Categoría: Teletrabajo

  • COMISIÓN DEL SEGUIMIENTO DEL ERTE 25/02/21

    En la reunión convocada por la Compañía el día 24 para el día 25,de febrero, por la que se convoca a la Comisión de Seguimiento del ERTE, nos trasladan la siguiente información respecto a tres puntos: 

    1Apertura de tiendas:

    La Compañía no prevé la apertura de más tiendas a corto plazo. Únicamente se optó por la apertura de la tienda de Majadahonda (Madrid), la cual emplea a dos personas. Tampoco prevé el aumento de actividad para Semana Santa debido a las restricciones de movilidad.

     

    2-Devolución de horas pendientes

    La Compañía va a regularizar las horas pendientes de devolución correspondientes al periodo anterior al ERTE y que en la actualidad afecta aproximadamente a 44 personas del grupo de empresas. Reconocen que no han realizado las reclamaciones oportunas y que por ello comunicarán a cada empleado y empleada la situación de deuda en la que se encuentra a partir de la semana que viene, así como el importe a regularizar. Para ello plantean cuatro tramos:

      1. Hasta 100€: devolución en una sola vez
      2. De los 100€ a los 300€: devolución en dos veces
      3. De los 300€ a los 500€: devolución en tres veces
      4. Más de 500€: devolución en cuatro veces.

    Todos y cada uno de los tramos propuestos gozarán de la flexibilidad necesaria para las personas afectadas, pudiendo devolverlo si su situación lo requiere en más veces de las propuestas pues con independencia del número de veces en que sea la devuelto, la finalidad de la Compañía no es otra que recuperar el dinero abonado.

     

    3-Finalización del ERTE el 31 de mayo.

    Respecto a la finalización del ERTE en mayo, la Compañía espera que el Real Decreto por el que se declara el estado de alarma decaiga por la mejora de la situación, lo cual conllevaría que no sea prorrogado.

    Desde CC.OO. les hemos consultado sobre qué previsión tienen ante una hipotética prórroga de los ERTE, ante lo cual han dejado claro que, si la situación es mala, optarán por continuar acogiéndose al ERTE. Sobre si tienen preparado un ERTE ETOP no nos han dado una ninguna respuesta clara y perfilada.

     

    Lamentamos que la Compañía continúe sin poner las cartas sobre la mesa ante un futuro tan incierto como imprevisible, condenando a los 55 compañeros y compañeras que aún continúan en ERTE a la más absoluta incertidumbre.

     

    Saludos.

  • Propuesta de CCOO para el Convenio de Seguros y Mutuas: Trabajo a distancia y derechos digitales

    El 26 de febrero se ha vuelto a reunir el Grupo de Trabajo del Convenio donde CCOO hemos detallado nuestra propuesta sobre trabajo a distancia/teletrabajo y derechos digitales y donde también hemos conocido la propuesta patronal.

    CCOO ha presentado la propuesta de trabajo a distancia/teletrabajo y derechos digitales basada en el Real Decreto-Ley 28/2020. Partimos de la premisa legal de que las personas teletrabajadoras deben mantener los mismos derechos que hubieran ostentado si prestasen servicios en el centro de trabajo de forma presencial.

    Para el teletrabajo regular que define el RD, consideramos que el Convenio debe contemplar los siguientes criterios:

    1.- El teletrabajo es voluntario y reversible para ambas partes

    2.- Las personas teletrabajadoras mantendrán un vínculo presencial con su centro de trabajo para evitar el aislamiento.

    3.- Las vacantes que requieran teletrabajo deben indicarlo expresamente.

    4.- Las empresas dotarán los siguientes medios, equipos, herramientas y consumibles necesarios para el desarrollo de la actividad profesional y su mantenimiento:

    Ordenador, Tablet, SmartPc o similar.

    Teléfono móvil con línea y datos necesarios y suficientes para la conexión (wifi) u otros sistemas que permitan una conexión telefónica y de datos adecuada.

    − A petición de la persona trabajadora, mesa y silla ergonómica homologada.

    Adicionalmente, que la empresa facilite directamente o bien compense por una cantidad de hasta 150 euros, los siguientes medios y herramientas: Teclado, Ratón y Pantalla.

    5.- Por la totalidad de los gastos restantes que por cualquier concepto pudiera tener la persona teletrabajadora, proponemos compensar con una cantidad mínima diaria de 4 euros por cada día de trabajo a distancia.

    Para este importe compensatorio, hemos tenido en cuenta el gasto medio de los hogares españoles por los suministros de electricidad, gas, agua y conectividad publicados por el INE y lo hemos ajustado proporcionalmente a las horas de trabajo. Estos importes se actualizarán en el mismo porcentaje de incremento que las tablas salariales del Convenio.

    6.- La RLT debe ser informada de forma periódica sobre el censo de personas que teletrabajan.

    7.- Las empresas realizarán una especial protección de la seguridad y salud de las personas teletrabajadoras, especialmente en lo que se refiere a la ergonomía y los riesgos psicosociales. Se presumirá el origen laboral de cualquier lesión que la persona trabajadora sufra con ocasión o como consecuencia del trabajo realizado a distancia, especialmente, aquellas que se produzcan durante las horas y en el lugar de prestación laboral identificadas en el acuerdo individual de trabajo a distancia.

    8.- En lo relativo a los derechos de participación e información, las personas teletrabajadoras tienen los mismos derechos colectivos que el resto de la plantilla de la empresa y tendrán las mismas condiciones de participación y elegibilidad en las elecciones sindicales. Deben estar adscritos al mismo centro de trabajo en el que desarrollen el trabajo presencial y deben poder recibir información de la RLT y comunicarse con esta.

    En cuanto a otras formas de acceso al trabajo a distancia, desde CCOO proponemos que, conforme a lo previsto en el artículo 34.8 ET, cuando se solicite el trabajo a distancia o teletrabajo como medida de conciliación y siempre que esta modalidad de prestación laboral se encuentre implantada en la empresa para el puesto o puestos de trabajo equivalentes al de la persona trabajadora solicitante, deberá ser aceptado.

    Respecto al Trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19 u otras causas de fuerza mayor, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles, y proponemos asimismo que las empresas compensen los gastos en los mismos términos que en el teletrabajo regular, mientras se mantenga dicha situación de fuerza mayor.

    Al personal que realice trabajo no presencial durante un tiempo inferior al 30 % de la jornada de trabajo previsto en el RDL 28/2020, desde CCOO proponemos que se le dote de los mismos medios y herramientas que para el teletrabajo regular.

    Puesto que la transformación digital es un factor de reestructuración de las Empresas, con potenciales efectos sobre el empleo y las características y condiciones de trabajo, desde CCOO proponemos que las empresas informen a la RLT sobre los cambios tecnológicos que vayan a producirse en las mismas, cuando éstos sean relevantes y puedan tener consecuencias significativas sobre el empleo y/o cambios sustanciales en las condiciones laborales. Asimismo, proponemos el reconocimiento y desarrollo de los siguientes Derechos Digitales:

    1. Derecho a la desconexión digital y laboral

    2. Derecho a la intimidad y al uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral.

    3. Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia, grabación de sonidos y geolocalización en el ámbito laboral.

    4. Derecho a la educación digital

    5. Derecho ante la inteligencia artificial.

    Por su parte, UNESPA como portavoz de la representación empresarial, ha presentado una propuesta de trabajo a distancia que resulta decepcionante; no mencionan aspectos tan importantes como la salud laboral, el derecho a la desconexión digital o los derechos de participación colectiva de las personas teletrabajadoras, según dicen esto lo abordarán en los apartados oportunos del Convenio. Pero tampoco mencionan el acceso al trabajo a distancia como medida de conciliación de la vida personal y laboral, ni el trabajo a distancia inferior al 30%, ni en los casos de fuerza mayor. No definen los medios y herramientas que las empresas deben facilitar a las personas teletrabajadoras, se limitan a proponer que las empresas puedan compensarlos en los términos que se acuerden con las personas afectadas, derivando la negociación a la individualidad de cada caso, cuestión con la que CCOO estamos totalmente en desacuerdo.

    Asimismo, en lo que se refiere a la compensación de gastos derivados del trabajo a distancia, la Patronal plantea una cuantía de 30 euros mensuales, percibiéndose en proporción a la jornada de trabajo, así como de la jornada realizada en régimen de trabajo a distancia. Es decir, que esos 30 euros mensuales significan en torno a 1,50 euros diarios, un importe ridículo.

    En definitiva, consideramos que la propuesta Patronal no aporta ninguna mejora sobre lo que establece el RDL 28/2020 y la compensación de gastos que proponen nos parece insuficiente y muy alejada del coste real que para las personas trabajadora tiene teletrabajar.

    Desde CCOO seguiremos intentando conseguir un importe compensatorio más justo y acorde con la realidad.

    Seguiremos luchando para hacer entender a la Patronal que son muchos los aspectos que debemos regular en el
    Convenio Colectivo respecto al trabajo a distancia, pues no solo nos interesa mejorar la cuantía compensatoria, sino que pretendemos una regulación global de todos los derechos que entendemos deben proteger a las personas que realizan trabajo a distancia.

    Seguiremos informando detalladamente de los avances que se produzcan en las próximas reuniones.

    ¡EL CONVENIO SOLO ES POSIBLE CON TU APOYO! ¡AFÍLIATE A CCOO!

  • Contact Center. Teletrabajo, no hay acuerdo

    Tras cuatro meses, hoy hemos tenido la última reunión con la patronal sobre la compensación de gastos y el uso de medios en teletrabajo en el sector del Contact Center.

    La patronal no se ha movido ni un pelo sobre su última propuesta: 24 euros al mes, y proporcionales a la jornada, o sea, si haces 20 horas serían 12 euros, y brutos, luego hay que descontar impuestos.

    Para tratar de llegar a un acuerdo, la última oferta de CCOO fue de un pago de 35 euros al mes para personas trabajadoras que tengan entre 30 y 39 horas de contrato. Para las jornadas de menos de 30 horas sería un pago de 27 euros.

    Defendemos que la conexión a Internet se incluya dentro de los equipos que tiene que facilitar la empresa.

    Eso sí, no renunciamos a que nadie pueda reclamar la retroactividad desde marzo.

    Está claro que la patronal quiere seguir ganando dinero a costa nuestra, ellos se ahorran el dinero y nosotros lo ponemos todo. Incluso nos han chantajeado con que si tenían que pagar un solo euro quitarían el teletrabajo y obligarían a todo el mundo a volver a las empresas.

    Desde CCOO vamos a denunciar absolutamente a todas las empresas que no paguen los gastos derivados del teletrabajo o que aún no hayan dado todos los medios (ordenadores, teléfonos, conexión a internet, sillas, etc.)

    ¡Si quieren guerra, tendrán guerra!

    Comunicado contact center

  • Contact Center. Teletrabajo, no hay acuerdo

    Tras cuatro meses, hoy hemos tenido la última reunión con la patronal sobre la compensación de gastos y el uso de medios en teletrabajo en el sector del Contact Center. La patronal no se ha movido ni un pelo sobre su última propuesta: 24 euros al mes, y proporcionales a la jornada, o sea, si haces 20 horas serían 12 euros, y brutos, luego hay que descontar impuestos.

    Para tratar de llegar a un acuerdo, la última oferta de CCOO fue de un pago de 35 euros al mes para personas trabajadoras que tengan entre 30 y 39 horas de contrato. Para las jornadas de menos de 30 horas sería un pago de 27 euros.

    Defendemos que la conexión a Internet se incluya dentro de los equipos que tiene que facilitar la empresa.

    Eso sí, no renunciamos a que nadie pueda reclamar la retroactividad desde marzo.

    Está claro que la patronal quiere seguir ganando dinero a costa nuestra, ellos se ahorran el dinero y nosotros lo ponemos todo. Incluso nos han chantajeado con que si tenían que pagar un solo euro quitarían el teletrabajo y obligarían a todo el mundo a volver a las empresas.

    Desde CCOO vamos a denunciar absolutamente a todas las empresas que no paguen los gastos derivados del teletrabajo o que aún no hayan dado todos los medios (ordenadores, teléfonos, conexión a internet, sillas, etc.)

    ¡Si quieren guerra, tendrán guerra!

     

  • CCOO – Boletín informativo Nº 26

    Hoy en el Boletín informativo nº 26 tratamos los temas siguientes:

    • REGULACION DEL TELETRABAJO EN OESIA A RITMO DE CARACOL.
    • Calendarios laborales 2021 de proyectos. Comprueba el tuyo.
    • El salario anual de las mujeres debería incrementarse un 27%.

    REGULACION DEL TELETRABAJO EN OESIA A RITMO DE CARACOL.

    Desde la última reunión mantenida en diciembre, seguimos esperando a que la Dirección aporte su visión sobre nuestras propuestas. Aún no han planificado una nueva fecha de reunión, lo único recibido desde entonces ha sido un silencio ensordecedor.

    CCOO considera vital dicha regulación y se debería trabajar con paso firme y constante, sin más dilaciones. Actualmente hay muchas personas trabajadoras realizando trabajo a distancia en condiciones precarias y asumiendo la totalidad de los gastos derivados.

    CCCO seguirá trabajando por una regulación del teletrabajo comprometida, seria y responsable. Animamos a la Dirección a que trabajen con más agilidad y ambición sobre la regulación del teletrabajo que analice las propuestas recibidas y planifique una próxima reunión que nos permita seguir avanzando.Trabajemos para mejorar las condiciones de la plantilla.


    Calendarios laborales 2021 de proyectos. Comprueba el tuyo.

    Como dicta la normativa, la empresa debe presentar a principios de año los calendarios laborales y ponerlos a disposición de las personas trabajadoras.

    Desde CCOO queremos recomendaros que reviséis vuestros calendarios laborales que deben estar disponibles en la intraweb a través del enlace: https://intraweb.oesia.com/group/mi-gestor/calendario-laboral

    También podéis consultarlo dentro del “portal del empleado”.

    Os aconsejamos que accedáis a vuestros calendarios y reviséis si están correctos.

    Recordad que el número total de horas anuales trabajadas no podrán exceder del máximo que indique el convenio colectivo. Además en los calendarios se debe especificar la distribución horaria. Si así lo veis conveniente, podéis aprovechar para proponer una distribución horaria que satisfaga tanto las exigencias del proyecto como las necesidades de conciliación familiar.

    Sí no está disponible el calendario laboral de vuestro proyecto, al igual que si detectáis algún tipo de error, no dudéis en poneros en contacto con ccoo@oesia.com .

    ¡Estamos para ayudaros!.


    El salario anual de las mujeres debería incrementarse un 27%.

    La brecha salarial existe y CCOO la ha cuantificado: ”los salarios medios de las mujeres son inferiores a los de los hombres por igual trabajo o trabajo de igual valor, de manera que el de las mujeres debe incrementarse un 27% para equipararse al salario medio de los hombres”.

    Es una realidad que se repite en todas las comunidades autónomas, en todos los tramos de edad, sectores y ocupaciones.

    En el informe que desde la secretaría de Mujeres e Igualdad de CCOO se realiza cada año se concluye que “Las mujeres ocupan mayoritariamente los empleos temporales, a tiempo parcial, en los sectores y los puestos de trabajo con los salarios más bajos”.

    Si quieres consultar el informe “Las cuentas claras para romper la brecha salarial