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  • Tercera reunión de la mesa de negociación del Convenio de Paradores de Turismo

    • El pasado 13 de enero, la mesa negociadora Convenio Colectivo de Paradores de Turismo mantuvo la tercera reunión.

    En esta ocasión la empresa no nos ha facilitado propuesta por escrito como se acordó en la reunión anterior del artículo 13 (Procedimiento para la cobertura de puestos de trabajo y concursos de traslados y promoción), pero si nos plantea y nos traslada propuesta por escrito de reclasificación del personal del artículo 15, y un borrador de propuesta del artículo 11.5 correspondiente a las horas complementarias/consolidadas del convenio vigente.

    En el primer asunto, el planteamiento que nos ha presentado la empresa es el acomodo definitivo de las categorías laborales al marco normativo que nos corresponde, que como sabréis es el ALEH. Recordamos a la empresa que la revisión del artículo 13 pasa por estudiar numerosos cambios presentados en nuestra plataforma conjunta, eliminación de las penalizaciones por suspenso, vigencia de la prueba, eliminación de la libre disposición en niveles 1, creación de la permuta, etc., aunque la empresa sigue planteando la libre disposición de los niveles 1 y 2, esta propuesta ha sido rechazada de plano por la RLT.

    En el segundo asunto, se ha planteado un borrador de una propuesta para acometer la organización de la realización de las horas complementarias, los términos de consolidación o no de las mismas, y la revisión de la jornada. En este punto destacamos la ausencia de alguna información importante para estudiar la documentación enviada y recordamos a la empresa la necesidad de crear las plantillas estructurales.

    En ambos casos, el retraso en el envío de la documentación a la RLT por parte de la empresa, no ha permitido que se acuerde ningún aspecto, aunque sí hemos podido hacer consultas y plantear dudas de ambos puntos para poder estudiarlos convenientemente.

    Al mismo tiempo, se volvió a poner en la mesa la necesidad de ampliar el plan de rejuvenecimiento (jubilaciones parciales), vencido el 31/12/2021 y acometer la negociación del mismo, que como sabéis, es una prioridad para los miembros del Comité Intercentros. Aunque es un aspecto que no pertenece propiamente a la negociación del convenio, es un asunto que nos preocupa y así lo hemos transmitido en todas y cada una de las reuniones con la Dirección de RRHH. La respuesta ha sido positiva, y la empresa se emplaza a enviarnos la propuesta con los términos para proceder al estudio de los mismos.

    Debido a la situación pandémica actual esta reunión se ha hecho de forma telemática, y quedamos a la espera de confirmación de la siguiente reunión de la mesa negociadora para seguir avanzando en la negociación del nuevo convenio.

    Seguiremos informando

    Comunicado conjunto del Comité Intercentros

  • Publicado en el BOE el Convenio Colectivo de minoristas de Droguerías, Perfumerías y Herboristerías

    Se ha publicado, en el BOE, el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías. Con la publicación del convenio, y tras casi tres años de negociación, ya se pueden aplicar las mejoras que en él se recogen.

    De manera resumida, os detallamos las más relevantes:

    • A partir de hoy, las empresas tienen dos meses, como máximo, para abonar los atrasos de la subida anual del 2021, que es del 1,9%, y que se debe aplicar al Salario Base de Grupo, Salario Base personal, complemento ad personam y complemento salarial de homogeneización. El incremento salarial pactado no podrá ser compensado ni absorbido de los complementos salariales o extrasalariales de cualquier naturaleza que puedan tener las personas trabajadoras en los Grupos Profesionales I, II y III.
    • Además de la subida salarial del 2021, los trabajadores/as deben recibir una compensación económica por los años 2019 y 2020 (Plus Convenio) que se abonará como pago único antes de acabar el primer trimestre de este año. (Artículo 49 del convenio). Las cuantías se percibirán según los siguientes criterios:
    • 300 euros para el personal a tiempo completo que haya permanecido de alta en la empresa desde 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020.
    • 200 euros para el personal a tiempo completo que haya ingresado en la empresa después del 31 de diciembre de 2019 y antes del 30 de junio de 2020.
    • 120 euros para el personal a tiempo completo que haya ingresado en la empresa después del 30 de junio de 2020 y antes del 31 de diciembre de dicho año.

    Estas cantidades no podrán ser compensadas ni absorbidas.

    • Se crean nuevos puestos de trabajo: Esteticien, Maquillador/a, Parafarmacia y Segundo/a Encargado/a.

    Los puestos de trabajo de Esteticien, Maquilladora y Segundo/a encargado/a se encuadran en un nuevo Grupo Salarial Nivel II en el Grupo de Coordinadores. A partir del 1 de enero del 2021, el salario base de estos puestos de trabajo será de 14.800 euros anuales. El puesto de Tituladas/os y Técnicos/as en Parafarmacia se encuadra en el Grupo IV y, tendrá un salario base anual de 15.680€.

    • Licencias Retribuidas:
    • Se incluye la asistencia al odontólogo en caso terapéutico y la licencia para asistir a la boda de hermano/a.
    • Se amplía a la edad de 14 años del menor para disfrutar de licencia por acompañamiento a médico de hijos menores.

    Estas son solo algunas de las mejoras que se establecen en el nuevo convenio, que fija una vigencia del 1 de enero del 2019 hasta el 31 de diciembre del 2021. Este año volveremos a iniciar la negociación de un nuevo convenio, esperando que el proceso de negociación no se alargue tanto como el anterior.

    BOE Convenio Colectivo de minoristas de Droguerías, Perfumerías y Herboristerías

  • Incremento salarial 2022 para el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes

    El día 11 de enero 2022, la comisión mixta del convenio colectivo de grandes almacenes ha aprobado la subida para el año 2022 de un 1%, según lo dispuesto en el convenio.

    Una vez aplicado el incremento salarial las tablas para este sector durante el año 2022 serán:

    El próximo año toca negociar el convenio, un convenio que no será de transición y donde se debe de ver reflejado el trabajo y la profesionalidad de las personas trabajadoras del sector, por lo que es importante ahora más que nunca tu apoyo.

  • Firmado el II Plan de Igualdad de Tragsatec

    El pasado día 21 de diciembre, todas las secciones sindicales presentes en la comisión negociadora del II Plan de Igualdad junto con la empresa, llegamos al acuerdo para aprobar el II Plan de Igualdad de Tragsatec, el cual se ha procedido a firmar el día 10 de enero de 2022, para poder registrarlo en el REGCON antes del 14 de enero.

    A finales de 2019 se constituyó la comisión negociadora para iniciar el estudio que nos llevaría a presentar las medidas que conforman el Plan de Igualdad. Han sido muchos meses de negociación, un proceso largo en el que desde CCOO Tragsatec hemos recopilado, ordenado y analizado gran cantidad de información para poder hacer el diagnóstico de situación de la empresa y sacar conclusiones. Estos datos nos han permitido valorar el estado actual en Tragsatec en materia de igualdad. Hay áreas en las que se ha podido llegar a una buena desagregación de datos, pero en otras, los sistemas existentes en Tragsatec no han permitido hacer un análisis más profundo. Por esto último, se han incorporado al plan de igualdad medidas para conseguir ese análisis en todas las áreas, de cara a futuras negociaciones.
    Las materias objeto de la negociación, han sido:

    • Infrarrepresentación femenina
    • Clasificación profesional y auditoría retributiva
    • Proceso de selección y contratación
    • Formación
    • Promoción profesional.
    • Comunicación incluyente y lenguaje no sexista
    • Retribuciones
    • Condiciones de trabajo
    • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
    • Salud laboral
    • Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo.
    • Violencia de género

    Del análisis de estos datos hemos podido concluir, entre otros aspectos, que:

    • Existe segregación vertical, con un mayor número de hombres en puestos de responsabilidad, evidenciándose el techo de cristal existente para las mujeres.
    • Existe segregación horizontal, materializada en la feminización de una serie de puestos tradicionalmente asociados a los roles femeninos y la masculinización de otros asociados a roles masculinos.
    • Existen brechas salariales, a favor del hombre, en los conceptos de complementos, que llegan a superar el 25% sin la existencia de un Sistema de Valoración de Puestos que las justifiquen.
    • Existe desigualdad en el acceso a los puestos de promoción interna, que está protagonizado mayoritariamente por los hombres, sin una homogeneidad en los requisitos mínimos exigidos.
    • Existe desigualdad en el tipo de contratación, donde el 65 % de los contratos a tiempo parcial son para las mujeres.
    • Existe desigualdad en el uso de medidas de flexibilidad vinculadas a las reducciones de jornada por cuidado de menores que son, mayoritariamente, solicitadas por mujeres, lo que plantea la necesidad de fomentar la corresponsabilidad.
    • Existe una ausencia casi absoluta del uso inclusivo del lenguaje en todos los ámbitos de la empresa, lo que implica no nombrar a las mujeres, quienes representan el 54 % de la plantilla.
    • Ha existido ausencia de cultura empresarial comprometida, de forma efectiva, con el Liderazgo con Perspectiva de Género.

    En base a todo lo anterior, se han diseñado, con acuerdo entre la empresa y las secciones sindicales firmantes, una serie de medidas para intentar revertir las situaciones detectadas. Sin embargo, todo aquello que suponga un incremento de masa salarial no ha sido posible negociarlo por la limitación existente a causa de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por esto, la implantación de un sistema objetivo y con perspectiva de género, de complementos personales y de puesto, no ha sido posible incorporarlo en este momento, pero sí se va a implantar un Sistema de Valoración de Puestos de trabajo que puede servir de base para lo anterior.

    Pese a la limitación anterior, esta sección sindical de CCOO Tragsatec está satisfecha del avance que se ha producido y creemos que hemos dado un paso de gigante con respecto al I Plan de igualdad, firmado en marzo de 2012, pero también somos conscientes de que se nos han quedado muchas cuestiones por abordar.

    Debemos tener en cuenta que avanzar en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres implica remover los cimientos de las dinámicas sociales, culturales y económicas que están profundamente consolidadas en nuestra sociedad y en nuestra empresa.

    Las medidas que se han incluido en el II PLAN DE IGUALDAD tienen como objetivos intentar eliminar esas desigualdades que se han diagnosticado, o, al menos, iniciar el camino para ello, y mejorar la cantidad y calidad de datos existentes que permita realizar mejores diagnósticos de las desigualdades entre hombres y mujeres en el futuro, para seguir avanzando en su erradicación.

    El II PLAN DE IGUALDAD de Tragsatec ya está vigente y CCOO va a poner todo su empeño en hacer su seguimiento con objeto de buscar el equilibrio entre mujeres y hombres, igualar las oportunidades para el acceso a los puestos de mayor responsabilidad, conseguir que la promoción interna sea accesible en igualdad de oportunidades, asegurar que la formación tenga la misma calidad y cantidad para toda la plantilla, fomentar la corresponsabilidad para que la conciliación permita el crecimiento personal y profesional también de las mujeres, trabajar para la reducción de las brechas salariales, garantizar que toda la comunicación interna y externa hace un uso inclusivo del lenguaje e incorporar a nuestra organización un liderazgo que incluya más a las mujeres.

    Os mantendremos informados de todas estas cuestiones en el futuro y trataremos de cumplir con todos estos objetivos que nos hemos propuesto, cumpliendo con los compromisos adquiridos dentro de este II Plan de Igualdad en Tragsatec.

    II PLAN DE IGUALDAD DE TRAGSATEC