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  • ACTUALIZACIÓN TABLAS SALARIALES 2024: CC Mayorista y Minorista de Juguete, Cerámica, Vidrio, Iluminación, Regalo y Material Deportivo de Madrid

    El 6 de julio de 2023 se publicó en el BOCM el Convenio Colectivo vigente para los años 2022, 2023 y 2024. Ahora es momento de aplicar la actualización de las tablas salariales en 2024.

    Como os anunciamos en nuestro comunicado del pasado 6 de julio, con motivo de su publicación, El Convenio recoge las siguientes mejoras relevantes:

    • Incremento salarial: 3% para 2022 (con efectos retroactivos desde el 1 de enero), 3% para 2023 y 3% para 2024.
    • Mayor concreción y seguridad en el calendario laboral en cuanto a horarios, distribución de días de trabajo, vacaciones, festivos y descansos, entre otros. Posibilidad y regulación del teletrabajo. Garantía de desconexión digital.
    • Regulación del registro de jornada.
    • Contratos fijos discontinuos: queda fijada una actividad mínima de cinco meses a tiempo completo y de cinco meses con jornada mínima de 24 horas semanales a tiempo parcial, que además consolidarán el 50% de horas complementarias a año vencido.

    En los enlaces de más abajo podréis acceder al comunicado completo de CCOO así como a las tablas salariales detalladas.

    Comunicado completo CCOO

    Tablas salariales CC Comercio Juguete

  • Convenio de Alimentación de la Comunidad de Madrid: Publicadas las tablas salariales para los años 2023, 2024 y 2025

    RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo del Sector de Comercio de Alimentación (Código número 28000715011982).

    Este acuerdo establece las tablas salariales del Convenio Colectivo del Sector del Comercio de Alimentación de la Comunidad de Madrid para los años 2023, 2024 y 2025.

    • Incremento salarial para el año 2023 del 5%, con efectos desde el 1 de enero de 2023, que se hará efectiva en el momento del registro ante el REGCON del presente acuerdo (24 de febrero de 2024)
    • Para el año 2024 se acuerda una subida salarial, efectiva a partir de enero de 2024, del 4% con revisión al IPC hasta el límite del 1%.
    • Y para el año 2025 se acuerda una subida salarial del 3% con revisión al IPC hasta el límite del 1%.

     

    En los enlaces adjuntos podrás consultar y descargar toda la información.

    Comunicado completo CCOO

    Documento completo BOCM

  • Presentadas las candidaturas definitivas a los órganos de dirección de la SS Grupo Banco Sabadell Madrid y la Delegación de Madrid al Plenario Estatal

    Se proclaman definitivamente las candidaturas para elegir los órganos de dirección y la delegación de Madrid al Plenario Estatal de la Sección Sindical de Grupo Banco Sabadell.

    De conformidad con lo dispuesto en las normas aprobadas por la Comisión Ejecutiva de CCOO Servicios de Madrid y el calendario del proceso recogido en las mismas, se proclaman definitivamente las candidaturas para elegir los órganos de dirección y la Delegación de Madrid al Plenario Estatal de la Sección Sindical Grupo Banco Sabadell dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid.

     

    Fecha de celebración del Plenario:

    19 de marzo de 2024, 16:00.

    C/Lope de Vega 38, 3ª planta. Sala Atocha.

    Candidaturas para la elección de órganos de dirección de la SS Grupo Banco Sabadell Madrid y Delegación de Madrid al Plenario Estatal

  • El 15M, nuevas movilizaciones en el sector financiero como antesala de la HUELGA del 22M

    • Tras las movilizaciones del 8F y 21F, y la huelga parcial masiva del pasado 26 de febrero, con un 84,7% de seguimiento, CCOO, UGT y FINE convocan nuevas movilizaciones de delegadas y delegados el viernes 15M, a las 11:00, en sedes de 8 ciudades, como antesala de la huelga de 24 horas del próximo viernes 22 de marzo.

    Actualizada tras la desconvocatoria de las movilizaciones del convenio de Ahorro

    Estas son las ciudades donde nos movilizamos el próximo 15 de marzo, a las 11:00 de la mañana, ante diferentes sedes de entidades financieras e incluyendo la Junta de Accionistas de BBVA:

    • Bilbao: Junta Accionistas BBVA (Palacio Euskalduna)
    • Barcelona: Banco Sabadell (Rambla Cat. 115) a Deutsche Bank (P. Gracia 112)
    • Pamplona: Sede Caja Rural de Navarra (Pza. de los Fueros, 1)
    • Murcia: Sede Cajamar en Murcia (Pza. Julián Romea 4)

    Desde CCOO, UGT y FINE "al tiempo que invitamos al resto de sindicatos a unirse, hacemos un llamamiento a las patronales y empresas para que apuesten por avanzar muy significativamente en la negociación en los días que quedan hasta la huelga del 22 de marzo, coincidente con las Juntas de accionistas de CaixaBank y Banco Santander".

    Las 3 organizaciones sindicales exigen a las patronales de Banca, Ahorro y Cooperativas de Crédito "que escuchen el clamor de las plantillas, que han hablado en la huelga del 26 de febrero, y muestren una voluntad de acercamiento real, con propuestas acordes con los beneficios récords del sector, con el incremento de retribuciones de la alta dirección, con los dividendos que reparten a sus accionistas y con lo que reivindican y merecen sus trabajadoras y trabajadores, el principal activo del sector financiero".
     

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    COMUNICADO (pdf)

  • VISTO PARA SENTENCIA EL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE JUEGOS COLECTIVOS DE DINERO Y AZAR

    Tras la firma en solitario del convenio por parte de la patronal ASEJU y el sindicato UGT, para los años 2022, 2023 y 2024, la Federación de Servicios de CCOO de Madrid decidió interponer demanda de impugnación al considerar que existen algunos artículos que no se ajustan a la legalidad vigente. El 29 de febrero se ha celebrado el juicio, en el que la patronal y UGT han defendido conjuntamente la misma posición, quedando así visto para sentencia.

    CCOO se negó a firmar un texto que no sólo recogía incrementos salariales a todas luces insuficientes (1,5% para el año 2023 y 1,5% para el año 2024), sino porque los retrocesos en derechos para los y las trabajadoras del sector eran inasumibles. A esto, podemos añadir, que algunos artículos pueden considerarse de su dudosa legalidad, de ahí nuestra demanda.

     

    En concreto, solicitamos que se declare la nulidad de:

    · Art. 6: Ámbito temporal, ya que se vincula su vigencia en función de circunstancias normativas.

    · Art. 15: La regulación de la resolución de contratos, ya que posibilita despidos sin indemnización para las personas trabajadoras en caso de no renovación de permisos o licencias.

    · Art. 24.1.c): Compensación de festivos mediante desregulación de la jornada a criterio de la empresa.

    · Art. 26, párrafo 1º b) ya que establece para los días 24 y 31 de diciembre que el horario de apertura y cierre se pactará por escrito de forma individual entre empresario y trabajador.

    · Art. 28.1, párrafos 2º y 3º, sobre Remuneración Mínima de Convenio Garantizada para 2022.

    · Art. 45 a) y art. 46 e), ya que coarta los derechos sindicales de los y las trabajadoras y sus representantes, esto es, la ley orgánica de libertad sindical.

    · Art.52 d), f), h), i) y j) sobre las funciones de la comisión paritaria.

     

    De hecho nos consta, según fuentes de asociados a la patronal ASEJU, que ésta se jacta de haber conseguido “objetivos históricos pretendidos por el subsector”:

    1. Percepciones económicas por debajo del Convenio Marco Estatal.
    2. Que la subida del SMI no afecte al personal por los conceptos que engloba en Salario Convenio Garantizado
    3. Que la vigencia del convenio esté supeditado a la no aprobación de supuestos normativos.
    4. Desaparición de plantillas mínimas.
    5. Eliminación de presencia física en Sala.
    6. Transformación del plus convenio y el de productividad en yn plus “ad personam”, sin posibilidad de actualización ni para nuevas contrataciones.
    7. Obligatoriedad de jubilación ordinaria
    8. Desaparición de la posible reversión de la Orden del bingo Dinámico.
    9. Ampliación de jornada.
    10. Incremento salarial por debajo de la media.
    11. Posibilidad de apertura para el 24 de diciembre, en línea a lo establecido para el 31.
    12. No pagar atrasos.
    13. Vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.

     

    Su “alegría”, que sabemos que no es compartida por las plantillas del sector, CCOO no la puede tolerar.

     

    Desde CCOO seguiremos luchando, con todas las herramientas a nuestro alcance, por la recuperación de derechos perdidos y por la mejora de las condiciones laborales de todas las personas trabajadoras del sector.

    Comunicado juicio CC de Empresas Comercializadoras de Juegos Colectivos de Dinero y Azar