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  • Pausas y Descansos en Konecta: Garantizando el Bienestar de los Trabajadores

    En CCOO, nos comprometemos a velar por los derechos y el bienestar de todas las trabajadoras y trabajadores del sector de Contact Center.

    En particular, en Konecta, hemos trabajado y luchado para asegurar que las pausas y descansos laborales se respeten y se apliquen de acuerdo con la normativa vigente.

    A continuación, detallamos las pausas y descansos a los que tienes derecho en Konecta, con base en el convenio del sector y la legislación laboral.

    Descansos Laborales

    Los descansos laborales son fundamentales para mantener la productividad y el bienestar del trabajador. En Konecta, los descansos se estructuran de la siguiente manera:

    • 20 minutos de descanso si trabajas de manera continuada entre 6 y 8 horas.
    • 10 minutos de descanso si trabajas de manera continuada entre 4 y 6 horas.

    Estos descansos son obligatorios y no deben ser descontados del tiempo de trabajo efectivo.

    Pausas de Visualización (PVD)

    Para aquellos que trabajan frente a una pantalla durante largos periodos, es esencial tomar pausas regulares para evitar la fatiga visual. En Konecta, estas pausas se establecen así:

    • 5 minutos de pausa por cada hora de trabajo frente a la pantalla.

    Por ejemplo, si trabajas 6 horas, te corresponden 6 pausas de 5 minutos cada una, sumando un total de 30 minutos. Es importante destacar que estas pausas aplican tanto para jornadas continuas como partidas.

    Pausas Fisiológicas

    Las pausas fisiológicas permiten atender las necesidades básicas sin repercusiones en los descansos laborales:

    • Los trabajadores disponen de las pausas necesarias para acudir al lavabo sin que este tiempo se descuente de los descansos laborales o de las pausas de visualización.

     

    ****Cumplimiento y Reclamaciones****

    Desde CCOO, hemos detectado que en algunos centros de trabajo de Konecta no se están respetando adecuadamente estos derechos. Por ello, insistimos en la importancia de que cada trabajador y trabajadora conozca sus derechos y los exija. Cualquier irregularidad debe ser reportada para que podamos actuar en consecuencia y asegurar el cumplimiento de la normativa.

    Para cualquier duda o consulta sobre tus pausas y descansos, no dudes en contactar con nosotras/os.

    En CCOO estamos para ayudarte y garantizar que tus derechos laborales se respeten.

     

    Comunicado pausas y descansos

  • Finaliza con acuerdo el ERE de Konecta BTO

    Finalizado el periodo de consultas obligatorio que se inició tras la comunicación del inicio de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en KONECTA BTO. En la Comisión Negociadora, la mayoría de la parte social ha conseguido llegar a un acuerdo que minimiza el impacto de este ERE en el que, en un inicio, la empresa pretendía despedir de manera forzosa a 602 personas.

    Finalmente, tras debatir intensamente cada documento y cada argumento presentado por la empresa, se ha alcanzado el siguiente acuerdo:

    – Se reducen de 602 a 75 los despidos forzosos, según los siguientes criterios:

    1. Todos son personal de estructura de operaciones.
    2. Los niveles 9 y 10 que no se hayan presentado voluntarios a salir, serán reubicados en otras campañas.
    3. Se han desafectado a personas vulnerables (embarazadas, víctimas de violencia de género o personas con discapacidad igual o superior al 33%).
    4. En caso de coincidencia en campaña y turno, los despidos forzosos seguirán el criterio de antigüedad (en este caso de menos a más antigüedad).

    –    Se aceptan por el momento 160 salidas voluntarias (126 son agentes y 28 estructura de operaciones), según los siguientes criterios:

    1. Un máximo de 84 personas mayores de 50 años de los niveles 9 y 10 y un máximo de 44 personas mayores de 50 años de estructura de operaciones.
    2. A igualdad de turno tendrá preferencia para salir voluntaria la persona con mayor antigüedad en la empresa y mayor antigüedad en la campaña.
    3. Para el colectivo de Formación Global de los niveles 9 y 10 que no haya solicitado aún su voluntariedad, se abre un nuevo plazo desde este día hasta el 3 de agosto, para lo que se creará un nuevo enlace. Mientras tanto, será reubicado en otros servicios.

    –    Todos los despidos, voluntarios o forzosos, se indemnizarán con 30 días de salario por año trabajado, con un límite de 17 mensualidades.
    –    Se crea una Comisión de Seguimiento e Interpretación del acuerdo del ERE formada por una representación de los sindicatos firmantes y una representación de la empresa.
    –    La empresa realizará una comunicación a cada persona afectada, sea voluntaria o no.

    Los sindicatos firmantes hemos llegado a este acuerdo porque consideramos UN BUEN ACUERDO CONSEGUIR MÁS DE UN 80% de voluntariedad. Frente a los 602 despidos forzosos con indemnización de 20 días/año trabajado con tope de 12 mensualidades, SÓLO 75 despidos serán forzosos Y LA INDEMNIZACIÓN SE INCREMENTA HASTA 30 días/año trabajado con tope de 17 mensualidades.

    enlace a comunicado ACUERDO ERE K.BTO

  • III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado

    Publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE 03/07/2024) el III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado 2023-2026. Aquí puedes ver también las últimas revisiones salariales publicadas.
     
     

    CCOO y UGT no hemos suscrito este convenio ante la negativa de la patronal FEDANE de asumir un incremento salarial fijo para cada uno los años de vigencia del convenio, que cumpla los mínimos pactados por las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y por los sindicatos CCOO y UGT en el V AENC, Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, firmado en marzo de 2023.
     

    ANTERIORES:

     

  • III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado

    Publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE 03/07/2024) el III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado 2023-2026. Aquí puedes ver también las últimas revisiones salariales publicadas.
     
     

    CCOO y UGT no hemos suscrito este convenio ante la negativa de la patronal FEDANE de asumir un incremento salarial fijo para cada uno los años de vigencia del convenio, que cumpla los mínimos pactados por las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y por los sindicatos CCOO y UGT en el V AENC, Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, firmado en marzo de 2023.
     

    ANTERIORES:

     

  • JULIO Y AGOSTO: ¡JORNADA DE VERANO!

    Llega el verano y con él la jornada intensiva.

    En los meses de julio y agosto  tenemos jornada continua de 7 horas con inicio flexible entre 7:30 h. y 9:30 h. (salvo reducciones y adaptaciones de jornada con otros horarios concretos).

     

    Además, no olvidéis que desde el 1 de julio ya podéis hacer uso de todos los días de ajuste para vuestras vacaciones tienes hasta 6 días y  personas con jornada reduccida o con jornada parcial que realicen el mismo horario todo el año tienen 7 días.

    Ten en cuenta que si no los gastas los pierdes a final de año y que se reportan en su propia línea imputación  "Día atmira / ajuste", no en la línea de "Vacaciones".

     

    En ese periodo  os enviaremos estos comunicados "Breves" con una periodicidad quincenal, salvo que surja algo que requiera informaros en el momento.

     

    Esperamos que disfrutéis de vuestros merecidos días de descanso.

    ¡¡¡FELIZ VERANO!!!