Categoría: Socio Economico

  • El Tribunal Supremo confirma la sentencia contra Decathlon España S.A.U. por comportamiento antisindical y «evidente mala fe en su conducta»

    Da la razón a la Federación de Servicios de CCOO y condena a la empresa por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical, obligándola al pago de 30.000 euros por daños y perjuicios, además de una multa de 3.000 euros por temeridad procesal y del pago de costas judiciales, fijadas en 1.500 euros.

    Tras un largo proceso judicial, precedido por numerosos conflictos laborales, Decathlon España S.A.U. ha sido sancionada con condena en firme por el Tribunal Supremo. Gracias a la lucha que desde CCOO Servicios llevamos manteniendo durante años, la famosa marca del deporte deja a la vista su cara más oscura. La multinacional no solo no es ejemplo de empresa socialmente responsable, sino que además ha pretendido operar con indisimulada impunidad, precarizando hasta el extremo a sus plantillas y reprimiendo sin escrúpulos a la representación sindical de CCOO de los y las trabajadoras con actitudes que nos recuerdan a tiempos pasados. En su última deriva en los tribunales ha intentado dilatar, entorpecer y enfangar sin asumir en ningún momento sus incumplimientos en materia de derechos fundamentales.

    Condena por vulneración de la libertad sindical

    En la Sentencia núm. 32/2026, de 15 de enero, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ratifica el fallo de la Audiencia Nacional (núm. 72/2024, de 17 de junio) contra Decathlon España S.A.U. por vulneración del derecho de libertad sindical tras la demanda de tutela interpuesta por la Federación de Servicios de CCOO ante el comportamiento antisindical continuado, consciente y reiterado en el tiempo.

    La resolución judicial obliga a la empresa al pago de una indemnización de 30.000 euros por daños y perjuicios, además de una multa de 3.000 euros por temeridad procesal, y las costas judiciales, fijadas en 1.500 euros.

    En junio de 2024 la Audiencia Nacional (AN) ya estimó íntegramente la demanda de CCOO Servicios por varias vulneraciones por parte de la empresa del derecho a la libertad sindical que ampara la LOLS (Ley Orgánica de Libertad Sindical).

    En ese fallo quedó probado la negativa “de manera sistemática” de Decathlon a dar información a los delegados sindicales; a autorizar el uso por parte de la Sección Sindical del tablón de anuncios y medios telemáticos en los centros de trabajo para comunicarse con las personas trabajadoras, una conducta que “revela una evidente mala fe” y es “claramente lesiva”, se afirma; y a facilitar el crédito horario sindical y negarse a compensar el tiempo utilizado por los delegados y delegadas.

    Todas ellas graves infracciones por las que la AN declaró “la nulidad radical de las citadas conductas” y ordenó “el cese inmediato del comportamiento antisindical”.

    Ahora, en su sentencia, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por Decathlon por “la naturaleza y entidad agravatoria de los incumplimientos empresariales con relación al ejercicio del derecho a la acción sindical; la pluralidad de infracciones cometidas; y la reiteración y sucesión en el tiempo de tales incumplimientos”.

    Condena por temeridad procesal y mala fe

    El Alto Tribunal confirma igualmente la multa de 3.000 euros por temeridad procesal y “mala fe” en la actuación de la Dirección de la empresa durante el litigio judicial, y afirma que “la contestación extensa, reiterativa y carente de toda lógica de la parte demandada, incidiendo en aspectos intrascendentes, no hizo sino minar la paciencia del tribunal”.

    “Una multinacional que presume de salud, deporte y bienestar, pero que exprime cuerpos y mentes hasta el agotamiento, con parcialidad involuntaria, sueldos que no llegan a cubrir la vida y una conciliación inexistente. Cuando quienes trabajan intentan organizarse para defender unas condiciones dignas, la respuesta es una actitud antisindical reincidente, propia de una cultura corporativa que prefiere invertir en abogados antes que en dignidad laboral”, asegura Ester Rodríguez Romero, referente de CCOO en Decathlon.

    Por todo lo expuesto, desde CCOO Servicios celebramos la sentencia del Tribunal Supremo, contra la que no cabe recurso, al dejar acreditado que la actuación de la Dirección de Decathlon España constituye una vulneración grave de derechos fundamentales que desgraciadamente viene siendo constante en sus centros de trabajo en los últimos años.

    Para CCOO Servicios esta sentencia es  un punto de inflexión y una oportunidad  para la dirección de Decathlon de prescindir de políticas lesivas y radicalmente antidemocráticas, normalizando el ejercicio del derecho constitucional y la acción sindical en la empresa.

    Descargar la nota de prensa

  • El Tribunal Supremo confirma la sentencia contra Decathlon España S.A.U. por comportamiento antisindical y «evidente mala fe en su conducta»

    Da la razón a la Federación de Servicios de CCOO y condena a la empresa por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical, obligándola al pago de 30.000 euros por daños y perjuicios, además de una multa de 3.000 euros por temeridad procesal y del pago de costas judiciales, fijadas en 1.500 euros.

    Tras un largo proceso judicial, precedido por numerosos conflictos laborales, Decathlon España S.A.U. ha sido sancionada con condena en firme por el Tribunal Supremo. Gracias a la lucha que desde CCOO Servicios llevamos manteniendo durante años, la famosa marca del deporte deja a la vista su cara más oscura. La multinacional no solo no es ejemplo de empresa socialmente responsable, sino que además ha pretendido operar con indisimulada impunidad, precarizando hasta el extremo a sus plantillas y reprimiendo sin escrúpulos a la representación sindical de CCOO de los y las trabajadoras con actitudes que nos recuerdan a tiempos pasados. En su última deriva en los tribunales ha intentado dilatar, entorpecer y enfangar sin asumir en ningún momento sus incumplimientos en materia de derechos fundamentales.

    Condena por vulneración de la libertad sindical

    En la Sentencia núm. 32/2026, de 15 de enero, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ratifica el fallo de la Audiencia Nacional (núm. 72/2024, de 17 de junio) contra Decathlon España S.A.U. por vulneración del derecho de libertad sindical tras la demanda de tutela interpuesta por la Federación de Servicios de CCOO ante el comportamiento antisindical continuado, consciente y reiterado en el tiempo.

    La resolución judicial obliga a la empresa al pago de una indemnización de 30.000 euros por daños y perjuicios, además de una multa de 3.000 euros por temeridad procesal, y las costas judiciales, fijadas en 1.500 euros.

    En junio de 2024 la Audiencia Nacional (AN) ya estimó íntegramente la demanda de CCOO Servicios por varias vulneraciones por parte de la empresa del derecho a la libertad sindical que ampara la LOLS (Ley Orgánica de Libertad Sindical).

    En ese fallo quedó probado la negativa “de manera sistemática” de Decathlon a dar información a los delegados sindicales; a autorizar el uso por parte de la Sección Sindical del tablón de anuncios y medios telemáticos en los centros de trabajo para comunicarse con las personas trabajadoras, una conducta que “revela una evidente mala fe” y es “claramente lesiva”, se afirma; y a facilitar el crédito horario sindical y negarse a compensar el tiempo utilizado por los delegados y delegadas.

    Todas ellas graves infracciones por las que la AN declaró “la nulidad radical de las citadas conductas” y ordenó “el cese inmediato del comportamiento antisindical”.

    Ahora, en su sentencia, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por Decathlon por “la naturaleza y entidad agravatoria de los incumplimientos empresariales con relación al ejercicio del derecho a la acción sindical; la pluralidad de infracciones cometidas; y la reiteración y sucesión en el tiempo de tales incumplimientos”.

    Condena por temeridad procesal y mala fe

    El Alto Tribunal confirma igualmente la multa de 3.000 euros por temeridad procesal y “mala fe” en la actuación de la Dirección de la empresa durante el litigio judicial, y afirma que “la contestación extensa, reiterativa y carente de toda lógica de la parte demandada, incidiendo en aspectos intrascendentes, no hizo sino minar la paciencia del tribunal”.

    “Una multinacional que presume de salud, deporte y bienestar, pero que exprime cuerpos y mentes hasta el agotamiento, con parcialidad involuntaria, sueldos que no llegan a cubrir la vida y una conciliación inexistente. Cuando quienes trabajan intentan organizarse para defender unas condiciones dignas, la respuesta es una actitud antisindical reincidente, propia de una cultura corporativa que prefiere invertir en abogados antes que en dignidad laboral”, asegura Ester Rodríguez Romero, referente de CCOO en Decathlon.

    Por todo lo expuesto, desde CCOO Servicios celebramos la sentencia del Tribunal Supremo, contra la que no cabe recurso, al dejar acreditado que la actuación de la Dirección de Decathlon España constituye una vulneración grave de derechos fundamentales que desgraciadamente viene siendo constante en sus centros de trabajo en los últimos años.

    Para CCOO Servicios esta sentencia es  un punto de inflexión y una oportunidad  para la dirección de Decathlon de prescindir de políticas lesivas y radicalmente antidemocráticas, normalizando el ejercicio del derecho constitucional y la acción sindical en la empresa.

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  • La Hostelería concentra un tercio del empleo de personas migrantes

    CCOO Servicios valora muy positivamente el proceso de regularización iniciado por el Gobierno que permitirá el reconocimiento de derechos laborales a miles de personas trabajadoras extranjeras

    La Federación de Servicios de CCOO pone en valor esta regularización, que supondrá una mejora sustancial de las condiciones laborales en numerosos sectores de actividad donde la población migrante es clave.

    Los sectores representados por CCOO Servicios -que incluyen Hostelería, Comercio, y Servicios Administrativos, entre otros- concentran el 46% del empleo extranjero y han generado el 52% de los nuevos puestos de trabajo ocupados por población extranjera en 2025.

    Según las cifras oficiales de cierre de 2025, la población extranjera representa ya el 14% de la población ocupada, con más de 3 millones de personas cotizando a la Seguridad Social, de las cuales el 69% son extracomunitarias y el 31% de la Unión Europea (UE). Su tasa de actividad (69%) es 13 puntos superior a la de la población española (56%).

    Además, la población extranjera ha accedido al 41% del empleo creado en 2025 (cerca de 200.000 empleos, de los 487.000 generados) y al 37% del nuevo empleo asalariado (176.000 empleos de los casi 480.000 creados).

    Población migrante extracomunitaria, principal beneficiaria de la regularización

    CCOO Servicios abarca sectores estratégicos donde la población migrante, especialmente la extracomunitaria, es fundamental y, a la vez, la más expuesta a situaciones de irregularidad y falta de derechos laborales, pese a cubrir sectores esenciales como los cuidados, la agricultura o la propia hostelería, por lo que será la principal beneficiaria de esta regularización.

    Entre la población migrante extracomunitaria, las nacionalidades preponderantes son Marruecos (12% 361.000), y en Latinoamérica, Colombia (8%, 240.000) y Venezuela (6%, 197.000), entre las que más rápido han crecido en comparación con el ciclo anterior a la pandemia. También Perú, cuya población se ha duplicado (+156%; 58.000).

    La Hostelería es uno de los sectores con mayor presencia de población migrante, concentrando casi un tercio del total, el 29% (448.000 personas trabajadoras). Dentro de la Hostelería y el Comercio, los servicios de Restauración (82% del empleo extranjero del sector) y el Comercio Minorista (59%) son los ámbitos donde más empleo se genera.

    En este contexto, las mujeres migrantes son un colectivo especialmente vulnerable, representando un tercio del total de trabajadoras en los sectores Hotelero (31%) y de Restauración (29%).

    Tal y como se recoge en el Informe de Coyuntura Turística 2025 de CCOO Servicios, la Hostelería presenta elevados índices de precariedad laboral, con mayores tasas de temporalidad, parcialidad y salarios más bajos, siendo de nuevo el colectivo de mujeres el más precarizado acumulando en términos totales (migrantes y nacionales) una brecha salarial de entre el 13% y el 15%.

    Por todo ello, CCOO Servicios valora muy positivamente esta regularización que permitirá ordenar situaciones laborales ya existentes y avanzar en el reconocimiento efectivo de derechos laborales, también en términos de cotización. No en vano, las bases de cotización de la población extranjera no comunitaria son, en términos globales, un 25% inferiores a la base media del país, mientras que los comunitarios (UE) son un 8% superiores a la media, en parte debido a que el 15% de su empleo se localiza en sectores con bajos índices de precariedad.

    Si la reforma laboral ha demostrado ser una herramienta clave para mejorar la calidad del empleo, esta regularización supone un avance decisivo para uno de los colectivos más vulnerables del mercado de trabajo: la población migrante -sobre todo de fuera de la UE-, fundamental para el sostenimiento de sectores estratégicos de nuestra economía.

    Fuentes: Seguridad Social, INE y EPA

    Descarga la nota de prensa

  • La Hostelería concentra un tercio del empleo de personas migrantes

    CCOO Servicios valora muy positivamente el proceso de regularización iniciado por el Gobierno que permitirá el reconocimiento de derechos laborales a miles de personas trabajadoras extranjeras

    La Federación de Servicios de CCOO pone en valor esta regularización, que supondrá una mejora sustancial de las condiciones laborales en numerosos sectores de actividad donde la población migrante es clave.

    Los sectores representados por CCOO Servicios -que incluyen Hostelería, Comercio, y Servicios Administrativos, entre otros- concentran el 46% del empleo extranjero y han generado el 52% de los nuevos puestos de trabajo ocupados por población extranjera en 2025.

    Según las cifras oficiales de cierre de 2025, la población extranjera representa ya el 14% de la población ocupada, con más de 3 millones de personas cotizando a la Seguridad Social, de las cuales el 69% son extracomunitarias y el 31% de la Unión Europea (UE). Su tasa de actividad (69%) es 13 puntos superior a la de la población española (56%).

    Además, la población extranjera ha accedido al 41% del empleo creado en 2025 (cerca de 200.000 empleos, de los 487.000 generados) y al 37% del nuevo empleo asalariado (176.000 empleos de los casi 480.000 creados).

    Población migrante extracomunitaria, principal beneficiaria de la regularización

    CCOO Servicios abarca sectores estratégicos donde la población migrante, especialmente la extracomunitaria, es fundamental y, a la vez, la más expuesta a situaciones de irregularidad y falta de derechos laborales, pese a cubrir sectores esenciales como los cuidados, la agricultura o la propia hostelería, por lo que será la principal beneficiaria de esta regularización.

    Entre la población migrante extracomunitaria, las nacionalidades preponderantes son Marruecos (12% 361.000), y en Latinoamérica, Colombia (8%, 240.000) y Venezuela (6%, 197.000), entre las que más rápido han crecido en comparación con el ciclo anterior a la pandemia. También Perú, cuya población se ha duplicado (+156%; 58.000).

    La Hostelería es uno de los sectores con mayor presencia de población migrante, concentrando casi un tercio del total, el 29% (448.000 personas trabajadoras). Dentro de la Hostelería y el Comercio, los servicios de Restauración (82% del empleo extranjero del sector) y el Comercio Minorista (59%) son los ámbitos donde más empleo se genera.

    En este contexto, las mujeres migrantes son un colectivo especialmente vulnerable, representando un tercio del total de trabajadoras en los sectores Hotelero (31%) y de Restauración (29%).

    Tal y como se recoge en el Informe de Coyuntura Turística 2025 de CCOO Servicios, la Hostelería presenta elevados índices de precariedad laboral, con mayores tasas de temporalidad, parcialidad y salarios más bajos, siendo de nuevo el colectivo de mujeres el más precarizado acumulando en términos totales (migrantes y nacionales) una brecha salarial de entre el 13% y el 15%.

    Por todo ello, CCOO Servicios valora muy positivamente esta regularización que permitirá ordenar situaciones laborales ya existentes y avanzar en el reconocimiento efectivo de derechos laborales, también en términos de cotización. No en vano, las bases de cotización de la población extranjera no comunitaria son, en términos globales, un 25% inferiores a la base media del país, mientras que los comunitarios (UE) son un 8% superiores a la media, en parte debido a que el 15% de su empleo se localiza en sectores con bajos índices de precariedad.

    Si la reforma laboral ha demostrado ser una herramienta clave para mejorar la calidad del empleo, esta regularización supone un avance decisivo para uno de los colectivos más vulnerables del mercado de trabajo: la población migrante -sobre todo de fuera de la UE-, fundamental para el sostenimiento de sectores estratégicos de nuestra economía.

    Fuentes: Seguridad Social, INE y EPA

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  • SOS Sanidade Pública convoca unha gran manifestación en Santiago o 1 de febreiro pola sanidade pública

    Baixo o lema «Mobilízate para defender o teu dereito á saúde», a plataforma SOS Sanidade Pública chama á cidadanía a encher as rúas de Santiago de Compostela este domingo 1 de febreiro. A mobilización, que conta co apoio de sindicatos como CCOO e diversas forzas políticas, ten como obxectivo frear a deterioración e a privatización do sistema sanitario que, segundo denuncian, está a executar o Partido Popular.

    Percorrido e actos da mobilización

    A marcha partirá da Alameda e finalizará na emblemática praza do Obradoiro. A xornada reivindicativa presentouse este mércores no Centro Sociocultural das Fontiñas coa presenza do voceiro nacional da plataforma, Manuel Marín, e representantes de CCOO, CIG, BNG e Podemos, así como de diversas plataformas locais (A Coruña, Santiago, Sanxenxo, Pontevedra e Catoira).

    O evento terá tamén un compoñente cultural e festivo:

    • Estará amenizado pola actriz e humorista Isabel Risco.

    • Contará coa actuación musical do grupo De Ninghures.

    Os motivos: colapso e privatización do servizo

    Desde SOS Sanidade Pública advirten dunha disxuntiva clara: mobilizarse ou permitir o colapso definitivo dun servizo esencial. A plataforma sinala unha situación crítica na sanidade galega caracterizada por:

    • Listas de agarda interminables que dificultan a atención.

    • Colapso nos servizos de Urxencias e falta de acceso a centros de saúde e PAC.

    • Desmantelamento dos hospitais comarcais, reducindo a asistencia en zonas rurais.

    • Falta xeneralizada de profesionais e recursos materiais.

    • Desviación de fondos e pacientes cara á sanidade privada.

    • Crecemento dos seguros privados, os cales non cobren a maioría das patoloxías graves.

    A convocatoria é un chamamento urxente a toda a sociedade galega para amosarlle á Xunta a realidade da sanidade no país e defender un sistema público, universal e de calidade.