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  • Plan de Formación Continua Comfia-CCOO Catalunya

    Os hacemos llegar el nuevo Plan de Formación Continua Sectorial de Comfia-CCOO Catalunya. Para acceder a toda la información y efectuar las preinscripciones a los cursos se hace a través del portal de internet de Elogos a través de www.comfia.cat

    ¡Afiliate a CC.OO.!

    Plan de Formación Sectorial Comfia-CCOO Catalunya

  • Conectamos – Número 14

    El boletín sectorial de las TIC de Comfia-CCOO «Conectamos»

    *Editorial*

    • La negociación del XVI Convenio sigue adelante.. 


    *Recomendamos*

    • Comfia-CC.OO. constituye formalmente un grupo de coordinación de RSE  


    *Para discapacitados*

    • Integración laboral de personas con discapacidad intelectual
    • Ayudas individuales para personas con discapacidad

    *Rincón de la Ley*

    • Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero  


    *Nuestras Noticias*

    • Comfia-CC.OO. gana las elecciones en Atos Origin
    • Plan de Carreras Profesionales en Teamlog Iberica
    • Comfia-CC.OO. consolida su representación en Capgemini
    • Firmado un acuerdo sobre políticas sociales, salariales y de igualdad en Sogeti-España
    • Firmado un Plan de Igualdad en Rural de Servicios Informáticos SC
    • Indra: fusionar para precarizar 


    *De Interés en los Medios *

    • La brecha salarial entre directivos y trabajadores se ha multiplicado al menos por 10 en los últimos 20 años
    • La ETT genera antigüedad
    • ¿Estudias o trabajas..?, campaña de CC.OO. para evitar los abusos que sufren los jóvenes en practicas
    • El Senado aprueba la Ley para sancionar la discriminación de los discapacitados

    Descarga Conectamos Número 14 (PDF)

    ¡Afiliate a CC.OO.!

  • EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A COMFIA-CCOO Hay que computar todos los contratos a efectos de promoción

    El mes de febrero dábamos a  conocer la importante sentencia que Comfia-CCOO ganó en la Audiencia Nacional contra Caixa Laietana. Ahora, con fecha 19 de Diciembre de 2007, el Tribunal Supremo ha confirmado esa sentencia

    La importancia de la misma radica en el reconocimiento del tiempo de permanencia a efectos de ascensos (o antigüedad), computando todos los periodos en los que la persona ha estado contratada por la empresa, con independencia del tiempo transcurrido entre contrato y contrato.

     

    Es decir, que, con independencia de la modalidad de contrato, todo el tiempo trabajado para la empresa es computable como tiempo de permanencia. Por lo tanto, deben de añadirse todos los periodos no computados de contratos temporales al reconocimiento de la antigüedad. Esto significa que se acorta el periodo necesario para alcanzar un nuevo nivel por permanencia o bien para devengar un nuevo trienio, si es el caso.

     

     

    Como nos afecta la misma normativa jurídica en función de la cual se ha dictado dicha sentencia, es decir, el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros, nos hemos dirigido a la Dirección de nuestra Caja para que la aplique de manera inmediata a todos los compañeros y compañeras que se encuentren en esta situación, con el total reconocimiento de los atrasos que les correspondan.  Además animamos a todos aquellos implicados a que nos lo hagáis saber para poder hacer el seguimiento.

     

    Sentencia Audiencia Nacional de 5 de febrero de 2007 (confirmada por el Tribunal Supremo el 19 de diciembre de 2007):

     

    “En la demanda formulada por la FEDERACIÓN DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE COMISIONES OBRERAS (COMFIA) frente a CAJA DE AHORROS LAYETANA sobre Conflicto Colectivo, debemos declarar y declaramos el derecho de los trabajadores de la Caja de Ahorros Layetana encuadrados en los niveles retributivos en los que el convenio colectivo de Cajas de Ahorro ha previsto la promoción por experiencia, a que les sean computados a efectos de dicha promoción todos los períodos en los que han estado contratados mediante contrato de trabajo temporal, con independencia del lapso de tiempo que haya existido entre contrato y contrato, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración”.

    VEr Sentencia Caixa Laietana. Audiencia Nacional

    Sentencia Caixa Laietana. Tribunal Supremo 

  • EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A COMFIA-CCOO

    Todos los períodos con contrato temporal deben computarse a efectos de promoción.

    Desde aquí puedes leer la sentencia del Tribunal Supremo. Pincha AQUÍ

    Para conocer tu antigüedad laboral reconocida puedes solicitar tu vida laboral desde AQUÍ