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  • Firmado el V Plan de Igualdad en Mercadona

    • El nuevo Plan de Igualdad de la empresa Mercadona, que entra en vigor este mismo mes de abril y tendrá una vigencia de cuatro años, hasta 2028.

       

    Comisiones Obreras (CCOO) firma el nuevo Plan de Igualdad de Mercadona, acuerdo que mantiene la constante de fomentar la equidad de forma transversal, en todos los procesos y para todas las personas que forman parte de Mercadona.

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    CCOO se lleva trabajando la Igualdad desde el inicio de las negociaciones del primer plan, hace más de catorce años, impulsando igualdad real y promocionando acciones para mejorar las relaciones laborales basadas en la igualdad de trato y oportunidades de la plantilla.

    En esta ocasión, se ha trabajado sobre el estudio del diagnóstico durante un año y medio, analizando las incorporaciones que se han realizado de mujeres y hombres, la clasificación de la plantilla, valoración de todos los puestos de trabajo y análisis de las retribuciones entre otras materias.
     

    Desde CCOO podemos señalar;

    • Actualmente las mujeres representamos el 61 % de la plantilla.
    • Las mujeres ocupamos el 47% de los puestos directivos.
    • En los procesos de promoción interna, el 48% son mujeres.
    • Casi el 80% de la plantilla tiene un contrato indefinido a TT.

    El nuevo plan incorpora;

    • Un sistema de análisis de la retribución más exhaustivo.
    • Medidas específicas para reducir las brechas de género en materias como la parcialidad o promoción.
    • Ampliación del ámbito del protocolo de violencia de género incluyendo otros tipos de esta violencia como es la violencia sexual.
    • Prácticas de salud laboral con perspectiva de género; seguimiento de la siniestralidad o enfermedad profesional, actualización de las evaluaciones según el avance de la investigación científica, reconocimientos médicos etc.

    Además, incorpora más mecanismos de seguimiento con los que desde la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Plan de Igualdad seguirá adaptando, reorientando o modificando cualquiera de las medidas según su efectividad.

    La Sección Sindical de CCOO considera muy positivos los avances conseguidos hasta ahora, que confirman los buenos resultados de este tipo de acuerdos. Con este plan se mantiene el compromiso de seguir trabajando conjuntamente en afianzar la igualdad entre mujeres y hombres.

     

     

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  • Se publican en el BOE las nuevas tablas salariales, adecuadas al SMI, del Convenio TIC

    Hoy, 9 de abril, se han publicado en el BOE las nuevas tablas salariales, adecuadas al SMI, del Convenio Colectivo de Empresas de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública:
    Publicación en el Boletín Oficial del Estado

    Recordemos que, tal y como se acordó en la disposición adicional cuarta “Garantía de Actualización al Salario Mínimo Interprofesional” del XVIII Convenio, y se ratificó en Comisión Mixta Paritaria, debe haber un diferencial de 80€ entre cada categoría adecuada al SMI y su inmediatamente superior (y esta con la siguiente y así sucesivamente). Esta cláusula permite mantener las escalas salariales entre categorías evitando el solapamiento de salarios.

    Aunque se hayan publicado hoy, son retroactivas desde el 1 de enero de 2024 por lo que, además del aumento en la nómina, se adeudan también los atrasos generados desde entonces.

    Ahora, las empresas disponen de un mes para la realizar la adecuación a las nuevas tablas y abonar los atrasos.

    ESTE CONVENIO TIENE MUCHO DE TI 

    Publicación en el Boletín Oficial del Estado

    Descarga COMUNICADO castellano(pdf)

  • CONVENIO COLECTIVO DE HOSTELERÍA Y ACTIVIDADES TURÍSTICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID: ¡YA ESTÁ PUBLICADO EN EL BOCM!

    Por fin, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado el Convenio Colectivo que regulará las condiciones de las personas trabajadoras del sector de la Hostelería desde el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025.

    CCOO lamenta la demora que ha sufrido la publicación de este convenio por parte del Registro de la Comunidad de Madrid. Esto ha implicado que, por desgracia, todas las nuevas medidas recogidas en el texto, siendo las salariales las más urgentes, no hayan entrado en vigor en la mayoría de las empresas hasta este momento.

    No obstante, ya no hay excusas para que los y las trabajadoras de este importante sector productivo de la Comunidad de Madrid comiencen a percibir los salarios acordados, que suponen un incremento salarial de un 15% de aquí a los próximos tres años, desglosado como sigue:

    • 2023: 6% desde el 1 de enero y atrasos con carácter retroactivo desde el 1 de julio de 2023.
    • 2024: 5%.
    • 2025: 4%.

    Puedes ver todas las tablas actualizadas en detalle en los anexos I ("Tablas salariales a efectos retributivos") y III ("Tablas salariales exclusivamente para aquellas empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio") del nuevo convenio, al cual puedes acceder pinchando aquí.

    Desde CCOO celebramos, pese a la demora en el Registro, la publicación de un convenio en el cual hemos volcado nuestro esfuerzo para garantizar la recuperación del poder adquisitivo tanto como nos ha sido posible.

    Comunicado completo

  • Sexta reunión de negociación de Convenio de Decathlon

    El 3 de abril se ha celebrado la 6a reunión para la negociación del IX Convenio Colectivo de Decathlon.

    Decathlon continua insistiendo en que se firme su propuesta de recortes y por tanto, obvia toda la plataforma que llevamos desde CCOO: Una plataforma llena de mejoras salariales y sociales, realmente necesaria para la recuperación del nivel de vida de los equipos y que garantice sus jornada, turnos, bajas por enfermedad y conciliación de su vida personal y laboral.

    Recordemos que Decathlon es una multinacional con altos beneficios y que acaban der revalorizar cada acción en un 13%, mientras hipotecan a la plantilla a una subida de un miserable porcentaje del 10%, en 3 años, cuando eso no recupera lo que llevamos perdido en los convenios anteriores (aprox. 1.700€) y además sin pagarlo desde enero de este año. Están muy lejos de ser "la empresa de nuestra vida".

    Siguen empecinados en:

    • Subida salarial pésima.
    • No reconocernos los trienios.
    • Seguir con los turnos partidos.
    • Reducir el importe del complemento de las bajas.
    • Eliminar el plus de domingos-festivos y seguir con su idea brillante del "Money Time".
    • No apostar por un sistema de subidas de horas transparentes.
    • Triplicar el período de prueba convirtiendo el objetivo de empleo estable de la reforma laboral en contratos de usar y tirar como ya firmaron en el acuerdo de fijos-discontinuos con el sindicato SGICD.

    RESUMIENDO: EMPEORAR LAS CONDICIONES LABORABLES Y CON ELLO LA VIDA DE QUIENES FORMAMOS PARTE DE LA "FAMILIA DECAT", PERO DESDE CCOO NO LO VAMOS A CONSENTIR.

    ¡NO SOMOS TRABAJADORAS/ES DE USAR Y TIRAR!
    ¡QUEREMOS UN CONVENIO GANADOR PARA QUE TÚ TAMBIÉN LO SEAS!

    Oganizarte con CCOO en tu centro de trabajo puede cambiar la balanza del futuro.

    Descarga COMUNICADO (pdf)

  • Aprobada la revisión salarial de 2023 y las Tablas Salariales iniciales de 2024 del Convenio de Seguros

    Con fecha 3 de abril se ha reunido la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo de Seguros y Mutuas para aplicar la revisión salarial prevista en los arts. 44 y 45 del Convenio y en la Disposición Adicional Décima.

    La Disposición Adicional Décima, fruto del acuerdo de modificación parcial del Convenio Colectivo, establece que la tabla salarial definitiva del año 2023 se incrementará un 3,5% sobre la tabla definitiva de 2022, a los solos efectos de ser punto de partida para el pago de los salarios desde 1 de enero de 2024. De esta manera, solo se abonará retroactivamente, con efectos 1 de enero de 2023, el importe resultante de aplicar la fórmula de incremento salarial para el año 2023 prevista en el art 44 del Convenio, descontado el incremento salarial inicial del 0,8% recogido en la tabla salarial inicial de 2023.

    En relación con la revisión salarial de 2023, conforme al art. 44.1, se constata que el PIB correspondiente a 2023, publicado por el Instituto de Nacional de Estadística (INE), se ha situado en el 2,5% por lo que habiendo resultado igual o superior al 1,6% e igual o inferior al 2,5%, el incremento salarial base que corresponde aplicar es del 1,5%.

    En segundo lugar, conforme al artículo 44.2, se constata que, habiéndose registrado un IPC del 3,1% en 2023, publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), procede aplicar el coeficiente corrector del 120% al citado incremento salarial base del 1,5%, quedando así constatado como incremento salarial final correspondiente a 2023 el 1,8%. Habida cuenta que el incremento salarial inicial en 2023 fue del 0,8%, procede percibir como revisión salarial un 1% que las empresas deberán abonar con carácter retroactivo desde 1 de enero de 2023.

    Respecto al incremento salarial inicial de 2024, conforme al artículo 45.1 del Convenio Colectivo y lo dispuesto en la Disposición adicional décima, procede aplicar un incremento salarial inicial del 0,8%, con efecto 1 de enero de 2024, sobre las tablas salariales definitivas de 2023.

    Conforme a los artículos 44.6 y 45.6 del Convenio Colectivo, los conceptos sobre los que se aplica la revisión salarial serán los siguientes: tabla salarial de sueldos base por nivel retributivo, tabla de complemento por experiencia, complementos de compensación por primas, complemento de adaptación individualizado, plus funcional de inspección, plus de residencia y ayuda económica para vivienda en los supuestos de traslado e importe de la compensación de gastos previsto en el apartado 7 del art. 25 que regula el trabajo a distancia. Las tablas aprobadas se enviarán para su registro y publicación en el BOE.

    En los Anexos figuran respectivamente:

    • ANEXO I: La Tabla salarial definitiva. Año 2023, que incluye las tablas y conceptos salariales resultantes de aplicar un incremento salarial del 3,5 % sobre las tablas de 2022.
    • ANEXO II: La Tabla salarial inicial. Año 2024, que comprende las tablas y conceptos salariales resultantes de aplicar un incremento salarial inicial del 0,8%, con efecto de 1 de enero de 2024, sobre las tablas salariales definitivas de 2023.