Categoría: Revision Salarial

  • Tablas salariales Notarías Illes Balears

    Resolución de la Directora General de Trabajo y Salud Laboral de fecha 16-02-2004, por la que se hace pública el acta del 03-02-04 con la Tabla Salarial para el año 2004, del sector de los Empleados de Notarías de las Illes Balears.


    Dirección General de Trabajo y Salud Laboral



    Referencia: Sección: Ordenación Laboral (Convenios colectivos) Expediente: 73 (Libro 2, asientos 17 y 18). Código del convenio: 0700315.-



    La Representación Legal del Ilustre Colegio Notarial de Baleares y laRepresentación Legal de los Empleados de Notarías de Baleares, han suscrito elacta del 3 de febrero de 2004, con la Tabla de Salarios para 2004, del citado sector, y he visto el expediente, y de acuerdo con el artº 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo y el artº 60 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99);



    R E S U E L V O:



    1.- Inscribirlo en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de laDirección General de Trabajo y Salud Laboral, depositarlo en la misma e informar de ello a la Comisión Negociadora.



    2.- Publicar esta resolución y el acta del 3 de Febrero de 2004 citada, enel BOIB.



    Palma, 16 de febrero de 2004


    La Directora General de Trabajo y Salud Laboral


    Margalida G. Pizà Ginard



    En Palma de Mallorca a 3 de Febrero de 2004



    R E U N I D O S



    De una parte, en representación del Ilustre Colegio Notarial de Baleares: … Notarios de Pollensa, Sineu y Sa Pobla respectivamente.



    Y de la otra, en representación del colectivo de Empleados deNotarías de Baleares: … Oficiales de Notaría de Palma de Mallorca.



    Ambas partes y en las respectivas representaciones que ostentan yque mutua y recíprocamente se reconocen,



    A C U E R D A N



    1.- Proceder a la revisión de la tabla salarial aprobada `por acuerdolaboral suscrito el 30 de Marzo de 1993 con el incremento experimentado por elI.P.C. en Baleares durante el año 2003, que ha sido del DOS TREINTA POR CIENTO (2‘30%).



    2.- Con arreglo al significado aumento, aprobar la tabla salarial para el



    año 2004 y con efectos al primero de Enero de 2004.








































    CATEGORIA CENSO

    GRUPO 1º

    GRUPO 2º

    GRUPO 3º

    OFICIAL PRIMERO

    1.394‘15

    1.241‘21

    1.102‘75

    OFICIAL SEGUNDO

    1.232‘41

    1.097‘80

    974‘12

    AUXILIAR

    1.092‘86

    890‘12

    825‘84

    COPISTA

    880‘21

    707‘07

    652‘77

    SUBALTERNO

    687‘36

    623‘07

    607‘89


    3.- Dar traslado del presente acuerdo a la autoridad laboral y solicitar su publicación en el B.O.I.B.



    Firmado y Rubricado

  • Oficinas y Despachos de Asturias. Tablas Salariales 2004

    Publicadas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del 2/03/2005. BOPA nº 50.

    Con fecha 2 de marzo del 2005, se han
    publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, una vez firmadas por las
    partes que conforman la Comisión Deliberadora del Convenio de Oficinas y
    Despachos de Asturias, la actualización de las tablas y del resto de conceptos
    retributivos con el IPC del 2004 que son de aplicación, con carácter
    retroactivo, desde el 1 de enero del 2004.

    Convenio Colectivo de Oficinas y
    Despachos de Asturias

    Tablas Salariales
    2004

    Anexo I

    nivel
    categorías
    euros / mes
    1

    titulado
    superior, Jefe de proceso de datos, técnico de sistemas

    1.348,74

    2
    t
    itulado
    medio, graduado social, oficial mayor, jefe superior administrativo,
    analista de sistemas
    1.221,24
    3
    j
    efe
    de delineación, jefe de departamento de topografía, analista de
    aplicación, programador de sistemas, supervisor de operaciones, jefe
    administrativo de primera, cajero con firma, jefe de venta, delineantes
    proyectistas, jefe de explotación, jefe de equipo de información
    1.125,94
    4
    j
    efe
    administrativo de segunda, jefe de reporteros, traductores, interpretes
    jurados de más de un idioma, administrador de test, coordinador de
    tratamientos de cuestionarios, topógrafo auxiliar, programador de
    aplicaciones, jefe de zona, capataz agrícola diplomado (por el Ministerio
    de Agricultura o centros similares, autorizados o reconocidos), delineante
    de primera, programador de máquinas auxiliares, controlador, jefe de
    visitadores, jefe de viajantes
    1.021,17
    5
    o
    ficial
    administrativo de primera, cajero intérprete jurado de un idioma,
    operadores de maquinas contables, taquimecanógrafos, telefonista
    recepcionista con 2 o mas idiomas, coordinador de estudios, jefes de
    equipos de encuestas, jefe de máquinas básicas, dibujante, delineante de
    topografía, operador de consola, monitor de registros de datos, inspector
    comercial encargado de oficios varios, traductor intérprete de un idioma,
    delineante de segunda, cintotecario, visitadores, viajantes,
    vigilantes-jurado
    945,86
    6
    r
    eporteros
    de agencias de información, traductores e interpretes no jurados,
    operadores de tabuladores, inspectores de entrevistadores, oficial de
    segunda administrativo, telefonista recepcionista, implantador de
    aplicaciones, operador de periféricos, verificador, oficial primera
    oficios varios, calcador, conductor de primera, especialista agropecuario,
    azafatas de congreso
    892,49
    7
    t
    elefonista,
    auxiliar administrativo, entrevistador, clasificadores, conserje mayor,
    auxiliar de delineante, oficial segunda oficios varios, conductor segunda,
    operador auxiliar, grabador, codificador de datos, cobrador-pagador
    840,00
    8
    c
    onserje,
    ayudante, operador de reproductores (de planos), operador de multicopistas
    y fotocopiadoras, ordenanza, vigilante, limpiador, peón, mozo
    812,42
    9
    a
    spirantes
    administrativos y botones de dieciséis a diecisiete años
    497,47

    Anexo II

    dietas y kilometraje

    artículo 23

    desayuno

    7,18 €

    comida

    14,95 €

    cena

    14,95 €

    kilometraje

    0,31 € km

    turnicidad mañana y tarde

    artículo 24

    1,49 € por día de trabajo efectivo

    plus de nocividad, toxicidad,
    peligrosidad y penosidad


    artículo 25

    general asistentes sociales
    4,84 € día trabajado 86,58 € mes trabajado

    plus de desplazamientos

    artículo 27

    0,19 € por kilómetro

    quebranto de moneda

    artículo 28

    19,42 € mes

    seguro colectivo

    artículo 29 – anexo IV

    póliza de vida

    muerte e invalidez

    9.608,15 €

    paso de inv. perm. a inv.
    absoluta

    anexo IV / 1.3

    1.495,43 €
    póliza de accidentes

    muerte por accidente

    9.608,15 €

    inval. total y absoluta por
    accidente

    9.608,15 €
    en caso de muerte por accidente o invalidez
    total y absoluta por accidente, percibirán el importe de ambas pólizas,
    19.216,30 €

    las presentes tablas serán de
    aplicación siempre de

    acuerdo con los textos del vigente
    convenio colectivo





    [

    tablas
    salariales 2004

    ]





    [

    convenio
    ]

  • Actualización salarial Convenio Mediación de Seguros

    Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Mediación en Seguros Privados: se procedió a actualizar las tablas salariales y los conceptos económicos siguientes: Tabla Salarial 2005, Complemento por Experiencia, Tabla de Mínimos Complemento Salarial PAE, Plus Funcional de Inspección, Dietas y Gastos de Locomoción y compensación económica del almuerzo.

    25 de enero de 2005

    El pasado 21 de enero se celebró la reunión de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Mediación en Seguros Privados. En ella, se procedió a aplicar la Cláusula de actualización salarial para el año 2005, según regula el artículo 47.2 del citado convenio.

    Con tal motivo, una vez constatado por el INE que el IPC del año 2004 se sitúa en el 3,2%, la Comisión Mixta procedió a actualizar las tablas salariales y los conceptos económicos siguientes: Tabla Salarial 2005, Complemento por Experiencia, Tabla de Mínimos Complemento Salarial PAE, Plus Funcional de Inspección, Dietas y Gastos de Locomoción y compensación económica del almuerzo.

    Las cuantías económicas actualizadas de la Tabla Salarial y de los citados Complementos Económicos, comenzarán a devengarse desde el día 1-02-2005, sin realizar abono por diferencias por el año 2004 ni por el mes de enero de 2005.

    Una vez más se constata que la responsabilidad y el compromiso de CC.OO. durante la negociación del Convenio, permite a los trabajadores del Sector recuperar el poder adquisitivo de los salarios mediante la aplicación de la Cláusula de Actualización Salarial.

    Por quinto año consecutivo, todos los trabajadores de Mediación en Seguros, incluidos los que optaron por una representación sindical a través de U.G.T., FASGA-SPS o ELA-STV ven como pese a la inhibición de dichas organizaciones en la firma del Convenio, sus salarios y condiciones de trabajo no se ven mermadas gracias a la actitud responsable y coherente de CC.OO.

    1.-TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2005.

    1.-TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2005.

    Grupos y Subgrupos

    Nivel retributivo

    Sueldo base mensual

     Cómputo anual  (x 14)

    I

    1

    1.765,77

    24.720,78

    II.A

    2

    1.465,21

    20.512,94

    II.B, V.A

    3

    1.352,51

    18.935,14

    III.A, V.B

    4

    1.239,80

    17.357,20

    III.B1, V.C1

    5

    1.127,09

    15.779,26

    III.C, V.C2

    6

    939,24

    13.149,36

    III.B2 y V.C2

    6*

     939,24

    13.149,36

    IV.A

    7

     901,67

    12.623,38

    III.D, IV.B

    8

    788,96

    11.045,44

    VI (tercer año)

     9

     56,56

      9.191,84

    VI (primer y segundo año)

    10

    547,13

      7.659,82

    *Pasarán al Nivel 5, a los dos años (trabajadores procedentes de otros Subgrupos) o a los tres años (trabajadores nuevos).

    2.-COMPLEMENTO POR EXPERIENCIA (CPE) AÑO 2005.

    a) nivel retributivo

    b) importe mensual del complemento por año de experiencia, computando anualidades desde 1998

    (abonable en 14 pagas mensuales)

    c) límite máximo mensual

    4

    11,27

    112,70

    5

    11,27

    112,70

    6

    18,78

    187,80

    7

    3,76

    37,60

    8

    11,27

    112,70

    Se reitera que para comenzar a devengar este complemento debe haber transcurrido un año de presencia del empleado en la Empresa, abonándose a partir de 1 de enero del año siguiente.

    3.-TABLA DE MINIMOS RELATIVA AL COMPLEMENTO SALARIAL PAE, QUE CORRESPONDERÁ A LOS TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS DE MEDIACION QUE GESTIONEN MAS DE VEINTICUATRO MILLONES CIEN MIL EUROS EN PRIMAS.

    Nivel retributivo Complemento Salarial PAE, Anual ( x14) mínimo mensual 2005
    1
    98,92
    1.384,88
    2
    80,64
    1.128,96
    3
    74,45
    1.042,30
    4
    70,20
    982,80
    5
    67,24
    941,36
    6
    56,25
    787,50
    7
    53,99
    755,86
    8
    45,57
    637,98
    9
    45,57
    637,98
    10
    35,46
    495,60

    4.- PLUS FUNCIONAL DE INSPECCIÓN (PFI) PARA EL AÑO 2005.

    Queda fijado en 1.479,53€, para los trabajadores cuyo desarrollo, de la función de inspección, no les permita pernoctar en su domicilio habitual, y 739,76€, para los trabajadores cuyo desarrollo de la función de inspección, no les impida pernoctar en su domicilio habitual.

    5.- DIETAS Y GASTOS DE LOCOMOCIÓN PARA EL AÑO 2005.

    El importe de la dieta, cuando el trabajador pernocte fuera de su residencia habitual, será de 65,45€; cuando el trabajador no pernocte fuera del lugar de su residencia habitual la dieta reducida será de 13,29€.

    Los gastos de locomoción quedan fijados en 0,23€ por kilómetro recorrido, cuando el viaje se haya realizado de acuerdo con el Empresario en vehículo propiedad del empleado.

    6.- COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL ALMUERZO PARA EL AÑO 2005.

    El mínimo de esta compensación será, para el supuesto previsto en el Art. 33.4, tercer párrafo, tercer guión, de 7,30€.

  • Convenio de Seguros. Revisión salarial 2004

    Convenio Colectivo Estatal del Sector de Seguros y Mutuas de Accidentes, una vez constatado que el IPC del año 2.004 se sitúa en el 3,2%, se efectuó una revisión del 1,2% sobre la tabla salarial del 2004, dando lugar a la tabla revisada para el 2004. Se configuró la tabla salarial para el 2005 contando con la previsión hecha por el gobierno de un IPC del 2%.

    El pasado 21 de enero se celebró la reunión de la Comisión Mixta paritaria del Convenio Colectivo Estatal del Sector de Seguros y Mutuas de Accidentes. En ella, se procedió a aplicar la Cláusula de Revisión Salarial, tal como consta en el citado convenio en su artículo 36.

    Con tal motivo, una vez constatado por el INE que el IPC del año 2.004 se sitúa en el 3,2%, se efectuó una revisión del 1,2% sobre la tabla salarial del 2004, dando lugar a la tabla revisada para el 2004. De la misma manera, se configuró la tabla salarial para el 2005 contando con la previsión hecha por el gobierno de un IPC del 2%. Más abajo se exponen ambas tablas. 

    Asimismo, se acordó abonar esta revisión salarial en una sola paga durante el primer trimestre de 2.005, afectando la consiguiente subida a los siguientes conceptos:  

    • Tabla de Sueldos base por nivel retributivo.
    • Tabla de Complemento por Experiencia.
    • Complemento de Adaptación Individualizado.

    Y además:

    • Plus de Residencia
    • Plus Funcional de Inspección.
    • Ayuda económica para vivienda (supuestos de traslado).

    CCOO de Seguros quiere resaltar este logro conseguido en el sector, resultante de la negociación del Convenio General de Seguros, ya que de esta manera, queda patente el hecho de que la citada cláusula de revisión salarial evita la pérdida de poder adquisitivo resultante de la desviación del IPC respecto a la previsión.

    CONVENIO COLECTIVO GENERAL, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO 2004-2007

    NUEVA TABLA SALARIAL 2004 REVISADA

    GRUPOS

    NIVELES

    SUELDO BASE

    MENSUAL

    CÓMPUTO ANUAL (X15)

    Grupo I

    Nivel 1

    1.806,83 €

    27.102,45 €

    Nivel 2

    1.528,28 €

    22.924,20 €

    Nivel 3

    1.302,40 €

    19.536,00 €

    Grupo II

    Nivel 4

    1.114,21 €

    16.713,15 €

    Nivel 5

    971,15 €

    14.567,25 €

    Nivel 6

    843,17 €

    12.647,55 €

    Grupo III

    Nivel 7

    737,80 €

    11.067,00 €

    Nivel 8

    647,45 €

    9.711,75 €

    Grupo IV

    Nivel 9

    572,16 €

    8.582,40 €

    Nivel 10*

    511,93 €

    7.678,95 €

    * En vigor hasta 31 de diciembre de 2004. Se suprime a partir de 1 de enero de 2005

    TABLA DE COMPLEMENTO POR EXPERIENCIA AÑO 2004 REVISADA

    GRUPOS

    NIVELES

    IMPORTE ANUAL* (EN 15 MENSUALIDADES)

    Grupo II

    Nivel 4

    282,32 €

    Nivel 5

    214,55 €

    Nivel 6

    191,98 €

    Grupo III

    Nivel 7

    158,10 €

    Nivel 8

    135,52 €

    *Por el multiplicador correspondiente

    CONCEPTOS ECONÓMICOS

    CUANTIFICADOS EN CONVENIO:

    IMPORTE 2004 REVISADO

    Plus de inspección (Art. 33):

    • Fuera del lugar de residencia habitual:

    1.485,32 €

    • En el lugar de residencia habitual:

    742,66 €

    Ayuda económica para vivienda (Art. 39):

    • Poblaciones de hasta un millón de habitantes:

    216,32 €

    • Poblaciones de más de un millón de habitantes:

    288,41 €

    CONVENIO COLECTIVO GENERAL, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO 2004-2007

    NUEVA TABLA SALARIAL 2005

    GRUPOS

    NIVELES

    SUELDO BASE

    MENSUAL

    CÓMPUTO ANUAL (X15)

    Grupo I

    Nivel 1

    1.842,97 €

    27.644,55 €

    Nivel 2

    1.558,85 €

    23.382,75 €

    Nivel 3

    1.328,45 €

    19.926,75 €

    Grupo II

    Nivel 4

    1.136,49 €

    17.047,35 €

    Nivel 5

    990,57 €

    14.858,55 €

    Nivel 6

    860,03 €

    12.900,45 €

    Grupo III

    Nivel 7

    752,56 €

    11.288,40 €

    Nivel 8

    660,40 €

    9.906,00 €

    Grupo IV

    Nivel 9

    583,60 €

    8.754,00 €

    TABLA DE COMPLEMENTO POR EXPERIENCIA AÑO 2005

    GRUPOS

    NIVELES

    IMPORTE ANUAL* (EN 15 MENSUALIDADES)

    Grupo II

    Nivel 4

    287,97 €

    Nivel 5

    218,84 €

    Nivel 6

    195,82 €

    Grupo III

    Nivel 7

    161,26 €

    Nivel 8

    138,23 €

    *Por el multiplicador correspondiente

    CONCEPTOS ECONÓMICOS CUANTIFICADOS EN CONVENIO:

    AÑO 2005

    Plus de Inspección (Art. 33):

    • Fuera del lugar de residencia habitual:

     1.515,03 €

    • En el lugar de residencia habitual:

       757,51 €

    Dietas y gastos de locomoción (Art. 37):

    • Dieta completa:

        78,48 €

    • Media dieta:

        14,52 €

    • Kilómetro:

          0,25 €

    Ayuda económica para vivienda (Art. 39):

    • Poblaciones de hasta un millón de habitantes:

       220,65 €

    • Poblaciones de más de un millón de habitantes:

       294,18 €

    Compensación por comida (Art. 38):

          7,80 €

    Seguro de Vida (Art. 57):

    16.500 €

    • Doble capital para el caso de muerte por accidente:

    33.000 €

  • Tablas Salariales y atrasos Cajas Rurales 2004

    La cláusula de revisión referenciada al IPC real nos permite contrarrestar la subida de la inflación. Hemos preparado unas tablas en las que os reflejamos cómo quedan para 2004 las tablas salariales y otra columna con los atrasos, tanto de sueldo base como de los complementos y conceptos más significativos.

    LAS PREVISIONES DE IPC DE NUEVO HAN FALLADO

    EL IPC DE 2004 ACABA EN EL 3,2%

    Un año más, para no perder la costumbre, el gobierno ha errado en “unas décimas” en la previsión de inflación. Había previsto el 2% en los Presupuestos Generales del Estado y ha quedado situada, finalmente, en el 3,2% para el conjunto del año 2004. Solo el 65% más de lo que había previsto.

    Este descontrol de la inflación ejerce una influencia negativa en la economía en general (exportaciones, competitividad de las empresas, etc.),

    y también se ven perjudicados colectivos muy importantes cuyos salarios se ven fijados en relación al Salario Mínimo: pensionistas, trabajadores que cobran el salario mínimo, parados cuya cuantía de prestación se calcula con porcentajes sobre el salario mínimo, etc.

    Para Cajas Rurales tenemos negociada, desde hace 2 años, una cláusula de revisión referenciada al IPC real, que nos permite contrarrestar la subida de la inflación, aunque a lo largo del año hayamos estado perdiendo poder adquisitivo. Hemos preparado unas tablas en las que os reflejamos cómo quedan para 2004 las tablas salariales y otra columna con los atrasos, tanto de sueldo base como de los complementos y conceptos más significativos. En

    Bolsa de Vacaciones no hay atrasos, pues este año se ha producido la unificación de este concepto.

    En 2005 se negocia el nuevo Convenio Colectivo, en el que se marcarán las subidas salariales para este año.

    Madrid, 17 de enero de 2005






















































































































































    SALARIOS BASE

    2003

    2003

    2004

    2004

    ATRASOS


    ANUAL

    mensual

    ANUAL

    mensual

    2004

    GRUPO II






    Nivel 1 R. Máxima

    29.754,41

    2.479,53

    30.706,56

    2.558,88

    490,95

    R. Mínima

    22.429,31

    1.869,11

    23.147,05

    1.928,92

    370,08

    Nivel 2

    18.710,21

    1.559,18

    19.308,94

    1.609,08

    308,72

    Nivel 3

    17.889,22

    1.490,77

    18.461,67

    1.538,47

    295,17

    Nivel 4

    17.511,77

    1.459,31

    18.072,15

    1.506,01

    288,94

    Nivel 5

    16.567,07

    1.380,59

    17.097,22

    1.424,77

    273,36

    Nivel 6

    16.191,43

    1.349,29

    16.709,55

    1.392,46

    267,16

    Nivel 7

    15.568,51

    1.297,38

    16.066,71

    1.338,89

    256,88

    Nivel 8

    14.197,26

    1.183,10

    14.651,57

    1.220,96

    234,25

    Nivel 9

    13.060,68

    1.088,39

    13.478,62

    1.123,22

    215,50

    Nivel 10

    12.136,22

    1.011,35

    12.524,58

    1.043,71

    200,25

    GRUPO III






    Oficiales-Conductores

    13.690,32

    1.140,86

    14.128,41

    1.177,37

    225,89

    Ayudantes

    13.031,38

    1.085,95

    13.448,38

    1.120,70

    215,02

    Ayudantes B

    12.311,58

    1.025,97

    12.705,55

    1.058,80

    203,14

    Personal No Cualificado

    11.873,47

    989,46

    12.253,42

    1.021,12

    195,91

    Personal Limpieza (hora)

    3,88


    4,00


    0,05































































































































    OTROS CONCEPTOS

    2003

    2003

    2004

    2004

    ATRASOS



    ANUAL

    mensual

    ANUAL

    mensual

    2004

    Antigüedad






    Personal limpieza (hora)


    0,159


    0,164

    0,03

    Resto personal

    397,43

    33,12

    410,15

    34,18

    6,56

    Compl. Antigüedad Jefatura

    211,45

    17,62

    218,21

    18,18

    3,49

    Compl. salarial permanencia

    666,33

    55,53

    687,66

    57,30

    8,00

    Compl. Segundo oficinas

    369,98

    30,83

    381,82

    31,82

    4,44

    Quebranto de moneda

    761,30

    63,44

    785,66

    65,47

    12,56

    Gratificación Conserjes






    > 100,000 habitantes

    431,03

    35,92

    444,82

    37,07

    7,11

    < 100,000 habitantes

    308,03

    25,67

    317,89

    26,49

    5,08

    Kilometraje (ptas/km)


    0,210


    0,217

    0,003

    AYUDA ESTUDIOS






    Guard., Ed. Inf.,Primaria, ESO (1º-2º)

    203,25


    209,75


    2,44

    ESO (3º-4º), Bachill., F.P. Medio

    304,87


    314,63


    3,66

    Ens. Univers. Y F.P. Superior

    406,51


    419,52


    4,88

    Minusválidos

    1016,27


    1048,79


    12,20

    Bolsa de Vacaciones (CONVENIO)






    Importe único (ptas/día)




    11,97

    0,37

    JUNTOS AVANZAMOS

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