Categoría: Sin categoría

  • Modalidades de votación

    Hoy se efectúa la proclamación definitiva de candidaturas para las elecciones sindicales que se celebrarán el próximo jueves 22 de Mayo, en las que 24 compañeros y compañeras tuyos nos presentamos avalados por CCOO.

    Aprovechamos esta notificación para informaros, también, de las modalidades de voto posibles:

    Voto presencial

    Podéis ejercer vuestro derecho a voto en las oficinas de Sogeti, en horario de 8:00 a 20:00. Os recordamos que el Estatuto de los Trabajadores contempla, en su artículo 75, el derecho a voto en horario laboral y, por tanto, sin recuperación de las horas dedicadas a poder hacerlo (incluso si estáis desplazados en el cliente).

    Las horas dedicadas a este fin pueden imputarse en la intranet en el apartado de Ausencias Autorizadas indicando en el comentario “votación elecciones sindicales”.

    Voto por correo

    Para poder ejercerlo, se debe solicitar previamente a la mesa electoral vuestra intención de hacerlo por esta modalidad, para que os envíen las papeletas y sobres.

    Como, lamentablemente, en esta modalidad de voto suele haber un problema de retrasos que impide la llegada de los votos en el tiempo estipulado (antes de la votación presencial), desde CCOO propusimos una
    alternativa: el voto delegado. Este tipo de voto, aunque no contemplado en la legislación, es de uso común (por ejemplo, las elecciones de Sogeti Madrid) y tiene las garantías necesarias y suficientes. Esto hubiera facilitado una mayor participación, pero, desafortunadamente, esta modalidad fue desestimada por la otra parte presente en el proceso.

    Así pues, desde CCOO te animamos a venir a votar presencialmente el día 22, sea cual sea tu opción, dando así el respaldo necesario a los representantes que surjan de las elecciones.

    Descarga Comunicado – Modalidades de votación(PDF)

    ¡Afiliate a CC.OO.!

  • Concentracion diante do BBVA en A Coruña

    A Federación de Servizos Financeiros e Administrativos de CCOO (COMFIA-CCOO) e o resto de sindicatos con representación no BBVA en Galicia realizaron unha concentración de delegados diante da sé da Dirección Territorial Noroeste, no Cantón Grande da Coruña.

    Unha delegación formada por un membro de cada un dos sindicatos
    convocantes entregou unha carta ao responsable de Recursos Humanos,
    na cal solicitan a negociación dos plans de reordenamiento que o BBVA
    puxo en marcha, tanto na rede de oficinas como nos departamentos de
    Servizos Centrais: os chamados Proxecto Clima e Proxecto Velázquez,
    respectivamente.

    A concentración, que durou preto dunha hora, contou coa presenza de
    numerosos delegados do BBVA vidos das comunidades que forman a
    Direccion Territorial Noroeste (Galicia, Asturias e Castela-Leon), e
    mais de representantes sindicais doutras entidades financeiras e
    administrativas federadas en Comfia-CCOO. A asistencia pódese cifrar en
    preto de catrocentas persoas.

    Os concentrados manifestaron de forma patente o seu rexeitamento aos
    Proxectos Clima e Velázquez e mostraron o seu desagrado polo xeito en
    que a Dirección do BBVA pretendeu implantar estes ás costas da
    representación sindical.

    «Vaiase, Sr González», en referencia ao Presidente do Consello de
    Administración Francisco González, foi unha das consignas máis
    repetidas durante o desenvolvemento da concentración, que se disolveu
    de forma pacífica unha hora logo do seu comezo.

  • Conectamos – Número 16

    El boletín sectorial de las TIC de Comfia-CCOO «Conectamos»

    Editorial

    • Empleamos como ariete el Plan de Acción

    Recomendamos

    • CONECTAMOS en papel: la clave para llegar a quien no llegamos

    Para discapacitados

    • Ley de Dependencia

    Rincón de la Ley

    • Qué pasa con mis vacaciones

    Nuestras Notícias

    • Aumenta el apoyo de los trabajadores de Indra a CC.OO.
    • Huelga en Atos Origin
    • Acuerdo de mejoras colectivas en IT Deusto
    • Difundiendo la realidad de los trabajadores y trabajadoras del sector
    • CC.OO. gana las elecciones sindicales a Teamlog-Barcelona
    • Firmado un acuerdo sobre políticas sociales y salariales en Telenium
    • Agrupaciones TIC de Comfia-CC.OO. en diversos «Foros de Empleo»
    • CC.OO. gana las elecciones en EDS con una candidatura de 149 firmas

    De Interés en los Medios

    • Un juez da la razón a una madre trabajadora
    • AETIC presenta el estudio sobre salario y politica laboral
    • KPN dice que Capgemini esta interesada en los activos de Getronics
    • Despido nulo por no informar al Comité
    • Atos Origin compra Tempos21

     

    Descarga Conectamos Número 16 (PDF)

    ¡Afiliat ea CC.OO.!

  • Normas y procedimientos…¿de obligado cumplimiento?

    El pasado 16 de Abril la empresa envió un comunicado a toda la plantilla: “Normas y Procedimientos”, recordándonos el obligado cumplimiento de las mismas.

    No seremos nosotros los que nos opongamos al cumplimiento de las normas en materia laboral, por parte de los trabajadores y trabajadoras, siempre que estas normas, en este caso impuestas unilateralmente por la empresa, respeten los mínimos marcados por la legislación vigente, algo que parece no ocurrir en este caso.

    En este comunicado de normas y procedimientos, la empresa, parece interpretar erróneamente algunos detalles legales:

    En materia de horarios dice:

    “Observación.- Para aquellas personas que estén desarrollando su labor en la oficina de Sogeti para un cliente y este establezca un horario diferente, se habrán de ajustar a este último.” Y “Las personas que estén trabajando en las instalaciones del cliente se ajustarán al horario del mismo”

    En el primer caso CC.OO. recuerda que no existe ninguna obligación del trabajador en cumplir otro horario que no sea el de las oficinas de Sogeti cuando trabaja en ellas, aún cuando preste servicio a un cliente cuyo horario sea distinto.

    En el segundo caso queremos recordar que el horario del cliente, NUNCA debe ser el horario que el cliente decida o acuerde con Sogeti, sino el que legalmente este establecido en el centro de trabajo del cliente, y que por norma general será aquel que de forma habitual realizan los propios trabajadores del cliente. Y esto solo para los trabajadores adscritos a los centros de Madrid y Bilbao, por que los de Barcelona y Valencia, ni siquiera eso, ya que su única obligación es la de cumplir el horario oficial de Sogeti.

    Desde la Sección Sindical de CC.OO. en Sogeti recomendamos leer estos artículos :

    Art. 20. Convenio Colectivo de Consultoras.

    Art. 27. Convenio Oficinas y despachos de Barcelona.

    Art. 36,37,38. Convenio de Oficinas y despachos de Valencia.

    En materia de vacaciones el comunicado de la empresa dice:

    “Las vacaciones deberán comunicarse con anterioridad al responsable de la compañía así como al responsable del cliente si así se requiriera. La forma de omunicar es a través de la intranet y deberán ser aprobadas por vuestros responsables antes de ser disfrutadas.

    Recordad que la mitad de los días de vacaciones deberán ser disfrutados en tiempo de jornada intensiva y estas deberán ser comunicadas con dos meses de anterioridad al disfrute de las mismas”

    Algo que se no esta recogido en ninguno de los convenios que rigen en la empresa, ni mucho
    menos en el Articulo 38 del Estatuto de los Trabajadores.

    De hecho, la interpretación de la ley que hace la empresa parece más interesada que errónea, ya que no se trata de que el trabajador “tenga la obligación de comunicar”, sino que el trabajador “tiene derecho” a conocer sus vacaciones con al menos 2 meses de anterioridad.

    Así mismo, no es obligación del trabajador sino de la empresa comunicar esta circunstancia al cliente, que además en ningún caso debe condicionar las vacaciones de un trabajador de Sogeti, puesto que se incurriría en una cesión ilegal de trabajadores entre empresas. Aunque en buena lógica y en aras del buen clima laboral dentro de los clientes, entendemos que el trabajador pueda “comunicar” sus vacaciones al cliente con anterioridad a su disfrute, siempre que se trate de exactamente eso, una comunicación y no una solicitud, ya que el cliente en este caso no tiene
    potestad alguna.

    Desde la Sección Sindical de CC.OO. en Sogeti recomendamos leer estos artículos :

    Art. 38. Estatuto de los trabajadores.

    Art. 21. Convenio Colectivo de Consultoras.

    Art. 29. Convenio Oficinas y despachos de Barcelona.

    Art. 39. Convenio de Oficinas y despachos de Valencia.

    Así mismo os recordamos que las vacaciones en su totalidad deben ser de común acuerdo entre empresa y trabajador, y que en caso de no haber acuerdo, puede acudirse a un tribunal laboral en proceso urgente y sumario, para que en un plazo no superior a 15 días el Juez decida.

    Más grave nos parece el segundo párrafo del comunicado en torno a las vacaciones, ya que en ningún caso los trabajadores de Sogeti estamos obligados a que la mitad de los días de vacaciones deban ser disfrutados en tiempo de jornada intensiva.

    Sobre estos temas, ya en 2006 la Sección Sindical de CC.OO. presentó una propuesta de regulación de estos aspectos, que la empresa desestimó entonces y que puedes ver en nuestra WEB: Propuesta Jornada Laboral, Vacaciones, Permisos y Excedencias.

    En primer lugar, solicitamos de la Dirección de Sogeti, una inmediata rectificación al comunicado del 16 de Abril, ya que en caso contrario CCOO se verá obligada a actuar en defensa de los derechos de sus representados acudiendo en primer lugar a los servicios de intermediación y arbitraje, y en caso de no encontrar acuerdo en el seno de estos, tomar las
    medidas legales oportunas.

    En segundo lugar y entendiendo que el interés de la empresa es actualmente el de regular estos aspecto, en las Comisiones Obreras, estamos dispuestos al diálogo en torno a esta regulación, tomando como base la propuesta de CCOO de 2006.

    Si tienes alguna duda en algunos de estos aspectos o te surgen en el futuro, ponte en contacto con
    la Sección Sindical de CC.OO. en Sogeti.

    Descarga Comunicado 06/2008 – Normas y procedimientos, ¡de obligado cumplimiento? (PDF)

    ¡Afiliate a CC.OO.!

  • 1ero de Mayo – COMFIA-CCOO reivindica el convenio de las TICs

    Este año, la reivindicación principal de la federación COMFIA-CCOO es la de un convenio digno para los trabajadores y trabajadoras de las Tecnologias de la Información y Comunicación (TIC).

    Ven al 1º de Mayo a reivindicar el convenio del sector!

    Por un convenio digno y justo! Informáticos en lucha!

    1ero Mayo Madrid

    1ero Mayo Barcelona

    1ero Mayo Valencia

    1ero Mayo Bilbao

     

    ¡Afiliate a CC.OO.!