Cuatro años desde el día de la votación, se entiende que se mantendrán en funciones en el
ejercicio de sus competencias y de sus garantías hasta que no promuevan
ni se celebren nuevas elecciones.
Cuatro años desde el día de la votación, se entiende que se mantendrán en funciones en el
ejercicio de sus competencias y de sus garantías hasta que no promuevan
ni se celebren nuevas elecciones.