de promocionar?
Exige tu reconocimiento. Defiende tu trabajo. Es de justicia. Que no se aprovechen de ti.
En estas reclamaciones nos tendrás a tu lado. ¡Coméntanos tu caso!
A tener en cuenta…
– Este mes todos deberíamos haber cobrado la subida de convenio de 2018. Con la nómina en la mano recién recibida y el detalle de cada uno de los conceptos, si no tienes subida o no te cuadran las cifras, ponte en contacto con nosotros.
Muchas gracias por vuestra atención.
Tablas salariales de hostelería que han entrado en vigor el día 1 de enero de 2018 y que tienen vigencia hasta el 31 de marzo de 2018 y que reflejan una subida salarial del 3,875%. A partir del 1 de abril de 2018 tendremos otra subida salarial del 1,125% (publicaremos las nuevas tablas actualizadas cuando entren en vigor) y que completarán la subida salarial del 5% pactada para este año.
Ayer,
26 de octubre de 2017, hemos tenido reunión de la mesa negociadora
del convenio estatal de sector de RESTAURACIÓN
COLECTIVA,
para ratificar el preacuerdo del pasado mes de julio, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 31 del convenio colectivo, la subida
salarial para los años 2017, 2018 y también para el año 2019.
Los
términos
de lo acordado
y firmado son los siguientes:
Año
2017: incremento del 1,2%,
con carácter retroactivo
desde el 1 de enero de 2017,
sobre todos los conceptos retributivos que define el convenio (los
provenientes de los convenios de hostelería). Los
atrasos se deberán pagar, como máximo, en la nómina del mes de
noviembre de 2017.
Año
2018: incremento del 1,3%sobre
todos los conceptos retributivos
Además, y
aunque la vigencia del convenio termina el 31 de diciembre de 2018,
también hemos acordado que a
partir del 1 de enero de 2019, el incremento salarial sea del 1,5%
sobre todos los conceptos retributivos.
Cláusula
de revisión:En el supuesto de que la
suma del IPC General español correspondiente a los años 2017 y
2018 resultara una cifra superior a la suma de los incrementos
pactados para los referidos años, dicha diferencia se sumará al
incremento pactado para el año 2019, con el límite máximo del 0,5
por 100.
De igual manera, si el IPC General
español correspondiente al año 2019, resulta una cifra superior al
incremento finalmente realizado para el año 2019, dicha diferencia,
se sumará al incremento que se pacte para el año 2020, con el
limité máximo del 0,5 por 100.
Así
mismo, se han elaborado y firmado todas las tablas salariales de las
distintas provincias con los incrementos acordados. Se
han detectado problemas de interpretación y transposición en las
tablas de las siguientes provincias. Granada, Melilla, Segovia, Jaén,
Las Palmas, La Coruña, Valladolid, Pontevedra y Málaga. No
obstante, a todos los trabajadores y trabajadoras que prestan sus
servicios en dichas provincias se les aplicarán los incrementos
pactados, y una vez resueltas las diferencias, se procederá a
realizar los trámites de publicación de las tablas definitivas.
Para
CC.OO.
Servicios
este acuerdo está en la línea de la estabilización
que queremos dar al sector hasta
el término de la vigencia del primer convenio, y más allá para el
año 2019, que tendremos que negociar el segundo convenio, ya sin el
condicionamiento de la subida salarial para ese año.
Además,
coincide con la garantía
de subida salarial
establecida en el primer convenio para
las/os Monitoras/es de Comedor,
a los que en su momento no se les aplicaban los convenios de
hostelería, que recordamos que es: 2017
incremento del 2,5%, 2018 incremento del 2,5% y 2019 incremento del
2%.
Hoy, 25 de julio de 2017, hemos celebrado reunión de la mesa negociadora del convenio estatal de sector de RESTAURACIÓN COLECTIVA, para definir, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del convenio colectivo, la subida salarial para los años 2017, 2018 y también para el año 2019.
Al final, los términos de lo acordado son los siguientes:
Año 2017: incremento del 1,2%, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2017 sobre todos los conceptos retributivos que define el convenio (los provenientes de los convenios de hostelería). Los atrasos se deberán pagar, como máximo, en la nómina del mes de noviembre de 2017.
Año 2018: incremento del 1,3% sobre todos los conceptos retributivos que define el convenio (los provenientes de los convenios de hostelería).
Además, y aunque la vigencia del convenio termina el 31 de diciembre de 2018, también hemos acordado que a partir del 1 de enero de 2019, el incremento salarial sea del 1,5% sobre todos los conceptos retributivos que define el convenio (los provenientes de los convenios de hostelería).
Cláusula de revisión: En el supuesto de que la suma del IPC General español correspondiente a los años 2017 y 2018 resultara una cifra superior a la suma de los incrementos pactados para los referidos años, dicha diferencia se sumará al incremento pactado para el año 2019, con el límite máximo del 0,5 por 100.
De igual manera, si el IPC General español correspondiente al año 2019, resulta una cifra superior al incremento finalmente realizado para el año 2019, dicha diferencia, se sumará al incremento que se pacte para el año 2020, con el limité máximo del 0,5 por 100.
Este acuerdo será ratificado por las partes, patronal FEADRS, y los sindicatos FeSMC-UGT y CC.OO. Servicios, el 21 de septiembre de 2017, junto con las tablas revisadas y las tablas a incorporar de los territorios que entra el convenio en vigor en el año 2017.
Para CC.OO. Servicios este acuerdo, que se ratificará en septiembre, está en la línea de la estabilización que queremos dar al sector, y da garantía de mantenimiento del poder adquisitivo hasta el término de la vigencia del primer convenio, y más allá para el año 2019, que tendremos que negociar el segundo convenio, ya sin el condicionamiento de la subida salarial para ese año. Además, coincide con los años de garantía de subida salarial establecida en el primer convenio para las/os Monitoras/es de Comedor, a los que en su momento no se les aplicaban los convenios de hostelería, que recordamos que es: 2017 incremento del 2,5%, 2018 incremento del 2,5% y 2019 incremento del 2%.