Categoría: Salario

  • Un cuarto de paga para toda la plantilla

    30 06 05 Después de la insistencia de una gratificación extraordinaria por la integración del Banco Atlántico, los sindicatos y la empresa hemos firmado el Acuerdo del abono de un cuarto de paga extraordinaria para toda la plantilla. (PDF:Cat. / Cast.)

    Acordado el abono de un cuarto de paga para toda la plantilla

    Hoy 30 de junio y en respuesta a nuestra insistente demanda de una gratificación extraordinaria como compensación por el esfuerzo realizado por las plantillas de ambas entidades en la integración de Banco Atlántico, los sindicatos CCOO, UGT, CSA y CC y la empresa, hemos firmado el Acuerdo para el abono de UN CUARTO de paga extraordinario para toda la plantilla.

    Esta gratificación tiene carácter no consolidable ni absorbible y se abonará como máximo en Enero de 2006, pudiendo adelantarse a Noviembre de este año 2005 si se cumplen las previsiones de negocio fijados en los presupuestos.

    La mencionada gratificación extraordinaria se abonará a todo el personal en activo y alta en la Seguridad Social, que en el momento del abono preste sus servicios en Banco Sabadell o cualquiera de sus filiales participadas al 100% en territorio nacional.

    También se abonará a todo el personal que a la fecha se encuentren en situación de excedencia por aplicación del artículo 32.5 del Convenio y por permiso retribuido 7.b del vigente Pacto de Homologación de Condiciones Laborales (atender hijo menor de 3 años, cuidado de familiar hasta 2º grado, estudios o adopción internacional y asuntos personales).

    Aunque es evidente que a todos nos hubiera gustado conseguir más, los sindicatos firmantes valoramos positivamente este Acuerdo por cuanto es la primera vez que la empresa reconoce el esfuerzo de toda la plantilla, recogiendo en parte las demandas sindicales que reiteradamente habíamos reivindicado en similares procesos anteriores.

    En este sentido y desde nuestro respeto a la decisión de los compañeros que no han suscrito este Acuerdo, debemos recordar que esto es fruto de la acción sindical desarrollada desde la unidad sindical y no es de recibo descolgarse ahora con argumentos parecidos a los utilizados para justificar la no firma del Convenio: “lo conseguido se debe al simple hecho de nuestra presencia y no se ha conseguido más por culpa de los otros”.

    Por ultimo queremos destacar que fruto de este mismo acuerdo, la empresa se ha comprometido a aplicar el aumento del 2,85% de Convenio Colectivo a toda la plantilla, independientemente del salario asignado para este año 2005 y que se abonó junto al anticipo a cuenta del Convenio el pasado mes de febrero.

    Sabadell, 30 de junio de 2005

  • El día después

    29 06 05 La dirección de Recursos Humanos de Banco Sabadell no se toma la más mínima molestia en explicar claramente qué ha hecho y qué pretende hacer en nuestras nóminas. (PDF:Cat. / Cast.)

    El día después

    La Dirección de Recursos Humanos no se toma la más mínima molestia en explicar nadaDe nuevo ha vuelto a pasar: en este mes de junio, con la aplicación del incremento de Convenio, nuestra nómina, que es el documento legal que evidencia las condiciones salariales de nuestra relación laboral con el banco, ha sufrido todo tipo de modificaciones sin que la Dirección de Recursos Humanos explique claramente qué ha hecho y qué pretende hacer.

    El nuevo sistema retributivo, denominado Salario Asignado Anual, ha propiciado que en intranet todos podamos acceder a nuestra ficha salarial, de lo cual nos alegramos, y que RRHH haya procedido, al aplicar el Convenio, a modificarnos la estructura de nuestra nómina con la intención de hacer desaparecer, en la medida de lo posible, los pluses voluntarios distintos del llamado «mejora voluntaria» (B-50).Es importante contrastar la ficha salarial de mayo con la de junioEntenderéis mejor lo ocurrido si contrastáis la ficha salarial anualizada de mayo con la de junio, veréis que el importe total del Salario Asignado Anual se ha visto incrementado en un 0,55% del importe anual de convenio. Éste es el resultado final para la plantilla excepto para las 600 personas que, ya en febrero, vieron como se les absorbía el 0,7% de desviación del IPC del año anterior y ahora han visto como se les absorbe el 2,85% de convenio. Recordaréis que ya anunciamos que el incremento de salario en febrero de un 2,30% para la generalidad de la plantilla (hubo incrementos superiores a ese porcentaje, inferiores o inexistentes) era un pago a cuenta del convenio. En consecuencia, la firma del convenio con un 2,85% de incremento es la que provoca el aumento del 0,55% mencionado.Banco Sabadell hace desaparecer los pluses voluntarios o los reduceLa empresa ha incrementado los conceptos de convenio con el 2,85% (absorbiendo del B50 el 2,30% que aumentó en febrero) y ha trasladado esta cantidad de los pluses E07, B05 y B-06 (en ese orden y a quien los tuviera) al plus B50. De esta manera y sin comunicación previa, en algunos casos hace desaparecer la totalidad de pluses y en otros los reduce. Así seguirá hasta que desaparezcan del todo.Quienes perciban un salario superior a la valoración de su puesto de trabajo, pueden ver congelado su salario

    En el nuevo sistema de Salario Asignado Anual, el responsable de la unidad de trabajo decide como retribuir a sus empleados, pero queda limitado por los presupuestos, marcados por la Dirección General, de incremento global de masa salarial. Así mismo, el importe de que dispone cada unidad viene determinado por el margen que se produzca entre la valoración de los puestos de trabajo de su unidad y el salario efectivamente percibido por la plantilla. Además de los límites económicos mencionados, existen otras directrices también predeterminadas y una de las más importantes es que las personas que están percibiendo un salario superior al de la valoración de su puesto de trabajo pueden ver como se congela su salario, algo que ha sido generalizado en los casos de técnicos con función administrativa (del Sabadell, de momento). Por eso en febrero se absorbió/congeló el 0,7% a 600 personas (las mismas que ahora tampoco recibirán el 2,85% ) que han visto como, por cambios organizativos de la empresa, el valor de su puesto de trabajo se devaluaba de un año para otro.

    Las claves de este sistema radican en un criterio de aumento anual global que incluye cualquier aplicación de convenio o mejora voluntaria, queda excluida la retribución variable. Por ejemplo, si el incremento anual que se asigna a una persona es el 3%, dicho incremento incluirá cualquier aplicación de convenio: incremento salarial, trienios, cambio de categoría y posibles retribuciones voluntarias.

    Imaginamos que se producirán muchas dudas y casuísticas por lo que en próximos comunicados reflejaremos las distintas situaciones así como las posibles acciones legales que puedan derivarse de algunas de estas casuísticas, sobre todo para las personas que van a ver su salario congelado por absorciones indiscriminadas e incluso desaparición de conceptos retributivos que no tienen la misma naturaleza salarial que el convenio (plus dedicación).La empresa vulnera la legalidad vigente con el B06Es razonable que una empresa quiera tener una estructura salarial más clara y sencilla pero las acciones de RRHH basadas en llevar a cabo modificaciones unilaterales en la nómina para lograr su deseo de mantener únicamente el B50 (“mejora voluntaria”) obviando cualquier tipo de comunicación individual o colectiva y vulnerando la legalidad vigente en el caso del denominado plus de dedicación o B06, es una nueva demostración de la prepotencia que ha caracterizado en los últimos tiempos las políticas de RRHH y que no responden a las expectativas mínimas de una relación contractual y ni siquiera a las normas básicas de respeto que todo trabajador se merece.

    No hay que ser muy listo para entender que para cumplir unos ajustados presupuestos generales de incremento de masa salarial total de aproximadamente el 3% (cuando el propio convenio ya prevé un incremento del 2,85%) y mantener en paralelo una política de retribución/incentivación extra-convenio amplia y sustancial, alguien tiene que perder… y , claro, no van a ser ellos, ¿no?

    Sabadell, 30 de junio de 2005

     

  • En 2005 también hay prejubilaciones

    BBVA ya ha reconocido oficialmente que en 2005 habrá prejubilaciones. De hecho, ya en algunas Territoriales se están haciendo sondeos y ofertas en firme a algunos trabajadores.

    El número no está definido, pero según nuestras informaciones estimamos que será de unas 600 hasta setiembre (cuando se producirá el mayor número) con tendencia a alcanzar las 1000 antes de fin de año (si cuadra con la cuenta de resultados).

    Los criterios no son transparentes, aunque parece que se primarán los de edad y puestos fáciles de amortizar, con importantes diferencias entre Territoriales, según los respectivos excesos de plantilla.

    Las condiciones son las mismas que estos años pasados. Así que BBVA pierde un año más la oportunidad de negociar un Acuerdo de Empresa que facilite la jubilación anticipada que permite la Ley a partir de los 61 años de edad a los que no cotizaron antes de 1-1-67, y a la vez ahorrar costes, con la propuesta de CCOO. Esta negativa conlleva que la gran mayoría queda con el salario congelado hasta los 65 años de edad. Ni siquiera se revisa el límite de los 27.000 €, con lo que en realidad se reducen los porcentajes. Se mantienen también congelados los 3.000 € de premio, la compra de los premios de antigüedad y los DORs.

    Las prejubilaciones son voluntarias. CCOO -tu sindicato- te asesora en el cálculo y comprobación de la oferta, y defiende tu libertad para decidir.

    Hemos oído rumores de que pueden ofrecerse bajas incentivadas. Esta es una opción que no debemos siquiera considerar. Si se diera el caso, no dejes de informar y consultar a tu Delegada o Delegado de CCOO más próximo.

    Seguimos trabajando, seguiremos informando.
    Junio 2005

    Ver Comunicado en pdf (incluye los % y gráfico por edades)

  • Tablas Salariales definitivas 2004 y provisionales 2005 del Convenio de OO y DD de Alicante

    Publicado en el BOP de Alicante, nº 125 del 4 de junio de 2005, las tablas definitivas del 2004 y las provisionales del 2005.

    Ver tablas definitivas año 2004 convenio OO y DD de ALICANTE–Abrir versión PDF

    Ver tablas provisionales año 2005 convenio OO y DD de ALICANTE–Abrir versión PDF

  • LA CARCOMA Nº 42

    Descripción de los hechos relacionados con la demanda presentada por CC.OO. para el reconocimiento de antigüedad.
    Copia del acta de conciliación.

    · Ver La Carcoma
    · Ver Acta de Conciliación