Categoría: Salas de Juego

  • Jornada ‘Juventud, digitalización y nuevas realidades laborales’ de FSAN-CCOO

    Iñigo Vicente, Secretario Gral. de la Federación Andaluza de CCOO, aperturós las Jornadas de CCOO de Servicios de Andalucía que congregó a 95 personas entre jóvenes menores de 30 años y responsables sindicales de las distintas instancias de la FSAN. Vicente afirmó que 'CCOO sólo tendrá futuro si representa a la clase trabajadora en esta nueva realidad que sigue mutando y si seguimos trabajando con la responsabilidad de defender la libertad y la democracia, en la esperanza de que otro mundo es posible. Un mundo donde la tecnología esté al servicio de la gente y los sindicatos seamos agentes del cambio mediante la negociación colectiva que preserve los derechos laborales y un futuro que se escriba con J de juventud'

    Las jornadas continuaron con la intervención de Nuria Lopez, Secretaria de CCOO Andalucía que dio paso a la ponencia deIsabel Frejo, responsable del Área de Previsión Social de FSAN-CCOO, en la que se expuso el impacto sobre la economía y las condiciones laborales que la Revolución 4.0  —originada por la digitalización y la aplicación de la Inteligencia Artificial—ha tenido y tendrá.

    Para evaluar el impacto de la digitalización en los distintos sectores de la Federación intervinieron Carmen Ortiz (Agrupación Hostelería), Esther Izquierdo (Agrupación Comercio), Juan Ignacio Martín (Agrupación de Servicios Técnicos) y Alicia Domínguez (Agrupación de Servicios Financieros), para continuar con Perdo Mirón, miembro del Gabinete de Estudios de la Federación Andaluza de Servicios, el cual  disertó sobre globalización, transición justa y economía colaborativa.

    Para terminar Lola Pérez Rivero, Responsable de Coordinación General de la Federación Andaluza de Servicios de CCOO, presentó los objetivos y funcionamiento del Espacio Joven, un espacio de participación real de la juventud menor de 30 años afiliada a CCOO.

  • Se deroga el despido por enfermar

    Publicamos nueva Gaceta Sindical con motivo de la derogación del artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, que fue modificado por la reforma laboral de 2012 y permitía el despido de los trabajadores y trabajadoras que estaban de baja por enfermedad.  Unai Sordo: 'Es una gran noticia, en palabras del secretario general de CCOO, que debe ser el primer paso hacia una corrección generalizada de la reforma labor'. Leer más

  • Lo que debes saber sobre el nuevo permiso de paternidad

    El pasado 1 de enero de 2020 entró en vigor el nuevo permiso de paternidad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento que, a través de la ampliación aprobada en el decreto ley de igualdad de oportunidades en el empleo, aumenta a 12 semanas en este año. A él pueden acogerse todos los trabajadores que se conviertan en padres a partir de esa fecha y hasta 2021, cuando el permiso se ampliará hasta las 16 semanas, igualándose con el de maternidad.

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    ¿Quién tiene derecho a este permiso?

    Todos los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social, tanto en el régimen general como en los regímenes especiales, siempre y cuando haya cotizado un mínimo de 180 días durante los siete años anteriores al comienzo del permiso o, en su defecto, al menos 360 días a lo largo de toda su vida laboral.

    ¿Cuál es su duración?

    Desde el 1 de enero de 2020, la duración total es de 12 semanas (más dos que puede ceder la madre de su periodo no obligatorio). De forma obligatoria, serán cuatro semanas ininterrumpidas a jornada completa, inmediatamente posteriores al parto. Las ocho semanas restantes son voluntarias y pueden ser continuadas o interrumpidas por periodos semanales, en régimen de jornada completa o parcial, hasta que el o la menor cumpla un año. En caso de partos múltiples, se podrá ampliar en una semana para cada progenitor o progenitora por cada hijo o hija a partir del segundo. Si el hijo o hija tiene una discapacidad, se ampliará una semana para cada progenitor o progenitora. Y, en caso de parto prematuro y hospitalización superior a siete días tras el parto, la ampliación puede darse hasta un máximo de 13 semanas. En el caso de adopción o acogimiento, el permiso se puede generar si el niño o niña es menor de seis años o si es menor de 18 años con un grado de discapacidad superior al 33% y se generarán 16 semanas de permiso para ambos adoptantes, seis de las cuales deben ser disfrutadas obligatoriamente tras la resolución judicial o administrativa que apruebe la adopción.

    ¿Es posible distribuirlo a jornada parcial?

    Sí, pero requiere un acuerdo previo con la empresa, que puede celebrarse tanto al inicio del permiso como en un momento posterior y puede extenderse a todo el periodo de descanso o a parte del mismo.

     

    ¿Cuánto se cobra durante el permiso?

    Al ser un permiso retribuido, durante las 12 semanas se cobra el 100% de la base reguladora, tomándose como referencia la última nómina antes del nacimiento y sin incluir los pluses salariales. El pago le corresponde a la Seguridad Social, no a la empresa.

    ¿Cómo solicitar el permiso de paternidad?

    Tras el nacimiento, hay que pedir a la empresa la documentación correspondiente. Para poder calcular qué prestación corresponde, en el documento debe aparecer el importe de la última nómina. Además, hay que presentar en cualquier oficina de la Seguridad Social el Modelo de solicitud de prestación de paternidad (que se puede obtener por internet), acompañado de certificado de nacimiento, original y fotocopia del DNI, certificado de empresa, última nómina, libro de familia y número de cuenta bancaria.

    ¿Tengo derecho a la reserva de mi puesto de trabajo?

    Sí, y la reincorporación, según el artículo 48.1 del Estatuto de los Trabajadores, debe ser al mismo puesto de trabajo y con la misma jornada, a no ser que se haga uso del derecho a la reducción de jornada previsto en el artículo 37 del ET.

    ¿Qué pasa con las vacaciones no disfrutadas durante el permiso?

    No se pierden y se pueden disfrutar en un periodo distinto al del permiso.

    ¿Pueden despedir al trabajador o trabajadora durante el permiso?

    Sí, pero el motivo del despido debe acreditarse por motivos no relacionados con esa causa.

    ¿Se puede ceder el permiso a la madre biológica?

    No, este derecho es individual de la persona trabajadora y no puede transferirse su ejercicio, por lo que si no se disfruta se perderá.

    ¿Se paga IRPF durante el permiso?

    No. Tanto el permiso de maternidad como el de paternidad están exentos de pagar IRPF. Esta medida tiene carácter retroactivo, por lo que si entre el 2014 y el 2017 el importe de la baja fue retenido puede reclamarse su devolución a través de internet.

    Consulta tus dudas con CCOO. Cualquier cuestión que necesites aclarar puedes plantearla a los delegados y delegadas de CCOO en Unicaja. ¡Estamos a tu disposición!

     

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  • CCOO insta al nuevo Gobierno a impulsar políticas por la IGUALDAD, la EQUIDAD y la INCLUSIÓN

    La Comisión Ejecutiva Confederal de CCOO ha hecho pública una resolución, ‘Distribuir la riqueza. Disputar las ideas’ en la que celebra el éxito de la investidura y el hecho de que se conforme un Gobierno en breve. “España necesita salir del bloqueo político y un Gobierno en plenas facultades para emprender una compleja y necesaria agenda reformista. Que esta labor se afronte desde posiciones progresistas es algo que desde CCOO veníamos demandando”.

    Para el sindicato, “el país necesita una agenda social para la mayoría y el Gobierno debe hacer de la lucha contra la esigualdad su bandera”. En este sentido, CCOO insta al próximo Ejecutivo a que convoque de inmediato las mesas de diálogo social para abordar, con sindicatos y patronal, la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), del indicador de renta de efectos múltiples (IPREM), de las pensiones; revertir la legislación laboral, revisar las formas de contratación y despido, así como otras importantes cuestiones que se deberán abordar a lo largo de la legislatura.

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  • Desde el 1 de enero de 2020, aumenta la duración del permiso de paternidad, será de 12 semanas

    Durante el año 2020 el permiso de paternidad será de 12 semanas, de las cuales las cuatro primeras se deberán disfrutar tras el parto. El resto podrá disfrutarse en cualquier momento dentro del primer año

    EQUIPARACIÓN TOTAL DE LOS PERMISOS DE PATERNIDAD Y MATERNIDAD EN 2021 

     A partir del 1 de enero de 2021 quedarán igualados los permisos. Serán de 16 semanas, las 6 primeras de obligado disfrute tras el nacimiento o adopción para ambos progenitores. 

     Las 10 semanas restantes se pueden distribuir, igualmente, a lo largo de los primeros 12 meses. 

     Una vez equiparado el permiso no será posible la cesión de semanas entre los progenitores. 

    permiso paternidad