CCOO valora
positivamente que el Tribunal Supremo no atienda los recursos
interpuestos por varias de las empresas que vieron anulados sus
convenios de empresa mediante sentencias dictadas por la Audiencia
nacional a principios del año pasado.
De los 46 convenios
anulados por la Audiencia Nacional, 11 empresas multiservicios
presentaron recurso ante el Tribunal Supremo. Dos de ellas, STOCK UNO
y MERCHANSERVIS recibieron hace unos días la sentencia confirmatoria
de la nulidad de su convenio por no reunir los requisitos de
legitimación para su firma.
Estas dos empresas
operan principalmente en grandes almacenes, subcontratadas por
algunos de los supermercados más importantes de dicho sector para
realizar sus labores de reposición en campo. Sus convenios de
empresa eran la fórmula elegida para no aplicar el convenio
sectorial correspondiente y así ofrecer sus servicios a estos
supermercados a un precio realmente atractivo, a costa, claro está,
de las condiciones laborales y salariales del propio personal.
Además de la «pobre» competencia desleal entre las mismas empresas multiservicios para
optar a cualquier servicio, se da en estos casos, una «irresponsable» competencia desleal entre las cadenas de supermercados e
hipermercados, ya que las que tienen externalizada esta actividad
permiten a las empresas multiservicios que exploten a su personal
(apenas pagan un salario de 5 Euros/hora). El resto, paga a su
plantilla conforme a un convenio sectorial al considerar que dicha
actividad, la reposición en campo, la debe realizar personal interno
que asegure estándares de calidad suficientes.
La consecuencia
inmediata de la anulación de estos convenios de empresa para STOCK
UNO y MERCHANSERVIS, es la confirmación de la obligación de
aplicar el convenio sectorial que corresponda a la actividad que
realizan. Puesto que el convenio de empresa que negociaron
irregularmente nunca debió aplicarse, el personal de ambas empresas
tendría derecho a reclamar, a nuestro entender, la diferencia de
cantidades totales sin el límite legal de un año, es decir, desde
que se les empezó a aplicar el convenio nulo.
De no producirse la
citada modificación de forma pacífica y negociada, la única vía
posible será la del conflicto. Esperamos que no sean necesarias
estas medidas, pero de serlo, las colectivas irán enmarcadas también
en la campaña conjunta de CCOO y UGT con las empresas
multiservicios, que ha conseguido ya la anulación de 46 convenios de
empresa estatales existentes.