Categoría: Revision Salarial

  • Tablas salariales 2014-2015: Técnicos tributarios y asesores fiscales

    En reunión mantenida recientemente se ha acordado la actualización de las tablas del año 2014 en el 0,6% conforme a lo establecido en el Artículo 24 del Convenio Colectivo Estatal.

    Igualmente se ha procedido a revisar dichas tablas para el año 2015, conforme a lo estipulado en el anteriormente citado artículo, en el 1%. Este incremento se anticipa a cuenta del PIB que resulte a 31 de diciembre, fecha en la que deberá revisarse o considerarse definitivo en función del citado PIB que resulte.  

    Las tablas estarán en vigor una vez se publiquen en el BOE, lo que comunicaremos en cuanto se produzca, quedando como sigue:

    GRUPO
    I                                     2014          2015  
    Titulado
    superior                            20.039,93      20.240,33
    Titulado
    medio                               18.894,78      19.083,73
    GRUPO
    II
    Coordinador                         17.978,67      18.158,46
    Oficial
    1ª                                  16.031,93      16.192,25
    Oficial
    2ª                                  14.829,54      14.977,84
    Auxiliar
    Administrativo                      12.596,52      12.722,49
    GRUPO
    III
    Cobrador,
    repartidor, Personal de limpieza    11.222,35      11.334,57
    GRUPO
    IV
    Auxiliar
    primer año, Formación primer año    10.077,20      10.177,97
    Auxiliar
    segundo año, Formación segundo año  11.336,87      11.450,24

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  • Actualización Tablas Salariales Convenio Estatal Gestorías Administrativas

    Conforme
    a lo establecido en el Convenio Colectivo Estatal de Gestorías
    Administrativas, el pasado 31 de marzo se firmó el acta de revisión
    de tablas para el año 2015, incrementándose las mismas en el 1%
    sobre las tablas del año 2014. 

    Ver Tablas Salariales 2015. Gestorías Administrativas

  • Actualización tablas 2014 y prórroga Convenio de Gestión y Mediación Inmobiliaria

    Conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo Estatal de Gestión y Mediación Inmobiliaria, han quedado revisadas las tablas salariales correspondientes a 2014, incrementándose las mismas en el 0,4%.

    Igualmente, se ha acordado una prórroga del convenio para el año 2015, pactándose para este año un incremento del 1% sobre las tablas salariales actualizadas del año 2014, manteniéndose el resto del articulado del convenio.

    Las tablas salariales actualizadas puedes consultarlas en nuestra página web: http://www.ccoo-servicios.es

    Tablas Salariales 2014 revisadas Gestión y Mediación Inmobiliaria

  • REVISIÓN SALARIAL 2014 Y TABLA SALARIAL INICIAL 2015

    Hoy día 5 de Marzo, se ha reunido la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, aprobando las Tablas Salariales definitivas correspondientes al año 2014 y la aplicación de las condiciones económicas previstas para el año 2015. 

    Ofrecemos información más detallada en el documento adjunto. 

    Comunicado Revisión salarial 2014 y tabla salarial inicial 2015

  • Firmadas las tablas salariales definitivas de los años 2012-2013-2014-2015 del Comercio de Alimentacion de Badajoz

    La
    patronal del Convenio de Comercio de Alimentación de la provincia de
    Badajoz, al igual que otras patronales, se negó a consolidar la
    revisión del año 2012

    Como
    todos sabéis, ante
    esta postura CCOO interpuso demanda a nivel estatal
    que ganamos, pero las patronales recurrieron al tribunal supremo. 

    El
    tribunal supremo ha dictado sentencia y nos da la razón
    .
    La revisión salarial del 0.2% para el año 2012 se consolida.

    Desde
    Comisiones Obreras se llego a un acuerdo con la patronal de comercio
    de alimentación de una vez saliera la sentencia, se firmaran las
    tablas definitivas. (Acuerdo que UGT, no firmo)

    Ayer
    día 23 de Febrero, nos reunimos la mesa negociadora del convenio de
    Comercio de Alimentación, para la actualización de las tablas desde
    el año 2012 hasta el año 2015.

    Una
    vez firmados y publicados en el DOE, las empresas deberán abonar
    los atrasos que se generen hasta a fecha de actualización

    Una
    vez publicadas en el DOE, las empresas deberán abonar los atrasos
    que se generen desde el año 2013 hasta a fecha de actualización.
    Ya que los atrasos del año 2012 los abono, pero no los consolido
    para el cálculo de los siguientes años a la espera de la sentencia.

    Una
    vez más queda demostrado el compromiso y utilidad de CCOO con las
    trabajadoras y trabajadores.