Convenio Colectivo de Ahorro. Estratégico para la defensa del marco de condiciones del empleo en un sector en reestructuración

Posiblemente el Convenio con mayor importancia estratégica de la historia del sector. Un sector que ha visto reconvertida su naturaleza jurídica e inmerso en un proceso de reestructuración en el que se pueden ver amenazados el empleo y las condiciones laborales. 

Como
hemos venido indicando en comunicados anteriores, el Convenio
finalmente se ha construido en torno a 4 premisas, básicas para
CCOO, UGT y CSICA:

  • La
    apuesta de las partes por la propia existencia del convenio de
    Ahorro, como marco regulatorio de las condiciones laborales de
    120.000 personas que hemos pasado a trabajar en Bancos
    -salvo escasas excepciones-, para evitar así una discusión en cada
    entidad de resultado incierto sobre si procede seguir aplicando el
    convenio ya vencido, aplicar el convenio de Banca o negociar uno
    propio con el nivel de mantenimiento de condiciones que pudiésemos
    conseguir, más aún ante los riesgos de modificaciones legales y de
    vigencia de un convenio vencido.
  • La
    apuesta de las partes por dotar al sector de una estabilidad
    imprescindible
    ante el nuevo proceso de concentración, en el que la prioridad es
    la defensa
    de los puestos de trabajo
    que puedan verse amenazados en este proceso, fijando compromisos
    de negociación
    para abordar dichos procesos de una forma ordenada.
  • La
    apuesta por una moderación salarial
    ,
    atendiendo a las delicadas circunstancias del sector y con el
    objetivo de paliar en lo posible la pérdida de empleo, pero sin
    asumir una congelación salarial de 4 años y, muchísimo menos aún,
    “paradas de reloj” de trienios y ascensos
    .
    El mantenimiento de tablas que se asume en 2011
    y 2012
    debe evaluarse considerando la situación de recesión, la propia del
    sector y el colchón de incremento de poder adquisitivo que
    acumulamos en el anterior convenio. Ya en 2013
    y 2014
    se pactan aplicaciones salariales acordes con la recuperación
    económica que pueda darse con carácter general y en el marco de
    cada entidad.

ELEMENTOS
PRINCIPALES DEL CONVENIO

1) Vigencia: 4 años. Entendemos que esta vigencia, a la que las empresas fueron
renuentes durante muchas fases, nos dota de una estabilidad necesaria
al marco de condiciones.

2) Ámbito
funcional:
 Cajas, Bancos a través de los cuales se realiza la actividad
financiera indirecta, Bancos a los que se ha traspasado activos, etc.
Es decir, todo lo que era el sector pero en su situación actual. Se
refuerza así la aplicación de este convenio y no el de Banca, uno
de nuestros objetivos prioritarios, especialmente importante en el
caso de plantillas en tránsito hacia otras entidades con convenio de
Banca (CAM y otros casos posibles).

3) Mantenimiento
contenidos de convenio y estructura negociación colectiva:
Mantenimiento de todos los derechos laborales recogidos en el
convenio y acuerdos de empresa, una garantía que entendíamos
fundamental ante las reformas legales y el cambio de naturaleza
jurídica a Banco. En cuanto a la estructura de la negociación
colectiva en el sector, se alcanza un redactado que enfoca con
claridad la vertebración de la negociación colectiva en la empresa,
dando un margen razonable de seguridad jurídica en un entorno de
instrumentos y modificaciones legales cada vez más tendente al
centrifugado de convenios y la potestad empresarial.

4) Esquema
salarial:

Abono
normal de trienios y ascensos por antigüedad
(lo que implica un incremento salarial cierto a nivel individual
durante la vigencia del convenio, en la gran mayoría de casos
equivalente a un 4% como mínimo): la Patronal renunció a su
pretensión de “parar el reloj”.

– Revisión
salarial:

  • Año
    2011: Mantenimiento tabla salarial 2010.
  • Año
    2012: Mantenimiento tabla salarial 2010.
  • Año
    2013: Revisión tabla salarial, incluyendo abono de atrasos en su
    caso, con efectos 1.1.2013:
    • Si
      PIB 2013 =
      0%: revisión salarial del 1% sobre tablas vigentes a 31.12.2012.
    • Si
      PIB 2013 =
      1,5%: revisión salarial del 1,25% sobre tablas vigentes a
      31.12.2012.
  • Año
    2014: Revisión tabla salarial, incluyendo abono de atrasos en su
    caso, con efectos 1.1.2014:
    • Si
      PIB 2014 =
      0%: revisión salarial del 1% sobre tablas vigentes a 31.12.2013.
    • Si
      PIB 2014 =
      1,5%: revisión salarial del 1,25% sobre tablas vigentes a
      31.12.2013.
    • Si
      PIB 2014 =
      1,75%: revisión salarial del 1,5% sobre tablas vigentes a
      31.12.2013.
    • Si
      PIB 2014 =
      2%: revisión salarial del 2% sobre tablas vigentes a 31.12.2013.

– Plus
Convenio (revisión):

  • Año
    2011 y 2012: Mantenimiento importes 2010.
  • Año
    2013 y 2014: Revisión importe fijo y variable con los mismos
    criterios del salario base.

– Plus
Eficiencia (abono o deducción de una cuantía en función del ratio
de eficiencia 2013 y 2014): Solo opera para 2013 y 2014, y siempre y
cuando haya revisión salarial de tabla (es decir, que no haya
recesión).

  • Si
    Eficiencia <= 40%: Abono cuantía equivalente al 50% parte
    variable del plus convenio.
  • Si
    Eficiencia > 40% y <=65%: Ni abono ni deducción de cuantía
    alguna.
  • Si
    Eficiencia > 65%: Deducción cuantía equivalente al 50% parte
    variable del plus convenio.

– Salario
flexible (es decir, sustitución de una parte de salario corriente
por salario en especie): Por acuerdo con el trabajador, siendo
reversible por éste. No modificación de condiciones ni
pensionabilidad.

– Revisión
resto conceptos: Kilometraje (3% en 2012, 2013 y 2014); Dietas (2% en
2013 y 2014); Ayuda Formación (2% en 2012, 2013 y 2014); Ayuda
Guardería (2,4% en 2012, 2013 y 2014)


5) Tiempo
de trabajo:

– 1 día libre
disposición que entra en vigor en 2013 y queda ya consolidado en el
convenio.

– 1 día adicional al
anterior, no consolidado, para 2013 y 2014.

– Medidas de
conciliación de la vida personal y laboral: Permiso lactancia y
parto múltiple, reducción jornada por guarda legal de hijos hasta
10 años, permisos por nacimiento de hijos discapacitados, carencia
préstamos en excedencias por guarda legal de familiares, cobertura
100% en reducción de jornada por cuidado de hijos con cáncer u otra
enfermedad grave.

6) Garantías
de Empleo en procesos de concentración y reestructuración
intrínseca de entidades:
Compromiso de no
utilización de medidas previstas en el Estatuto de los Trabajadores
(art. 40, 41, 47, 51 y 52) sin negociación previa con la
representación sindical, así como priorización en dichos procesos
de negociación de soluciones
vegetativas y/o no extintivas
(suspensiones, reducciones de jornada, excedencias, movilidad,
modificación condiciones) para evitar recurrir a despidos forzosos.

7) Otros
aspectos:

– Derechos
sindicales: Garantías de agrupación de centros para la celebración
de elecciones sindicales y derechos de información sobre memorias
anuales, informe de remuneraciones y con relevancia prudencial.

– Declaración
sobre igualdad
de oportunidades
en la promoción y acceso a funciones directivas.

– Modernización
redacción artículo Formación incentivando la igualdad de
oportunidades y la empleabilidad.

– Protección
víctimas violencia género.

8) Gobierno
del Convenio
:
Ampliación de competencias de la Comisión paritaria y creación del
Observatorio sectorial, para un análisis continuado de realidad
sectorial (jornada, igualdad, carrera profesional, prevención de
riesgos, Formación, RSE y Política de remuneraciones de ejecutivos,
etc.).

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Ver Convenio Colectivo Ahorro