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  • Servicios de Prevención Ajenos. Las tablas salariales para 2019 y 2020 ya son una realidad

    En BOE de hoy, día 27 de Enero de 2021 publica el Acuerdo Parcial del Convenio de los Servicios de los Prevención Ajenos, que establece las condiciones económicas para 2019 y 2020, así como la nueva regulación en el disfrute de los permisos retribuidos.

    A partir del día de hoy, los Servicios de Prevención Ajenos disponen de un plazo de tres meses, que finaliza el 27 de abril de 2021, para regularizar los salarios de sus plantillas y abonar los atrasos correspondientes, de acuerdo con las siguientes tablas

    Tablas salariales prevencion ajenos

    En el supuesto de que las empresas apliquen fórmulas de compensación o absorción, estas deberán garantizar, al menos, un incremento salarial bruto del 0,9% en 2019 con respecto a lo percibido en 2018, así como un 0,6% en 2020 con respecto al salario de 2019, sin tener en cuenta el incremento salarial que se produzca por la aplicación del nuevo multiplicador del complemento de experiencia.

    En materia de permisos retribuidos, desde el día de hoy todos los permisos descritos en el artículo 20.1, excepto el permiso por matrimonio, se disfrutarán siempre en día laborable para la persona trabajadora y si, el hecho causante se produjera en día no laborable, el inicio del cómputo del permiso se trasladaría el día laborable inmediatamente siguiente.

    Con esta nueva regulación se recoge en el texto convencional la última doctrina jurisprudencial sobre la materia del Tribunal Supremo, evitando así un largo proceso judicial.

    El próximo día 28 de enero retomamos la negociación del III Convenio Colectivo Sectorial cuyo acuerdo global esperamos cerrar durante 2021, de acuerdo con el compromiso suscrito por todas las organizaciones en este Acuerdo Parcial.

    Seguiremos informando de la marcha de la negociación.

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  • LOS ERTE se consolidan como instrumento para mantener el empleo. Gaceta Sindical

    Los ERTE siguen demostrando su eficacia frente a la destrucción de empleo. La efectividad de esta medida es fruto de la negociación y el acuerdo en el ámbito del diálogo social y de haber adaptado los distintos acuerdos a las necesidades que han ido surgiendo en cada momento, como consecuencia de la evolución de la pandemia y su incidencia en la actividad económica.  Una herramienta que ha sido fundamental para salvar millones de puestos de trabajo ante una situación de crisis sanitaria, social y económica sin precedentes.

    Un nuevo acuerdo que mantiene, en general, el mismo esquema y compromisos del acuerdo anterior para salvaguardar el empleo y las prestaciones extraordinarias por desempleo, y que también incorpora novedades que vienen a mejorar su contenido en cuestiones importantes.

    Los sindicatos CCOO y UGT, las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y el Gobierno cerraban el 19 de enero el IV Acuerdo Social en Defensa del Empleo (ASDE IV) para prorrogar los ERTE hasta el 31 de mayo de 2021. Acuerdo que ha sido regulado en el Real Decretoley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo. Como ha subrayado el secretario general de CCOO, Unai Sordo, “los ERTE se han consolidado como la alternativa a los despidos. Sin esta regulación, conseguida tras una ardua y dura negociación, más de un millón de trabajadores y trabajadoras hubieran perdido sus empleos”.

     

    Gaceta Sindical ERTE

  • Prórroga del Plan Mecuida

    El gobierno prorroga la vigencia del artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, en el que se regula el plan MECUIDA y que sustancia el derecho a flexibilizar la jornada laboral para ejercer el cuidado de las personas dependientes que caducaba el 31 de enero, manteniendo su vigencia hasta el 31 de mayo.

    Son medidas “neutras” en cuanto a los sexos, políticas que tratan igualitariamente a hombres y mujeres, pero los datos demuestran que son las mujeres las que mayoritariamente hacen uso de ellas y sobre todo, el impacto que tienen sobre ellas es mayor; Las mujeres ocupan principalmente los sectores de actividad y puestos con menores salarios, son mayoría en la contratación a tiempo parcial.

    La Federación de Servicios de CCOO engloba sectores donde hay una gran prevalencia de mujeres a tiempo parcial con contratos de pequeñas jornadas, sectores donde no es posible realizar el teletrabajo y otros donde estas medidas en este tiempo no han resultado ser suficientes.

    Desde CCOO Servicios, consideramos la adaptación de jornada laboral en el ámbito de las empresas la medida que se debe potenciar frente a la reducción de jornada. La adaptación de jornada es una medida de menor impacto económico y cuenta con una variedad de cambios en cuanto a su distribución para hacer frente a la situación de excepcionalidad, que en el ámbito de la empresa facilite el acuerdo entre las partes.

    Las mujeres ocupan principalmente los sectores de actividad y puestos con menores salarios, son mayoría en la contratación a tiempo parcial.

    Pese a esto, no siempre resulta suficiente y es necesario acudir a otras medidas de conciliación como la reducción de jornada pudiendo alcanzar el 100%  en las mismas condiciones que establece el modelo tradicional de la medida.

    Con la prórroga del plan, se mantiene y amplían medidas necesarias pero que seguirán dejando fuera a quienes ni en marzo con el cierre de centros públicos que facilitan la conciliación, ni ahora con los cambios de escenarios de contagio puedan utilizarlas y sin compensar el impacto que estas tendrán sobre las mujeres.

    Por eso desde CCOO se desarrolló un paquete de propuestas de medidas de Apoyo a las familias para conciliar la vida familiar y laboral  que mediante un plan de ayudas económicas contribuya a completar las medidas excepcionales propiciando que el acceso a estas medidas no contribuya a agrandar las brechas laborales mediante un impacto negativo de género.

    Ante la situación excepcional que está atravesando el conjunto del país, es necesario que las medidas que se pongan en marcha ofrezcan garantías y no generen más desigualdad.

    Plan Me cuida

    Plan Me cuida

  • Tercera ola y sin mascarillas en las oficinas

    Resulta incomprensible que Liberbank nos venda en su intranet que la salud está por encima de todo y nos pida continuar aplicando los protocolos establecidos de cara a protegernos de la tercera ola de contagios del Covid, cuando no nos ha enviado a los centros de trabajo ni una sola mascarilla durante casi todo el mes de enero, siendo estos días cuando se están recibiendo las primeras unidades del año, las cuales son quirúrgicas, contradiciéndose con su propia noticia de 18 de enero, en la que se comprometían a poner a nuestra disposición mascarillas FPP2 dada la incidencia de esta tercera ola.

    Hemos podido comprobar que en muchas oficinas ya no hay existencias de mascarillas, a pesar de las solicitudes de los gestores de prevención de las mismas, mientras en otras, las existencias son mínimas.

     

    […]

     

    Llevamos un año sufriendo de manera descarada recortes, no solo de salario, sino también en las medidas de seguridad necesarias para poder protegernos de esta pandemia, dejándonos en el peor momento carentes de protección.

    La plantilla de Liberbank está dando todo en esta dura situación y la empresa, como ya nos tiene acostumbrados por desgracia, no cuida de nuestra salud, lo que supone un auténtico desprecio a nuestras compañeras y compañeros, desde nuestra Sección Sindical lo consideramos inaceptable.

    En los distintos Comités de Seguridad y Salud celebrados en el mes de noviembre, nuestras delegadas y delegados de prevención ya se interesaron por el nivel de stock de mascarillas y la empresa presumía de tener una cantidad importante de mascarillas.

    Hace un año se podía admitir el que resultase complicado la adquisición de material al inicio de la pandemia, pero ahora es inadmisible, nos encontramos en la tercera ola, con unos índices de contagios muy elevados y con un año de desgraciada experiencia en esta situación, lo que tendría que haber servido para que Liberbank tuviera previsiones y protocolos marcados con suficiente anticipación. Otra prueba más del nivel de incompetencia de esta dirección.

     

    SOLICITAMOS UNA DISPOSICIÓN DE EPIs URGENTE A TODAS LAS OFICINAS, SIN RECORTES INJUSTIFICADOS Y SIN RETRASOS

     

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    Ver comunicado en pdf.

  • Revalorización de pensiones y otras prestaciones de Seguridad Social 2021

    Con carácter general se ha procedido a una revalorización de todas las pensiones por un importe del 0,9% respecto de las cuantías de 2020, que los pensionistas percibirán  con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2021  en el próximo abono de la pensión.

    Pensión Máxima: Las cuantías previstas para la pensión máxima del sistema público se incrementan también en el 0,9%, situándose en 2020 en 2.707,49 euros/mes o 37.904,86 euros/año.

    De este modo, las principales pensiones y prestaciones quedan de la siguiente manera:

    • Pensiones públicas: Todas las pensiones públicas, tanto de Seguridad Social como de Clases pasivas, se revalorizan en una cuantía del 0,9% respecto de la que tenían reconocidas en 2020, con efectos desde el 1 de enero de 2021. 
      No obstante, como suele ser habitual, quedan excluidas de esta revalorización una serie de pensiones entre las que cabe destacar las pensiones reconocidas al amparo de la legislación especial con ocasión de la guerra civil, las pensiones extraordinarias del Régimen de Clases Pasivas, las derivadas de actos de terrorismo, las pensiones derivadas del extinto Seguro Obligatorio de Vejez e IInvalidez (SOVI) cuando concurran con otras pensiones diferentes a la pensión de viudedad, entre otras que pueden consultarse en los arts.1.6, 1.7 y 1.8 del Real Decreto-ley 1/2020.
    • Pensión Máxima: Las cuantías previstas para la pensión máxima del sistema público se incrementan también en el 0,9%, situándose en 2020 en 2.707,49 euros/mes o 37.904,86 euros/año.
    • Pensiones Mínimas y Pensiones No contributivas: Se revalorizan en el 0,9% respecto de la que tenían reconocidas en 2020, con efectos desde el 1 de enero de 2021.
      Se incluyen dentro de este apartado las pensiones mínimas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, de las pensiones no contributivas y del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) no concurrentes, así como las pensiones del SOVI concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, de las prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo con dieciocho o más años y con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento y del subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte (LISMI).

    La Secretaría de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO ha elaborado unos cuadros sobre las prestaciones de la Seguridad Social para 2021.