Categoría: Salario

  • Muchos más gestores comerciales ya son técnicos

    21 07 06 El pasado 17 de mayo, la Dirección de Recursos Humanos nos comunicó que reconocería la categoría de técnico a los gestores comerciales que llevasen un año realizando estas funciones. Desde CCOO llevamos meses exigiendo al Banco Sabadell el reconocimiento de la categoría profesional de técnico para todos los compañeros y compañeras con función de gestor comercial. (PDF:Cat. / Cast.)

    Muchos más gestores comerciales ya son técnicos

    Como recordaréis por anteriores comunicados, desde CCOO llevamos meses exigiendo al Banco Sabadell el reconocimiento de la categoría profesional de técnico para todos los compañeros y compañeras con función de gestor comercial. El pasado 17 de mayo, la Dirección de Recursos Humanos nos comunicó que reconocería la categoría de técnico a los gestores comerciales que llevasen un año realizando estas funciones. En las últimas nóminas (fundamentalmente en la de junio) se han confirmado los ascensos a nivel VIII (el mínimo del grupo de técnicos) de trabajadores que tenían categorías del grupo administrativo y que venían realizando funciones comerciales desde hace más de un año. Realmente nos alegramos mucho por los compañeros y compañeras afectados. Aunque el plazo para reconocer la categoría (1 año) nos parece excesivo, pensamos que lo ocurrido constituye un paso positivo, en buena dirección y necesario para poder consolidar niveles salariales crecientes, mucho más teniendo en cuenta la lamentable política de absorción salarial vigente en Banco Sabadell. Desde CCOO nos comprometemos a seguir realizando un seguimiento de este tema para verificar que el Banco cumpla sus compromisos y para detectar (e intentar solucionar) los posibles problemas que puedan surgir. En este último sentido, debemos denunciar que todo lo anterior resulta absurdo si las funciones que se reconocen no corresponden con la realidad. Y es que hemos detectado varios casos donde un trabajador que realiza funciones de gestor comercial está catalogado como administrativo de oficina. También tenemos que decir que ascender a nivel VIII a un nivel VIII-Asimilado, parece una broma pesada. CCOO entendemos que los ascensos reales deben implicar subidas salariales reales y, por ello, ya hemos reclamado que a este colectivo se le garantice un salario superior al nivel VIII en 2.000€ anuales. Desde CCOO continuaremos trabajando para que las funciones que se reconocen a cada trabajador (GECO, RA, JAC, directores y otros) tengan una contrapartida adecuada, tanto en salario como en reconocimiento profesional.

    julio de 2006

  • Revisión Salarial 2006. Convenio de Notarías de Aragón

    Se acuerda fijar una subida salarial del I.P.C. real más 0,50 puntos.

    ACTA NUMERO UNO de fecha veintidós de mayo de dos mil seis.

                  R E U N I D O S:

    Los miembros de la mesa negociadora del Convenio Colectivo de empleados de notarías de Aragón:

    De una parte: …, en representación de la «ASOCIACION PATRONAL ARAGONESA DE NOTARIOS» (A.P.A.N.).

    Y de otra: …, en representación de la «FEDERACION DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE COMISIONES OBRERAS DE ARAGON».

    Se tratan los siguientes temas:

    – Por parte de la representación de A.P.A.N., se excusa la no asistencia de D …, miembro de la comisión negociadora de este convenio, por dicha Asociación, que es aceptada por todos los asistentes, reconociéndose entre todos ellos con mayoría suficiente para abordar la negociación.

    Fijar la subida salarial para el presente año 2.006 del sector de notarías, como único punto de la negociación del convenio colectivo.

    Tras las oportunas deliberaciones:

    • Se acuerda fijar una subida salarial del I.P.C. real más 0,50 puntos.

    En su consecuencia y según el punto 6 del citado Convenio, la concreción cuantitativa del salario total anual, para el año 2.006, incluidas las gratificaciones extraordinarias, es el resultado de aplicar un incremento del 2,50% (I.P.C. previsto más 0,50 puntos) sobre las tablas del año 2.005, resultando así, las tablas que se adjuntan a la presente Acta.
     
    Si al final del año 2.006, el IPC real fuera superior al previsto (2%), se revisarán los salarios, en el porcentaje de exceso que resultare, de forma que el resultado real sea el I.P.C. real más 0,50 puntos.

    De la presente acta y tablas adjuntas se expiden cuatro ejemplares: uno para cada una de las organizaciones representadas y dos para remitir a la Autoridad Laboral a los efectos de su registro y publicación en el B.O.A.

    Zaragoza, en el lugar y fecha al principio indicados

    Ver también el texto del «Convenio Colectivo de Notarías de Aragón«

    Texto del Convenio Colectivo de Notarías de Aragón

  • Contrastes Madrid

    Os animamos a leer la nueva Revista, que edita la Sección Sindical de Madrid, y que aborda artículos, relacionados, entre otros temas, con la salud laboral, situación en los edificios muy singulares y resultado de las elecciones sindicales celebradas en Dinero Expréss.

    Índice:

    • Presentación, en Página 1.
    • Curiosidades de mundo BBVA, en Página 1.
    • Pasión por tí, en Página 2.
    • La cucaraaacha, la cucaraaacha…, en Página 3.
    • Elecciones Sindicales en Dinero Express, en Página 3.
    • Edificios muy singulares, en Página 4.

    Julio de 2006
    Leer Revista en
    formato pdf

  • CC.OO. CONSIDERA ERRÓNEA LA POLÍTICA SALARIAL DE LA MUTUA

    La dirección de Fraternidad-Muprespa ha llevado a cabo, a propuesta de la Subdirección General de Gestión y sin información previa a los representantes legales de los trabajadores, una revisión del salario del personal médico.

    Este tipo de acciones, con independencia de la potestad que el propio Estatuto de los Trabajadores atribuye a la Dirección de la empresa, cuando se realizan sin la participación de los representantes de los trabajadores, cuentan con graves efectos perversos:

    Para los trabajadores afectados: No ha sido revisado el salario de todo el personal médico, solo de algunos, se desconocen los criterios aplicados, si han sido objetivos y/o lineales o si ha dependido de la opinión subjetiva de sus superiores. Se desconoce el tipo y la naturaleza jurídica del concepto salarial aplicado, si es compensable y/o absorbible, si puede desaparecer en cualquier momento, si será revisable, etc.

    Para los trabajadores no afectados: Contribuye a generar el sentimiento de que, en Fraternidad-Muprespa, hay trabajadores de primera y de segunda categoría. Sin poner en duda la necesidad, habría que haber valorado la oportunidad y la prioridad. Recordemos que tenemos más de 300 compañeros y compañeras mal clasificados, en el grupo III, con un salario base de poco más de 600 € mensuales y que llevan más de 2 años esperando a que se regularice su situación.

    Para la propia empresa: Realizar este tipo de acciones por impulsos, sin formar parte de un proyecto salarial global, debatido con la Representación legal de los trabajadores, y conocido por todos, suele tener como consecuencia que la plantilla no valore el esfuerzo económico que supone.

    Por tanto, emplazamos a la Dirección de la Mutua a que se siente en una mesa y debatamos un proyecto salarial global, en consonancia con las recomendaciones del propio Convenio Colectivo, firmado por la patronal a la que nuestra empresa pertenece y que Fraternidad-Muprespa se empeña en ignorar.

    Madrid, 26 de Junio de 2006

  • Me han aumentado la retención del IRPF al final del año

    Mi empresa ha venido descontando un
    7% del IRPF en mi nómina desde enero. En mi última nómina me comunicaron que debían aplicar el 16% para redondear, ya que -según la empresa- habían aplicado un descuento bajo y debían cuadrar las cuentas. El resultado es que me han quitado de la última nómima 120 Euros.¿Es correcto lo que han hecho?

    La retención por IRPF es variable y, en teoría, debe irse ajustando a los ingresos percibidos a lo largo del año. En principio lo que han hecho es legal aunque parece mostrar una mala organización, a no ser que sus ingresos sufrieran un incremento imprevisto en los últimos meses.