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  • CCOO ACTÚA ANTE EL FRAUDE LABORAL Y SOCIAL DEL DESCONTROL HORARIO

    Bankia aplica, desde enero, un sistema de registro de jornad.

    El próximo 22 de febrero el Tribunal Supremo deberá resolver el
    recurso presentado por Bankia ante la sentencia de la Audiencia Nacional que le
    obliga a hacer un seguimiento horario, del trabajo realizado por la plantilla
    de Bankia, transparente y con información a la representación laboral para el seguimiento de su obligado
    cumplimiento.

    Con fecha 29 de septiembre, la Fiscalía del TS emitió un informe en el que desestimaba el
    recurso presentado por Bankia
     y
    respaldaba la sentencia de la Audiencia Nacional para el efectivo control
    horario en la entidad.

    El 1
    de enero entró en vigor,
    después de tres meses de prueba, el efectivo control horario en Bankia, para
    toda la plantilla, mediante un sistema que permite
    visualizar el tiempo de trabajo,

    con su registro y seguimiento efectivo de la representación laboral, sin
    necesidad de esperar la sentencia del TS.

    Paralelamente, CCOO presentó también demanda  para el
    control horario en BMN ante el abuso de las prolongaciones de jornada y
    descontrol en los tiempos de formación  entre buena parte de la
    plantilla.  Dicha demanda, como informamos, se resolvió en sede judicial aceptando la Dirección de BMN acatar
    la sentencia que para Bankia dicte el Tribunal Supremo
    .

    BMN debería seguir el ejemplo de
    Bankia y poner en marcha esta herramienta sin más dilación. Negar esta obligación es seguir en
    la mediocridad de una dirección irresponsable.
     

    ESTAMOS CCOONTIGO

    Porque son muchas las razones, afíliateCCOO

    Descargar comunicado en PDF

  • Aliseda, activos tóxicos y adjudicados, las claves para la recuperación de Banco Popular

    La entidad es la que más ladrillo tóxico atesora y Citi estima que el inmobiliario es «una piedra en el cuello».

    Consulta la noticia completa en el diario Expansión.

  • Aplicación de cálculo Cláusulas suelo

    ¿Tu hipoteca tenia cláusula suelo? Averigua lo que te han cobrado de más por aplicarte esta cláusula abusiva y nula. Sabiendo lo que te deben, sabrás lo que puedes reclamar. OCU te ayuda a reclamar por tu dinero.

    ¿Tu hipoteca tiene cláusula suelo? Has estado pagando de más. Calcula el dinero que has perdido al no poder beneficiarte de las bajadas de tipo de interés con esta calculadora.

    Esta calculadora es válida para préstamos firmados a partir de enero de 2001.

    Para poder rellenar esta calculadora, debes tener a mano los datos de tu préstamo, pues debes indicar la fecha en que se firmó la hipoteca, el tipo de interés aplicable, el diferencial.. y el "suelo", es decir, el interés por debajo del cual no puede bajar, que es la famosa "cláusula suelo". Si no lo sabes, consulta el contrato.

     

  • Un esfuerzo que debe ser compensado

    En cumplimiento de la directiva MIFID II, Banco Santander ha puesto en marcha la formación necesaria para obtener la acreditación en el asesoramiento y venta de productos financieros.

          Se trata de una formación importantísima para nuestro futuro profesional y que además, tiene subvención de fondos públicos.

    Sigue leyendo y te contamos todo lo que te puede interesar sobre tu formación, te interesa?

    En
    cumplimiento de la directiva MIFID II, Banco Santander ha puesto en marcha la
    formación necesaria para obtener la acreditación en el asesoramiento y venta de
    productos financieros.

    Ha comenzado ya el curso que deben
    aprobar las personas que ocupan los puestos de Dirección de Oficina y de
    Gestión Select y próximamente serán convocadas las que ocupen puestos de
    Subdirección o Ejecutivo comercial.

    Se trata de una formación
    importantísima para nuestro futuro profesional y que además tiene subvención de
    fondos públicos.

    Y por ello en CCOO pensamos que se  debería haber contado en su diseño con la
    opinión de las personas a las que va dirigido a través de sus representantes.

    Desgraciadamente no es así y aunque
    nadie discute las bondades de estos cursos, nos vemos obligados a señalar sus
    deficiencias.

    La convocatoria del primer curso, que
    dura 39 semanas y 156 horas teóricas de estudio,  se ha hecho sin explicar su relevancia y  confundida entre otras muchas de cursos más
    cortos y sin la importancia de éste.

    Además, en su programa se dan por
    supuestos altos conocimientos previos sobre materias,  tanto económicas como jurídicas,  que no han sido contrastadas previamente.

    La dedicación que exige, que en
    teoría es de 156 horas, excede con mucho las cuatro horas semanales teóricas,
    contribuyendo a deteriorar aún más si cabe, la necesaria conciliación de nuestra vida personal y familiar.

    Supone un  aumento notable de la carga de trabajo y del stress que sufrimos al trabajar con
    objetivos impuestos  unilateralmente y
    que cada vez son más difíciles de conseguir.

    Por todas estas razones, en CCOO
    creemos  necesario que:

    • Se establezcan compensaciones económicas
      vinculadas a la aprobación del curso
      , sea en efectivo o mediante la
      modificación de los criterios de la evaluación del desempeño, para que la
      formación tenga en este período un mayor peso.
    • Se adecúen los objetivos asignados a las personas que deban realizar
      este curso, a la  dedicación a su preparación
      y se refuerce la plantilla de las Oficinas
      en las que una o más personas deban aprobar este curso.
    • Se
      amplíen las tutorías a las personas
      que lo soliciten además de impartir las clases
      presenciales necesarias en horario
      laboral.

    Porqué está en juego nuestro futuro profesional debemos conseguir que se nos escuche

  • Planificacion de Vacaciones 2.017 – Derechos y normas

    Como cada año en el presente mes, las oficinas y departamentos deben confeccionar los cuadros de vacaciones.  


    Desde CCOO os recordamos los derechos y normas que las rigen gracias al convenio y animamos a que os planifiquéis adecuadamente en los centros de trabajo para evitar los problemas habituales a la hora de disfrutarlas. Si tienes algún problema con las vacaciones contacta con tus delegados/as de CCOO (Mapa de Delegados).

    Vacaciones anuales…: 25 días laborables
    Libre disposición……: 2 días laborables
    Premio a la fidelidad.:  1 día para los ingresados en 1.992 o antes
                                          1 día más para los ingresados en 1.982 o antes

    […]

     

    POR
    CONVENIO COLECTIVO

       

    Vacaciones

    25 días laborables anuales, sin contar sábados, domingos, ni festivos.

       

    Periodo

    Del 1 de enero al 31 de Diciembre.

    Cuadro

    Se
    confeccionará un cuadro en cada Oficina, cuidando de que los servicios queden
    debidamente cubiertos y procurando
    atender los deseos del personal afecto a las mismas

    Para
    evitar problemas posteriores, es importante que a la hora de confeccionar el
    cuadro de vacaciones se tenga en
    cuenta a aquellos compañeros/as que, estando de baja por I.T. o disfrutando
    de una excedencia
    , tengan previsto reincorporarse al trabajo ese año.
    Para ello, la oficina deberá contactar con los mismos.

    La
    empresa tiene la obligación de publicar en cada centro de trabajo (unidad o
    departamento en el caso de los SS.CC.) el cuadro de vacaciones aprobado,
    garantizando que los empleados lo conozcan, 
    como mínimo con dos meses de antelación a la fecha de disfrute de las
    vacaciones.

    Cumplido el preaviso de dos meses el acuerdo sobre el calendario de
    vacaciones será ejecutivo

    Partición

    El
    banco y el empleado/a de mutuo acuerdo podrán convenir la división del
    periodo vacacional en dos tramos.

    Prioridad

    La
    prioridad en la elección de turno viene dada por la antigüedad dentro de cada nivel con independencia de que los
    empleados solicitantes tengan o no responsabilidades familiares.

    Los
    empleados/as con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las
    suyas coincidan con los periodos de vacaciones escolares (según ?uso y
    costumbre? este periodo comprende verano, semana santa, navidad, semana
    blanca, etc. y se entiende como edad escolar hasta los 16 años). Ello no
    implica la elección de un turno determinado sino únicamente que sus
    vacaciones se disfruten dentro de los límites del periodo de vacaciones
    escolares.

     

     

    Libre
    disposición

    Además
    de las vacaciones, por convenio tenemos 2 días de libre disposición con el
    único requisito del previo aviso.

       

     

    POR
    ACUERDO DE EMPRESA

       

    Acuerdo Laboral
    de Fusión

    En
    el Acuerdo Laboral de Fusión del 2.009 conseguimos hasta dos días adicionales de libranza como premio a la
    fidelidad, de acuerdo a este escalado: 

    A partir de 25 años de antigüedad (ingresados en 1.992 o antes): 1 día adicional

    A partir de 35 años de antigüedad (ingresados en 1.982 o antes): 1 día adicional

     

    Los delegados y delegadas de CCOO
    estamos a tu lado para ayudarte
     Llámanos.

    Circular completa aquí