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  • CRONOLOGÍA CONVENIO TIC (18) – SALARIO, CATEGORÍAS, TELETRABAJO Y DERECHOS

    Presentamos el cronograma del Convenio TIC (18) con los puntos más relevantes desde la convocación Comisión Mixta Paritaria del Convenio (13/02/2019) hasta modificación del Art. 22 del XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública (TIC) (08/04/2021).

    En este transcurso de tiempo, las subidas del S.M.I (950 €/Mes) ha reflejado la carencia de las patronales AEC-ANIMES de sentarse y dialogar. Le pedimos actualizar el salario de 8 categorías profesionales TIC por debajo del S.M.I y pidieron a las empresas actualizar con un complemento, y seguramente presumirán de ello.

    Seguimos sin tener noticias del Teletrabajo, parece que se les atasca la palabra “Tele” y solo saben decir: trabajo, trabajo y trabajo.

    CRONOLOGIA  CONVENIO TIC (18) – SALARIO, CATEGORIAS, TELETRABAJO Y DERECHOS.pdf

  • Presentación de la Herramienta Española de Igualdad Retributiva IR!

    LaMoncloa – Presentación de, la Herramienta Española de Igualdad Retributiva IR!

    La herramienta de Igualdad retributiva IR! nace en el marco del Diálogo Social y es fruto del acuerdo de los ministerios de Trabajo y Economía Social e Igualdad con las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme.

    Cuando la diferencia de las retribuciones sea superior al 25%, la empresa debe identificar las causas, determinar si está justificada o no y, en su caso, corregir la desigualdad.

    La representación legal de los trabajadores y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrán acceso a los datos recogidos en el registro. Las personas trabajadoras podrán consultar la información promediada.

    Trabajo de igual valor, igual retribución

    El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, pretende visibilizar la discriminación en materia retributiva pero, sobre todo, en sus causas para que se puedan tomar las medidas adecuadas para erradicarla, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes.

    Consulta la noticia completa en La Moncloa

    Asesoramiento gratuito
    El Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de las Mujeres, dispone de un servicio de asesoramiento gratuito a empresas y otras entidades para la elaboración e implantación de planes y medidas de igualdad, que lleva a cabo un acompañamiento personalizado y especializado a las entidades interesadas, y que dispone de una guía para la elaboración de planes de igualdad adaptada a lo previsto en el RD 901/2020, así como múltiples materiales de sensibilización y cursos de formación gratuitos sobre igualdad en el empleo a través de la Escuela virtual de Igualdad del Instituto de las Mujeres.

  • DEROGADO EL ARTÍCULO DEL CÓDIGO PENAL QUE CRIMINALIZABA EL DERECHO DE HUELGA

    CCOO celebra que por fin se haya derogado el artículo del Código Penal que criminaliza el derecho a huelga y por el que han sido encausados, de manera injusta, más de 300 sindicalistas solo por ejercer este derecho fundamental.

    Esta derogación, aprobada por el Pleno del Senado, por 139 votos a favor, 106 en contra y 14 abstenciones, garantiza el derecho de huelga, refuerza el derecho a la libertad sindical y a los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

    Una victoria del movimiento sindical, que CCOO quiere dedicar especialmente a todos los compañeros y compañeras sindicalistas, trabajadores y trabajadoras que, desde 2010, fueron represaliados y perseguidos mediante sentencias que pedían años de prisión.

    El Senado ha dado luz verde, por 139 votos a favor, 106 en contra y 14 abstenciones, a la derogación definitiva del art. 315.3 del Código Penal, en el que se basaron cientos de acusaciones e imputaciones a sindicalistas en toda España, para pedirles penas de cárcel y multas por el ejercicio de su actuación durante los piquetes de huelga.

    “Unas penas y sentencias absolutamente desproporcionadas”, en palabras del secretario general de CCOO, Unai Sordo, que constituyeron una estrategia de represión de un derecho fundamental, y que desencadenó una intensa campaña de movilización, encabezada por CCOO para exigir su derogación.

    Hoy gana la democracia. España es más libre que ayer”. Una victoria del movimiento sindical, que CCOO quiere dedicar especialmente a todos los compañeros y compañeras sindicalistas, trabajadores y trabajadoras que, desde 2010, fueron represaliados y perseguidos mediante sentencias que pedían años de prisión.

    Noticia de Empar Pablo Martínez
    Secretaria confederal de Comunicación de CCOO

    DEROGADO EL ARTÍCULO DEL CÓDIGO PENAL QUE CRIMINALIZABA EL DERECHO DE HUELGA
    Gaceta Sindical – Edición nº 453. Abril 2021 

  • III Congreso CCOO Servicios Madrid

    Hoy lunes 19 de abril a partir de las 09:00 horas se celebrará el III Congreso de CCOO Servicios Madrid , en este Congreso se debatirán los documentos y Ponencias y se elegirá a la nueva dirección de la Federación de Servicios de Madrid.

    Este Congreso lo podrás seguir por streaming en el siguiente enlace :

    https://youtu.be/aboYZgwYGx0

  • CCOO y UGT presentan su propuesta sobre clasificación profesional en el Convenio de Ingenierías

    En la reunión de la mesa negociadora que se celebró el 15 de abril, los sindicatos CCOO y UGT presentaron su propuesta sobre la clasificación profesional, que modernizaría el actual sistema y facilitaría el encuadre de la gran diversidad de profesiones existentes en el sector de las ingenierías.

    Los principales aspectos de la plataforma de negociación sobre clasificación que CCOO y UGT presentaron de forma conjunta son:

    • Establecer un nuevo sistema de clasificación profesional, que se desarrollará en el artículo 17 del Convenio de Ingenierías, y cuyas características principales son:
      • Se establecen 4 grupos profesionales: Grupo 1 para “gerencias y jefaturas”, grupo 2 para “titulados universitarios”,  grupo 3 para “técnicos especialistas”, y grupo 4 para “técnicos no especialistas”.
      • Se establecen elementos definitorios de los grupos profesionales como conocimientos, iniciativa/autonomía, complejidad, responsabilidad y capacidad de dirección que permitan encuadrar los puestos de trabajo.
      • Se hacen referencias generales a tareas de cada grupo profesional.
      • Se establece un nuevo grupo profesional para jefaturas y gerencias, segmento de personas trabajadoras que no estaban reguladas en la clasificación profesional.
      • Se establece la titulación oficial requerida para cada grupo, homologable con los conocimientos y experiencia adquiridos por la persona trabajadora.
      • Se eliminan las categorías profesionales obsoletas y los servicios auxiliares que no son propios del sector y que actualmente están subcontratados.
    • Incluir una tabla en el Anexo I, en la que:
      • Se especifica el grupo profesional, el nivel retributivo y la categoría profesional.
      • Se establecen las categorías profesionales y se acompaña de un listado de puestos por áreas funcionales del sector de ingenierías, para orientar y facilitar la definición y encuadre de cada una de las profesiones a un grupo de trabajo.
      • Se incluyen puestos de trabajo de los servicios transversales de las empresas como son formación, recursos humanos, prevención de riesgos laborales, calidad, etc.

    TECNIBERIA manifestó que en la próxima reunión, fijada para el día 18 de mayo, dará contestación formal sobre la propuesta. Aún así adelantó, sin haber podido estudiar en profundidad el documento, los siguientes comentarios a la propuesta de las organizaciones sindicales:

    1. La propuesta de clasificación profesional tiene demasiado nivel de detalle y desglose, su idea es trabajar sobre un cuadro que exponga las categorías de forma genérica.
    2. Rechazan establecer un grupo para las jefaturas, direcciones y gerencias, ya que entienden que no debe ser objeto de clasificación en el convenio colectivo al ser puestos de libre designación o confianza por parte de la Dirección de las empresas.
    3. El actual sistema es lo suficientemente amplio para poder enmarcar todos los puestos de trabajo, modificarlo no es una necesidad para las empresas.
    4. Es oportuno eliminar las categorías obsoletas e identificar requisitos para mejorar la adscripción a una categoría profesional u otra.

    Para CCOO ha llegado el momento de modernizar y darle una vuelta a la clasificación profesional. Es necesario definir mejor los grupos profesionales con los objetivos de clasificar correctamente y evitar los problemas que la ambigüedad del actual redactado conlleva tanto para los trabajadores como para las empresas (sanciones de la inspección de trabajo, judicialización de las relaciones laborales, competencia desleal entre empresas, etc.).

    Si necesitas ampliar información o necesitas alguna aclaración sobre el contenido del XX Convenio Nacional de Empresas de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos no dudes en ponerte en contacto con la delegada o delegado de CCOO en tu centro de trabajo o escribir a este mail.

     

    Tabla Anexo categorias profesionales