Categoría: Salud Laboral

  • LA CARCOMA Nº 49

    El discurso sigue sin convencernos.
    Los resultados convencen, su aplicación NO. Los beneficios no mejoran los sueldos de los trabajadores, cada vez más alejados de la media del sector.

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  • La Prevención de Riesgos Laborales NO es una prioridad para Recursos Humanos

    Estas funciones las va a asumir la Unidad de Salud Laboral de Sevilla

    El nuevo Director de Recursos Humanos, al mismo tiempo presidente del  Comité Intercentros de Seguridad y Salud, (CISS), máximo órgano responsable de la Seguridad y Salud de los trabajadores del Monte, en la reestructuración del Organigrama de su área, ha desmantelado el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales, que venía desarrollando las funciones  para el cumplimiento no sólo de la ley, sino de la política preventiva de El Monte y de los compromisos adquiridos en el Código de Conducta y Responsabilidad Social, en materia de Prevención.


     


             Estas funciones han sido asignadas a la Unidad de Salud Laboral de Sevilla; un departamento con tres personas, saturado de trabajo, que ahora tendrán que asumir el de otros tres trabajadores que desarrollaban las tareas de Prevención, y dudamos mucho que puedan llevarlas a cabo de manera satisfactoria.


     


             Con esta medida, no sólo se está dejando bajo mínimos la actividad preventiva de la Entidad, sino que al mismo tiempo, hará que la Unidad de Salud Laboral  no pueda atender de igual forma que hasta ahora, sus responsabilidades,  en detrimento de la salud de todos los trabajadores.


     


             Es preocupante que hoy en día, cuando la Prevención en las empresas es sin duda un aspecto de gran relevancia y repercusión social y mediática, precisamente en una Entidad como la nuestra, que hace bandera de la Responsabilidad Social, en lugar de seguir siendo pioneros en el logro de mejoras, demos un  paso atrás de esta magnitud.


            


             Hemos transmitido esta inquietud a la Entidad, en la reunión del CISS celebrada hoy, y esperamos se sepan tomar las medidas adecuadas para reconducir esta situación.


            


              Por nuestra parte, en cumplimiento de nuestra responsabilidad como representantes de los trabajadores, haremos un permanente seguimiento para que no se produzca dejación en las obligaciones que en esta materia tiene la Entidad.


            


            


    Seguiremos informando.

  • INFOMUJER Nº 8

    Recomendaciones y normativa de utilidad para las trabajadoras embarazadas.

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  • Proyecto de Ley sobre el suministro consumo y publicidad del tabaco

    Proyecto de Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.


    La Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados con
    competencia legislativa plena, ha aprobado el Proyecto de Ley ahora
    denominado: Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora
    de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos
    del tabaco. El proyecto pasa ahora al Senado para su discusión.
    Posteriormente pasará de nuevo al Congreso para su aprobación
    definitiva. Esta previsto que la Ley entre en vigor el día 1 de enero
    de 2006.

    El proyecto que empieza con una exposición de motivos, se articula en cinco capítulos:

    Capítulo I: Disposiciones generales, objetivos y conceptos.

    Capítulo II: Regula la venta, suministro y consumo de tabaco.

    Capitulo III: Establece las disposiciones de publicidad y patrocinio.

    Capítulo IV: Incorpora medidas de prevención, programas de deshabituación tabáquica y crea un observatorio para la prevención.

    Capítulo V: Régimen de infracciones y sanciones.

    Ver texto del Proyecto
    de Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la
    venta el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del
    tabaco

  • Un juzgado de Bilbao reconoce la primera incapacidad absoluta en España a una víctima de acoso laboral

    La sentencia, que se encuentra recurrida, decreta que el trabajador, empleado de la empresa Carrocerías Hirurok, S.L. de Abadiño (Vizcaya), percibirá el 100% de su salario al estar imposibilitado para desarrollar actividad profesional alguna.


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    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD
    MUPRESPA

    El Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao ha
    concedido «por primera vez en el Estado español» la incapacidad permanente
    absoluta a un trabajador víctima de acoso laboral, según informó hoy LAB. La
    sentencia, que se encuentra recurrida, decreta que el trabajador, de iniciales
    A.S.R., y empleado de la empresa Carrocerías Hirurok, S.L. de Abadiño (Vizcaya),
    percibirá el 100% de su salario al estar imposibilitado para desarrollar
    actividad profesional alguna.

    La abogada de LAB y representante del demandante, Ohiane Mallagaray, dio a
    conocer hoy en rueda de prensa el contenido del fallo. Este indica que «debido
    al frenético ritmo laboral impuesto durante muchos años» y «los conflictos y
    problemas sufridos por la sobreactividad laboral impuesta», A.S.R. «tuvo un
    primer episodio de crisis de angustia en 1994».

    A partir de esa fecha, según la sentencia, el ex empleado de Carrocerías Hirurok
    padeció otros episodios depresivos y fue sometido a tratamiento psicológico y
    «terapia electroconvulsiva sin resultados satisfactorios».

    En la actualidad, continúa la resolución, A.S.R. es «un hombre derrotado y
    angustiado», que «tiende al llanto» y padece «sentimientos de inutilidad,
    desamparo e impotencia». Además, duerme poco, sufre pesadillas y padece «un
    retraimiento social grave, al punto de que pasa casi todo el día recluido y
    encamado». Producto de la falta de apetito, ha adelgazado 21 kilos. La
    sentencia, que se remite a «la exploración actual» de la víctima, afirma también
    que ésta «verbaliza continuamente deseos de morir» y relata «detalladamente
    planes específicos de suicidio».

    Además de contra la empresa, la demanda fue interpuesta contra el Instituto
    Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y la
    Mutua Fremap. El fallo, que se encuentra recurrido, decreta que A.S.R. deberá
    recibir una pensión vitalicia de 2.124,65 euros (el 100% de su base reguladora)
    que deberá pagar la Mutua Fremap.

    Ohiane Mallagaray informó de que presentará una nueva demanda para reclamar
    daños y perjuicios a la empresa, de la que aseguró que no ha adoptado ninguna
    medida para que no se vuelva a repetir la situación padecida por A.S.R.

    Europa Press