Categoría: Salud Laboral

  • EL ACOSO SEXUAL: UNA DISCRIMINACIÓN MAS

    Desde la Secretaría de la Mujer de Comfía-Andalucía se va a llevar a cabo una campaña de sensibilización y concienciación del Acoso Sexual, como una discriminación por razón de sexo, ante las situaciones detectadas en distintas empresas, y que se están gestionando incorrectamente por desconocimiento tanto de la plantilla como de los responsables de las mismas.

    Desde la Secretaría de la Mujer de Comfía-Andalucía se va a llevar a cabo una campaña de sensibilización y concienciación del Acoso Sexual, como una discriminación por razón de sexo, ante las situaciones detectadas en distintas empresas, y que se están gestionando incorrectamente por desconocimiento tanto de la plantilla como de los responsables de las mismas.

    En CC.OO Unicaja nos hacemos eco de esta campaña, que nos parece muy necesaria y oportuna, porque lejos de creer que en las grandes empresas esto no se da, nos encontramos, en ocasiones, con casos que no se denuncian pero que existen, con el grave perjuicio para las personas que lo sufren; y que cuando deciden denunciar se encuentran con muchas dificultades, y pocas soluciones o soluciones no válidas.

    En la Plataforma deL Convenio Colectivo de Ahorro de CC.OO. que actualmente venimos negociando, hemos planteado como uno de los ejes fundamentales de esta negociación colectiva, la eliminación de las discriminaciones por razón de sexo, apostando por la IGUALDAD DE OPORTUNIDADES y, dentro de esta, la regulación del ACOSO SEXUAL, posibilitando que en las empresas se creen procedimientos específicos para el tratamiento de los casos de acoso sexual, siguiendo la normativa de la Directiva de igualdad de Trato 2002/73/CE, y el código de Conducta Europeo.

    Aprovechamos esta portada de nuestra revista para presentaros un pequeño avance, explicando a grandes rasgos qué es el acoso sexual, cómo identificarlo, cómo actuar frente a él y cómo está regulado.

    Ö Por acoso sexual se entiende, la situación en que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

    Ö Constituye acoso sexual los comportamientos que van desde bromas sobre el sexo o abuso del lenguaje, pasando por comentarios o gestos ofensivos, contacto físico deliberado y no deseado, invitaciones impúdicas y/o comprometedoras, hasta demandas de favores sexuales acompañadas de mejora de condiciones de trabajo o amenazas sobre las mismas.

    Ö Está regulado en el Estatuto de los trabajadores y trabajadoras, en la ley de Prevención de Riesgos laborales, en el Código penal y en Directivas comunitarias.

    Ö La empresa es responsable de prevenir el acoso sexual, ya que tiene la obligación de crear un clima de respeto y dignidad en el trato a todas las personas que para ella trabajan.

    El Código de Conducta dice que el acoso sexual contamina el entorno laboral y puede tener un efecto devastador sobre la salud, la confianza, la moral y el rendimiento de las personas que lo padecen. Tambien tiene consecuencias negativas para los empresarios, ya que afecta directamente al clima en el que sus empleados y empleadas tienen que trabajar, un clima donde no se respeta la integridad del individuo; el acoso sexual puede constituir delito o contravenir otras obligaciones en materia de salud y seguridad, impuestas por la Ley.

    Ante el Acoso Sexual, CC.OO. defiende la TOLERANCIA CERO; por tanto esta campaña tendrá una difusión y seguimiento importante desde nuestra acción sindical en UNICAJA.

  • ¿Diseño? Sí, pero sin agredir a las personas

    24 07 03 En el edificio Landscape hay un problema grave de exceso de luz que provoca reflejos en las pantallas y hace imposible trabajar con unas condiciones mínimas. (PDF:Cat. / Cast.)

    ¿Diseño? Sí, pero sin agredir a las personas

    Últimamente, el Grupo Banco Sabadell ha optado para dar importancia al diseño en la forma de entender la nueva imagen de las oficinas y el nuevo centro corporativo del edificio Landscape (B-30). De entrada no tendríamos nada que decir si este diseño fuera respetuoso con las condiciones de trabajo de sus usuarios, pero por lo que vamos viendo resulta ser todo al contrario. Evidentemente, hay aspectos positivos, pero entendemos que a la hora de decidirse a hacer un cambio de esta magnitud debería haberse tenido en cuenta que estas oficinas o edificios son además lugares de trabajo y que hay personas que pasan buena parte de las 24 horas del día. Existe la sensación bastante generalizada de que algunos arquitectos de élite, como puede ser este caso, tienen poco en cuenta quién ha de ocupar los edificios que ellos diseñan, y esto debe ser lo que ha pasado en el Grupo Banco Sabadell. En referencia al edificio Landscape, aparte de otros, hay un problema grave de exceso de luz, que provoca reflejos en las pantallas y hace casi imposible trabajar con unas condiciones mínimas; por lo tanto, esta situación de reflejos y de exceso de luz está perjudicando de forma directa la salud de los usuarios de este edificio, que está ocupado desde el 27 de abril y hasta la fecha la empresa aún no ha decidido qué medida correctora aplicará para eliminar este grave problema. En cuanto a la nueva imagen de las oficinas, podríamos decir casi lo mismo: posibles problemas por exceso de luz en función de la ubicación de la oficina, repetición de antiguos problemas endémicos como exceso de cableado debajo de la mesa, dificultad en la ubicación de las impresoras, mala ubicación de los terminales en los lugares de atención diferenciada a clientes, etc. Y el hecho más sorprendente es que a pesar de que, saben la existencia de toda esta problemática, los proyectos siguen su ritmo sin solucionar nada al respeto, puesto que en Landscape la ocupación es casi total y a partir del 21 de julio se inician reformas integrales en unas 16 oficinas. Desde CCOO hemos insistido reiteradamente que se tiene que reconducir esta situación y que se tienen que aprovechar estas reformas para conseguir unos lugares de trabajo en buenas condiciones, pero hasta la fecha los hechos nos vienen a demostrar que la empresa va a piñón fijo y que la importancia que esta empresa da a los trabajadores es pura retórica. Esperamos que la dirección de esta empresa ponga los medios necesarios para solucionar esta situación, ya que ahora es el momento. Si no es así desde CCOO nos veremos obligados a llegar donde haga falta para que el Grupo Banco Sabadell cumpla como mínimo con lo que se estipula en la legislación vigente sobre Prevención de Riesgos Laborales. Continuaremos informando.

    Sabadell, 24 de julio de 2003

  • El «clima laboral»

    02 06 03 Este comunicado es la denuncia pública de un cúmulo de situaciones que hacen que, actualmente, esta empresa esté muy alejada de ser un modelo en la gestión de recursos humanos. (PDF:Cat. / Cast.)

    EL “CLIMA LABORAL”

    Este comunicado es la denuncia pública de un cúmulo de situaciones que hacen que, actualmente, esta empresa esté muy alejada de ser un modelo a seguir en la gestión de recursos humanos.

    Todos sabemos que entrar en bolsa significa para cualquier empresa estar sometida a un continuo y exhaustivo control por parte de los expertos en inversión bursátil. También sabemos que el mercado no valora las acciones de una empresa por la bondad de su gestión con los trabajadores o la riqueza que aporta a la sociedad, ni siquiera valora la verdadera riqueza patrimonial y productiva de la empresa, se trata sólo de especulación. Así se producen fenómenos tan curiosos y antisociales como el hecho de que cuando una empresa anuncia importantes recortes de plantilla sus acciones suben como la espuma.

    Aun así, estamos convencidos, porque hay ejemplos, de que es posible gestionar los recursos humanos de una manera ética y razonable que propicie que los trabajadores de una empresa se sientan cómodos y satisfechos de formar parte de la misma, que no es lo mismo que un altísimo porcentaje de la plantilla esté satisfecha CON SU TRABAJO, tal y como indica la encuesta de clima laboral, porque eso depende de la propia persona y su nivel de responsabilidad, algo que los trabajadores de esta empresa han demostrado siempre. Otra cosa es la satisfacción CON LA EMPRESA, que analizando los resultados de la encuesta es realmente bajo. Nosotros opinamos que para conseguir que los empleados se sientan implicados en el proyecto de una empresa hay que respetar sus derechos y condiciones laborales y propiciar una comunicación fluida y transparente entre la dirección y los empleados. Los trabajadores somos los principales clientes de recursos humanos y, a la vez, representamos un segmento importante de clientela del banco. Por ese motivo recibimos periódicamente, en nuestro puesto de trabajo, las informaciones sobre productos que podemos comprar al banco, pero también deberíamos disponer de toda la información que necesitamos como trabajadores y recibir el respeto que nos merecemos como personas. No es ésa la realidad laboral en el Grupo Banco Sabadell.

    La desinformación o manipulación de la información es una de las formas más sutiles y efectivas de anular derechos laborales. La empresa dispone de todos los medios para comunicarse con los empleados, así como para normativizar las relaciones laborales. El hecho de que no exista soporte físico de las normas laborales facilita que puedan modificar, anular o crear normativas a una velocidad vertiginosa. En el último año han desaparecido del Manual de Recursos Humanos muchos epígrafes, entre ellos el Convenio Colectivo de Banca, principal norma reguladora de nuestro sector. Es habitual que aparezcan en revisión, durante meses, algunas normativas y, en paralelo, producen y sustituyen normas incansablemente. Con este método logran algo muy importante para ellos: EL TOTAL DESCONOCIMIENTO DE LOS TRABAJADORES DE SUS DERECHOS. Es fácil comprender que un empleado de nuevo ingreso crea que es legal trabajar 50 horas a la semana aunque cobre por 40, que le desplacen sin compensarle a 40 kilómetros de su residencia o del centro de trabajo para el que ha sido contratado, que no puede hacer vacaciones más que cuando se lo autoriza su superior, que si tiene que ir al médico sólo puede hacerlo si le autoriza la empresa, que es su culpa si el trabajo se acumula, que también es su culpa si comete un error por intentar agilizar el servicio al cliente, incluso puede creer que es normal que le despidan si está de baja por depresión y pasea y por supuesto, también es culpa del trabajador si no conoce exhaustivamente el puesto de trabajo que le asignan, aunque la empresa no le haya dado la formación necesaria, o que esa formación necesaria es normal que la haga de su tiempo libre.

    Por otra parte, a fin de impedir que los representantes de los trabajadores evitemos en lo posible esta continua manipulación de la información, nos han prohibido el uso del correo electrónico de manera expeditiva. Ellos saben perfectamente que los comunicados escritos no llegan a toda la plantilla y que nuestros recursos son muy limitados así que, junto con la manipulación a los trabajadores, su estrategia con los representantes es la misma: negarnos información, impedirnos acceder a todos los trabajadores y enfrentarnos a una guerra judicial continua que dilata en el tiempo las soluciones a los problemas. ÉSTE ES EL NUEVO MODELO DE EMPRESA QUE SE ESTÁ CONSTRUYENDO. UN MODELO QUE NO COMPARTIMOS Y QUE VAMOS A COMBATIR CON TODAS NUESTRAS POSIBILIDADES.

    ¿Se quejan los trabajadores por vicio? A nosotros nos parece que no. A continuación vamos a enumerar sólo algunos de los graves hechos que provocan el malestar de los empleados hacia la empresa y que nos están llevando a los TRIBUNALES en una continua guerra por impedir el objetivo prioritario de los recursos humanos de esta empresa: CREAR UN MARCO LABORAL INTERNO BASADO EN LA DESINFORMACIÓN QUE ANULE Y LIMITE PAULATINAMENTE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.

    CONFLICTO COLECTIVO POR LA PENSIONABILIDAD DE LOS PLUSES VOLUNTARIOS. Se niegan a pensionar, en el contrato entregado a los técnicos en junio de 2001, el porcentaje que corresponde, según la edad efectiva de jubilación, de los pluses voluntarios B05 y E07, establecidos en Acuerdo colectivo del 17-9-1990. No han externalizado los mencionados pluses, tal como obliga la Ley y el Acuerdo Colectivo, a los administrativos ni al Colectivo AZ. Este segundo incumplimiento nos llevará no sólo a los tribunales laborales sino a denunciar el incumplimiento ante la Dirección General de Seguros y el Banco de España.

    El acto de conciliación de esta demanda se celebró sin avenencia y estamos esperando fecha de juicio.

    CONFLICTO COLECTIVO POR LOS ATRASOS DE LA PAGA DE OCTUBRE Y EL DERECHO A LA MISMA PARA LOS TRABAJADORES DE NUEVO INGRESO. En junio de 2001 exigimos a la empresa que abonara los tres meses que debía de esta paga a los trabajadores que se incorporaron en el banco a partir de 1992, fecha en que la paga de octubre pasó a devengarse por el tiempo trabajado desde septiembre de un año a octubre del siguiente. Durante varios meses pareció que, entendiendo que lo que reclamábamos era lo legal, iban a abonar los atrasos, pero la realidad se impuso y ante el evidente incumplimiento de su palabra procedimos a entablar demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional. Por otra parte, la eliminación de la paga creó una doble escala salarial, generando trabajadores de segunda clase que no perciben ni la paga de fiestas suprimidas, ni el plus E07 y ahora tampoco la paga de octubre. En definitiva, un empleado que ingresa actualmente en el Sabadell no cobra ni lo que establece el convenio, puesto que no le van a pagar horas extras. Aquí vemos de nuevo la importancia de la desinformación que fomentan.

    El acto de conciliación se celebró sin avenencia y se celebrará el juicio el 5 de junio.

    CONFLICTO COLECTIVO POR MODIFICACION DE LA NORMATIVA “APLICACIÓN DE LA POLITICA DE GASTOS”. Con esta normativa han sustituido unilateralmente la anterior normativa que regulaba los desplazamientos. Es una normativa parcial y sesgada en la que se atribuyen decisiones y/o competencias que no les corresponden porque son cuestiones reguladas en el Estatuto de los Trabajadores o en el Convenio Colectivo y, evidentemente, una norma interna no puede suplantar la Ley. Por ejemplo, en dicha normativa se afirma que en ningún caso se pagarán desplazamientos estructurales de menos de 25 kilómetros, sin embargo el Convenio de Banca establece en su artículo 30 que las empresas colaborarán en ese tipo de desplazamientos y los tribunales suelen obligar a las empresas a pagar, como mínimo, el coste del transporte público. Además, el citado artículo establece una serie de criterios para llevar a cabo la cobertura de vacantes, entre otras cuestiones, que sean publicadas y tener en cuenta las peticiones voluntarias de los empleados, algo que ni recoge la normativa interna ni de hecho llevan a cabo en la práctica. Así mismo, afirman que en los traslados de más de 25 kilómetros “valorarán” si han de compensar o no al empleado, de nuevo se atribuyen un poder que no tienen, tanto el Estatuto como el Convenio estipulan toda una serie de condiciones para proceder a un traslado y, desde luego, el coste del mismo es a cargo de la empresa. En aplicación de esta norma interna se ha procedido en algunos casos a retirar el importe de kilometraje a empleados que venían cobrándolo; esa acción es totalmente ilegal y se debe presentar demanda individual ante los tribunales laborales.

    Por nuestra parte hemos procedido a llevar a cabo la única acción jurídica colectiva que podemos plantear y es demandar ante la Audiencia Nacional el hecho de que han modificado unilateralmente la norma de trabajo, sin consultar a la representación de los trabajadores.

    CONFLICTO COLECTIVO POR LA NORMA “USO DE LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN”. Con esta normativa pretenden evitar el abuso por parte de los empleados en la utilización de las tecnologías de la información, así como protegerse de posibles agresiones externas a los sistemas informáticos. Meses atrás propusimos a la empresa negociar esta cuestión a fin de establecer un marco consensuado de seguridad para la empresa y que respetara el derecho a la intimidad de los trabajadores, con una lógica permisibilidad en el uso de las tecnologías, porque NO SE PUEDE EXIGIR AL TRABAJADOR QUE SU VIDA PRIVADA QUEDE CASI ANULADA EN VIRTUD DE LAS MÚLTIPLES EXIGENCIAS DE LA EMPRESA Y, POR EL CONTRARIO, CON TOTAL DESFACHATEZ IMPEDIRLE QUE ESA MÍNIMA VIDA PRIVADA “CONTAMINE” LA LABORAL QUE, EN ALGUNOS CASOS, ES DE 10 HORAS DIARIAS. Por supuesto, no aceptaron negociar, ellos estaban decididos a acabar de un plumazo con el debate social que existe respecto a los límites de la potestad de las empresas y el derecho a la intimidad de los trabajadores, así que publican la normativa y lo hacen de una manera tan genérica y tan prepotente, que se limitan a recordarnos que todo, incluido el teléfono, pertenece a la empresa y que nos pueden espiar aleatoriamente. Esperpentizando un poco este tema, llegamos a la conclusión de que recibir llamadas de casa porque alguien está enfermo puede provocar que nos despidan y que a partir de ahora deberemos vivir con la paranoia de ser espiados. Nadie, ni los que han redactado la norma en cuestión, puede dejar su vida a las puertas de la entrada al banco (¿Acaso se creen dioses los dirigentes de esta empresa?). En su afán de ahorrar costes, se dedican a prohibir y amenazar cargando, de nuevo, toda la responsabilidad y las culpas al empleado. Recursos humanos no respeta la documentación relativa a “la vigilancia de las comunicaciones electrónicas en el lugar de trabajo” emitida por el Grupo de Trabajo “artículo 29”, creado en virtud del art. 29 de la Directiva europea 95/46/CE (se trata del órgano consultivo independiente de la UE sobre protección de los datos y la vida privada y está compuesto por representantes de los Estados miembros de UE). El documento en cuestión dice que considera que “la prevención debería prevalecer sobre la detección (…) en este contexto, las soluciones tecnológicas pueden resultar especialmente útiles. Prohibir que los trabajadores utilicen Internet con fines privados no parece razonable”. El documento recomienda que los empleadores establezcan mecanismos de aviso a los trabajadores como ventanas de advertencia o que pongan límites tecnológicos, NO QUE ESPÍEN TODO EL TIEMPO SIN AVISAR. También recomienda el texto que se proporcione a los trabajadores dos cuentas de correo electrónico “… A) una de uso profesional exclusivo, en la que se permitiría un control dentro de los límites del presente documento y B) otra de uso estrictamente privado (o con autorización de utilizar el correo web, que sólo sería objeto de medidas de seguridad…). Resumiendo: existen métodos más razonables y más respetuosos con las personas para que una empresa se proteja de los posibles abusos, lo que pasa es que son un poco más caros que el sistema elegido por esta empresa, que de manera recurrente se decanta por exigir responsabilidades a los empleados y no gastar nada. Además, no nos engañemos, desde siempre las empresas han podido sancionar los abusos de sus trabajadores. La Ley ya les protege lo suficiente al respecto, no necesitaban publicar esta normativa que pretende cazar moscas a cañonazos y que supone otra ofensa añadida a la habitual falta de respeto con que nos tratan.

    Hemos interpuesto conflicto colectivo ante la audiencia por no respetar el debido derecho a la información de los representantes de los trabajadores respecto a la confección de normas de control de los sistemas de trabajo.

    CONFLICTO COLECTIVO POR EL REDONDEO LLEVADO A CABO EN LOS PRÉSTAMOS A EMPLEADOS. En este tema también intentamos llegar a un acuerdo con la empresa, pero se negó y en consecuencia interpusimos Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional. (Esto ya se hizo con sentencia favorable en el Banco Asturias.)

    La conciliación se celebró sin avenencia el pasado 19 de febrero, estamos en espera de fecha de juicio.

    DEMANDAS INDIVIDUALES POR ABSORCIÓN DE LA PAGA DE OCTUBRE AL PRODUCIRSE LA EQUIPARACIÓN SALARIAL A NIVEL VIII ASIMILADO. Cuando procedieron por decisión unilateral a prorratear la paga de octubre en el concepto B50, afirmando que la consolidaban, manifestamos nuestra disconformidad con que la paga se incluyera en un concepto que está definido como absorbible y compensable. Sabíamos que no podíamos impedirlo por vía judicial, así que no nos quedaba más remedio que confiar en la palabra del entonces Director de Recursos Humanos que nos prometió que esta paga no se absorbería por aplicación de conceptos de Convenio. No era verdad, inmediatamente empezaron a absorber la paga a todos aquellos trabajadores administrativos, que, por antigüedad, se les asimila su salario al Nivel VIII.

    Hemos presentado tres demandas individuales de las que ya se han celebrado las conciliaciones sin avenencia y esperamos fecha de juicio; nuestra intención es, en función del resultado, plantear Conflicto Colectivo.

    Por otra parte, la mencionada práctica de anular epígrafes del Manual del Empleado, así como el mensaje que aparece en muchos de ellos, a veces durante meses, de «en revisión” consideramos que está generando una inseguridad jurídica tremenda en las relaciones laborales y esperamos que exista alguna posibilidad de plantear esta situación ante los tribunales laborales, porque entendemos que supone, otra vez, un desprecio a los trabajadores y a la supuesta buena fe y seguridad contractual que debe regir toda relación laboral.

    Existen muchos mas conflictos de carácter colectivo, como el traslado a la B30, o individuales, como son los relacionados con cuestiones de salud laboral, despidos o el impago a los trabajadores en situación de incapacidad transitoria de mas de un año. Desgraciadamente, no siempre podemos informar a los empleados de los múltiples temas individuales o colectivos que abordamos porque, tal y como os decíamos, esta empresa nos ha prohibido el uso del correo electrónico para comunicarnos con los trabajadores y, por otra parte, porque no podemos enviar ocho mil escritos para informar a toda la plantilla cada vez que emitimos un comunicado. Además, somos conscientes de que los empleados se sienten, muchas veces, saturados de tanta información. Es imposible que una persona pueda asumir la cantidad de información que la empresa exige que conozcamos. Eso sí, el bombardeo de información por su parte es exclusivamente para exigir: exigir conocimiento exhaustivo de los productos que vendemos, exigir el cumplimiento de objetivos impuestos unilateralmente, exigir el adiestramiento en el uso de las tecnologías necesarias para llevar a cabo el trabajo, exigencia de extensión de jornada gratuita, exigencia de cumplimiento de normativa, exigencia de donar nuestro talento a la empresa, exigencia de calidad, etc.

    Despreciamos este modelo de gestión de los recursos humanos y exigimos a la dirección de esta empresa que rectifique sus políticas de gestión. No creemos que una situación continua de tensión, basada en la prepotencia y el despotismo y que judicializa las relaciones laborales, sea una vía ética ni válida para de asegurar los beneficios y la sostenibilidad del banco.

    Sabadell, 2 de junio de 2003

  • Revisiones médicas. Un año más… lo mismo

    23 05 03 Una vez más, la empresa solicita una sola firma para la aceptación del reconocimiento médico y del tratamiento de datos. (PDF:Cat. / Cast.)

    Revisiones médicasUn año más… lo mismo

    Una vez más la empresa, en boca del Servicio de Prevención, ha vuelto a enviar a las personas que durante este año tienen que hacer la revisión medica una hoja donde se pide la firma de aceptación del reconocimiento médico y, a la vez, esa misma firma es también para la aceptación del tratamiento de datos por parte del personal sanitario de Medicina del Trabajo de la empresa.

    Este tema, si lo recordáis, ya es el tercer año que se repite. El primer año hubo un cierto revuelo entre la plantilla, ya que la carta era bastante incomprensible y en ella también se pedía una sola firma para la autorización del reconocimiento y para el tratamiento de los datos. En aquel momento se habló con la empresa y el servicio de prevención y se acordó que el error ya estaba hecho, pero que para años sucesivos se pedirían dos firmas, una para la aceptación del reconocimiento médico

    y la otra para la aceptación o no de nuestros datos médicos.

    Sin embargo, el año pasado, cuál fue nuestra sorpresa al ver otra vez que se volvía a actuar de la misma manera. Volvimos a hablar con la empresa y el servicio de prevención, y después de conversaciones estériles nos dijeron que era lo que habían decidido y que si alguien se negaba a firmar la autorización no tendría acceso a la revisión. Entonces unos cuantos hicimos una carta paralela donde indicábamos expresamente que no dábamos la autorización, pero que queríamos hacer la revisión médica. Sorprendentemente observamos que se convocó a estas personas a hacer la revisión, pero hasta la fecha no tenemos constancia que el Servicio Medico haya destruido sus resultados médicos.

    Por lo tanto, creemos que tiene que aclararse este aspecto de una vez por todas, por lo que nos hemos puesto en contacto con nuestros servicios jurídicos de CCOO y con la Agencia de Protección de Datos, para que nos digan expresamente si podemos ejercer la libertad de decidir si queremos o no que el Servicio Médico del Banco Sabadell pueda tener y tratar nuestros resultados médicos. Cuando tengamos algún resultado de estas consultas, en el caso de que nos den la razón, si la empresa continúa negándose a cambiar de actitud, nos veremos obligados a denunciar este hecho donde haga falta. De todas maneras, hay que pensar que cualquier documento donde se tenga que firmar siempre se puede modificar y, por lo tanto, siempre se puede tachar lo que no estemos conformes.

    Continuaremos informando.

    Sabadell, 28 de mayo de 2003

  • Encuesta «clima laboral»

    16 04 03 La encuesta pone de manifiesto que a una gran parte de la plantilla le falta confianza en la organización de esta empresa. (PDF:Cat. / Cast.)

    ENCUESTA DE CLIMAEl dedo en la llaga

    «Satisfacción general» o «Satisfacción en general» La Organización ha comunicado a la plantilla que el índice de «Satisfacción general» del 71% de las personas que contestaron la encuesta es del 67%. Según el documento publicado por la propia empresa en intranet, este porcentaje corresponde a la respuesta a la pregunta… «En general, ¿estoy satisfecho con mi trabajo en el Grupo Banco Sabadell?» De hecho, esta apreciación corrobora la impresión que, desde CCOO, siempre hemos transmitido a la Dirección del Banco. La mayor parte de las personas que trabajan en el Banco quieren realizar su tarea correctamente y asumir la responsabilidad que les compete. Pero, ¿ESTAMOS CONTENTOS CON EL BANCO? Recientemente, ESADE ha actuado como socio académico en un estudio de la consultora GPTW sobre clima laboral. En este estudio han participado 12069 trabajadores y trabajadoras de muchas empresas, todas ellas españolas. Respecto a esta encuesta, más del 70% de las personas que han participado consideran que su empresa es un buen lugar para trabajar. Los profesores de ESADE que han intervenido en este trabajo concluyen que una gran empresa para trabajar es «aquélla en la que los empleados perciben credibilidad en su organización, respeto y trato justo por parte de la dirección y trabajan en un entorno de compañerismo y cooperación». ¿Estamos contentos con el Banco? Para conocer el grado de satisfacción de los empleados y empleadas con el Banco hemos escogido y clasificado las afirmaciones de la encuesta que nos parece pueden darnos pistas para responder a este interrogante. De esta manera (como puede comprobarse en el cuadro del reverso de este escrito) podemos hablar básicamente de «como nos sentimos» (ambiente de trabajo y trato personal con la plantilla), que grado de confianza tenemos en esta empresa de cara al futuro (confianza en la organización) y que percepción tenemos de nuestra imagen en el sector (imagen de éxito y liderazgo en el sector). En todos los aspectos reseñados en el párrafo anterior se detectan, como dice el informe publicado por el Banco, áreas o aspectos con más «potencial de desarrollo»; es decir, que deben mejorarse. En algunos casos, los resultados son bastante negativos, como puede observarse en el cuadro que reproducimos. Unas prioridades sospechosas El día 19 de marzo, el Señor Oliu nos envío una carta a todos los empleados y empleadas haciendo referencia a los resultados de la encuesta de clima. Se destacaban los aspectos más valorados y los «apartados prioritarios susceptibles de mejora». Desde CCOO hemos intentado realizar el mismo ejercicio que se ha hecho desde la dirección del Banco: descubrir los aspectos más preocupantes. Lo más curioso es que las prioridades del Banco no coinciden ni en aquellos aspectos que la propia encuesta valora como más negativos, ni en un intento de realizar una gestión equilibrada de las tres patas de la mesa (ambiente de trabajo y trato personal con la plantilla, confianza en la organización e imagen de éxito y liderazgo en el sector). ¿Para esto quería el Banco realizar una encuesta de clima? Para dar prioridad solo a algunos aspectos y olvidar u obviar aquellos que la propia encuesta manifiesta como muy deficitarios. De hecho, si ya tenían decidido lo que querían hacer no hacía falta ninguna encuesta. Basta de palabras Ya no sirven solo las palabras. La realización de esta encuesta tenía que ir acompañada, según nos comunico la propia empresa, de acciones concretas, transparentes y claras. Deben comunicarnos las políticas de empresa y de recursos humanos que pretender hacer mejor a esta organización y que todos estemos más satisfechos, no solo con nuestro trabajo (que también) sino con el hecho de trabajar en el Grupo Banco Sabadell. Es necesario, también, que las condiciones salariales y laborales que nos aplican sean más satisfactorias. Hasta ahora la empresa se ha llenado la boca pidiéndonos confianza y colaboración. Ahora es el momento de dejarse de demagogia y falsas promesas. Ahora deben comunicarnos que piensan hacer y como y cuando. Está claro -como la propia encuesta pone de manifiesto- que a una gran parte de la plantilla le falta confianza en nuestra organización. De la dirección de la Empresa depende hacía donde se incline la balanza.

    Sabadell, abril de 2003