Categoría: Socio Economico

  • Devolución IRPF maternidad/paternidad – 2016 y 2017

    Agencia Tributaria – Información sobre la exención en IRPF de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas de la Seguridad Social

    Ya es posible reclamar en la web de la Agencia Tributaria el IRPF de las prestaciones de Maternidad y Paternidad de la Seguridad Social de los años 2016 y 2017.

    La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) fija como doctrina legal que "Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".

    La Dirección General de Tributos interpreta que esta doctrina es igualmente aplicable a las prestaciones por paternidad percibidas de la Seguridad Social.

    El País – Así se solicita la devolución del IRPF de maternidad y paternidad

           

    La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) fija como doctrina legal que ?Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?.

    La Dirección General de Tributos interpreta que esta doctrina es igualmente aplicable a las prestaciones por paternidad percibidas de la Seguridad Social.

    En la aplicación de esta doctrina pueden distinguirse los siguientes supuestos:

    1. Prestaciones percibidas o que se perciban durante el año 2018:

      En la próxima campaña de renta los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.

      El programa de ayuda Renta WEB ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles.

      Tras el conocimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha dejado de practicar retenciones sobre las prestaciones abonadas, por tratarse de rentas exentas.

    2. Prestaciones percibidas en los años 2014, 2015, 2016 y 2017:

      Los contribuyentes podrán solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF en las que hubiesen incluido tales rentas.

      Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.

      Se ha habilitado un formulario específico para facilitar la solicitud de los años 2014 y 2015, disponible en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda.

      En enero de 2019 estará disponible el formulario que permitirá solicitar la rectificación de las declaraciones de los años 2016 y 2017.

      No es necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.

      El formulario puede presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria utilizando el sistema RENØ (número de referencia para servicios de renta), Cl@vePIN o Certificado electrónico.

      El número de referencia (RENØ) puede solicitarse en el portal de la AEAT en Internet indicando los siguientes datos:

      • Número de DNI y su fecha de validez.
      • Casilla 450 de la declaración de la renta de 2016 o los últimos cinco dígitos de alguna cuenta bancaria en la que el interesado figure como titular, si no presentó declaración de la renta de 2016.

      Alternativamente, podrá utilizarse el formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de registro de la AEAT, si bien no es válido el uso de este formulario para hacer constar datos no contemplados en el mismo, ya que no resulta posible el tratamiento informatizado de esos datos adicionales. En ese supuesto deberá sustituirse el uso de este formulario por un escrito en el que se describan detalladamente las circunstancias concurrentes, acompañado, en su caso, de la correspondiente documentación.

    3. Solicitudes previamente presentadas que se encuentren pendientes de resolución de un recurso o reclamación.

      La aplicación de la exención corresponderá al órgano que esté conociendo del recurso o reclamación, sin que sea precisa la presentación de ninguna solicitud adicional.

  • CCOO exige transparencia a Carlos Torres para resolver cuanto antes la incertidumbre entre la plantilla del BBVA

    Asimismo, el sindicato reclama a jueces y fiscales que investiguen la supuesta intromisión del Gobierno de entonces en el Sector Financiero 

    Madrid, 17 de enero de 2019. La Sección Sindical de CCOO en el BBVA, como primer sindicato representante de la plantilla, demanda al actual presidente de la entidad, Carlos Torres, que ponga freno a la incertidumbre que ha provocado entre la plantilla el escándalo de las escuchas. Le recuerda que la imagen de la marca y su credibilidad están en cuestión y, con ello, la estabilidad del empleo de las miles de personas que trabajan cada día en las oficinas y en los distintos departamentos del banco.?

    El sindicato reclama a Carlos Torres que, con prudencia, serenidad y respetando la presunción de inocencia, pero también con toda su autoridad y con apoyo del BCE, ejerza la responsabilidad a la que está obligado y, como comunicó recientemente por carta a los trabajadores y trabajadoras de BBVA, resuelva en el plazo más breve posible y de manera clara esta crisis de gobierno, con plena colaboración con las autoridades judiciales, con transparencia ante los medios y tomando las medidas oportunas para evitar un mayor deterioro del buen nombre del banco.?

    Asimismo, la Federación de Servicios de CCOO, reclama a jueces y fiscales que investiguen hasta sus últimas consecuencias la más que probable intromisión del Gobierno de entonces tanto en BBVA, que ya denunciamos en su día, como lo que se está conociendo sobre el supuesto trato de favor a la cúpula de dirección del Banco de Santander. Aunque el origen de estas informaciones obligue a proceder con cautela, no se deben obviar las gravedad de los hechos que están saliendo a la luz.

    Sería excepcionalmente grave que ello estuviera directamente relacionado con el origen de la conocida “Doctrina Botín” y el indulto de Alfredo Sáenz. Supondría, en opinión del sindicato, toda una quiebra de la independencia judicial, la separación de poderes y, en definitiva, del propio Estado de Derecho.?

    El comunicado íntegro de la sección sindical de CCOO BBVA puede consultarse en https://www.ccoo-servicios.es/html/44060.html 

  • Acabar con la incertidumbre en BBVA

    Volvemos a vivir tiempos convulsos e incertidumbre en BBVA. No es un asunto menor ni nos es indiferente la investigación judicial sobre las cloacas del estado, ni la repercusión mediática, social y de imagen ante clientes e inversores, que evidentemente tiene visos de crecer.

    Una vez más nos encontramos en una situación en la que la imagen del banco, de la marca, de su credibilidad, está en cuestión. Con ello, no hay que saber mirar muy lejos para verlo, la estabilidad y el futuro del banco, es decir, también, de nuestro empleo, de las miles de personas que trabajamos cada día en cada oficina o departamento.

    CCOO no nos pusimos de perfil cuando la operación Sacyr, apoyada por algunos miembros del Gobierno, reunía una trama de constructoras y fondos, destinada a hacerse con el banco para disponer de una fuente ilimitada de crédito -acordémonos de la burbuja-, y para sacar beneficios inmediatos troceando lo necesario. Con la fuerza y la autoridad de primer sindicato en la entidad, hablamos alto y claro contra esa operación, en circulares, en los medios de comunicación, en opiniones a los reguladores y en la junta de accionistas. Con el riesgo de la confusión y que se nos pusiera en el bando de defensores del Presidente. ¿Qué hubiera sido de la entidad si hubiera unido su destino a Del Rivero? Sólo hay que ver dónde terminó el personaje.

    CCOO tampoco nos pusimos de perfil cuando AUSBANC intentó chantajear al banco en un momento de debilidad, por las cláusulas suelo, los problemas en EEUU o China, las sucesivas prórrogas del mandato del Presidente, o en definitiva la bajada de la acción. No nos sumamos a la campaña de desprestigio para hacer fuerte la extorsión, sino al contrario, expresando nuestro acuerdo con la negativa al chantaje y con la denuncia judicial en cuanto fuera posible. Afrontando también el riesgo de la confusión y que se nos pusiera en el bando de defensores del Presidente. 

    En este momento, la relación de BBVA y de su Presidente en el momento de los hechos, Francisco González, con Villarejo y sus métodos está poniendo en cuestión la imagen de la marca, como resultado del escándalo que suponen las escuchas a miembros del Gobierno, autoridades económicas, reguladores y todo el que pasaba por allí, para poder presionar donde fuera conveniente. Es bastante difícil defender que si contratas para que se haga, niegues ser responsable de lo que se hace. Las dudas sobre el banco se mantienen, aunque parezca que "es una cosa del pasado", porque Francisco González es Presidente de honor de BBVA. 

    El asunto en general es tan oscuro y sórdido, que de paso aparecen manifestaciones del gobierno anticipando resoluciones judiciales, lo que hace pensar inmediatamente en la resolución de la doctrina Botín, o el seguro indulto a Alfredo Sáez. Lo que otros hagan no exime de la responsabilidad de cada cual. El foco, de medios de comunicación, reguladores e inversores, está en BBVA, como contratante con fondos del banco, y en la figura del Presidente que tomó esas decisiones, en su credibilidad y compromiso ético.

    CCOO, como primer sindicato representante de la plantilla, en defensa de la entidad, de su imagen y estabilidad, y por tanto de nuestro empleo y condiciones, animamos y reclamamos al actual Presidente de BBVA, Carlos Torres, que con la prudencia, serenidad y presunción de inocencia, pero con toda la autoridad, seguro que también con el apoyo del BCE, ejerza la responsabilidad a la que está obligado por su función, y que como nos comunicó por carta recientemente, resuelva en el plazo más breve posible y de manera clara, esta crisis de gobierno corporativo, con plena colaboración con autoridades judiciales, con transparencia en los medios y con las medidas que sean necesarias, caiga quien caiga, para evitar mayor deterioro y restablecer la imagen y el buen nombre de BBVA.

  • Novedades de la Seguridad Social para 2019

    Ponemos a vuestra disposición las novedades de la Seguridad Social para 2019 respecto a las Prestaciones de desempleo, familiares y asistenciales y respecto al Salario Mínimo, Bases de cotización y Pensiones mínimas Aprobadas por el RD-Ley 28/2018, de 28 de diciembre.

  • Por fin, una Ley para que todas las empresas informen correctamente de su triple impacto

    Afecta a unas 2.000 empresas españolas (y en tres años, al doble)

    Actualizamos : La nueva Ley 11/2018 ya en el BOE (29/12/2018)  DESCARGA

     

     

     

     

    La nueva ley, publicada ya en el Boletín Oficial del Congreso  – DESCARGA

    (Subsanado el error en una de las enmiendas del Senado*)

    Impacto económico, social y medioambiental. Sostenibilidad y Responsabilidad Social de las Empresas. Públicas y privadas. Las empresas de más de 500 trabajadores (y en 3 años, las de 250) tendrán que informar con indicadores claros, relevantes y comparables (a nivel europeo) sobre:

    – Sus impactos en el empleo

    – Impactos medioambientales

    – Impactos sobre Derechos Humanos

    – Corrupción y soborno

    – Impacto global en la sociedad (protección social)

    Aprobada la Ley de Información No Financiera,  con consenso parlamentario, y a pesar de que en Senado se intentó rebajar el nivel de exigencia y concreción. Ha sido un largo y tortuoso camino, que aun no ha concluido (pendiente reglamento, y el desarrollo a nivel de Unión Europea). España se ha retrasado dos años en la transposición de una directiva en la que comenzamos a incidir en 2011, reclamando una regulación clara sobre una fallida 'RSE' de carácter voluntario,  relacionada con una gran falta de transparencia homogénea.  Ver aquí nuestro historial de incidencia (Seguiremos informando) 

    Nota de Prensa del Congreso : Aprobada la Ley que modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoria de Cuentas tras su paso por el Senado – fecha 13/12/2018

     
    El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, con la inclusión de algunas enmiendas que ha aportado el Senado, el proyecto de Ley por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010 y la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas. 
    Tras esta votación, queda aprobada la ley, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.En el preámbulo del texto remitido por el Congreso de los Diputados al Senado se hace referencia a las directivas 2014/95/UE y la 2013/34/UE en las que se exige un informe anual de gobierno corporativo que deben publicar las sociedades anónimas cotizadas, en aras de mejorar la transparencia facilitando la comprensión de la organización empresarial y de los negocios de la organización empresarial y de los negocios de la empresa de que se trate.
    La divulgación de esta información de carácter no financiero contribuye a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad y resulta esencial para la gestión de la transición hacia una economía mundial sostenible que combine la rentabilidad a largo plazo con la justicia social y la protección del medio ambiente.En este contexto, y con la intención de que haya coherencia y comparabilidad de la información divulgada, las empresas obligadas deberán preparar un estado de información no financiera que contenga información relativa a cuestiones medioambientales y sociales, así como relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno, así como ha de incluirse una descripción de las políticas de resultados y riesgos vinculados a estas cuestiones.
    En cuanto al apartado relacionado con la información sobre la sociedad, el Senado ha pedido que las empresas obligadas a redactar este informe incluyan apartados dedicados a los sistemas de reclamación por parte de los clientes y sobre las subvenciones públicas recibidas.Otra de las enmiendas incorporadas sobre este artículo pide que sea de obligado cumplimiento que el informe sobre la información no financiera se presente como punto separado del orden del día para su aprobación en la junta general de accionistas de las sociedades.En el Senado ha incorporado también la obligatoriedad del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas de elaborar un informe anual sobre la información emitida en los estados de información no financiera, que deberá ser presentado en el Senado y se establece también la obligación del Gobierno de contar con un informe del Consejo en cualquier proyecto legislativo relacionado con la responsabilidad social de las empresas.
     

    Más información, en el apartado REGULACIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD / RSE de nuestro blog:

    https://blogs.serviciosccoo.es/responsabilidad-social/category/cerse-consejo-estatal-de-rse/
     @jcarlosgonz