de los intereses del banco con los de las personas que trabajamos en el mismo.
Sin embargo, está claro que «mutuo acuerdo» es eso; ponerse de acuerdo, pero NO
imponer.
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Pasado el mes de febrero, y casi finalizado el de
marzo, surgen problemas con los Cuadros de Vacaciones, como cada año. En los
últimos tiempos, y dado el incremento de categorías de Técnico en la plantilla,
cada vez son más las personas que deben programar sus vacaciones de MUTUO
ACUERDO entre empresa y trabajador o trabajadora, según estipula el Convenio
Colectivo de Banca.
Esta claro que «mutuo acuerdo» es eso; ponerse de
acuerdo, pero NO imponer. Se puede entender que la empresa establezca unos
criterios organizativos, a modo de recomendaciones para intentar paliar al
máximo los problemas que puedan surgir, sobre todo en meses donde pueda
coincidir mucha plantilla de vacaciones. Lo que no tiene sentido es ser
inflexible con estas recomendaciones y denegar los Cuadros de Vacaciones si la
plantilla -que es conocedora de las características del negocio de su oficina y
de sus propias necesidades personales- ha llegado a un acuerdo al respecto,
plasmado en el Cuadro enviado a Recursos Humanos.
¿Qué sentido tiene denegar vacaciones en
diciembre, cuando la oficina que las propone puede gestionar las necesidades
organizativas y las personales de la plantilla?
¿Qué sentido tiene denegar vacaciones en agosto a
tres personas de una oficina de cinco, cuándo todos en la oficina coinciden en
que ese mes es el más adecuado en términos de volumen de trabajo, y a nivel
personal ya se han puesto de acuerdo?
¿Qué sentido tiene “recomendar” a determinados
cargos que tomen las vacaciones en fechas concretas sin contemplar sus
necesidades personales y, por tanto, imponiendo las del banco?
En todos estos casos, las meras recomendaciones
-que podrían ser útiles para gestionar los Cuadros de Vacaciones- pasan a ser imposiciones que obvian las necesidades que cualquier persona pueda tener.
Este tipo de actuaciones refleja claramente que en determinadas zonas algunos
responsables no dan importancia a la conciliación de los intereses del banco con
los de las personas que trabajamos en el mismo.
Las vacaciones constituyen una necesidad básica de
la plantilla, y también de sus familias en muchísimos casos, debiendo
disfrutarlas cuando a cada cual le parezca más adecuado según establece el
Convenio Colectivo. Esta necesidad básica puede quedar cubierta o parcialmente
cubierta si existe voluntad por ambas partes, lo cual desgraciadamente no sucede
allá donde prima la imposición.
COMFIA-CCOO
exigimos que las oficinas de Recursos Humanos que gestionan los Cuadros de
Vacaciones desde la imposición, pasen a hacerlo con la flexibilidad necesaria
para cada situación, valorando apropiadamente los acuerdos previos en los
centros de trabajo. La solución no es generar problemas dónde no los hay;
más bien consiste en conciliar necesidades, algo que al parecer no cabe
en la mente de algunos responsables.
28 de marzo
de 2014