Categoría: Revision Salarial

  • Publicación Tablas Convenio Colectivo Estatal de Técnicos Tributarios

    El pasado día 6 de mayo de 2016 se han publicado en el Boletín Oficial del Estado las Tablas Salariales para 2016 del Convenio Colectivo Estatal de Técnicos Tributarios, que recogen un incremento salarial del 1,5%.

    Ver tablas salariales Convenio Técnicos Tributarios

  • PAGO DE LOS INCENTIVOS EN EL GRUPO VIPS y SUBIDA SALARIAL 2016

    En
    la nómina de Marzo, la empresa abonará la prima anual de la compañía y/o los
    incentivos correspondientes dependiendo de los centros en los que se haya
    trabajado durante el año 2015. Todo ello, en función de la jornada promedio del
    mismo año, bajas por I.T. o incorporación a la empresa. Para los grupos III y IV y Jefes de Sección de comercio y que no perciban bono gerencial

    Dado
    que el tramo en el que se ha situado el EBITDA de la compañía se encuentra
    entre 21 y los 24 millones, la cantidad a repartir en concepto de
    incentivos son 1.200.000 euros. Siendo 360.000 euros como prima de compañía y 840.000 euros para prima unidad.

    Prima compañía:

    Percibirá
    cada trabajador con jornada completa (40 horas semanales) aproximadamente 130 euros, independientemente si en su unidad se han cumplido o no
    los objetivos.

    Prima anual Rentabilidad:

    Percibirá
    cada trabajador con jornada completa (40 horas semanales) 65 euros aproximadamente.

    Para
    las unidades que hayan cumplido los objetivos de venta y que su rentabilidad
    sea igual o superior al 22% Hostelería, 15% comercio y 21% BSF.

    Prima anual unidad:

    Percibirá
    cada trabajador con jornada completa (40 horas semanales) 417 euros aproximadamente.

    Para
    las unidades que hayan cumplido los objetivos de venta y EBITDAR.

    Hay que destacar que a este reparto de primas optan todos los centros de trabajo de todo el territorio nacional, no sólo en Madrid como se producía hasta ahora.

    SUBIDA SALARIAL 2016

    Según
    la previsiones para el año 2016, se aplicará en la nómina del mes de abril y
    con carácter retroactivo desde el 1 de enero el precio hora para los grupos
    profesionales.

    GRUPO I:      8,49 euros/hora

    GRUPO II:     7,73 euros/hora

    GRUPO III:    7,30 euros/hora

    GRUPO IV:    6,76 euros/hora

    PARA MAS INFORMACIÓN PONTE EN CONTACTO CON CCOO

  • Revisión salarial 2015 y tabla salarial definitiva

    En reunión de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, celebrada el 29 de Febrero, se han aprobado las Tablas Salariales definitivas correspondientes al año 2015, como consecuencia de la revisión salarial establecida en el artículo 39 del Convenio.



    En reunión de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, celebrada el 29 de Febrero, se han aprobado las Tablas Salariales definitivas correspondientes al año 2015, como consecuencia de la revisión salarial establecida en el artículo 39 del Convenio.


  • Convenio de Seguros y Mutuas: Revisión salarial 2015 y tabla salarial definitiva

    En
    reunión de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y
    Mutuas de Accidentes de Trabajo, celebrada el 29 de Febrero, se han
    aprobado las Tablas Salariales definitivas correspondientes al año
    2015, como consecuencia de la revisión salarial establecida en el
    artículo 39 del Convenio.

    Una
    vez constatado por la Comisión Mixta que la variación interanual
    del PIB del pasado año ha sido del 3,2%, según publica el Instituto
    Nacional de Estadística, y dado que dicha variación es superior al
    2%, las tablas salariales del año 2015 deben contener un incremento
    salarial del 1,5% con respecto a 2014
    .

    Teniendo
    en cuenta que, las tablas provisionales para 2015, contenían un
    incremento inicial del 1%, procede ahora el abono del 0,5% restante
    con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2015. Esta revisión
    salarial deberá realizarse en una sola paga en el periodo de dos
    meses a contar desde el 29 de Febrero.

    Los
    conceptos sobre los que se aplica la revisión salarial son los
    siguientes: tabla salarial de sueldos base por nivel retributivo,
    tabla de complemento por experiencia, complementos de compensación
    por primas, complemento de adaptación individualizado, plus
    funcional de inspección, plus de residencia y ayuda económica para
    vivienda en supuesto de traslado.

    Los
    conceptos de Dietas y Gastos de Locomoción para 2015 ya se aprobaron
    por la Comisión Mixta el 22 de enero de 2015.

    La
    evolución en positivo del PIB, como índice de referencia para la
    revisión salarial, ha resultado beneficiosa para los trabajadores y
    trabajadoras del Sector

    Desde
    CCOO Servicios seguiremos apostando por la negociación colectiva
    sectorial, pues demuestra ser la mejor herramienta para garantizar
    unas condiciones laborales homogéneas en el Sector de Seguros y
    Mutuas.

    CONVENIO COLECTIVO GENERAL,
    DE ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS,
    REASEGUROS Y MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO 2012-2015

    TABLA
    SALARIAL 2015 Revisada

    Grupos

    Niveles

    Sueldo
    base

    Mensual

    Cómputo
    anual (X15)

    Grupo
    I

    Nivel
    1

    2.216,20 

    33.243,00 

    Nivel
    2

    1.874,52 

    28.117,80 

    Nivel
    3

    1.597,47 

    23.962,05 

    Grupo
    II

    Nivel
    4

    1.366,66 

    20.499,90 

    Nivel
    5

    1.191,17 

    17.867,55 

    Nivel
    6

    1.034,20 

    15.513,00 

    Grupo
    III

    Nivel
    7

    904,96 

    13.574,40 

    Nivel
    8

    794,16 

    11.912,40 

    Grupo
    IV

    Nivel
    9

    746,08 

    11.191,20 

    Tabla
    de complemento por experiencia. Año 2015

    Grupos

    Niveles

    Importe
    anual* (en 15 mensualidades)

    Grupo
    II

    Nivel
    4

    346,29 

    Nivel
    5

    263,17 

    Nivel
    6

    235,47 

    Grupo
    III

    Nivel
    7

    193,94 

    Nivel
    8

    166,23 

    *Por
    el multiplicador correspondiente

    Conceptos
    económicos cuantificados en convenio:

    Año
    2015 (Euro)

    Plus
    de Inspección (Art. 35):

    • Fuera
      del lugar de residencia habitual:

    1.821,85 

    • En
      el lugar de residencia habitual:

    910,91 

    Dietas
    y gastos de locomoción (Art. 40):

    • Dieta
      completa:

    91,51 

    • Media
      dieta:

    19,36 

    • Kilómetro:

    0,37 

    Ayuda
    económica para vivienda (Art. 42):

    • Poblaciones
      de hasta un millón de habitantes:

    265,35 

    • Poblaciones
      de más de un millón de habitantes:

    353,75 

    Compensación
    por comida (Art. 41):

    10,70 

    Seguro
    de Vida (Art. 60):

    23.000 

    • Doble
      capital para el caso de muerte por accidente:

    46.000 

    Afíliate a CCOO