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  • Asisa Café #Marzo 2018#

    asisa café

    Donde se habla de aquellos maravillosos atrasos; de los PIFs o «Stranger Things»; del ramo multiseguro; de despidos, faltas graves y muy graves; del 8M; de la temporada digital; de la nevada que colapsó Asisa; de Selecta; seguimos con unas píldoras interesantes, y cerramos con cultura para poder vivir 23 meses más. Ponte ese café?¡que comenzamos!

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    @ccooasisa

  • CCOO señala la desigualdad en el mercado de trabajo como causa principal de las menores pensiones y protección por desempleo de las mujeres

    El secretario general de CCOO, Unai
    Sordo, acompañado de Elena Blasco y Carlos Bravo, responsables de Mujeres e
    igualdad y de Protección social, ha presentado esta mañana un informe de este
    sindicato sobre la brecha de género en las prestaciones de desempleo y las
    pensiones.

    En dicho
    informe se denuncia que las mujeres presentan una tasa cobertura de la
    prestaciones de desempleo (57%) diez puntos inferior a la de los hombres (67%),
    y unas prestaciones mucho más bajas como consecuencia de la mayor parcialidad
    de sus prestaciones
    (el 68% del total de éstas las perciben mujeres) y el
    elevado volumen de subsidios (ellas perciben el 54% del total) frente a
    prestaciones contributivas.

    El informe
    analiza asimismo la brecha de género en pensiones. En este sentido, CCOO
    denuncia que la primera brecha en esta materia radica en que las mujeres
    carecen en su mayoría de ?pensiones propias? de jubilación, siendo la pensión
    de viudedad la mayoritaria entre ellas. A pesar de que las mujeres representan
    el 51% del total de pensiones reconocidas hoy en nuestro país, en el caso de la
    pensión de jubilación este porcentaje sólo llega al 37%.

    De igual
    modo sufren una brecha en la cuantía de estas pensiones. Las pensiones medias
    en vigor que perciben las mujeres tienen una cuantía (725 euros) que es un 36%
    más baja que la de los hombres (1.147 euros).
    Esta misma diferencia se mantiene
    también en el caso de las pensiones de jubilación en vigor.

    El informe
    de CCOO muestra cómo el crecimiento que en las últimas décadas ha registrado la
    presencia de la mujer en el mercado de trabajo, junto a la adopción de diversas
    medidas legislativas impulsadas entre otros por las organizaciones sindicales
    en el marco del Pacto de Toledo, han contribuido a la reducción de esta brecha,
    pero aún de un modo claramente insuficiente. En la actualidad las nuevas
    pensiones de jubilación que se han reconocido en 2017 siguen manteniendo una
    brecha de género tanto en el número de pensiones (39,52%) como en su cuantía (22,11%).

    Esta
    disminución parcial, aún muy insuficiente, de la brecha en las nuevas
    pensiones, tiene distintas causas:

    • El
      mayor número de mujeres que accede a la pensión de jubilación, casi un 40% en
      2017, frente a menos de un 34% en 2013.
    • La
      mejor evolución media de las pensiones de las mujeres, que crecen al 3,5%
      frente a un crecimiento del 0,52% en la pensión media de los hombres.
    • Todo
      ello influido por las distintas medidas adoptadas, especialmente en materia de
      pensiones, para intentar reducir la brecha de protección social (períodos
      cotizados por cuidado de hijos, excelencias, reducción de jornada, complementos
      a mínimos, mejoras de pensión por hijos,?)

    CCOO señala
    en su informe que las principales causas de esta brecha de género tanto en
    desempleo como en pensiones se deben a cuatro causas principales:

    • El origen principal está en el
      mercado de trabajo. Las diferencias en la protección social que se producen
      entre hombres y mujeres son consecuencia de las diferencias existentes entre
      ambos sexos en el mercado de trabajo: condiciones laborales, jornada, salarios,
      etc.
    •  La corta duración de los contratos
      dificulta el acceso a las prestaciones o sólo permite el disfrute de
      prestaciones asistenciales. Asimismo, los períodos de prestaciones
      contributivas se reducen por la temporalidad de los contratos y su corta
      duración.
    • Las diferencias salariales afectan
      a la cuantía de las prestaciones que, como hemos visto, son más bajas para las
      mujeres que para los hombres.
    • La temporalidad de la jornada, con
      mayor presencia de las mujeres en el empleo a tiempo parcial también
      precariza las prestaciones.

    Para
    corregirlas, CCOO propone una serie de medidas de actuación, entre las que
    destacan:

    1)    
    Impulsar
    el diálogo social y la negociación colectiva, incrementar las políticas
    activas de empleo
    , exigir planes de igualdad en todas las empresas
    obligadas por ley y establecer la obligatoriedad de negociar planes de igualdad
    en empresas de menos de 250 trabajadores, e introducir medidas de acción
    positiva
    , imprescindibles para combatir las brechas de género en el empleo,
    avanzar en conciliación y corresponsabilidad y eliminar las
    desigualdades en la protección social
    .

    2)    
    Iniciar
    un proceso de diálogo social tripartito para acometer las reformas legales necesarias,
    en concreto una Ley de Igualdad Salarial.

    3)    
    Encomendar
    al Pacto de Toledo un estudio cuantificando las desigualdades y
    discriminaciones de género en el sistema de protección social, así como de las
    posibles medidas, adicionales a las que venimos acordando en los últimos años,
    correctoras a corto y medio plazo, con cargo ?en su caso? a financiación
    complementaria.

    4)    
    Seguir
    profundizando en las medidas ya implementadas en los sistemas de
    protección social que permiten reducir el impacto de la brecha por razón de
    sexo: complementos a mínimos, reconocimiento de periodos cotizados?

    5)    
    Incrementar
    los recursos técnicos y humanos de la Inspección de Trabajo, y mejorar
    los criterios de vigilancia y control del cumplimiento de la igualdad efectiva
    entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

    6)    
    Revisión del actual modelo de protección al desempleo con el objetivo de corregir las
    insuficiencias del actual modelo de protección, al tiempo que se reordenan los
    distintos tipos de prestaciones, subsidios y rentas asistenciales existentes a
    nivel estatal, autonómico y local, y fortaleciendo la coordinación entre los
    servicios de empleo y los servicios sociales. En este marco se pueden y deben
    abordar, asimismo, los aspectos específicos de la protección por desempleo de
    los trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial, bajo criterios de
    igualdad y no discriminación.

    Informe Brecha Salarial en el Sistema de Protección Social

  • CAF y CIF: Exámenes presenciales

    Se rumoreaba desde hacía días pero ahora se confirma: la CMNV no da por válido el examen online como forma de acreditación de conocimientos al exigir, si se pretende homologar la misma, que la titulación a la que nos obliga el MiFID II se obtenga mediante la realización de un examen presencial.

    Esto hace que todas las titulaciones CAF ya obtenidas estén sin homologar -no anuladas pero sí a falta de confirmar- hasta que se ratifiquen tras la realización de un examen presencial específico.

    […]
    Algunas entidades, entre las que por supuesto se encuentra la nuestra (estamos en todos los saraos), habían optado por hacer los cursos de forma online fundamentalmente, imaginamos, para ahorrar costes.

    Ahora, tras la resolución de la CNMV requiriendo la realización, otra vez, de exámenes, volvemos a ser de nuevo, los empleados y empleadas de la entidad, los paganos de la mala gestión de la empresa.

    Este desaguisado afecta a todo el mundo porque, una vez más, se genera incertidumbre respecto a lo que debemos hacer y cómo debemos hacerlo, como si con la incertidumbre que ya sufrimos todos los días desde hace años no fuera suficiente.

    Afecta a quienes están realizando ahora los cursos CAF y CIF porque, es obvio, la forma de estudiar es distinta.

    Pero esta torpeza afecta especialmente a todas aquellas personas que ya aprobaron el CAF preparando (por la cara) duros cursos, con temarios muy amplios y varios meses de duración, y que ven cómo ahora, cuando menos, se van a ver obligadas a repasar todo de nuevo para poder hacer el examen. Otra vez.

    En cuanto a esta formación a la que obliga el MiFID II, más allá de lo logrado sectorialmente por CCOO, algo de lo que ya os hemos hablado en otros comunicados y que ha sido mucho más de lo que parece, porque en su planteamiento el escenario que se presentaba para todas las plantillas del sector era espeluznante, en muchas de las empresas del sector se negociaron y consiguieron algunas compensaciones para la plantilla por la realización de estos cursos. A veces dinero, otras días de vacaciones, etc.

    La normativa establece que todos estos cursos, obligatorios para nuestro trabajo, deben realizarse en nuestra jornada laboral. Algo que todos sabemos no ocurre ni de lejos.

    Por ello, en Liberbank, desde un principio y desde CCOO, hemos intentado negociar compensaciones obteniendo, sin embargo, respuestas similares a «encima que os los pagamos…»

    Por este motivo, hace meses denunciamos a Liberbank ante la Dirección General de la Inspección de Trabajo y a consecuencia de ello, CCOO y Liberbank, fuimos citados hace unas semanas en la Inspección.

    En la reunión que mantuvimos, la empresa argumentó que no tenían nada que negociar ni que compensar porque estos cursos eran absolutamente voluntarios (¿?), se habían apuntado a ellos sólo quien así lo había querido (¿?) y que, como eran online, se podían hacer en la oficina durante el horario laboral (¡!). Que ellos no ponían ninguna traba a eso.

    No sabemos qué dirá la Inspección pero resulta una obviedad que estos cursos son obligatorios para nuestro trabajo, se realizan fuera de la jornada laboral y deben ser negociados y compensados adecuadamente. Más aún cuando suceden cosas como que te obliguen a repetirlos.

    Ahora, tras salir a la luz que la CMNV no valida el sistema, a Liberbank le ha debido dar tanta vergüenza el tema que (sin negociar absolutamente nada) va a compensar el esfuerzo realizado con un día (¡uno!) por la realización del examen y otro día adicional si se aprueba el mismo.

    Resulta obvio que esto no compensa, ni de lejos, el tiempo dedicado ni esfuerzo realizado por lo que este «regalo» sitúa a Liberbank como la entidad más rácana del sector.

    Por cierto y al hilo de la circular publicada por Liberbank, creemos que el banco hace mal al denominar esos días libres adicionales como «días de libre disposición» ya que en la circular Liberbank establece que los mismos dependen de un montón de cosas entre las que se incluye el visto bueno del responsable jerárquico.

    Por ello y por si acaso -puesto que aquí casi todo va con terceras intenciones- queremos aclarar que, como establece el Convenio Colectivo, para el disfrute del día de libre disposición únicamente será necesario el previo aviso. Por eso se llama de «libre disposición».

    Saludos.

    Ver comunicado en pdf

  • Publicado el XVII Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública (Convenio TIC)

    Se ha
    publicado el XVII Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y
    estudios de mercado y de la opinión pública BOE-A-2018-3156

    En él podremos
    encontrar:

    • Vigencia del acuerdo hasta el 31
      de diciembre de 2019.
    • Efectos económicos desde octubre de 2017.

    Nueva clasificación profesional
    basada en 4 familias y 5 grupos divididos en niveles.

    • Moderna y cercana al sector frente a la obsoleta clasificación anterior.
    • Carrera profesional clara y definida con
      saltos progresivos que no impiden el ascenso.
    • Acorde con la realidad del sector y con el uso de las empresas.
    • Acuerdo de transposición de categorías para las categorías actuales.
    • Acuerdo de mantenimiento del salario base y plus convenio actual.
    • Desaparición del nivel más bajo en consultoría y desarrollo.

    Revalorización del poder adquisitivo. Contabilizar la antigüedad y el incremento salarial:

    • 3% en octubre 2017.
    • 2% en abril del 2018.
    • 2% en enero 2019.

     

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