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  • CCOO plantea contratación y desarrollo profesional para el sector TIC y EM en el convenio colectivo

    Hoy, 11 de noviembre, en la mesa de negociación del 18º Convenio Colectivo Estatal, CCOO ha planteado la contratación y desarrollo profesional para los próximos 4 años en el sector TIC y de Estudios de Mercado.

    En contratación CCOO establece reglas para la subcontratación, subrogación y contratos temporales

    • Las empresas deben subrogar al personal que realice un servicio, con voluntariedad para la persona.
    • CCOO quiere articular la subcontratación con el sueldo referenciado al salario del perfil profesional de la empresa.
    • En la contratación temporal se deben convertir a indefinidos los contratos por obra y servicio anteriores al 2016. Así como 2 contratos temporales que superen los 24 meses de duración pasan a ser indefinidos. Y articulamos los contratos formativos o en prácticas.

    CCOO ha señalado que para el 2020 el salario inferior ha de ser de 14.000€ para todas las áreas. Y a partir de ahí se rehace la escala salarial. Con un incremento del 3% anual.

    Desde CCOO hemos redactado los grupos profesionales de forma más clara, para facilitar la carrera profesional. Proponemos la desaparición del área 2.

    Os iremos informando puntualmente sobre la evolución en la negociación.

    Síguenos en:

    Twitter. @TICCOOservicios

    Telegram. @ccooserviciosTIC

    Web. www.ccoo-servicios.es/tic/

    Email. tic@servicios.ccoo.es

    CCOO ES TU SINDICATO AHORA MÁS QUE NUNCA. ¡AFÍLIATE!

    2020_11_11_Comunicado_TIC_2020_7.pdf

    Contratación, tablas y grupos profesionales info.pdf

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    Hoy, 11 de noviembre, en la mesa de negociación del 18º Convenio Colectivo Estatal, CCOO ha planteado la contratación y desarrollo profesional para los próximos 4 años en el sector TIC y de Estudios de Mercado.

    En contratación CCOO establece reglas para la subcontratación, subrogación y contratos temporales

    • Las empresas deben subrogar al personal que realice un servicio, con voluntariedad para la persona.
    • CCOO quiere articular la subcontratación con el sueldo referenciado al salario del perfil profesional de la empresa.
    • En la contratación temporal se deben convertir a indefinidos los contratos por obra y servicio anteriores al 2016. Así como 2 contratos temporales que superen los 24 meses de duración pasan a ser indefinidos. Y articulamos los contratos formativos o en prácticas.

    CCOO ha señalado que para el 2020 el salario inferior ha de ser de 14.000€ para todas las áreas. Y a partir de ahí se rehace la escala salarial. Con un incremento del 3% anual.

    Desde CCOO hemos redactado los grupos profesionales de forma más clara, para facilitar la carrera profesional. Proponemos la desaparición del área 2.

    Os iremos informando puntualmente sobre la evolución en la negociación.

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  • Reestructuración en Banco Sabadell: La oferta del Banco es insuficiente

    En la reunión de este jueves, la Dirección nos ha presentado su propuesta para abordar esta reestructuración. Un planteamiento que prioriza las prejubilaciones a partir de los 57 años y que completará, si no se llega a la cifra total prevista (1.800), con bajas incentivadas (principalmente para el personal administrativo de Red de oficinas y Servicing). 

    Para CCOO, el Banco debe replantearse estas condiciones al alza si quiere completar esta reestructuración con éxito, máxime cuando quieren llegar a un acuerdo no más tarde del 17 de noviembre para iniciar las salidas en el primer trimestre del 2021.

    condiciones banco sabadell reestructuración

    Y aunque todavía no hemos analizado en profundidad los datos ofrecidos, CCOO hemos avanzado los temas que deberíamos abordar para que esta propuesta de salidas voluntarias sea lo más atractiva posible, entre otras:

    • Ampliar el margen de edad para acceder al plan de prejubilación.
    • Aumentar el tope máximo a cobrar y concretar el Convenio Especial (actualizado o congelado) •Mecanismos para garantizar el cobro de las percepciones hasta la edad de jubilación.
    • •Situación del Plan de Pensiones.
    • Condiciones financieras al desvincularse, cuenta corriente/tarjetas, préstamos personales, hipotecas, etc.
    • •Ampliar la oferta a BSOS y SABIS.
    • •Concretar calendario de plazos para las salidas.
    • •Establecer criterios claros y transparentes de prelación para la adhesión.
    • •Habilitar una herramienta para que la gente afectada pueda hacer una simulación personalizada.

    Cuando hayamos estudiado la propuesta del Banco con más profundidad, CCOO elaboraremos una contrapropuesta para presentarla en la reunión del próximo martes 10 de noviembre.

    CCOO les hemos vuelto a exigir que un plan que afecta a tantas personas, debe ir acompañado de medidas estructurales que garanticen la viabilidad y seguridad de la plantilla que quedará prestando sus servicios en Banco Sabadell. Para nosotros no se debe desligar la lucha por unas condiciones de salida dignas con la defensa de una mejor organización y recursos para el resto de la plantilla.

    Próxima reunión el 10 de noviembre

     

    Imagen: LoforCC BY-SA 2.5, via Wikimedia Commons

    Web CCOO Banco Sabadell

     
  • Alcanzado acuerdo, plan de bajas incentivadas. Día

    Se podrán adherir voluntariamente hasta un máximo de 366 posiciones entre los menores de 57 años y 27 posiciones que se incluirán en un plan de rentas para los mayores de 57 años

    Plna de bajas dia

    Procedimiento

    Solicitud: El Interesado deberá comunicar expresamente su voluntad de adherirse al Plan de Bajas Incentivadas dentro del periodo comprendido del 9 al 30 de noviembre de 2020 (ambos inclusive) mediante la cumplimentación del formulario disponible en el Portal del empleado y en la Comunicación del Acuerdo, que irá dirigido a las personas de contacto del Departamento de Recursos Humanos.

    Resolución: La Empresa deberá resolver y enviar la comunicación de su decisión al Interesado desde el 1 al 9 de diciembre de 2020 (ambos incluidos). La contestación será mediante e-mail en el que se indicará si la solicitud ha sido aceptada o no, explicándose en dicho correo electrónico, las condiciones y demás pasos a seguir para la extinción de mutuo acuerdo.

    Fecha de extinción: La Empresa y el Interesado establecerán de mutuo acuerdo, la fecha de la extinción y que habrá de ser dentro del periodo de 24 de diciembre de 2020 al 15 de enero de 2021. 

    Condiciones

    Indemnización  máxima legal contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 

    Para los contratos formalizados con anterioridad al 12 de febrero de 2012, a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de se rvicios anterior a dicha fecha, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior, prorrateándose igualmente por meses los periodos de tiempo inferiores a un año . 

    Indemnización máxima legal contratos posteriores al 12 de febrero de 2012 

    Para los contratos suscritos con po sterioridad al 12 de febrero de 2012, la indemnización será de 33 días de salario por año de s ervicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. 

    Asesoramiento  fiscal: 

    Especializado y personalizado con el fin de poder determinar la opción más óptima para percibir las cuantía s referidas (a través de un único pago o prorrateándose la cantidad en pagos iguales en 3 o 5 años).   

    primaadicional

    Programa de outplacement o de acompan?amiento:

    Sera? llevado a cabo por una empresa externa independiente durante un periodo de hasta 9 meses, ampliable hasta 12 meses 

    Plan de Rentas

    Para las 27 posiciones  cuya edad, a 31 de diciembre de 2020, sea de 57 o más años de edad y que hayan aceptado voluntariamente la extinción de su contrato, se acuerda como compensación por la extinción de mutuo acuerdo de su contrato de trabajo, un Plan de Rentas, del cual serán beneficiarios, con arreglo a lo siguiente 

    plna de rentas

    En el supuesto de fallecimiento del trabajador afectado antes de la finalización del plan, la persona que se haya designado beneficiaria percibirá, en sus respectivas fechas, el 100% del Complemento pendiente de percibir.

    En el supuesto de que el Beneficiario vuelva a trabajar el derecho a las Rentas Brutas también se mantendrá.

    Convenio Especial con la Seguridad Social (CESS)

    La Empresa financiará el coste del Convenio Especial con la Seguridad Social hasta la fecha en la que el trabajador cumpla 63, 64 o 65 años, según el cas o.

    En concreto, mediante el abono del importe bruto que corresponda mediante transferencia bancaria en la cuenta en la que el Beneficiario venía percibiendo sus haber es salariales en el plazo de 10 días laborables desde la Fecha de Extinción , la totalidad del coste del Convenio Especial con la Seguridad Social hasta que el Beneficiario cumpla 63 años (para aquellos con 57 58, 59 o 60 años cumplidos a 31.12.2020), 64 años (para aquellos con 61 años cumplidos a 31.12.2020) o 65 años (para aquellos con 62 años cumpl i do s a 31.12.2020), según el caso.

    Comisión de Seguimiento:

    Se crea una comisión de seguimiento para apoyar a todas aquellas personas que voluntariamente decidan adherirse a dichos planes.

    Valoramos positivamente el acuerdo alcanzado entre las partes, dado el contexto actual de la compañía, y que por lo tanto cumple con los requisitos que se pretendían al inicio de la negociación.

    Por ultimo señalar que hoy se ha formalizado el acuerdo de Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo en DIA RETAL, en los mismos términos del preacuerdo alcanzado el pasado 29 de octubre 

    Logos sindicatos

  • Campaña de CCOO sobre los riesgos laborales de las camareras de piso: Tus derechos, la mejor medicina

    En el marco de esta campaña hemos celebrado un  encuentro virtual  con camareras de pisos, delegadas de personal y de prevención de riesgos laborales de Madrid, donde se ha presentado la guía para analizar y debatir el uso de fármacos, hipnosedantes y otras drogas; sus efectos sobre la salud; las contingencias comunes y profesionales, así como lo relacionado con la acción preventiva desde la representación de los trabajadores.

    Madrid 30 de Octubre de 2020

    En el encuentro organizado por secretaría confederal de Salud Laboral y la Federación de Servicios de CCOO “Tus derechos, la mejor medicina”, sobre las condiciones laborales de las camareras de pisos y el elevado uso de fármacos al que se ven obligadas estas trabajadoras para soportar el ritmo de trabajo, donde  se ha podido constatar que, tras incorporación a los centros de trabajo  después del parón de la COVID-19, se ha producido un aumento exponencial de las cargas de  la ya de por si saturada rutina de trabajo de las plantillas de los centros de trabajo. Especialmente claro se ve en el departamento de Pisos (Camareras y Auxiliares); las Camareras y han visto como se suman minutos y horas a la procedimental de limpieza e higienización de zonas comunes y habitaciones. Solamente la aplicación de la GUIA ICTE, supone seguir un itinerario que,  para mantener la higiene, incrementa la carga de trabajo en un 20%. Estos sobreesfuerzos  que no han sido evaluados de acuerdo con los Artículos 15 y 16 de la Ley 31/1995, repercuten directamente en un empeoramiento de las condiciones laborales, y de salud y a un aumento  del uso de  analgésicos para “ECHAR EL DIA”.

    CC.OO. reclama  a la patronal que evalúe  los riesgos que ha supuesto el cumplimientos de las  medidas para hacer frente a la pandemia y poder aplicar las medidas preventivas oportunas. Se reivindica que se realicen estudios rigurosos de tiempos en el reparto de habitaciones asignadas, teniendo en cuenta que los prioritario es la salud de las trabajadoras, la formación necesaria y el tener en cuenta siempre las indicaciones de los Servicios de Prevención.

    CCOO requiere al Gobierno a convocar cuanto antes la “Mesa Tripartita por un Empleo de Calidad de Hostelería”, constituida en la anterior legislatura, para evaluar estos riesgos y poder aplicar las medidas preventivas oportunas.

    Se reivindica que se realicen estudios rigurosos de tiempos en el reparto de habitaciones asignadas, teniendo en cuenta la salud de las trabajadoras, la formación necesaria y contando con los servicios de prevención.

    CCOO exige asimismo al Gobierno que se modifiquen cuanto antes aspectos de la reforma laboral como la prevalencia del convenio sectorial por encima de los convenios de empresa, o el artículo 41.1 del Estatuto de los Trabajadores para que las categorías troncales o principales propias de la actividad hotelera (como el personal de pisos, cocina y restauración, recepción y administración) no puedan ser externalizadas. También debe abordar un procedimiento que permita establecer coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación de las camareras de piso, sin pérdida cuantitativa en su pensión, así como el estudio de las enfermedades profesionales relacionadas con las dolencias dorsales u otras no contempladas en la actualidad.

    CCOO sigue demandando la realización de inspecciones de trabajo que saquen a la luz las condiciones laborales reales de las camareras de pisos. Se debe insistir en el desarrollo de una acción preventiva en las empresas orientada a los riesgos laborales identificados, incluyendo la política de compras (camas móviles y elevables, material ergonómico, productos de uso para la limpieza no tóxicos); en que la organización del trabajo cuente con la participación de las trabajadoras, y que se mejore e incremente la formación e información y la vigilancia de la salud, con reconocimientos médicos específicos.

    Guia de Camareras de pIso