Categoría: Revision Salarial

  • Por fin subidas salariales en Telenium

    En la próxima nómina de mayo se hará efectiva la revisión salarial del 1,4%.

    Tras la denuncia que en su día COMFIA-CCOO y la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) interpusieron contra Telenium vino la sentencia favorable.

    En consecuencia, ahora resta aplicar la sentencia en todos sus términos y hacerlo ágil de forma que dejemos de tener nuestros salarios congelados.

    Os comunicamos que las nuevas vías de negociación abiertas con la empresa comienzan a dar sus frutos, de modo que en la próxima nómina, la de mayo, se aplicarán las subidas salariales pendientes (1,4 % de incremento).

    Revisad vuestras nóminas y si detectáis problemas, errores o algo no os cuadra contactar con nosotros en telenium@comfia.ccoo.es.

    Queda pendiente fijar fecha para saldar los atrasos generados desde marzo de 2009, siempre dentro del presente año, negociación en la que nos encontramos inmersos y de la que os mantendremos puntualmente informados.

    Además, es prioritario para nosotros obtener compromisos escritos por parte de la empresa, para que las personas que causen baja voluntaria o pudieran ser despedidas también se les pagen los atrasos en su finiquito.

  • Tablas salariales 2010. Convenio de gestión y mediación inmobiliaria

    Resolución de 27 de abril de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo sobre tablas salariales para el año 2010 del III Convenio colectivo estatal de gestión y mediación inmobiliaria.

    Tablas Salariales gestión y mediación inmobiliaria 2010

  • Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo Estatal para Empresas de Trabajo Temporal

    El Art. 27.2 del V Convenio Colectivo Estatal para Empresas de Trabajo Temporal, establece: “El incremento salarial para el año 2010 será el resultante de incrementar en el IPC previsto para este año + 0,75 puntos, las tablas salariales vigentes en el año 2009 una vez hayan sido estas actualizadas siguiendo los mismos criterios, en su caso, que el año anterior.

    En el supuesto de que el IPC real del año 2010 fuera superior al IPC previsto, se procederá a la regularización de los salarios mediante el pago de atrasos del diferencial resultante entre el IPC previsto + 0,75 y el IPC real + 0,75.

    Comfía-CCOO y FeS-UGT consideran que la inflación prevista por el Gobierno para el año 2010 contenida en los Presupuestos Generales del Estado es del 1%, ya que si bien en la Ley 26/2009 no se recoge explícitamente este dato, sí lo hace de forma implícita al establecer en su art. 44.2 que las pensiones abonadas por el Sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, experimentarán en el año 2010 un incremento del 1%, de conformidad con lo previsto en el art. 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Este art. 48 de la LGSS establece que las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, serán revalorizadas al comienzo de cada año, en función del correspondiente índice de precios al consumo previsto para dicho año.

    Por todo ello, consideramos desde FeS-UGT y Comfía-CCOO que procede por parte de esta Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de Empresas de Trabajo Temporal, en cumplimiento de las funciones establecidas en el Convenio, confeccionar y aprobar las tablas salariales vigentes para el año 2010, de acuerdo con los criterios propuestos anteriormente.

    En consecuencia y en aplicación del Artículo 27.2 del V  Convenio Colectivo Estatal para el Sector de Empresas de Trabajo Temporal, la Comisión Paritaria deberá realizar la actualización de la Tabla Salarial aplicable al personal de estructura para el año 2010, quedando como sigue:

    Tabla Salarial año 2010

     

    Niveles

     

    Euros

     

    1

     

    10.820,10

     

    2

     

    11.863,03

     

    3

     

    12.905,97

     

    4

     

    13.558,19

     

    5

     

    15.226,89

     

    6

     

    17.417,57

     

    7

     

    18.251,92

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     Asimismo de conformidad con el artículo 24.3 del Convenio, se acuerda actualizar el importe de las dietas para el año 2010 quedando como sigue:

    10,22 € en caso de efectuar la comida del mediodía fuera del domicilio.

      23,00 € en el supuesto de realización de las dos comidas del día fuera del domicilio.

      De conformidad con el articulo 43, el Bono Guardería será en el año 2010 de 408,85  €  anuales.

       

     

    Igualmente, el Convenio Sectorial determina para el 2010 una jornada máxima de 1752 horas. Con este limite anual se deberán confeccionar los calendarios laborales de vuestra Empresa, que deberán ser expuestos por las Empresas y conocidos por los trabajadores de las mismas , para que la utilización de los días de permiso , licencias o vacaciones , puedan ejercerse con el menor  perjuicio posible en la actividad de la Empresa y la mayor seguridad de efectuarlos para la plantilla.

    Recordamos también que la reducción de la jornada acordada en el presente Convenio se aplicara a libranza en días completos, o en medias jornadas, por acuerdo con la representación legal de los trabajadores o con estos mismos cuando no haya representación legal.

                                                                                     Madrid, 6 de mayo de 2010

     

  • Tablas Salariales Oficinas y Despachos Valladolid 2010

    Se acuerda la ACTUALIZACIÓN de las tablas del año 2010 en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9,13,14 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Valladolid firmado el 31-5-2007.

    Convenio Oficinas y Despachos Valladolid (2007-2010)

  • Técnicos tributarios y asesores fiscales: Firmadas las tablas salariales para 2010

    En la reunión celebrada el lunes 26, se acordó aprobar las tablas provisionales del 2010, a expensas del resultado del IPC real al 31 de Diciembre, con un incremento del 2% sobre las tablas salariales del año 2009

    En la reunión celebrada el lunes 26, se acordó aprobar las tablas provisionales del 2010, a expensas del resultado del IPC real al 31 de Diciembre, con un incremento del 2% sobre las tablas salariales del año 2009

    30-04-2010 –

    El pasado día 26, tuvo lugar la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo, para determinar las tablas salariales del 2010.

    Como recordaréis, el pasado 4 de Marzo se celebró una reunión con el mismo objetivo, en la que no se llegó a ningún acuerdo ya que la patronal manifestaba que la situación económica no permitía mantener el porcentaje de subida pactado en su día, y consideraba que había que renegociar lo establecido en convenio, situación que rechazamos de plano manifestando que había que cumplir lo que en Convenio Colectivo habíamos acordado sin entrar en valoraciones de ningún tipo.

    Finalmente, en la reunión celebrada el lunes 26, se acordó aprobar las tablas provisionales del 2010, a expensas del resultado del IPC real al 31 de Diciembre, con un incremento del 2% sobre las tablas salariales del año 2009, quedando las tablas salariales provisionales del presente año como sigue:



    2010

    Grupo I:


    Titulado Superior

    18.937,07

    Titulado Medio

    17.854,95

    Grupo II:


    Coordinador

    16.989,25

    Oficial 1.ª

    15.149,65

    Oficial 2.ª

    14.013,42

    Auxiliar administrativo

    11.903,30

    Grupo III:


    Cobrador, Repartidor

    10.604,76

    Personal de limpieza

    10.604,76



    Grupo IV. De incorporación:


    Auxiliar de primer año

    9.522,64

    Auxiliar de segundo año

    10.712,97

    Formación primer año

    9.522,64

    Formación segundo año

    10.712,97


    Acta de la reunión.

    Las citadas tablas serán de aplicación efectiva una vez se publiquen en el B.O.E.