La subida salarial inicial para 2006 fue del 2%, por lo que nos corresponde la actualización de nuestro salario, con efectos desde 1 de enero de 2006, por la diferencia entre dicha cifra y el 2,7% . Así pues, percibiremos los atrasos correspondientes a todo el año 2006.
El
Instituto Nacional de Estadística ha hecho
público el
incremento definitivo del IPC de 2006, que se ha situado en el 2,7%.
El Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros para los años
2003-2006, en el que CC.OO. ha ostentado la representación
mayoritaria, nos garantiza, mediante la cláusula de
revisión,
que los incrementos salariales finales de cada año sean
iguales a los reales del IPC.
La
subida salarial inicial para 2006 fue del 2%, por lo que nos
corresponde la actualización de nuestro salario, con efectos
desde 1 de enero de 2006, por la diferencia entre dicha cifra y el
2,7% . Así pues, percibiremos los atrasos correspondientes a
todo el año 2006.
La
escala salarial, una vez aplicada la revisión definitiva del
año 2006, queda como sigue:
|
GRUPO 1 |
||
|
NIVEL |
Sueldo Base
(12 |
Sueldo Base |
|
I |
27.559,20 |
2.296,60 |
|
II |
23.202,65 |
1.933,55 |
|
III |
20.592,05 |
1.716,00 |
|
IV |
19.471,55 |
1.622,63 |
|
V |
18.852,38 |
1.571,03 |
|
VI |
18.233,22 |
1.519,44 |
|
VII |
17.407,20 |
1.450,60 |
|
VIII |
16.823,40 |
1.401,95 |
|
IX |
15.943,47 |
1.328,62 |
|
X |
15.195,63 |
1.266,30 |
|
XI |
13.551,91 |
1.129,33 |
|
XII |
11.584,84 |
965,40 |
|
XIII |
9.267,87 |
772,32 |
|
GRUPO |
||
|
NIVEL |
Sueldo Base |
Sueldo Base |
|
I |
14.661,15 |
1.221,76 |
|
II |
13.883,69 |
1.156,97 |
|
III |
13.098,49 |
1.091,54 |
|
IV |
11.476,28 |
956,36 |
|
V |
10.985,07 |
915,42 |
|
Personal |
6,18 |
|
Sobre
esta tabla se aplicará el incremento salarial para 2007 que
se
acuerde en el Convenio Colectivo que vamos a negociar este
año,
incremento que también afectará al Plus Convenio
que
durante el primer trimestre deberán abonar las cajas por un
importe inicial de 240 euros.
Tipos
de interés
El
préstamo para adquisición de vivienda
habitual y
el préstamo para cambio de vivienda habitual
tendrán
durante el primer semestre de 2007 y con efectos de 1 de enero, tanto
para las 4 primeras anualidades como para la quinta, un tipo de
interés del 2,66% (el 70% del Euribor
de octubre, como
establece el Convenio).
El
tipo de interés del préstamo para
atenciones varias,
durante 2007, será el 3,799%.
El
tipo legal del dinero fijado en los Presupuestos Generales del Estado
para 2007 es el 5%, lo que deberá ser tenido en cuenta a
efectos de la fiscalidad del salario en especie.
12
de enero de 2007