La
Federación de Servicios de CCOO de Castilla y León, a través de la
Sección Sindical del Corte Inglés, ha conseguido en los tribunales
el reconocimiento al derecho a la situación de Jubilación Parcial
de una trabajadora a la que la Seguridad Social había rechazado, al
no poseer un Contrato a Tiempo Completo.
En
un caso instado por la Sección Sindical de CCOO en el Corte Inglés,
el Juzgado de lo Social, nº 2 de Valladolid, se ha dictado una
Sentencia el pasado día 30 de diciembre de 2015, que reconoce el
derecho de la Trabajadora demandante a que la Seguridad Social la
conceda la Jubilación Parcial.
La
Seguridad Social, había denegado este derecho, ya que entendía que
la trabajadora no reunía los requisitos establecidos en la
normativa, al entender que la totalidad del tiempo exigido (6 años
de antigüedad en la empresa), debía ser a tiempo completo en su
totalidad.
La
Sentencia declara, asumiendo las tesis defendidas por la Sección
Sindical de CCOO, que ?donde
la ley no distingue no se cabe distinguir, y menos aún para
restringir derechos reconocidos legalmente?..? Esto
supone, la posibilidad de acceso a la jubilación parcial de muchos
trabajadores y trabajadoras en las empresas donde existe una gran
cantidad de empleo a tiempo parcial y hayan suscrito acuerdos de
salvaguarda.
La
Federación de Servicios CCOO de Castilla y León, valora muy
positivamente este fallo, ya que impedir el acceso a la Jubilación
Parcial de los trabajadores y trabajadoras con jornadas inferiores al
100% en los últimos años de su vida profesional, suponía en la
práctica que en el Comercio, un sector sometido a un gran número de
jornadas inferiores a la ordinaria, no fuese posible la Jubilación
Parcial de la inmensa mayoría de las plantillas.
Asimismo,
destacamos que esto ha sido posible por un acuerdo propuesto y
suscrito por CCOO, que mantiene las condiciones de la legislación
anterior a la reforma de las pensiones en esta empresa. Aunque cabe
recurso contra esta Sentencia, esperamos que se siga manteniendo su
pronunciamiento.