EL CONVENIO COLECTIVO GARANTIZA LOS ASCENSOS POR CAPACITACIÓN

Uno
de los derechos mantenidos en el Convenio
Colectivo 2.015-2.018
fue el del ascenso por capacitación a través de las
oposiciones internas. Así, en el texto del mismo se  establece que «ascenderán por convocatoria de
oposiciones cada 3 años, un mínimo del 3% del total de la plantilla de niveles
XIV, XIII, XII y XI al Nivel X y Nivel VIII.». Por ello, en UNICAJA Banco corresponden
convocar 9 plazas para ascender a nivel X y otras 9 plazas para ascender a
nivel VIII.

Tenemos que recordar que este punto
era uno de los que la patronal quería eliminar del convenio y mantener solo los
ascensos por «libre designación» y «por experiencia».

Como establece el propio texto del
Convenio, se puede regular el sistema de promoción por acuerdo en cada empresa.
En la mañana de ayer, 22 de mayo, la representación legal de los trabajadores y
trabajadoras de Unicaja Banco llegamos a un acuerdo con la empresa para
retrasar la convocatoria de las oposiciones y el momento del examen,
garantizando que la fecha de efecto de los ascensos sea el 1 de enero de 2.018
para que no repercuta negativamente en las personas que superen las pruebas y
obtengan el ascenso.

Desde CCOO hemos sido flexibles en esta medida para no generar trato diferenciado
entre las personas que están realizando la formación Mifid y aquellas que no tienen
que hacerlo, sin que ello vaya en detrimento de los derechos económicos que
generen estos ascensos.

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