La normativa MIFID está para cumplirse. Las presiones para comercializar fondos de inversión son cada vez mayores pero el límite siempre debe ser el respeto total a los procedimientos y la normativa.

La normativa MIFID está para cumplirse. Las presiones para comercializar fondos de inversión son cada vez mayores pero el límite siempre debe ser el respeto total a los procedimientos y la normativa.

Por lo visto en la última reunión se complica la renovación del convenio para la plantilla de Kutxabank. Ni empresa ni resto de sindicatos parecen dispuestos al acuerdo.

Debido a que en las empresas del sector existe una práctica muy extendida de ampliar las jornadas de forma contiinua durante todo el año y en el momento del disfrute de las vacaciones se modifica la jornada para pagar menos salario, se interpuso un SIMA para intentar alcanzar una solución negociada.
Desde la parte sindical se planteo que durante disfrute de las vacaciones se abonase la nómina en base a la jornada que en dicho momento se estuviese realmente realizando y nunca por debajo de la jornada recogida en contrato.
Para evitar posibles fraudes en la utilización de las ampliaciones de jornada, se solicitó que al finalizar el año natural de devengo de las vacaciones se hiciese una regularización de la retribución en caso de haberse abonado por debajo de la jornada anual efectiva realizada.
La patronal en línea con su política de recortes, pretendía que dicha regularización se puediese hacer también a la baja, por lo que si resultase una jornada anual efectiva inferior a la que hubiesen abonado durante el periodo de vacaciones pretendían realizar un descuento en nomina de dicha diferencia.
CCOO hemos defendido desde el principio la utilización fraudulenta que desde el sector se está haciendo de las ampliaciones continuas de jornada, considerando que dichas contrataciones deberían ser desde el principio contrataciones a jornada completa, por lo que no estamos dispuestos blanquear una práctica que ya hemos denunciado en numerosas empresas.

Este viernes, 29 de enero, se ha firmado el XXIV Convenio Colectivo de Banca, que afecta a 90.000 personas trabajadoras y ha sido suscrito por los sindicatos que ostentan el 82,92% de representación en la Comisión Negociadora, CCOO (48%), UGT (23,38%) y FINE (11,54%) y por la patronal, Asociación Española de Banca (AEB).
Incrementos salariales en tablas
2019= 0,25% (*)
2021= 0,25%
2022= 1%
2023= 1,25%
(*) Se actualizará en las tablas de 2021 y se pagarán los atrasos de 2019 y 2020 como pago único tras la publicación del convenio
Pago único fuera de tablas
Si la empresa obtiene beneficios o reparte dividendo en 2021, 2022 y 2023:
2022= 0,25%
2023= 0,25%
2024= 0,25%
Revalorización en los mismos porcentajes que el salario base de nivel, el salario del nivel de acceso a la profesión y las gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales.
Pago único fuera de tablas (Percepción RAE sectorial del periodo 2014-2018).
2021 = 0,25% de los conceptos salariales de convenios cobrados en 2019 y 2020, a percibir el mes siguiente a la publicación del Convenio.
Aportaciones a Planes de Pensiones
550€ a partir del ejercicio 2023
Ayuda alimentaria
Desde 1 de octubre de 2021 hasta 31 de diciembre de 2022 = 10 euros.
A partir de 1 de enero de 2023 = 11 euros.
Compensación días de Canarias
2021 = 270 euros
2022 = 280 euros
2023 = 290 euros
Participación en beneficios (RAE-empresa)
Percepción, o consolidación de cuartos de paga en su caso, en función del Resultado de la Actividad de Explotación (RAE-empresa) en cada uno de los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, según la tabla siguiente:
| Variación Interanual RAE – Empresa | Numero de cuartos de paga |
| >5% y <= 10% | 1 |
| >10% y <=15% | 2 |
| >15% y <=20% | 3 |
| >20% y <=25% | 4 |
| >25% y <=30% | 5 |
| >30% | 6 |
Dietas
Pernoctando fuera del domicilio = 35, 36 y 37 euros, respectivamente 2021, 2022 y 2023.
Pernoctando en domicilio = 15, 15,50 y 16 euros, respectivamente en 2021, 2022 y 2023.
Seguro de vida
Se amplía a toda la plantilla, independientemente del estado civil, y con la posibilidad de incluir como personas beneficiarias a la que designe expresamente cada titular, siempre que se trate de conviviente o familiar de primer grado del mismo.
Teletrabajo
A) Teletrabajo > 30% de la jornada:
B) Teletrabajo < 30% de la jornada:
C) Teletrabajo por emergencias sanitarias o circunstancias de emergencia sobrevenidas
Todas estas cantidades serán revalorizables anualmente con las tablas salariales y no serán compensables, ni absorbibles.
Planes de Pensiones
Aportaciones de 550€ al Plan de Pensiones a partir de 2023.
Permisos
Todos los permisos computarán en días laborables, excepto el de matrimonio que computará en días naturales pero empezarán a contar desde el siguiente día hábil, si el matrimonio se celebra en un día no laborable.
Vacaciones
24 días laborables de vacaciones, fraccionables hasta en cuatro periodos.
Préstamos
Creación de un nuevo “Préstamo para atender necesidades diversas”.
Se mejoran el importe y los plazos del préstamo de vivienda.
Se amplían los conceptos para solicitar los préstamos sin intereses.
Derechos Digitales
Se regula el derecho a la desconexión digital, el derecho de intimidad ante el uso de dispositivos móviles, el derecho a la intimidad ante las grabaciones de llamadas, sonidos y geolocalización, el derecho a la educación digital y el derecho ante la inteligencia artificial.
Salud laboral
Reconocimiento, como riesgos del sector, de las agresiones y la violencia externa.
CCOO valoramos muy positivamente la consecución de este Convenio que incorpora mejoras cuantitativas, mantiene derechos e innova regulando la transformación digital y los derechos digitales, el teletrabajo y la formación. Todo ello en un entorno económico y social tan adverso como el que estamos viviendo.
De nuevo rentabilidad positiva en el ejercicio 2020. Para más información https://wpccooservicios.robotstxt.com.es/wp-content/uploads/2026/03/Hazia-BBK2031-12-20.pdf