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En esta consulta enumeramos los elementos que componen nuestra base de cotización.
¡No dudes en contactarnos si necesitas asesoramiento!
Para solicitar nuestra ayuda, puedes hacerlo vía: contacta@servicios.ccoo.es o en nuestra web
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El 19 de abril de 2023, se reunió en Lisboa el Comité Restringido del CEE de Inditex. Estuvieron presentes los tres miembros españoles Julio Alquezar, Rosa Galán de CCOO, Isaac Galán UGT. Onur Bakir representando a UNI Comercio Global. Por parte de la empresa estuvo presente el equipo Jurídico Laboral Internacional.
El punto principal del orden del día era la preparación de la reunión plenaria del CEE: renovación, propuesta orden del día, lugar, duración, formación….
Se acordó el 11 de junio 2023, como fecha límite para ratificar a los actuales miembros o realizar nuevos nombramientos con el fin de poder convocar un primer pleno lo antes posible respetando los plazos establecidos en el acuerdo de constitución del CEE del Grupo Inditex. La reunión se celebrará en la sede central de Inditex en A Coruña. El contenido de la sesión de formación se decidirá una vez se tengan todos los nombramientos. Las fechas que se propusieron a la empresa para la reunión son del 17 al 20 de julio, pudiendo adelantarse una semana si se reciben todos los nombramientos antes de la fecha límite. En cuanto a la propuesta del orden del día se cerrará con las aportaciones de los miembros del CEE una vez renovado. Esta información se trasladó a la Dirección en el transcurso de la reunión conjunta.
Se informó del trabajo que se está realizando para la preparación de una declaración conjunta CEE-Inditex contra la violencia de género y el acoso en el lugar de trabajo, respondiendo al compromiso adquirido en el pleno del CEE celebrado en septiembre del 2022 y que se presentará al grupo de trabajo de igualdad del CEE y en el primer pleno del nuevo mandato. Sobre este punto la Dirección puso en valor el compromiso que la compañía tiene en su interno, y desde UNI también se valora muy positivamente este trabajo, ya que desde su departamento de Igualdad llevan mucho tiempo trabajando estos temas
La Dirección explica el borrador que ha comunicado sobre Política del Sistema Interno del Grupo Inditex, en cumplimiento del mandato emanado de la Directiva (UE) 2019/1937 de 23 de octubre de 2019 y Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
En la reunión de la parte sindical se mencionó la necesidad de que UNI recuerde a las afiliadas que tienen una presencia sindical activa en Inditex para que se comprometan a nombrar los representantes de su país en el CEE, como por ejemplo Suecia y Dinamarca entre otros. Y puesto que la reunión se celebró en Portugal se cerró la misma con una exposición de la compañera Marcia sobre la situación de las tiendas de Inditex en Portugal, tanto de las últimas subidas salariales, etc., como de los problemas actuales. De todo esto tomamos nota y se hará un seguimiento.
[INFORMACIÓN AMPLIADA/ACTUALIZADA] PERSONAS AFILIADAS CON COTIZACIONES EN SISTEMA MUTUALIDAD BANCA ANTES DEL 31/12/1978: PROCEDIMIENTO RECLAMACIÓN MINORACIÓN TRIBUTACIÓN PRESTACIÓN JUBILACIÓN EN IRPF EN BASE A SENTENCIA 255/2023 DEL TRIBUNAL SUPREMO
ACTUALIZACIÓN 28 ABRIL 2023
Como ya ha informamos con anterioridad, el Tribunal Supremo en su Sentencia 255/2023 [ENLACE SENTENCIA] del pasado 28 de febrero, se pronuncia respecto al criterio de minoración de la tributación de la prestación de jubilación en la renta para las personas con cotizaciones en el sistema de Mutualidad de Banca desde 1/1/1967 hasta 31/12/1978, concluyendo en su fundamento 4º:
"La respuesta a la cuestión, conforme a lo que hemos razonado, debe ser que las aportaciones/cotizaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca a partir del 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, por lo que resulta procedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importe de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas".
Aunque no es definitivo, ni se conoce aún si la Administración modificará el criterio en base a la Sentencia o lo mantendrá a la espera de que haya una segunda Sentencia del Supremo que genere jurisprudencia, con esta Sentencia se abre nuevamente la posibilidad de reclamar a Hacienda una parte de la retención sobre la prestación de jubilación que no debería haber tributado en las declaraciones de IRPF por formar parte del sistema de Mutualidad. Conviene recordar, en este sentido, que el 1 de julio de 2020 el Tribunal Económico Administrativo estableció que únicamente se podrían tener en cuenta los años cotizados anteriores al 1/1/1967 y no el resto.
Ahora con esta Sentencia del Tribunal Supremo puede abrirse nuevamente una vía para las reclamaciones sobre las cotizaciones de años posteriores y hasta el 31/12/1978.
El itinerario de reclamaciones sería el siguiente:
Como estrategia procesal, puede optarse por reclamar inicialmente solo 2018, e ir encadenando todo el itinerario de reclamaciones, por dar tiempo para cambios de criterios o nueva jurisprudencia. Basta modificar el modelo con los 4 años agrupados y reclamar solo dicho ejercicio.
En caso de duda, puedes contactar con tu federación territorial (https://www.ccoo-servicios.es/oficinas.html).
[DESCARGAR MODELO SOLICITUD RECTIFICACIÓN A AEAT]
En el caso de 2022, se recomienda no modificar el borrador o declaración en base a este criterio del Supremo, y presentar reclamación posterior solicitando su rectificación, utilizando el mismo modelo.
Quedamos a tu disposición para ampliar información sobre esta cuestión, agradeciéndote una vez más que hayas mantenido tu vinculación con CCOO, a través de tu afiliación, incluso más allá de la etapa en activo.
Un cordial saludo.
Desde que a principios de marzo se implantó la decisión unilateral de la Empresa sobre la posibilidad de refinanciar deuda de las personas empleadas del Grupo DB ha pasado el tiempo y parece que se van acumulando los problemas.
Después de autorizar la aportación de información a Collections, hay personas que después de más de un mes de espera no han recibido ninguna llamada o correo. Y, a partir de ese primer contacto, habrá que esperar que remitan una propuesta concreta.
Y la culpa no es de la plantilla de Collections. Ya avisamos en su momento que la dotación del departamento, que ya está sobrecargada de trabajo, no podría asumir el incremento de trabajo.
Desde CCOO hemos solicitado a RRHH información sobre las personas que se han acogido al sistema y sobre los tiempos de espera que se están aplicando y les hemos solicitado que se doten de mayores medios humanos al departamento correspondiente para que puedan realizar su trabajo correctamente.
La respuesta que hemos obtenido del Banco es … ninguna.
Desde CCOO expresamos nuestra profunda decepción por la falta de consideración que muestra hacia sus trabajadores y sus representantes legales al tomar decisiones unilaterales sin tener en cuenta las opiniones y propuestas que les planteamos.
Como Sindicato mayoritario en Deutsche Bank consideramos que esta actitud no es de recibo y va en contra de los derechos de las personas trabajadoras, además de generar estrés financiero, por ello solicitamos que se establezca una comunicación clara y transparente y que actúe de manera responsable para garantizar los derechos de su plantilla.
En CCOO trabajamos para seros útiles. Si necesitas cualquier información o ayuda contacta con nuestras delegadas y delegados