Categoría: Salario

  • Nueva demanda por las pagas voluntarias

    Hoy hemos presentado en el Juzgado de Mataró una nueva demanda reclamando la aplicación de las dos pagas voluntarias a un número importante de empleados y empleadas.

    NUEVA DEMANDA POR LAS PAGAS VOLUNTARIAS

    Hoy hemos presentado en el Juzgado de Mataró una nueva demanda
    reclamando la aplicación de las dos pagas voluntarias a un número
    importante de empleados y empleadas.

    Se trata de un primer grupo de 84 personas que, además de reclamar el
    derecho a las dos pagas, solicitan una indemnización por vulneración de
    derecho fundamental por un importe global de 2.456.660,44 euros.

    El colectivo total de posibles afectados podría ser de unos 800empleados.

    Valoramos como un hecho de suma importancia el que un grupo tan
    numeroso de trabajadores/as haya decidido presentar una demanda a
    título individual, para reclamar sus derechos.

    Por las características del sistema de demandas individuales agrupadas,
    existe la posibilidad de añadir demandas hasta prácticamente el momento
    de la vista. Por tanto, continuaremos trabajando para conseguir el
    máximo número de adhesiones posibles.

    Entendemos que la vía iniciada, por el importe de las indemnizaciones
    reclamadas, y de las que en un futuro se pudieran añadir, tendría
    quehacer reflexionar a la Caja e interesarla en buscar un acuerdo para
    toda la plantilla. Porque si la Caja no es capaz de llegar a una
    solución que permita que tod@s acaben cobrando el mismo número de
    pagas, sin discriminaciones, será necesario continuar presentando
    demandas. Por otro lado, a nadie se le escapa que a medida que vaya
    avanzando el proceso judicial irá disminuyendo el abanico de posibles
    acuerdos.

    Mataró, 15 de junio de 2006

    PD. Por cierto, a nosotros tampoco nos gusta el «Capitán Araña».

  • Sector Ingenierías. Encuesta sobre condiciones laborales

    Con esta encuesta COMFÍA -CCOO pretende conocer con mayor profundidad y cercanía la realidad de las condiciones laborales en las empresas del sector de Ingenierias y Oficinas de Estudios Técnicos.


    Rellena en esta web la Encuesta de Condiciones Laborales de Ingenierías

    Descarga la Encuesta en PDF para rellenarla


    Esta encuesta tiene como objetivo obtener
    una primera información colectiva con la que poder valorar la situación
    real de las condiciones laborales en las empresas de Ingeniería y
    Oficinas de Estudios Técnicos y que la extrapolación de los resultados
    puedan servir de punto de partida para elaborar propuestas de futuras
    reivindicaciones para la negociación
    colectiva. En estos momentos se hace
    indispensable vuestra colaboración para que, entre todos/as, sepamos
    enfocar soluciones nuevas a antiguos problemas, y esta encuesta puede
    ser un primer y productivo paso para
    ello.

    Por esto os pedimos que cumplimentéis
    el siguiente cuestionario que, de forma totalmente confidencial, se os
    presenta y lo hagáis con la mayor aproximación posible a la realidad de
    vuestras condiciones laborales.

    Rellena en esta web la Encuesta de Condiciones Laborales de Ingenierías

    Gracias

    Descarga la Encuesta en PDF para rellenarla

  • LA CARCOMA Nº 56

    Tras las conclusiones extraídas de la encuesta efectuada por CC.OO. al personal de Unicaja, exponemos las líneas de actuación para mejorar el clima laboral: estructura y distribución de la plantilla, estructura salarial, organización del trabajo.

    Ver documento completo

  • CCOO hace tiempo que inció el camino para conseguir las pagas voluntarias para todo el personal

    El SEC-L no lo tiene demasiado claro aún.

    Al leer el, por ahora, penúltimo
    comunicado de los compañeros del SEC-L se nos acumularon todas las dudas del
    mundo sobre lo que manifiestan. Lamentablemente, el último, tampoco nos las ha
    aclarado.

    Ya no sabemos que dicen, ni que
    quieren, ni que creen, ni que piensan hacer.

    No sabemos si afirman que Manuel
    Luna obtuvo la asignación de la indemnización, por el total de las pagas no
    cobradas, por el hecho de ser sindicalista o no.

    Para nosotros, el ser representante sindical no tuvo ninguna
    influencia en la resolución de la sentencia.

    Tampoco nos queda claro si
    afirman que otros empleados no sindicalistas, tendrían derecho al mismo tipo de
    indemnización o tan sólo serían atrasos de un año.

    En CC.OO., lo tenemos tan claro que ya están presentadas, juzgadas y
    vistas para sentencias dos demandas más, con petición de indemnización por
    discriminación.

    Parece que afirman que el pacto
    del 86 sólo ha quedado desfasado para tres personas y no para el resto. Y tan
    sólo por el tema de las antigüedades. No se refieren en ningún momento a
    discriminación por fecha de entrada o modalidad de contratación.

    Aquel fue un pacto que, a pesar
    de firmarlo todo el Comité, los representantes de CC.OO. también, por nuestra
    parte se hizo totalmente a regañadientes. Como en otras ocasiones, por
    pragmatismo, se valoró que era mejor un pacto escaso, que no quedarnos sin
    pacto. Por suerte, la evolución de la jurisprudencia ha hecho posible que,
    ahora, se pueda reclamar para solucionar la discriminación que se tuvo que
    aceptar en su momento.

    La primera sentencia dictamina, en base a la jurisprudencia del
    Tribunal Constitucional, que, al ser consecuencia de un pacto, no pagar las dos
    pagas a una parte del personal, en función de la fecha de entrada o del tipo de
    contrato, establece una doble escala salarial, cosa tenida por discriminatoria
    por la Constitución.

    Por no saber, ya no sabemos si
    todavía tienen tan claro que se ha de presentar un Conflicto Colectivo o
    resultará que, después de las rotundas afirmaciones de su anterior comunicado,
    hay otras vías quizá incluso más adecuadas.

    Nos parece muy bien que se
    asesoren convenientemente, y que estén pendientes del dictamen de sus abogados,
    pero, otros, que ya hace tiempo que estamos trabajando el tema, ya tenemos la
    opinión de nuestros abogados. Nos han marcado la línea que estamos siguiendo y
    ya nos perdonarán si no los esperamos.

    Presentar las diferentes demandas individuales colectivas, o plurales,
    o como quieran llamarlo, parece ser la vía más posibilista para conseguir la
    máxima satisfacción para los afectados.

    Nos conmueve el interés que
    demuestran por quienes han firmado las demandas individuales. Que no se
    preocupen, en la medida de nuestras posibilidades y saber, les hemos dado
    información suficiente. Y, como en todos los casos, estamos a su disposición
    para aclararles cualquier duda que puedan tener.

    Nosotros, al margen, continuaremos insistiendo en que, posiblemente,
    la mejor solución sería poder llegar a un acuerdo que nos ahorrara el haber de
    continuar recurriendo a los tribunales.

    Pero, mientras no se llegue a
    una solución, continuaremos siguiendo nuestro camino.

     

    Mataró, 9
    de junio del 2006

  • Aplicación de la sentencia sopbre la paga de beneficios

    La Caja ha tenido tres sentencias en contra por el tema del cobro de la paga de beneficios al finalizar la gradación de pagas…

    La
    Caixa ha tenido tres sentencias negativas por el tema del cobro de la paga de
    beneficios al acabar el periodo de gradación de pagas.

    Primero,
    la Audiencia Nacional determinó que en el cuarto año de trabajo se tenía
    derecho a cobrar todas las pagas que estipulaba el Convenio.

    Luego,
    el Tribunal Supremo desestimó el recurso de la Caixa y ratificó la anterior
    sentencia.

    Ahora,
    otra vez, la Audiencia Nacional vuelve a fallar contra la Caixa haciendo
    extensivo el derecho a cobrar todas las pagas de beneficios a quien, por
    aplicación del último Convenio, acabó la gradación de pagas antes de los tres
    años de antigüedad. Estamos hablando,
    aproximadamente, de unas 200 personas afectadas.

    La
    última sentencia dice, literalmente :

     

    «E) Por tanto la tesis de la parte demandada
    es desestimable porque se mantiene y empecina en su criterio -ya corregido en
    las sentencias reflejadas en el ordinal cuarto del relato de hechos probados-
    de confundir devengo y pago en
    derechos en curso de adquisición, siendo de reiterar aquí lo allí
    razonado»

     

    FALLAMOS

     

    «Que debemos estimar y estimamos la demanda
    deducida por COMFIA CC.OO. contra LA CAJA DE AHORROS LAYETANA en modalidad de
    conflicto colectivo y declaramos, de conformidad con la correcta interpretación
    del Convenio Colectivo, que los trabajadores que al 1.06.04 ostentaban la
    categoría Auxiliar «C» tienen derecho a percibir:

    a)      
    Si estaban en el primer año de permanencia en la categoría y a
    partir del cumplimiento de ese primer año de permanencia, 18,5 pagas de la
    retribución del nivel XII.

    b)      
    Si estaban en el segundo o tercer año de permanencia a partir
    del 1.06.04 la retribución establecida para el nivel XII en 18,5 pagas.»

     

    Nos
    hemos dirigido por escrito al Jefe de Recursos para solicitarle que aplique la
    sentencia sin más dilaciones innecesarias.

    Mataró, 7 de junio de 2006