Categoría: Teletrabajo

  • Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia

    El Real Decreto Ley se basa en la "voluntariedad" para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras. Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

    El Ejecutivo destaca el teletrabajo como herramienta de modernización y productividad y garantiza que sea voluntario y con derecho a la desconexión. 

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que regulará el trabajo a distancia, una norma fruto del acuerdo del Diálogo Social.

    El Real Decreto Ley otorga a las personas trabajadoras a distancia los mismos derechos que las que ejercen sus actividades en los locales de la empresa y se fundamenta en la voluntariedad y el acuerdo de personas trabajadoras y personas empleadoras.

    Consulta la noticia completa

    Accede al Real Decreto-ley

  • Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia

    El Real Decreto Ley se basa en la "voluntariedad" para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras.

    Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

    CCOO Altamira.- El Ejecutivo destaca el teletrabajo como herramienta de modernización y productividad y garantiza que sea voluntario y con derecho a la desconexión. 

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que regulará el trabajo a distancia, una norma fruto del acuerdo del Diálogo Social,.

    El Real Decreto Ley otorga a las personas trabajadoras a distancia los mismos derechos que las que ejercen sus actividades en los locales de la empresa y se fundamenta en la voluntariedad y el acuerdo de personas trabajadoras y personas empleadoras.

    Cinco Días – La letra pequeña del texto legal: voluntariedad, plazos o desconexión


    Consulta la noticia completa en La Moncloa.Gob

    Real Decreto-ley que regula el trabajo a distancia

    Gaceta Sindical Teletrabajo

     

  • Llei Treball a Distancia – Ley Trabajo a Distancia

    >> BOE-A-2020-11043-consolidado Trabajo a Distancia

    Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia (BOE, 23 de setembre)

    RDL de treball a distància (disposicions generals / acords de treball a distància / drets de les persones treballadores / facultats d'organització, direcció i control empresarial / disposicions addicionals: treball a distància en la negociació col·lectiva, personal laboral de les AA.PP., Pla MECUIDA, consideració com a contingència professional derivada d'accident de treball a les malalties provocades pel SARS-CoV-2 contretes per personal de centres sanitaris o sociosanitaris durant l'estat d'alarma, etc.)

    PLA MECUIDA

    BOE-2020-11043-Consolidado (pàg.10)

    La disposición adicional tercera  (pàg.21) prevé la prórroga del artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en el que se regula el Plan MECUIDA, que permanecerá vigente hasta el 31 de enero de 2021, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final décima del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y en el artículo 15 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.

    >> El Govern prorroga el Pla MECUIDA

    >> El Gobierno prorroga el Plan MECUIDA

    INGRÉS MÍNIM VITAL

    Disposición transitoria cuarta (pàg.25). Procedimientos para el reconocimiento del ingreso mínimo vital iniciados antes de la entrada en vigor del presente real decreto-ley en los que no se haya dictado resolución expresa…

    >> MODIFICACIONS EN LA TRAMITACIÓ.- Què és l'ingrés mínim vital?

     

    Altres modificacions legislatives en el BOE-2020-11043-Consolidado:

    Disposición adicional tercera  (pàg.21)

    >> El Govern prorroga el Pla MECUIDA >> El Gobierno prorroga el Plan MECUIDA

    Disposición transitoria cuarta (pàg.25).

    >> MODIFICACIONS EN LA TRAMITACIÓ.- Què és l'ingrés mínim vital?

  • Mesa de Relaciones Laborales Covid-19

    Resumen de la Mesa de Relaciones Laborales del pasado 22 de septiembre de 2020:

    Existen dos bancos : el del Values Day y el Otro

    leer Comunicado en pdf 
    llegir Comunicat en pdf 

     

  • La ley del embudo del teletrabajo

    Llevamos ya seis meses de teletrabajo y toca hacer un punto de situación y algunas reflexiones, con la información que nos facilitasteis en la encuesta que lanzamos antes de las vacaciones.

    A los ya evidentes impactos sobre nuestra salud de esta melé de teletrabajo sobrevenido que nos ha tocado: trastornos musculo-esqueléticos, tensión psicológica por trabajar en casa sin poder separar tu trabajo de tu vida, problemas de visión por un tamaño inadecuado de pantalla, alargamientos de jornada, etc; se suman otros como el impacto en nuestra economía familiar: gastos de luz extra (climatización y PC) por 8 horas de trabajo en casa, pérdida de dietas de distintos tipos y cuantías, etc. No entramos a considerar el gasto por línea ADSL o Fibra dando por hecho como generalidad, que ya se tuviera contratada y no se ha tenido que ampliar por esta nueva situación, si bien no todo el mundo lo tiene contratado ni tiene tarifas ilimitadas de voz para llamar a responsables o clientes… y no nos olvidamos de ellos.

    Ahondamos en el coste energético como ejemplo de lo que está por llegar en invierno. Este verano, quien tenía aire acondicionado ha visto disparado su gasto eléctrico. Quien tenía menos “suerte”, ha trabajado estoicamente en condiciones no ajustadas a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que marca los 27ºC como temperatura máxima de trabajo y que el Servicio de Prevención debe vigilar. Y si, en un intento desesperado, has enchufando algún ventilador… de nuevo tu consumo se nota. A ver ahora con la calefacción…

    ¿Y qué me decís del transporte que nos ahorramos? Todos hemos penalizado en luz, pero no todos penalizamos en transporte, de la misma manera que no todos penalizamos en ese ADSL. Somos trabajadores y trabajadoras POR CUENTA AJENA, lo que significa que no participamos ni de los costes ni de los beneficios de la empresa y, por lo tanto, del mismo modo, la empresa tampoco debe ser partícipe de nuestros costes incurridos y cómo gestionamos nuestra nómina. El lucro de nuestro trabajo se lo llevan otros. ¿O acaso deberíamos “facturar” por el alquiler de nuestro espacio familiar/doméstico cuando estamos teletrabajando? Porque si descontamos una cosa, habría que incluir otras.

    El caso es que, como profesionales y personas coherentes e implicadas, cuando nos azotó esta pandemia tuvimos que adaptarnos. Lo primero era tirar para adelante, confinarnos y seguir desempeñando nuestra labor con responsabilidad. Atmira nos proporcionó equipos portátiles y las VPN y nosotros pusimos el resto (nuestros medios, nuestro tiempo, nuestra disponibilidad). Resultado: entre todos mantuvimos la producción a pleno rendimiento. Una producción que no se ha resentido a pesar de la crisis que el covid-19 está ocasionando. La empresa marcha al ritmo de años anteriores, con crecimientos de plantilla, previsiones de contratos y facturación dentro de lo previsto.

    ¿Qué pasa ahora? Llega el momento de la verdad con la Ley del Teletrabajo que está al caer. Llega el momento de negociar un teletrabajo con derechos y los derechos del nuevo teletrabajo que eliminen los aspectos negativos de la melé que nos ha tocado vivir. Sin perjuicio del contenido de esta Ley, de la que ya ha trascendido mucho, pediremos que Atmira tenga presente que su principal activo es su plantilla y que debe velar por ella. Que sea ambiciosa, con un reparto justo de los costes que se van a ahorrar, evitando una fuga de talento y de un capital humano que no nos podemos permitir perder en la que será una competencia voraz entre las empresas del sector. Que no especule con una supuesta vuelta a la “normalidad” y que sea ágil, sin demoras, en la atención a las peticiones de material de trabajo (teclados, pantallas, ratones, etc) y material ergonómico (sillas, reposamuñecas, etc), que recordamos que se puede pedir y que la empresa está obligada a proporcionar. Que contribuya con el medioambiente, porque volver a los coches es un retroceso en toda regla que no corresponde a empresas del siglo XXI, civil y socialmente responsables.

     

    Para ello esperamos la correcta predisposición de Atmira para tratar este tema confiando en que entienda el momento actual en la manida Transformación Digital, donde parece que Atmira mete de todo, pero no hace nada.

    Y mientras llega esa nueva “normalidad”, también hemos solicitado que quienes tengan hijos en cuarentena por cierre de aulas en colegios, o con necesidades de conciliación porque ahora los colegios no ofertan actividades extraescolares o con horarios “alterados”, puedan hacer teletrabajo por conciliación y por responsabilidad social. De momento estamos a la espera de una decisión de la empresa.

    Se demuestra diariamente que empresas de buenas palabras e intenciones en LinkedIn hay a patadas, pero el camino se hace al andar, así que, si Atmira no toma el testigo y sigue la carrera, puede verse inmersa en un mercado loco donde el mejor apostador en las condiciones de teletrabajo sea quien se lleva el gato al agua.

    Estos datos son los que nos habéis contado y sobre los que haremos una propuesta seria a Atmira.

    Solo falta ver qué lado del embudo nos ofrecerán.

    Descarga el comunicado en pdf