Categoría: Socio Economico

  • Tarjetazo 2007

    Este año 2007 os ofrecemos nuevamente nuestro “Tarjetazo”, que se sorteará desde el 1 de Abril hasta el 31 de Diciembre en combinación con la ONCE. Con los 6 euros de tu ayuda por cada cartoncito puedes conseguir dos cosas:

    • Colaborar económicamente en la edición
      de las publicaciones de la Sección Sindical de CCOO BBVA

    • Ganar sustanciosos premios.

    Esperamos que tenga la buena acogida de años anteriores
    y que muchos/as de vosotros/as os veáis favorecidos/as con los
    premios que os presentamos:

    6.000 euros en 2 premios de 3.000 €
    9 premios de 300 €
    9 premios de 60 €
    31 premios de 120 €
    184 premios de 30 €

    Para tu comodidad tenemos un sistema de comprobación y aviso de
    premios y te lo comunicaremos personalmente cuando te toque. También
    puedes conocer los números premiados en nuestra página en
    Internet: www.comfia.net/bbva o en el e-spacio > Portal del
    empleado > Otras informaciones > Tablón de información
    sindical > CC.OO. > Tarjetazo.

    Lo podrás solicitar a los delegados/as de CCOO que próximamente
    visitarán tu oficina, o pedirlo a la Sección Sindical de
    tu Territorio.

    ¡COLABORA Y GANA!
    Premios 2006
    Cdd Total €
    Andalucía
    40
    7.800
    Aragón
    8
    330
    Asturias
    4
    120
    Balears
    4
    120
    Canarias
    9
    450
    Cantabria
    2
    60
    Castilla y León
    16
    960
    Castilla La Mancha
    8
    420
    Catalunya
    27
    1.500
    Euskadi
    10
    690
    Extremadura
    5
    150
    Galicia
    2
    60
    La Rioja
    1
    120
    Madrid
    33
    2.010
    Murcia
    6
    570
    P. Valencià
    48
    2.820
    Total
    223
    18.180

    Febrero 2007
    Ver Comunicado en pdf

  • El Gobierno extiende la emisión del DNI electrónico a toda España

    Implantación del DNI Electrónico. Video de Informe Semanal con la participación por parte de la Asociación de Internautas, de nuestro compañero Paco González

    Cuando se va a cumplir el primer año desde que comenzó a expedirse
    Documento Nacional de Identidad (DNI) electrónico, más de 320.000 los
    españoles disponen de esta modalidad de identificación. El Director
    General de la Policía y de la Guardia Civil, Joan Mesquida, ha
    anunciado que se va acelerar el proceso para extenderlo a todo el
    territorio nacional. Hoy se realiza en 22 de las 50 provincias
    españolas.

    Esta iniciativa tecnológica ha sido implementada por Telefónica, Indra, Software AG y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

    Mesquida asegura que el nuevo documento aporta un entorno de máxima
    seguridad, tanto en su aspecto físico como telemático, así como en todo
    su proceso de registro, certificación y expedición.

    El DNI electrónico simplifica las relaciones con la Administración,
    en trámites tan comunes como la declaración de la renta, presentarse a
    una oposición, obtener información catastral o consultar el saldo de
    puntos del carné de conducir.

    Cinco Dias

    Video Informe Semanal TVE 24-02-2007

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  • Guinea Conakry: llamamiento de solidaridad

    La Confederación Sindical Internacional (CSI) envió una misión urgente de solidaridad a Guinea a finales de enero tras los 100 muertos provocados por la intervención del ejército.

    La República de Guinea Conakry atraviesa una profunda crisis
    después de que el Presidente Lansana Conté declarase el Estado de
    emergencia, y tras el saldo de más de 100 muertos que ha producido la
    intervención del ejército para reprimir una huelga general organizada por
    las afiliadas de la Confederación Sindical Internacional (CSI). La CSI
    envió una misión urgente de solidaridad a Guinea a finales de enero, que
    ahora ha recogido en un vídeo, junto con un llamamiento de solidaridad
    lanzado por Guy Ryder, Secretario General de la CSI.

    Ver Vídeo (Windows Media)
    http://www.ituc-csi.org/video/guinee_es.wvx

  • Cuándo se pueden instalar cámaras de vídeo sin vulnerar la intimidad de los trabajadores

    Idoneidad, necesidad y proporcionalidad, son las tres cuestiones clave que tienen en cuenta los tribunales a la hora de valorar este tipo de acciones.

    Es decir, que la medida le permite verificar
    el objetivo que se propone, que no existe otra menos invasiva para
    lograr lo mismo, y que los beneficios que va a proporcionar son mayores
    que los perjuicios.

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
    ha dicho que instalar cámaras de video-vigilancia en el lugar de
    trabajo para controlar los posibles incumplimientos laborales de los
    trabajadores y como medida de seguridad frente a posibles robos es una
    medida adecuada siempre que se respete la intimidad de los trabajadores
    (sent. del TSJ de Castilla y León de 18.09.06).

    Dos trabajadores que además eran delegados de personal presentaron ante
    el Juzgado demanda de tutela de derechos fundamentales ante la decisión
    de su empresa de instalar en el centro de trabajo cámaras de vídeo como
    sistema de control y de seguridad. Alegaban que la instalación masiva e
    indiscriminada de las cámaras no era una medida idónea para conseguir
    el propósito de controlar la actividad de los trabajadores y que,
    además, era innecesaria, puesto que existían otros métodos de control
    (reloj de fichar, contadores instalados en cada máquina y vigilancia
    por parte de los encargados de cada sección). Los trabajadores supieron
    la intención de la empresa y sus motivos porque el empresario se lo
    comunicó por su condición de representantes pues, como marca la ley,
    éstos deben emitir un informe previo a la implantación de cualquier
    medida de control (art. 64.1.4º del ET).

    El Juzgado de lo Social núm. 2 de Valladolid desestimó la demanda de
    tutela de derechos fundamentales, por lo que los trabajadores
    decidieron entonces interponer un recurso de suplicación ante el TSJ.
    Pero tampoco en segunda instancia fueron atendidas sus pretensiones. El
    TSJ entendió que la instalación de las cámaras no es un medio agresivo
    que ataque directamente la intimidad de los trabajadores, sino que
    «guarda directa relación con la vigilancia del cumplimiento por los
    trabajadores de sus obligaciones laborales y del mantenimiento de la
    necesaria seguridad en las instalaciones». El hecho de que las cámaras
    se fueran a situar en zonas de paso y de trabajo, que no fueran a
    grabar sonido, no tuvieran zoom ni posibilidad de modificar su enfoque
    y que la empresa no fuera a difundir las imágenes captadas venía a
    acentuar lo adecuado de la medida, según la sentencia, que «no invade
    la intimidad de los trabajadores ni excede las facultades que otorga el
    art. 20.3 del ET».


    Carta de Personal


  • Deben computarse, a efectos de promoción, todos los períodos con contrato temporal

    La Audiencia Nacional, con fecha 5 de Febrero de 2007, ha estimado la demanda de conflicto colectivo presentada por COMFIA-CC.OO. contra Caja Layetana dictando sentencia con el siguiente fallo

    «En la demanda formulada por la FEDERACIÓN DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE COMISIONES OBRERAS (COMFIA) frente a CAJA DE AHORROS LAYETANA sobre Conflicto Colectivo, debemos declarar y declaramos el derecho de los trabajadores de la Caja de Ahorros Layetana encuadrados en los niveles retributivos en los que el convenio colectivo de Cajas de Ahorro ha previsto la promoción por experiencia, a que les sean computados a efectos de dicha promoción todos los períodos en los que han estado contratados mediante contrato de trabajo temporal, con independencia del lapso de tiempo que haya existido entre contrato y contrato, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración».

    Aunque esta sentencia puede ser recurrida, se encuadra en la doctrina que de manera reiterada y extensiva viene dictando el Tribunal Supremo sobre la imposibilidad de establecer diferencias entre trabajadores según su tipo de contrato. Recientemente, además, y sobre casos muy similares el alto tribunal se ha venido pronunciando favorablemente para el personal de Correos.

    Desde COMFIA-CC.OO. nos felicitamos por haber contribuido a la promoción de esta doctrina del Tribunal Supremo al obtener sentencias favorables en diversas ocasiones desde los años noventa frente a “la Caixa”, Caixa Catalunya, C. Gral de Granada, Bancaixa y, también, C. Layetana; y ante el Tribunal Constitucional, frente a Caja Insular de Canarias en el año 2004.

    La novedad más importante de dicho fallo judicial para nuestro sector es que, para el reconocimiento del tiempo de permanencia a efectos de ascensos por experiencia (o antigüedad) computan todos los periodos en los que se ha sido contratado con independencia del tiempo transcurrido entre contrato y contrato.

    El valor de esta sentencia trasciende a Caja Layetana, pues se dicta en función del Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros actual y es, por lo tanto, directamente aplicable a las cajas encuadradas en el mismo. Las Direcciones de las Cajas no deberían poner más trabas a estos planteamientos; es de justicia, y así se lo vamos a plantear en el Convenio cuya negociación vamos a iniciar próximamente.

    Febrero de 2007

    Afiliate a CCOO