Convenio de Seguros y Mutuas: Revisión salarial 2017 y tabla inicial 2018

En reunión
de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y Mutuas colaboradoras con
la Seguridad Social, celebrada el 9 de Marzo, se han aprobado las Tablas
Salariales definitivas correspondientes al año 2017, como consecuencia de la
revisión salarial establecida en el artículo 37 del Convenio.

Una vez constatado por
la Comisión Mixta que la variación interanual del PIB del pasado año ha sido
del 3,1%, según publica el Instituto Nacional de Estadística, y dado que dicha
variación ha resultado igual o superior al 2,6% e igual o inferior al 3,5%, el
incremento salarial base que corresponde aplicar es del  2%. Asimismo, habiéndose registrado un IPC
del 1,1%, igual o superior al 1% e inferior al 2%, no procede aplicar corrector
alguno, quedando constatado como incremento
final correspondiente a 2017 un 2%
.

Como el incremento
inicial de 2017 fue de un 1%, corresponde
ahora a las empresas abonar otro 1% como revisión salarial con efecto 1 de
enero de 2017
. Dicha revisión salarial deberá realizarse en una sola paga
en el periodo de dos meses a contar desde el 9 de Marzo.

 Los conceptos sobre los
que se aplica la revisión salarial son los siguientes: tabla salarial de
sueldos base por nivel retributivo, tabla de complemento por experiencia,
complementos de compensación por primas, complemento de adaptación
individualizado, plus funcional de inspección, plus de residencia y ayuda
económica para vivienda en los supuestos de traslado.

En cuanto al incremento salarial de 2018, conforme
establece el artículo 38 del Convenio, se ha procedido a aplicar un incremento
salarial inicial del 0,8% sobre las
tablas salariales definitivas de 2017
. Los conceptos de Dietas y Gastos de
Locomoción para 2018 ya fueron aprobados por la Comisión Mixta el 22 de enero
de 2018.

 La
doble referencia al PIB y al IPC como índices para la revisión salarial, permiten
un incremento acorde con la evolución económica y a su vez, el mantenimiento
del poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras del Sector.

Desde
CCOO Servicios valoramos positivamente la fórmula salarial que pactamos en el
Convenio, pues demuestra ser una herramienta útil que garantiza unas
condiciones salariales homogéneas en el Sector de Seguros y Mutuas.

Sin
embargo, en CCOO seguiremos luchando para que el personal que presta sus
servicios en las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social recupere el pleno
ejercicio de su derecho a la negociación colectiva. Si hay acuerdo en la
Función Pública, no hay razón para que las Mutuas no gocen de la aplicación del
Convenio Sectorial.
 

Adjuntamos las nuevas
tablas salariales.
 

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