Categoría: Revision Salarial

  • Tablas convenio oficinas y despachos de Valladolid 2010

    Es importante resaltar que en los tiempos que corren, este convenio se firmó con una claúsula de revisión salarial del I.P.C. más un punto, esto significa que las tablas del 2010 se han visto incrementadas en un 4% sobre los salarios del 2009.

    Estas son las tablas actualizadas para el año 2010 del convenio de oficinas y despachos de Valladolid, firmadas el pasado 22 de febrero y que entrarán en vigor una vez publicadas en el boletin oficial de la provincia. También son las que han de figurar en vuestras nónimas a partir del 1 de enero,  pendiente de negociación colectiva que se ha de iniciar el presente año.


     

  • Tablas salariales Convenio Oficinas y Despachos de Burgos

    Actualización de tablas salariales del Convenio de Oficinas y Despachos de la provincia de Burgos

    Ver Tablas salariales Oficinas y despachos de Burgos

  • Revisión tablas salariales 2010 para el Convenio Colectivo de Establecimientos Financieros de Crédito 2011

    En el día de ayer se reunió la mesa de negociación del Convenio Colectivo de Establecimientos Financieros de Crédito del convenio anterior para la revisión de las tablas y conceptos salariales correspondientes al 2010 y que os detallamos a continuación.

    Artículo 13: Tablas
    salariales

    Los
    sueldos mínimos garantizados, a devengar con carácter bruto anual
    por jornada ordinaria de trabajo, para cada uno de los niveles
    establecidos en el presente convenio son, para el año 2010, los
    siguientes:

    Grupos

    Niveles-Euros

    I. Dirección y Jefatura

    A: 30.220,82 euros

    B: 29.365,50 euros

    C: 27.741,58 euros

    II. Mandos y Técnicos Especializados

    A: 26.311,23 euros

    B: 24.880,84 euros

    C: 23.123,06 euros

    III. Técnicos y Administrativos

    A: 19.526,42 euros

    B: 17.199,74 euros

    C: 14.500,25 euros

    Artículo 31: Plus de
    Transporte

    A
    fin de coadyuvar a los gastos de transporte de personal, se establece
    un plus de transporte de 3,30 euros por día de trabajo. Dicho plus
    se dejará de percibir por el trabajador los domingos, festivos, días
    de vacaciones y los días de inasistencia al trabajo por cualquier
    otro motivo justificado o injustificado.

    Artículo
    32: Salidas y Dietas

    1.-
    Si por necesidades del servicio hubiere de desplazarse algún
    trabajador de la localidad en que habitualmente tenga su destino, la
    empresa le abonará en concepto de suplidos de gastos, además de los
    gastos de locomoción, una dieta de:

    1. Una comida fuera…………
      23,15 euros

    2. Dos comidas
      fuera…………37,07 euros

    3. Pernoctar
      fuera……………. La empresa establecerá un sistema de abono de

    gastos justificados de hotel (habitación con baño o

    ducha) o de vivienda, aplicable a sus empleados.

    2.-
    Cuando el trabajador no pueda regresar a comer a su domicilio por
    encomendarle la empresa trabajos distintos a los habituales, aun
    cuando sea dentro de su localidad, tendrá derecho a la dieta por
    comida.

    3.-
    Cuando el desplazamiento dure más de 60 días ininterrumpidos, el
    importe de las dietas se reducirá en un 50 por 100.

    4.-
    Las empresas podrán asimismo establecer un sistema de gastos a
    justificar, tanto de restauración como de hoteles, en sustitución
    de las dietas previstas en el presente artículo.

     

    Artículo 33: Gastos de
    locomoción

    Cuando
    por los viajes o desplazamientos originados por necesidades de la
    empresa, los trabajadores utilizasen su automóvil particular, se les
    abonará a razón de 0,29 euros por kilómetro.

    Aprovechando
    la convocatoria, acto seguido, se procedió a la constitución de la
    nueva Mesa de Negociación para el Convenio
    Colectivo de Establecimientos Financieros de Crédito,
    formada otro año más por la Patronal ASNEF de una parte y
    Comfia-CC.OO y Fes-UGT por el otro. Los sindicatos nacionalistas
    fueron convocados formalmente pero no asistieron ni excusaron su
    presencia

    Por
    parte de Comfia-CC.OO, hicimos entrega de nuestra Plataforma
    Reivindicativa para el próximo convenio, teniendo claro que el
    principal objetivo debe ser el mantenimiento del poder adquisitivo de
    los trabajadores/as del sector. Somos conscientes de que este
    convenio sectorial es el suelo mínimo del que depende mucha gente,
    por lo que forma parte de nuestras prioridades el mantenerlo y
    mejorarlo.

    Os
    adjuntamos anexa nuestra plataforma completa y os informamos que la
    primera reunión de negociación ha sido fijada para el próximo 22
    de marzo y sobre la cual os informaremos puntualmente.

    Afíliate a CCOO

    Plataforma Convenio Entidades de Financiación

  • Revisión Salarial 2010 y tablas 2011 Convenio Abogados, Procuradores y Graduados Sociales de Cantabria

    Tablas para la revisión salarial para el año 2010 (por superar el IPC de dicho año el previsto en 2 puntos) así como las de incremento para el año 2011 del Convenio Colectivo para el Sector de Abogados, Procuradores y Graduados Sociales de Cantabria. 

  • Rechazamos la congelación salarial en el Santander

     

                                             

    Circular en pdf