Categoría: Sector Financiero

  • LA FORMACION SE PAGA, EL DESCANSO ES TU DERECHO

    Este acuerdo es un avance para la plantilla del GCC y para un sector financiero que cada vez exige más a cambio de menos, con plantillas arrastradas a una espiral asfixiante de presión comercial, que necesitan medidas que mejoren el descanso, la conciliación y la salud laboral.

    Ni un paso atrás en nuestros derechos. Tras la firma de la renovación y mejora del acuerdo de formación, desde CCOO hemos vuelto a garantizar que tu esfuerzo no sea gratuito. No solo se mantienen, sino que mejoramos tus días de compensación.

    Próximamente, verás cargados en el mal llamado “aplicativo de absentismos” (no todo es absentismo) estos días que te pertenecen. No son un regalo de la empresa, te lo has ganado tú, es tiempo recuperado de tu vida, es + tiempo para vivir.

    Desde CCOO no nos hemos limitado a renovar; hemos pasado a proponer una batería de mejoras para ampliar lo ya conquistado:

    • Inclusión de más cursos computables.
    • Aumento de días por nueva formación y recertificaciones.
    • Cláusula abierta para blindar la compensación ante futuros requisitos formativos.

    Aquí tienes la nueva tabla con la compensación que podrás disfrutar en 2026, gracias a la retroactividad de la aplicación conseguida para la formación realizada en 2025:

    No olvidemos de dónde venimos: esta compensación por la formación existe únicamente porque CCOO denunció a la empresa con un Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional. Fue la justicia la que obligó a la Entidad, cerrada entonces a negociar, a sentarse y reconocer nuestro tiempo.

    Este acuerdo es un avance para la plantilla del GCC y para un sector financiero que cada vez exige más a cambio de menos, con plantillas arrastradas a una espiral asfixiante de presión comercial, que necesitan medidas que mejoren el descanso, la conciliación y la salud laboral.

    Tienes disponibles a tus delegados y delegadas de CCOO para cualquier consulta

    EL DESCANSO ES TU DERECHO, LA FORMACIÓN SE PAGA

  • COMPUTO DIAS PARA INCENTIVOS RED: CON LOS DERECHOS NO SE JUEGA

    La empresa ha establecido como “penalizaciones” permisos recogidos en nuestro convenio colectivo como tiempo efectivo de trabajo

    Hoy, viernes 23.01.26, termina el plazo para alegaciones sobre el computo de asistencia 2025 en la red comercial para el cobro de incentivos.

    La empresa ha establecido como “penalizaciones” permisos recogidos en nuestro convenio colectivo como tiempo efectivo de trabajo, por lo que hemos reclamado a RRHH la exclusión de estos permisos de los absentismos penalizados en el cómputo anual de asistencia.

    La misma empresa comunica que: (…) el calculo de la asistencia se ha realizado considerando (…) “tiempo efectivo de trabajo anual”(…), y esto consideramos que no se está realizando conforme a norma, ya que vulneran el art. 20.7. que establece expresamente: “Las licencias retribuidas, no recuperables, existentes en el convenio colectivo […] tendrán la consideración de tiempo de trabajo efectivo.”

    Comprobamos que se está penalizando por:

    • Permisos recogidos en el art.25: (permisos por matrimonio, enfermedad grave, fallecimiento, mudanza, exámenes, etc).

    Con este criterio establecido por la Dirección, se estaría y se estaría transformando injustamente una situación justificada y retribuida en un absentismo, lo cual supone una interpretación contraria al Convenio.

    • Días adicionales de vacaciones recogidas en el art. 21 de dicho convenio (las llamadas “compra de vacaciones”).

    El apartado de Vacaciones del Convenio, regula de forma muy clara las vacaciones como un derecho del trabajador/a, nunca como una ausencia sancionable o computable negativamente, la ampliación de vacaciones voluntarias, por compra, tiene la misma naturaleza jurídica que las vacaciones ordinarias y así se ha de considerar.

    ? No pueden generar impacto negativo en retribuciones variables.
    ? Cualquier tratamiento como absentismo sería contrario al Convenio.

    Por lo que hemos reclamado que se rectifiquen los criterios y se adecuen a la normativa que es de aplicación, con  nuestros derechos no se juega. Os seguiremos informando.

    Nota: Recuerda que el permiso cotizado no retribuido de hasta 32 días por conciliación se consiguió negociar , junto con el último plan de Igualdad, que sí computan para el cobro de incentivos.